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CONCURSO DE POESÍA GUSTAVO BATISTA CEDEÑO 2015 (Panamá)
18:05:2015
Género: Poesía
Premio: DOS MIL BALBOAS (B/.2,000.00), pergamino y edición
Abierto a: panameños por nacimiento o por naturalización, residentes en el país o fuera de él, que no hayan cumplido los 35 años de edad
Entidad convocante: Instituto Nacional de Cultura (INAC)
País de la entidad convocante: Panamá
Fecha de cierre: 18:05:2015
BASES
Busca estimular la producción poética de excelencia entre las nuevas generaciones de autores panameños.
DISPOSICIONES GENERALES
1. El Instituto Nacional de Cultura (INAC) declara abierto el Concurso de Poesía Gustavo Batista Cedeño 2015, a partir de la publicación de estas bases.
2. Podrán participar escritores panameños por nacimiento o por naturalización, residentes en el país o fuera de él, que no hayan cumplido los 35 años de edad a la fecha de cierre del concurso.
3. Todos los trabajos se entregarán en la sede del Instituto Nacional de Cultura (INAC) en el área de la librería ubicada en Las Bóvedas, Plaza de Francia, corregimiento de San Felipe, Casco Antiguo de la ciudad de Panamá, hasta el 18 de mayo de 2015, en horario oficial de oficina.Teléfonos: 501-4010/4014/4133, correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
4. El Instituto Nacional de Cultura (INAC), a través del Departamento de Letras, velará por el cumplimiento de las bases del Concurso de Poesía Gustavo Batista Cedeño 2015.
5. Los trabajos deben ser presentados en tres (3) ejemplares idénticos, encuadernados, a espacio y medio, letra Times New Roman 12, en papel bond blanco 8.5 x 11, escritos a una cara y las páginas enumeradas, al igual que una copia en disco compacto.
6. Las obras se identificarán con un seudónimo. En un sobre cerrado (plica) se incluirá una reseña biográfica actualizada, dirección completa, números de teléfonos, copia de la cédula de identidad personal y un documento firmado por el concursante en el que certifique que conoce y acepta en su totalidad las bases del concurso y que su obra no se encuentra participando en ningún otro certamen nacional.
La ausencia de esta certificación descalificará la obra, en caso de que resultara seleccionada por los jurados.
Igualmente, debe aparecer el nombre o seudónimo bajo el cual quiere que se publique su obra.
7. El tema y estilo serán libres. Cada obra tendrá un mínimo de 250 versos. Los poemas podrán llevar títulos individuales o no, en cuyo caso, se insertará un índice.
8. Los poemarios que participen en el concurso deben ser inéditos en su totalidad y pertenecer a un solo autor.
9. En el sobre (plica), en la portada y en la primera página de cada uno de los tres (3) ejemplares de las obras presentadas se escribirá lo siguiente:
INSTITUTO NACIONAL DE CULTURA (INAC)
CONCURSO DE POESÍA GUSTAVO BATISTA CEDEÑO 2015
TÍTULO DE LA OBRA
SEUDÓNIMO
10. Ningún funcionario del Instituto Nacional de Cultura (INAC) que esté prestando servicios a la institución, mediante cualquier tipo de nombramiento o contrato podrá participar en este certamen. Tampoco podrán hacerlo sus familiares hasta el 4to. grado de consanguinidad y 2do. grado de afinidad, ni los cónyuges, ni parejas en unión libre.
NOTARIO PÚBLICO
11. El Instituto Nacional de Cultura (INAC) garantizará la presencia de un Notario Público que certifique mediante acta el momento de cierre del concurso, custodie las plicas que contienen la identidad de los participantes hasta el día del fallo y esté presente cuando se den a conocer los ganadores. El notario levantará el acta respectiva con los datos que revelen las plicas.
JURADO, CIERRE, FALLO Y PREMIACIÓN
12. El Instituto Nacional de Cultura (INAC) nombrará tres (3) jurados idóneos de reconocidos méritos.
13. Los jurados tienen la obligación de mantener secreta su identidad hasta el momento de la deliberación. Si algún jurado se entera de la identidad de los concursantes o si conoce que su identidad ha sido divulgada, debe
renunciar a su condición de jurado. De producirse cualquier hecho o circunstancia que empañe el prestigio de este concurso, debe ser comunicada inmediatamente al Instituto Nacional de Cultura (INAC).
14. El jurado calificador al emitir su fallo deberá tener presente que la obra premiada contribuya eficazmente al acervo intelectual del país, a través de la producción poética entre las nuevas generaciones de autores panameños y que cuente con los méritos necesarios para ser premiada.
15. El premio podrá ser declarado desierto cuando, a juicio mayoritario del jurado, las obras participantes no reúnan la calidad literaria.
16. El fallo del jurado calificador será razonado y tendrá carácter definitivo e inapelable, podrá ser unánime o por mayoría y en ambos casos deberá ser sustentado.
17. El jurado leerá su fallo en presencia de las autoridades competentes del Instituto Nacional de Cultura (INAC) y del notario, quien certificará las autorías correspondientes a cada obra.
18. La apertura de plicas, la lectura del fallo y la premiación del Concurso de Poesía Gustavo Batista Cedeño 2015, se realizarán el jueves 18 de junio de 2015, a las 7:00 p.m.
PREMIO
19. El ganador recibirá un PREMIO ÚNICO DE DOS MIL BALBOAS (B/.2,000.00), pergamino y setenta y cinco (75) ejemplares de su obra.
20. El ganador se compromete, una vez editado el libro, a participar en giras nacionales programadas y patrocinadas por el Instituto Nacional de Cultura (INAC), para la difusión del libro.
DISPOSICIONES FINALES
21. Los derechos de la primera edición de los trabajos premiados pertenecerán al Instituto Nacional de Cultura (INAC). Los autores no podrán, bajo ninguna circunstancia, retirar su libro para publicarlo en otra editorial sin antes haber sido editado por el Instituto Nacional de Cultura (INAC). Esta primera edición será de 500 ejemplares.
22. Las obras no premiadas deben ser retiradas treinta (30) días después del fallo.
23. En caso de producirse alguna eventualidad o situación, no contemplada en las bases, será resuelta por el Instituto Nacional de Cultura (INAC), a través de sus instancias correspondientes.
24. El incumplimiento de cualquiera de las disposiciones contenidas en estas bases será motivo de descalificación.
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FUNDAMENTO DE DERECHO
• Ley No.63 de 6 de junio de 1974, “Por la cual se crea el Instituto Nacional de Cultura”.
Fuente
Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.