COMISIÓN DE NUEVAS TECNOLOGÍAS DE LA ACE

En la reunión del lunes 22 de febrero de 2010, la Comisión de Nuevas Tecnologías de la ACE, formada por los escritores Ignacio del Valle, Paula Izquierdo, Ana Muñoz de la Torre y Juan Gómez-Jurado; el escritor y traductor Ramón Sánchez Lizarralde; la traductora de ACETt María Teresa Gallego; los expertos en nuevas tecnologías en el mundo digital Antonio Cuerpo y el escritor Antonio Gómez Rufo, que actúa como presidente de la Comisión, se ha acordado:

  1. Elaborar un estudio pormenorizado de los precios que deberían regir las descargas digitales de libros, tras analizar los informes de ventas por descargas de las plataformas y servidores que ya tienen obras listas para descargarse en e-books.
  2. Entre tanto, y a falta de conclusiones definitivas, estimamos que todo precio que supere el PVP de un libro en formato de bolsillo es una invitación a la práctica del pirateo. Estimamos contraproducente que la descarga de un libro digital puesta a la venta por servidores españoles cueste una cantidad superior a los 10 dólares (8,50 euros).
  3. En cuanto al porcentaje de derechos de autor, nos pronunciamos por seguir el ejemplo anglosajón de permitir que los editores pongan los libros a la venta las mejores condiciones posibles (tratados, formateados y cuidados), por lo que el porcentaje para el escritor, a exigir por cesión de licencia, debería estar entre un 30 y un 50% del ingreso del editor desde la primera descarga, dependiendo de si el editor garantiza o no una promoción adecuada de la obra (publicidad, gira promocional, elementos propagandísticos, etc.). En cuanto a los traductores deben pactar unos derechos que equivalgan a la cantidad que reciben por sus derechos sobre la venta del libro en papel. Multiplicar por 2,5 esos derechos parece una pauta adecuada.
  4. En todo caso, estimamos que las soluciones al nuevo negocio editorial (para que ni los editores ni los autores salgamos perjudicados) es competencia de la industria editorial, que es la que debe proponer nuevas iniciativas. El trabajo de los creadores es crear los contenidos; son los editores quienes deben velar por el negocio global. Para ello, no sería superfluo que se creara un “cluster” o estudio compartido de innovación e investigación en el mercado editorial, a cargo de la industria y con ayuda del Ministerio de Ciencia y Tecnología, como existe en otros muchos sectores de la industria española.
  5. Insistimos en que las condiciones más razonables para la ceder una obra a una plataforma digital son:
      1. Siempre se deben ceder los derechos SÓLO PARA FORMATO de libro electrónico. Si las empresas editoriales tratan de comprar la licencia para descarga de móvil u otro formato, se recomienda hacer en un contrato diferente y a precio mayor.
      2. Las cesiones deben ser por un corto periodo de tiempo (uno o dos años, como máximo), porque no se sabe por dónde va a discurrir el nuevo modelo del negocio del Libroni la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI).
      3. El autor debe exigir tener un control de descargas/ventas, teniendo acceso al Contador de Descargas (algo técnicamente muy sencillo porque el editor sólo tiene que facilitar la clave de acceso).
      4. Si se fija un anticipo por la cesión de la licencia, el autor empezará a cobrar cuando se amortice el anticipo. De no existir anticipo (que será lo más frecuente) el autor debe exigir liquidación positiva desde la primera descarga.
      5. A efectos de cobro de derechos, debe distinguirse entre libros ya editados (en cuyo caso el porcentaje debería rondar el 50% para el escritor y multiplicarse por 2.5 para el traductor) y libros nuevos (en cuyo caso pueden pactarse condiciones de promoción, un anticipo sobre derechos equivalente a un número mínimo de descargas (1.000, por ejemplo) y unos derechos en torno al 30%, para que el escritor no pierda poder adquisitivo. En el caso del traductor, además de un anticipo semejante, equivalente a un número mínimo de descargas, habrá que tener en cuenta el precio del libro en papel y el precio de libro digital para calcular la equivalencia de ambos porcentajes.
  6. La Comisión estudiará y comunicará a los autores la repercusión de la entrada de Telefónica y Vodafone en el negocio de venta de descargas de libros on line, así como la posibilidad de negociar directamente con esas plataformas la venta de derechos de descarga digital de las obras por parte de los autores.
  7. ES MUY IMPORTANTE SABER QUE LA CESIÓN DIGITAL NO ES UN CONTRATO DE EDICIÓN, SINO UNA LICENCIA DE EXPLOTACIÓN. Y QUE EN TODO CASO LA LICENCIA TIENE QUE CEDERSE EN UN CONTRATO INDIVIDUALIZADO PARA CADA OBRA, ANTIGUA O NUEVA, SIENDO NULA DE PLENO DERECHO CUALQUIER CLAUSULA QUE SE HAYA FIRMADO EN UN CONTRATO DE EDICION PARA LIBRO EN PAPEL QUE INCLUYA EL DERECHO DEL EDITOR PARA EXPLOTAR LOS DERECHOS DIGITALES DE ESA OBRA.
  8. La Comisión continúa trabajando en un Contrato-tipo para la Cesión de Licencias Digitales.
De nuevo se ruega a los escritores y traductores que difundan entre sus colegas autores lo que crean conveniente de estos datos para que estén informados y puedan realizar las preguntas o plantear las dudas que estimen necesarias.

Fuente: http://www.acescritores.com/

 

 


Comentarios (0)

No hay comentarios escritos aquí

Deja tus comentarios

  1. Al enviar comentario, manifiestas que conoces nuestra política de privacidad
Archivos adjuntos (0 / 3)
Compartir su ubicación

Te puede interesar

CursosCursosCursos de formación, escritura creativa.
Concursos LiterariosConcursos Literarios España y Latinoamérica
librosLibros Publicita tus libros
BiografíasBiografíasBiografías de escritores.
Recursos para escritoresRecursosRecursos para escritores
¿buscas editor?Publicar¿Deseas publicar?
AsesoríaAsesoríaAsesoría literaria. Informes, Correcciones

Cursos

banner cursos escritores org v

Asesoría

banner escritores asesoria v2

Datos de contacto

Escritores.org

CIF:  B61195087

  • Email: info@escritores.org
  • Web: www.escritores.org
  • © 1996 - 2024