CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA SELECCIÓN DE PUBLICACIONES DEL IEA 2024 (España)



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CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA SELECCIÓN DE PUBLICACIONES DEL IEA 2024 (España)

16:05:2024

Género:  Investigación, ensayo, biografía

Premio:  Edición y 10% de ejemplares

Abierto a:  mayores de edad

Entidad convocante:  Instituto de Estudios Almerienses

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  16:05:2024

 

BASES

 

 

Plazo de presentación: Del 16 de abril al 16 de mayo de 2024.

Requisitos que deben cumplir las obras para su presentación:
• Lengua castellana.
• Temática almeriense.
• Contenidos que puedan ajustarse a las Colecciones del IEA:
- Arte
- Biografías
- Ciencia y Tecnología
- Ciencias Sociales
- Etnografía y Cultura Popular
- Geografía y Ordenación del Territorio
- Historia
- Letras
- Medio Ambiente

BASES DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA EDICIÓN Y PUBLICACIÓN DE OBRAS SELECCIONADAS POR EL INSTITUTO DE ESTUDIOS ALMERIENSES, PARA EL EJERCICIO 2024

BASE 1.- FUNDAMENTACION

El Instituto de Estudios Almerienses es un centro de estudios locales perteneciente al Área de Cultura, Cine e Identidad Almeriense de la Diputación de Almería que, mediante el estudio, la defensa, investigación y difusión de la cultura almeriense, tiene como fin propiciar y fomentar el desarrollo científico, cultural, artístico y socioeconómico de la provincia de Almería. Para ello utiliza diferentes vías, entre las que se encuentra la edición de publicaciones.

BASE 2.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA Y DE LAS BASES

Es objeto de esta convocatoria fomentar el desarrollo cultural de la provincia de Almería y seguir potenciando la edición y publicación de obras de investigación, trabajos y estudios sobre diferentes aspectos de la provincia, así como las de creación literaria.

Así, el Instituto continúa su labor editorial y, con este propósito, hace pública la presente convocatoria destinada a seleccionar textos para su edición impresa y/o digital en las diferentes colecciones. El objeto de estas Bases es establecer los requisitos, condiciones, obligaciones y derechos que han de regir la presente convocatoria, por el procedimiento ordinario de régimen de concurrencia competitiva (art. 22, Ley General de Subvenciones).

BASE 3.- RÉGIMEN JURÍDICO

Las subvenciones se regirán, en los términos establecidos por las presentes bases reguladoras; en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía; la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Almería (B.O.P. número 170 de 6 de septiembre de 2010 y B.O.P. número 219 de 14 de noviembre de 2014); y las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Diputación de Almería para el ejercicio 2024.

Supletoriamente, será aplicable la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y demás disposiciones aplicables; las restantes normas de derecho administrativo, y, en su defecto, se aplicarán las normas de derecho privado.

Las subvenciones otorgadas en esta convocatoria lo serán en especie, tal y como permite la Disposiciónn Adicional 5ª.2 de la Ley General de Subvenciones, al tratarse de la edición de las obras seleccionados y la entrega del 10% de la tirada de ejemplares en concepto de derechos de autor.

Por acuerdo núm. 3 de Pleno de esta Diputación, en sesión ordinaria de fecha 1 de marzo de 2024, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Diputación Provincial de Almería para el año 2024; y, entre las líneas de subvenciones que incluye, contempla la convocatoria para la selección de publicaciones del Instituto 2024.

BASE 4.- FINANCIACIÓN

El importe total de las subvenciones a las que se refiere esta convocatoria asciende a la cantidad máxima de 6.000,00 €, que se destinará a la contratación menor de los servicios de informes de lectura, revisión de textos, maquetación y de impresión de aquellas obras cuyos formatos o características técnicas no sean las previstas en los contratos de los servicios de maquetación e impresión. El autor recibirá un 10% de los ejemplares editados.

El gasto se contrae con cargo a la aplicación 8100 334 22617 “publicaciones” del Presupuesto 2024.

Estas cantidades quedan sujetas a las retenciones fiscales que les sean de aplicación, en cumplimiento de la normativa vigente.

Al tratarse de subvenciones consistentes en la prestación de servicios, la contratación de los mismos deberá someterse, en todo caso, a la normativa sobre contratación de las Administraciones públicas.

BASE 5.- REQUISITOS DE LOS AUTORES PARA OBTENER LA CONDICIÓN DE BENEFICIARIO

Son los siguientes:
- Persona física, mayor de edad, con plena capacidad jurídica y de obrar.
- Manifestación expresa de la titularidad exclusiva del autor sobre todos los derechos de los textos de la obra y que estos se encuentran libres de cargas o limitaciones a los derechos de explotación.
- En el caso de obras de poesía deberán ser almerienses o vinculados a nuestra provincia.
- No podrá ser autor/a de obra aprobada en las convocatorias de publicaciones externas de los años 2022 y 2023.
- Solo podrá presentar una obra a la presente convocatoria (individual o colectiva).
- No estar vinculado/a a los procesos de tramitación y selección de la presente convocatoria.
- No estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el art. 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular, hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
- No haber solicitado o percibido otras subvenciones o ayudas para el mismo proyecto a ninguna otra entidad pública o privada.
- No podrá presentar la obra, durante la tramitación de este procedimiento, y hasta que haya recaído resolución expresa, a otras convocatorias públicas o privadas. En caso de desear presentar la obra a otra institución pública o privada, deberá retirar previamente la misma de este proceso selectivo.

Para obtener la condición de beneficiario, los autores deberán reunir estos requisitos, con carácter improrrogable, el último día del plazo de presentaciónn de solicitudes.

El cumplimiento de los requisitos indicados se acreditará con la entrega del modelo solicitud de esta convocatoria. En caso contrario, se procederá a la exclusión del proceso selectivo. Todo ello, sin perjuicio de las consultas que esta Diputación pueda efectuar en sus propios datos a otros organismos y a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

BASE 6.- REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS OBRAS PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO SELECTIVO

6.1.- Respecto al texto:
1. Lengua castellana.
2. No podrán ser obras colectivas como resultado de haberse presentado a certámenes, concursos literarios, artísticos o de cualquier otro ámbito.
3. Tampoco son objeto de esta convocatoria las obras cuyo contenido sea mayoritariamente gráfico (catálogos artísticos, cómics, etc.), así como guiones cinematográficos.
4. No se admitirán recopilaciones de textos que hayan sido publicados en prensa.
5. No podrán presentarse textos desarrollados mediante inteligencia artificial.

6.2.- Respecto a la forma de presentación del texto a la convocatoria:
1. En la cubierta solo figurará el título. Además, en toda la obra no podrá figurar referencia alguna a la autoría con el fin de garantizar la imparcialidad del proceso selectivo.
2. La primera página será un resumen del contenido de la obra con una extensión de entre 1.200 a 2.000 caracteres con espacios incluidos.
3.Índice si dispone de capítulos.
4. Páginas en formato vertical A4 numeradas.
5. Letra tipo Times, cuerpo 12 e interlineado sencillo (1,0).
6. Márgenes: superior e inferior de 2,5 cm; derecho e izquierdo de 3 cm.
7. Extension:
a. Solo texto sin ilustraciones, incluidos libros juveniles: Mínimo de 60 y máximo de 300 páginas.
b. Libros de poesía. Mínimo 49 páginas de texto o 49 poesías, en el caso de que estas se maqueten a una por página.
c. Texto con ilustraciones insertadas: Mínimo de 100 y máximo de 400 páginas.
a) En el caso de los libros infantiles (hasta 11 años) será necesaria la entrega de texto con una extensión mínima de 30 páginas y sus correspondientes ilustraciones (al menos 12).
b) En el caso de los libros de literatura juvenil (de 12 a 17 años) será necesaria la entrega de texto con una extensión mínima de 70 páginas y al menos 6 ilustraciones.

6.3.- Respecto a la forma de presentaciónn del material gráfico (dibujos, fotografías, mapas, grabados, etc.):

1. El material gráfico se presentará inserto en el texto, con su correspondiente pie de foto que deberá ser lo más descriptivo posible, además de citar la autoría de ésta y su procedencia. No es necesario incorporarlas como una maquetación o diseño gráfico. Su finalidad es que en el proceso de valoración se pueda analizar el conjunto de la obra, especialmente en aquellas en las que las ilustraciones adquirieren una especial relevancia.
2. Las ilustraciones serán valoradas independientemente, de modo que la aprobación del texto no conlleva automáticamente la aprobación de las ilustraciones, pudiendo desestimarse una obra si éstas no son adecuadas ni de calidad para su reproducción.

El nombre de todos los archivos que se presenten a esta convocatoria no podrán contener más de 21 caracteres, ni acentos o caracteres alternativos.

Quedarán excluidas o desestimadas del proceso selectivo las obras que, en el plazo de presentación de solicitudes, no cumplan todas las condiciones y características reseñadas en este apartado respecto a los textos e ilustraciones.

BASE 7.- SOLICITUD Y MATERIAL A PRESENTAR

- Solicitud según modelo que figura al final de estas bases.
- Obra en formato PDF.
La presentación de la solicitud implica la aceptación íntegra de las bases y obligaciones establecidas en ellas, así como de la interpretación que la Diputación de Almería pueda realizar de estas.

BASE 8.- PUBLICACIÓN DE LAS BASES

El Instituto de Estudios Almerienses, de conformidad con el art. 20 de la LGS, comunicará a la Base Nacional de Subvenciones el texto de la convocatoria, el extracto de la misma y la información requerida por la BDNS.

La BDNS dará traslado al BOP (Boletín Oficial de la Provincia) de Almería del extracto de la convocatoria para su publicación. Una vez que la BDNS tenga constancia de la publicación del extracto o, en todo caso, transcurridas 72 horas desde que se ponga a disposición del diario oficial, la BDNS ofrecerá toda la información referente a la convocatoria a través del Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (SNPS), dando así cumplimiento a lo establecido en el art. 20 de la Ley 38/2003.

En todo caso, la eficacia de la convocatoria queda supeditada a la publicación de su extracto en el BOP de Almería. Simultáneamente se publicará en la página web del Instituto de Estudios Almerienses iealmerienses.es.

9.- PLAZOS, LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN

Las solicitudes para participar en el presente procedimiento habrán de presentarse en el plazo de TREINTA (30) DÍAS NATURALES, a contar desde el día hábil siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Almería del extracto de la convocatoria remitido por la Base de Datos Nacional de Subvenciones. De dicha publicación, se dará información en el Portal de Transparencia de la página web de la Diputación de Almería.

En el anuncio que se publique, se indicará, conforme al cómputo establecido, el primero y el último día del citado plazo.

La convocatoria será tramitada electrónicamente y las solicitudes serán presentadas en el registro de la Sede Electrónica de la Diputación de Almería, siendo obligatorio la utilización de los modelos que figuran anexos a esta convocatoria.
La documentación a cumplimentar podrá obtenerse en la página web de la Diputación de Almería: dipalme.org/tablón de anuncios/subvenciones y ayudas/Convocatoria publicaciones IEA 2024.

Las solicitudes serán firmadas electrónicamente por la persona interesada. Para la identificación del usuario en la sede electrónica, la Diputación admite, las modalidades que ofrece la plataforma Cl@ve: certificado digital / DNIe o identificación con cl@ves.

Ruta de acceso a la sede electrónica: dipalme.org
Sede Electrónica Solicitud general Acceso Cl@ve>

Es imprescindible tener instalado en el ordenador la aplicación Autofirma de la Junta de Andalucía antes de iniciar la presentación telemática.

En la sede electrónica de Diputación de Almería se cumplimentará la Solicitud General en la que se hará constar en el asunto “Convocatoria de publicaciones del IEA 2024”, adjuntando la solicitud (Anexo I) y la obra, ambos en formato PDF.

Si el archivo de la obra en formato PDF es superior a 10 megas, le recomendamos su remisiónn a través de cualquier servicio online WeTransfer al correo electrónico del Instituto de Estudios Almerienses: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. En el Asunto del citado correo deberá hacer constar el número de asiento y la fecha del Registro de Entrada de la solicitud.

El acceso es de 24 horas, todos los días del año, salvo fuerza mayor o paradas del sistema que se anunciarán en la Sede Electrónica de la Diputación con la máxima antelación posible. La presentación de solicitud conlleva la aceptación de las bases de esta convocatoria, así como, la autorización a la Diputación de Almería, por parte del solicitante, para las consultas que pudiera realizar a fin de comprobar el cumplimiento de los requisitos establecidos para la condición de beneficiario de la subvención. Cada interesado podrá presentar a esta convocatoria un máximo de una solicitud.

En el supuesto de que, al presentar la solicitud, los interesados se encontraran con un fallo técnico en la oficina virtual, por causa ajena a los mismos, que les imposibilite presentar de forma telemática su solicitud, deberán comunicar esta circunstancia, con indicación de fecha, hora y problema detectado, debiendo adjuntar los archivos que acrediten tal imposibilidad, previas las comprobaciones oportunas.

E igualmente, para la resolución de incidencias informáticas, pueden ponerse en contacto con el centro de atención al usuario llamando al teléfono 950 21 10 00.

BASE 10.- SUBSANACIÓN DE SOLICITUDES

Recibidas las solicitudes, se procederá por el Servicio Jurídico y Administrativo de Cultura, Cine e Identidad Almeriense y el Departamento de Coordinación del IEA a la comprobación de todos los requisitos exigidos.

En caso de observarse defectos posibles de subsanar, se instará a los solicitantes, mediante anuncio publicado en el tablón de anuncios de la web de la Diputación de Almería, para que en un plazo de diez (10) días hábiles subsanen la falta o acompañen los documentos preceptivos con indicación de que, si así no lo hicieran, se les tendrá por desistidos en su petición.

La presentación de la solicitud de subvención fuera del plazo establecido y no utilizar los formularios normalizados de uso obligatorio, serán causas de inadmisión.

Igualmente, en ningún caso tendrá la consideración de subsanable el incumplimiento de los requisitos que deben cumplir las obras presentadas y que figuran en la Base 6ª de esta convocatoria.

BASE 11.- INSTRUCCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

La instrucción del procedimiento corresponde al Servicio Jurídico y Administrativo de Cultura, Cine e Identidad Almeriense y al Departamento de Coordinación del IEA, que realizará de oficio cuantas actuaciones estimen necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.

Las actuaciones comprenderán:
a) Comprobación de los requisitos exigidos para obtener la condición de beneficiarios.
b) Comprobación de los requisitos exigidos a las obras conforme a los criterios establecidos.
c) Petición de cuantos informes se estimen necesarios para resolver o que sean exigidos por las normas que regulan la convocatoria.
d) Valoración de las obras, conforme a los criterios establecidos.

Para la evaluación de las solicitudes, se constituirá una Comisión de Valoración que estará presidida por el/la Diputado/a Delegado/a del Área de Cultura, Cine e Identidad Almeriense y compuesta por los siguientes vocales o personas que les sustituyan:
• Director del IEA.
• Miembros del Consejo Editorial.
• Expertos, preferentemente miembros del IEA, en las temáticas y géneros de las obras que se presenten. Serán designados por el/la Diputado/a Delegado/a del Área de Cultura, Cine e Identidad Almeriense.
• Jefa del Departamento de Coordinación del IEA o, en sustitución, la Jefa del Negociado de Gestión del IEA, que actuará como Secretaria.

A las reuniones de la Comisión además podrá asistir, con voz, pero sin voto, el personal del IEA relacionado con los procesos de edición.

Todas las personas participantes en el proceso de selección de las obras deberán observar el principio de confidencialidad y anonimato que se requiere en estos casos.

La Comisión quedará válidamente constituida con la asistencia, presencial o a distancia, de las personas titulares de la Presidencia y de la Secretaría o, en su caso, de quienes les suplan, y la de la mitad, al menos, de sus miembros, conforme a lo establecido en el artículo 17.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

BASE 12.- CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS

Para la selección de originales destinados a edición, los miembros de la Comisión de Valoración serán los encargados de valorar las obras que hayan sido presentadas en tiempo y forma.
A tal fin se emitirá informe de lectura que tendrá en cuenta los siguientes requisitos:

1) La obra será de temática almeriense.
2) Sus contenidos deberán ajustarse a las Colecciones del IEA:
- Arte.
- Biografías.
- Ciencias y Tecnología.
- Ciencias Sociales.
- Etnografía y Cultura Popular.
- Geografía y Ordenación del Territorio.
- Historia.
- Letras.
- Medio Ambiente.
3) Obra original e inédita, no admitiéndose obras recopilatorias de otros autores.
4) Obra completa y finalizada. No se admiten trabajos parciales (p. ej. Volumen 1) ni obras compuestas por varios volúmenes. A su entrega, las obras deberán estar terminadas, sin ser susceptibles de añadir partes o realizar cambios con posterioridad a la presentación de la solicitud.
5) Ortografía y redacción con nivel de calidad suficiente (sin errores sintácticos, ortográficos y gramaticales).
6) La obra irá dirigida a un único público.
7) Los originales de creación literaria pertenecerán a un solo género.
8) En los casos de creación literaria los contenidos o tramas estarán relacionados con Almería, con la excepción de la poesía.
9) Los que tengan un carácter científico, de investigación o basados en tesis doctorales, los textos deberán adaptarse a un estilo divulgativo con el fin de llegar a un mayor sector de población.
10) En toda la obra no podrá figurar referencia alguna a la autoría con el fin de garantizar la imparcialidad del proceso selectivo.

BASE 13.- CRITERIOS DE VALORACIÓN

Los originales serán valorados atendiendo a los siguientes criterios, sobre un total de 100 puntos:
1. Interés editorial que la obra tiene para el Instituto de Estudios Almerienses como Centro de Estudios Locales (máximo 30,00 puntos).
2. Calidad científica, literaria o artística de la obra (máximo 20,00 puntos).
3. Aportación novedosa al panorama editorial almeriense (máximo 20,00 puntos).
4. Temática (máximo 20,00 puntos).
5. Conocimiento/dominio del tema, materia o género por parte del autor/a (máximo 10,00 puntos).

De aquellas solicitudes que hayan obtenido la puntuación mínima exigida de 50 puntos, la Comisión de Valoración procederá a la comparación de las obras presentadas a fin de establecer una prelación entre las mismas por orden de puntuación. Además, podrán realizar recomendaciones, rectificaciones, adecuaciones, aportaciones o sugerencias a los/as autores/as para mejorar los originales presentados. Estas deberán ser aceptadas previo a la edición tal y como se establezcan en la propuesta posterior.

En el supuesto de que dos o más obras hayan obtenido la misma puntuación final, tendrá
preferencia para su edición aquella que:
- Haya obtenido la puntuación más alta en el apartado 1º “Interés Editorial para el IEA”.
- No requieran cambios significativos.

La Comisión de Valoración, a la vista de toda la información obrante en el expediente, deberá emitir informe en el que se concrete el resultado de la valoración y selección realizada, que contendrá relación debidamente motivada de:
• Las solicitudes de publicación excluidas por no ajustarse a las bases.
• Las obras desestimadas en el proceso selectivo.
• Las obras dictaminadas favorablemente para su edición, especificando:
- Número de ejemplares de la impresión inicial.
- Las modificaciones y recomendaciones realizadas por la Comisión de Valoración (títulos, documentación gráfica, correcciones, etc.) con el fin de mejorar la edición final y lograr una obra de calidad.
- Deberá especificarse si la propuesta de edición es que sea la realización de una obra recopilatoria en un solo volumen, bien de trabajos completos o selección de textos de varios/as autores/as presentados a la convocatoria.
- Formato de edición. El IEA optará por las ediciones digitales en el caso de temáticas muy especializadas, obras cuyos contenidos pierdan vigencia rápidamente, así como por razones presupuestarias.
- Edición impresa. En el caso de ediciones impresas las obras deberán ajustarse a los formatos establecidos en la normativa del Instituto y que son:
• gran formato de 240x270 mm y hasta 600 paginas;
• cuadriforme de 200x200 mm o 220x220 mm y hasta 360 páginas en ambos casos;
• superior de 210x260 mm y hasta 300 páginas; estándar de 160x240 mm y hasta 500 páginas;
• bolsillo de 128x205 mm y hasta 300 páginas.
- Las ediciones digitales. Se maquetarán en formato A4. No podrán optar a ser impresas. En los supuestos en los que, por iniciativa propia, quieran recurrir a la autoedición o a otras editoriales, podrán realizarlo informando, previamente, a este centro de estudios locales y cumpliendo los siguientes requisitos:
• autoedición: en la ficha técnica, deberán hacer constar “Primera edición: Instituto de Estudios Almerienses y el año”. También, la leyenda: “Versión impresa de la edición digital del Instituto de Estudios Almerienses de la Diputación de Almería a cargo del (autor/a o autores/as). La tirada no podrá destinarse, total o parcialmente, con fines comerciales.
• Otras editoriales: en la ficha técnica, deberán hacer constar “Primera edición: Instituto de Estudios Almerienses y el año”. Cuando también se solicite que se aporte la maquetación (cuyos costes han sido financiados por el IEA) tendrá que incluirse en el apartado “segunda edición: Colabora: Instituto de Estudios Almerienses. Diputación de Almería”. La cubierta deberá diferenciarse, claramente, de la primera edición (como mínimo deberá utilizarse otro color). Se entregarán al IEA 5 ejemplares. En ambos supuestos el Instituto mantendrá, en su página web, las versiones digitales con acceso libre y gratuito.

BASE 14.- RESOLUCIÓN

A la vista del informe de la Comisión de Valoración y del expediente se formulará la propuesta de resolución provisional, debidamente motivada, que deberá notificarse a los interesados. Para que, en un plazo de 10 días hábiles, presenten alegaciones, o acepten o rechacen la edición de la obra en los términos que se le notifica.

En los casos en que la edición de la obra esté condicionada a la realización de cambios en un plazo determinado, la aceptación de la subvención conlleva el cumplimiento expreso de estos extremos.

Transcurrido el plazo de audiencia, la Comisión de Valoración examinará las alegaciones o documentación presentada, emitiendo informe en el que se exprese la propuesta de concesión. El/la Diputado/a Delegado/a de Cultura, Cine e Identidad Almeriense, a la vista del informe de la Comisión de Valoración, formulará la propuesta de resolución definitiva, para ser aprobada por el órgano competente.

En el supuesto de no presentación de alegaciones o modificaciones, la propuesta provisional se elevará a definitiva.

Esta propuesta de resolución contendrá, entre otros, los siguientes extremos:
- Relación de beneficiarios/as, con indicación de la obra objeto de edición, expresión del formato de edición (digital o impreso) así como la tirada máxima y número de ejemplares de la primera impresión. También se especificarán modificaciones del
original o los casos de propuesta de obras recopilatorias.
- Plazos y formas de entrega de los textos e ilustraciones definitivos, según establece la base 17 de esta convocatoria.
- Relación motivada de todas las obras que han sido excluidas o desestimadas en
alguna de las fases del proceso de selección.
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento, no podrá exceder de seis meses, y se computará a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOP de Almería.

BASE 15.- NOTIFICACIÓN A LOS INTERESADOS

Los actos que deban notificarse de forma conjunta a los interesados, y, en particular, los de requerimiento de subsanación, de trámite de audiencia y de resolución del procedimiento, serán publicados en el tablón de anuncios de la página Web de la Diputación de Almería, en los términos de los artículos 40, 41 y 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común, sustituyendo dicha publicación a la notificación personal y surtiendo sus mismos efectos.

En estos casos, se considerará fecha de notificación la del día de inserción del anuncio en dicho tablón.

Publicación de anuncios: dipalme.org/tablón de anuncios/subvenciones y ayudas/convocatoria publicaciones IEA 2024

La resolución pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra la misma recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Almería, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de la notificación en el tablón de anuncios web de la Diputación de Almería, conforme a lo previsto en el artículo 46 en relación con el artículo 8, ambos de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LRJCA).

No obstante, el interesado podrá interponer previamente, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la notificación a través de anuncio, según se detalla en el párrafo anterior. Indicándole que, si presenta el recurso de reposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición por el transcurso del plazo de un mes desde su interposición.

BASE 16.- RENUNCIA A LA SUBVENCIÓN

Los perceptores de las subvenciones, una vez notificada la resolución definitiva, podrán aceptar o renunciar (Anexo II) de forma expresa a la subvención otorgada, remitiendo escrito al Instituto de Estudios Almerienses/Servicio Jurídico y Administrativo de Cultura, Cine e Identidad Almeriense, en el plazo de 5 días naturales a partir del siguiente al de la notificación. Transcurrido dicho plazo, sin ser remitido documento alguno, se entenderá que aceptan la subvención concedida y que ejecutarán el proyecto aprobado.

BASE 17.- PLAZOS Y FORMA DE ENTREGA DE LOS TEXTOS Y/O MATERIAL DE

LAS OBRAS SELECCIONADAS PARA SU EDICIÓN
1. Presentación: Registro de Entrada de la Diputación de Almería (ver base 9).
2. Plazo de entrega: un mes desde la notificación de la resolución de concesión de la subvención.
3. Texto e ilustraciones conforme a la normativa de presentación de originales publicada en iealmerienses.es
4. El texto de la obra deberá cumplir estos requisitos:
- Texto de la obra en formato word u OpenOffice.
- Textos de la obra en pdf con las ilustraciones insertadas como guía para el maquetador.
- Ilustraciones de la obra en formato JPG, TIFF o EPS de tamaño igual o superior a 500
kbites. Se presentarán numeradas en una carpeta independiente del texto.
- Listado de las ilustraciones, numeradas y ordenadas, con especificación de la ubicación en la obra y con su correspondiente pie de foto que deberá ser lo más
descriptivo posible además de citar la autoría de ésta y su procedencia, así como si la ilustración se ha realizado mediante inteligencia artificial.
- Biografía y fotografía (si así lo desea) del autor para la solapa con un máximo de 1300
caracteres con espacios.
- Un texto de contraportada, presentación de la obra, de máximo 1500 caracteres con espacios.
5. Autorización para la reproducción de ilustraciones.

Los nombres de todos los archivos no podrán contener más de 21 caracteres, ni tíldes o caracteres alternativos.

Se le podrá requerir la entrega de más material gráfico destinado a mejorar la edición de la obra y adaptado a la normativa de presentación de originales.

En las obras a cuyos autores se solicitó la realización de determinadas adaptaciones y/o modificaciones del original, se comprobará que los cambios exigidos han sido realizados atendiendo a las indicaciones dadas. Por lo tanto, los cambios en el texto deben incluirse en otro color. Caso de no entregarse los cambios requeridos, se entenderá que el autor desiste de la subvención para la edición de la obra.

BASE 18.- DERECHOS Y DEBERES DE LAS PARTES

La relación entre las partes, además, queda determinada de la siguiente forma:

EL AUTOR:
1.- Cede en exclusiva al Instituto de Estudios Almerienses los derechos de explotación de la primera edición de la obra para la que ha solicitado subvención en la convocatoria para la selección de publicaciones 2024, que comprende los derechos de reproducción, distribución y comunicación pública de la obra, incluidas las versiones impresas y electrónicas, pudiendo transmitirla a través de Internet u otras redes informáticas y de telecomunicaciones.

2.- Responderá de la autoría, originalidad y contenido de la obra (textos y material gráfico que presenta) y del ejercicio pacífico de los derechos que cede, desvinculando al IEA de cualquier responsabilidad que pueda generar su publicación.

Responderá de las reclamaciones que puedan formular terceros, en relación al contenido o titularidad de la obra, así como de los daños y perjuicios que se puedan derivar al Instituto de Estudios Almerienses por los motivos mencionados.

4.- Si aporta material gráfico ajeno deberá responsabilizarse de contar con la autorización expresa para poder ser utilizada en la obra que presenta, eximiendo al Instituto de Estudios Almerienses de cualquier responsabilidad sobre su utilización para el citado fin. Así mismo deberá hacer constar su autoría y procedencia.

5.- No podrá ceder ni subrogar a terceros los derechos y obligaciones que asumen, salvo autorización expresa, previa y por escrito de la otra parte.

6.- Autoriza al Instituto de Estudios Almerienses a facilitar sus datos de contacto (teléfono y correo electrónico) a los medios de comunicación para aspectos relacionados con la difusión y promoción de la obra.

7.- Realizará el seguimiento de edición de su obra, que incluye hasta dos revisiones digitales de ortografía o gramática de la maqueta y su conformidad previa a la impresión.

EL INSTITUTO DE ESTUDIOS ALMERIENSES:
1.- Se obliga a respetar el texto definitivo de la obra, sin introducir ningún tipo de alteración, modificación, edición o supresión que el/la autor/a no hubiera autorizado. Así como el resto de las facultades inalienables que reconoce a los creadores el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.

2.- No podrá ceder ni subrogar a terceros los derechos y obligaciones que asumen, salvo autorización expresa, previa y por escrito de la otra parte.www.escritores.org

3.- Como contraprestación con el autor:

- Asumirá todos los gastos derivados del estudio de la obra, gestiones administrativas, maquetación, impresión, tramitación de ISBN (en caso de ediciones impresas) y depósito legal, así como de distribución y difusión pública de la obra.
- Entregará al autor un 10% de los ejemplares editados.

4.- Por lo que respecta a la edición de la obra el Instituto de Estudios Almerienses:

- Tendrá plena iniciativa y libertad de acción, reservándose el derecho de determinar el diseño editorial final (incluyendo interiores, portadas e inclusión y tratamiento de imágenes).
- Permitirá al autor el seguimiento de edición de su obra, que incluye hasta dos revisiones digitales de ortografía o gramática de la maqueta.
- Requerirá al autor su conformidad a la versión final de la obra, antes de realizar la impresión o edición digital.
- Pondrá en circulación la obra en el plazo máximo de doce meses desde la fecha en la que el autor entrega la definitiva (textos e imágenes) adaptada a la normativa de presentación de originales.

5.- Por lo que respecta al sistema de reproducción, distribución y difusión de la obra, el Instituto de Estudios Almerienses:

- Podrá efectuar una o varias tiradas en edición impresa según estudio de mercado y necesidades editoriales con un máximo de 3.000 ejemplares.
- Distribuirá la obra impresa a dos niveles: comercial y protocolario e institucional.
- Fijará el precio de venta al público, que se regulará mediante la correspondiente Ordenanza.
- Incorporará una ficha bibliográfica de la obra en su catálogo.
- Podrá, transcurrido un año desde la edición de la obra, incorporar el PDF a su página web dando así un servicio de consulta y/o descarga gratuita con el fin de promover la cultura almeriense, revertir socialmente la inversión de medios públicos e incrementar la presencia en los sistemas de difusión pública a través de Internet. Se tendrá especial cuidado en el cumplimiento de la Ley de Propiedad Intelectual para, caso de ser necesario, realizar algunas adaptaciones como puede ser la supresión de algunas imágenes que hayan sido cedidas o autorizadas exclusivamente para la edición impresa de la obra.

BASE 19.- CONTROL FINANCIERO

Las subvenciones que se articulen por medio de la presente convocatoria estarán sometidas al Plan de Auditorias aprobado por la Diputación de Almería.

BASE 20.- CONSENTIMIENTO Y PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

Los participantes en la presente convocatoria consienten en que sus datos personales contenidos en su solicitud de participación, sean tratados bajo la responsabilidad de DIPUTACIÓN DE ALMERÍA con la finalidad de GESTIÓN DE SUBVENCIONES A PERSONAS FÍSICAS, JURÍDICAS Y ASISTENCIAS ECONÓMICAS A ENTIDADES
LOCALES, en base a la legitimación de CONSENTIMIENTO, OBLIGACIÓN LEGAL E INTERÉS PÚBLICO.

Puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad, acreditando su identidad, tal como se indica en la información del enlace.

Su negativa a suministrarlos, determinará la imposibilidad de participar en la convocatoria. 

BASE 21.- ACEPTACIÓN DE LAS BASES

La participación en la presente convocatoria implica la aceptación de todos los apartados de las presentes bases, así como la resolución por la organización de cualquier problema no recogido en estas.

BASE 22.- INTERPRETACIÓN

Cualquier duda que pueda surgir con relación a la interpretación de estas bases será resuelta por el Área de Cultura, Cine e Identidad Almeriense de la Diputación de Almería.

 

Fuente y Anexos

 

 
 

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Para consultar resultados de las convocatorias pulsa aquí
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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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