XXI PREMIOS DE LITERATURA BREVE "VILA DE MISLATA" 2023 (España)



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XXI PREMIOS DE LITERATURA BREVE "VILA DE MISLATA" 2023 (España)

17:04:2023

Género:  Relato, poesía

Premio:  800 €, publicación en formato plaquettes y 50 ejemplares

Abierto a:  mayores de 18 años

Entidad convocante:  Ayuntamiento de Mislata

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  17:04:2023

 

BASES

 

 

PRIMERA. OBJETO, FINALIDAD Y RÉGIMEN DE CONCESIÓN

Las presentes Bases tienen por objeto regular, en régimen de concurrencia competitiva, el proceso de concesión de los “XXI Premios de Literatura Breve “Vila de Mislata”, 2023”.

La finalidad de esta convocatoria es: fomentar los valores literarios y promover y animar el lenguaje escrito como medio de creación y comunicación entre la población adulta, contribuir a la difusión cultural en la ciudad de Mislata, descubrir el talento literario e incentivar la creación entre los amantes de la poesía y el cuento en cualquiera de las dos lenguas oficiales de la Comunidad Valenciana.

SEGUNDA. CUANTÍA, FISCALIDAD Y JUSTIFICACIÓN.

La dotación presupuestaria de 4.000 euros, adscrita al pago de los premios, se imputará a la aplicación presupuestaria 3340.48100 del Presupuesto Municipal vigente para el año 2023.

De acuerdo con el artículo 75.2.c. del RIRPF, “están sujetos a retención o ingreso a cuenta los premios que se entreguen como consecuencia de la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias, estén o no vinculados a la oferta, promoción o venta de determinados bienes, productos o servicios”.

A los premios que los y las galardonados/as perciban, se aplicará la retención correspondiente de acuerdo con la legislación fiscal vigente.

Como justificación de la concesión de los premios se considerará la fecha de la resolución de alcaldía que ampare el veredicto del jurado.

TERCERA. PUBLICIDAD.

Se dará publicidad de estas bases y de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, de acuerdo con los artículos 9.3 y 20.8 de la citada Ley 38/2003, General de Subvenciones, así como en la página web municipal mislata.es

CUARTA. REQUISITOS Y NORMAS GENERALES DE PARTICIPACIÓN.

a) Podrán participar todos aquellos autores y autoras que lo deseen y sean mayores de 18 años, siempre que sus trabajos estén redactados en cualquiera de las dos lenguas oficiales de la Comunidad Valenciana: valenciano y /o castellano.
b) Quedan excluidos y excluidas de la convocatoria aquellos autores y autoras, cuyas obras hayan resultado premiadas en cualquiera de las modalidades de las últimas cinco ediciones de este certamen (años, 2018, 2019, 2020, 2021 y 2022)
c) Cada autor o autora podrá presentar una única obra por modalidad y no se admitirán trabajos colectivos.
d) Los y las participantes no podrán estar incursos/as en ninguno de los supuestos regulados en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. Se acreditará mediante declaración responsable incluida en el formulario de solicitud de participación (ver anexo I).

QUINTA. FORMA DE PRESENTACIÓN DE LOS TRABAJOS.

En cumplimiento de lo previsto en el Decreto 220/2014, de 12 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de la Administración Electrónica de la Comunitat Valenciana, la solicitud de participación y el trabajo literario se podrán presentar:

A) Preferentemente por vía telemática, mediante certificado digital y firma electrónica de la persona interesada o persona que la represente. La solicitud telemática estará accesible en la sede electrónica del Ayuntamiento de Mislata, https://mislata.sedipualba.es/, a través del trámite solicitud de participación en la convocatoria de los XXI Premios de Literatura Breve “Vila de Mislata”.

Para poder registrar una solicitud por vía electrónica será necesario el uso de un certificado digital incluido en la lista de Prestadores de Servicios Electrónicos de Confianza Cualificados por el Estado, según la ley 6/2020, reguladora de determinados aspectos de los servicios electrónicos de confianza y el art. 38.6 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

B) Presentación mediante cita previa por el registro de entrada del Centro Cultural “Carmen Alborch”, de Mislata (Avda. Gregorio Gea, 34), de 9h a 13.30h. La cita previa se efectuará telemáticamente a través de los teléfonos 963990370 y 673003221 o telemáticamente a través del link mislata.es/administracio/cita-previa.

C) Por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4. de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De entre dichos medios, en caso de optar por la remisión de la correspondiente solicitud de participación y el trabajo literario a través de las oficinas de correo (correo administrativo), la dirección de envío será la siguiente:

AYUNTAMIENTO DE MISLATA
XXI Premios de Literatura Breve “Vila de Mislata”, 2023.
Centro Cultural “Carmen Alborch”
Avda. Gregorio Gea, 34
46920 MISLATA.

Dicha remisión se deberá efectuar según lo establecido en el punto 16.4. de la Ley 39/2019, de 1 de diciembre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas desde las oficinas de Correos deberán de seguir la forma reglamentaria establecida en dicha Ley. En este caso se deberá presentar en la oficina el sobre abierto y adjuntar un escrito sellado en su interior en el que conste la fecha de entrega, de manera que a la persona interesada se le facilite copia del mismo.

No será admitido ningún trabajo o solicitud que no sea presentado por cualquiera de los medios y formas reseñados.

En el caso de presentación telemática se deberá rellenar el formulario online disponible en la oficina virtual de la página web del Ayuntamiento de Mislata, que incluirá declaración de autoría, aceptación de las bases y declaración responsable de poseer plena capacidad de obrar para concurrir en la convocatoria, de cumplir con los requisitos estipulados en las bases, de encontrarse al corriente de las obligaciones fiscales y con la seguridad social y de no estar sujeto a las prohibiciones señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones para obtener la condición de beneficiario/a del premio que se le pudiera conceder y un ejemplar del relato o poemario en formato PDF , donde conste, en la primera página, el título del trabajo, el lema o pseudónimo del autor o autora, la modalidad y la categoría a la que se opta y en caso de reunir las condiciones para concurrir a la modalidad de trabajo presentado por un autor o autora local que se detallan en la base decimotercera la palabra “Mislata”. En dicho texto no podrá constar ningún dato personal del autor o autora.

En caso de presentación presencial o por correo administrativo se adjuntarán dos sobres con el siguiente contenido:

• Sobre 1. Copia de la solicitud/formulario de participación a registrar (ANEXO I). En el anverso del sobre constará el título del trabajo, el pseudónimo del autor o autora o un lema, la modalidad de la categoría a la que se opta. Una vez cerrado el sobre se entregará junto con el sobre 2.
• Sobre 2. Un ejemplar de la obra presentada donde conste, en la primera página, el título del trabajo, el lema o pseudónimo del autor o autora, la modalidad y la categoría a la que se opta y en caso de reunir las condiciones para concurrir a la modalidad de trabajo presentado por un autor o autora local que se detallan en la base decimotercera la palabra “Mislata”. En dicho texto no podrá constar ningún dato personal del autor o autora.

El secretario del tribunal será el encargado de facilitar las copias al jurado y de identificar a los concursantes que resulten premiados.

El Ayuntamiento de Mislata velará porque los datos personales que figuran en el formulario de participación no transciendan en las sesiones de deliberación, a fin de garantizar la imparcialidad en el veredicto de las diferentes comisiones de evaluación.

SEXTA. CARACTERÍSTICAS DE LOS TRABAJOS QUE CONCURRAN AL CERTAMEN.

Las obras presentadas deberán ser originales e inéditas. No podrán concurrir trabajos premiados, pendientes de resolución o presentados simultáneamente en otros certámenes, ni textos que mantengan compromisos de publicación. El Ayuntamiento se reserva la facultad de adoptar las medidas que considere oportunas para garantizar la autenticidad de los trabajos presentados.

6.1. Los trabajos literarios que concurran a cualquiera de los géneros o modalidades del certamen y sean presentados por registro electrónico se adjuntaran en archivo PDF con una tipografía legible, con un tamaño igual o superior a los 12 puntos, un interlineado de 1,5 y con la extensión estipulada en la base séptima para cada modalidad.

6.2. Si son presentados presencialmente por registro o remitidos por correo administrativo deberán estar impresos con las características descritas en el apartado 6.1 y con la extensión estipulada en la base 7 para cada modalidad.

SÉPTIMA. GÉNEROS Y MODALIDADES.

Se establecen dos géneros con sus respectivas modalidades lingüísticas, cuyo tema será libre:

Narrativa en valenciano y narrativa en castellano.

Podrá participar cualquier trabajo escrito en las diversas variantes de los mencionados dominios lingüísticos.

Los trabajos tendrán una extensión mínima de 6 folios y una extensión máxima de 12 páginas, escritas únicamente por una cara de la hoja (incluyendo paratextos)

Poesía en valenciano y poesía en castellano.

Podrá participar cualquier trabajo escrito en las diversas variantes de los mencionados dominios lingüísticos.

Los originales presentados en cualquiera de las modalidades de este género tendrán una extensión mínima de 75 versos y una extensión máxima de 125 (incluyendo paratextos), consistirán en uno o varios poemas, escritos únicamente por una cara de la hoja.

OCTAVA. PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LOS TRABAJOS.

El plazo de presentación de originales se iniciará al día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia y finalizará el día 17 de abril de 2023.

En caso de que se demore la publicación el plazo será de 10 días hábiles a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOP.

NOVENA. VERIFICACIÓN DE RECEPCIÓN DE LOS TRABAJOS.

Finalizado el plazo de recepción de los trabajos, el Ayuntamiento de Mislata publicará en su página web (mislata.es) una relación con los títulos y los lemas de las obras registradas en plazo y forma.

DÉCIMA.ÓRGANO COMPETENTE PARA LA INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO. NOTIFICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DEL VEREDICTO.

Para la valoración de los trabajos que concurran a la convocatoria y a propuesta de la Concejala de Cultura, la Alcaldía designará tres comisiones de evaluación, cada una de las cuales estará integrada por tres componentes de reconocido prestigio en el mundo de la cultura, literatura y/o la edición.

La resolución del nombramiento de los jurados que compongan cada una de estas comisiones de evaluación se hará pública en la página web del Ayuntamiento de Mislata (mislata. es).

Cada comisión de evaluación operará de forma autónoma e independiente al resto y para la evaluación de los trabajos y propuesta de concesión de premios tendrá en cuenta la calidad literaria o poética considerando la forma, estructura, el estilo, el argumento, los personajes perfilados, la prosa, los recursos poéticos o narrativos empleados, la rima, etc.

Después de la lectura y valoración de los trabajos que concurran en cada modalidad, cada comisión, elevará la correspondiente acta con su propuesta de premios, que deberá de ser ratificada, posteriormente por el órgano de gobierno competente a los efectos de proceder al pago de los premios.

El plazo para ratificar el fallo del jurado y abonar los premios será el mínimo necesario para realizar los trámites administrativos por parte de los departamentos intervinientes.

El fallo del jurado será inapelable. Los y las concursantes aceptarán expresamente su autoridad tanto para resolver los premios como para solucionar cualquier incidencia no prevista en las bases.

Se establecen las siguientes comisiones de evaluación.

A) Comisión evaluadora de los trabajos que concurran en la modalidad narrativa en castellano.
B) Comisión evaluadora de los trabajos que concurran en la modalidad de poesía en castellano.
C) Comisión evaluadora de los trabajos que concurran en las modalidades de poesía y narrativa en valenciano y del mejor trabajo efectuado por un autor o autora local en cualquiera de las modalidades y lenguas vehiculares de la convocatoria.

Será responsabilidad del Jurado rechazar aquellos trabajos que no se ajusten a las bases de esta convocatoria, así como declarar desierto cualquiera de los premios si, a su juicio, ningún trabajo reuniera los méritos suficientes o no se ajustase a las condiciones establecidas en las presentes bases.

Dicho jurado tendrá plena competencia para aplicar e interpretar las presentes bases y sus decisiones serán inapelables.

El secretario del jurado de las diferentes comisiones de evaluación será el gestor cultural del Ayuntamiento de Mislata, que actuará como instructor del procedimiento y quien en caso de que un autor o autora local resulte premiado por decisión de los componentes del jurado de las comisiones de evaluación que se detallan en los apartados A y B informará a los miembros de la comisión de evaluación C para que desestimen su valoración como mejor trabajo poético o narrativo escrito por un autor o autora local.

El órgano competente para otorgar estos premios será el Alcalde, que adoptará la resolución en los términos del artículo 26 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento de concesión no podrá exceder de seis meses. El plazo se computará a partir de la publicación de la correspondiente convocatoria, salvo que la misma posponga sus efectos a una fecha posterior.

El vencimiento del plazo sin haberse notificado la resolución legitima a los interesados, servirá para entender como desestimada, por silencio administrativo, la solicitud de participación en el certamen.

La resolución de concesión agotará la vía administrativa. Contra ella se podrá interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de su notificación, o bien directamente recurso contencioso- administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

UNDÉCIMA. CRITERIOS DE VALORACIÓN.

Para la concesión de los XXI Premios de Literatura Breve “Vila de Mislata” se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

a) Originalidad y creatividad en el estilo de la obra.
b) Calidad y técnica literaria de la obra.
e) Ritmo narrativo y estructura de la obra.

DUODÉCIMA. FALLO.

El fallo del jurado se comunicará telefónicamente a los/las ganadores/as y, además se hará público en la web del Ayuntamiento de Mislata (mislata.es), tras el veredicto de las correspondientes comisiones de evaluación.

DECIMOTERCERA. PUBLICIDAD.

De la resolución se dará publicidad en los términos del art. 18 de la Ley General de Subvenciones y en la página web municipal mislata.es.

La presentación de las obras publicadas se efectuará en las condiciones que la Concejalía de Cultura estime oportunas. En caso de efectuarse presencialmente de comunicará previamente a las ganadores y los ganadores el lugar, fecha y hora de ejecución.

DECIMOCUARTA. PREMIOS Y DOTACIÓN ECONÓMICA.

Se concederán cuatro premios con una dotación económica de 800,00 euros, cada uno por género y lengua, según detalle:
- Narrativa en valenciano
- Narrativa en castellano
- Poesía en valenciano
- Poesía en castellano

Esta dotación será indivisible y no se podrá conceder ningún premio en calidad de ex – aequo.

A su vez, para promover la creatividad literaria entre los ciudadanos y ciudadanas residentes en Mislata, de entre aquellas obras que concurran en la modalidad de poesía y narrativa en castellano o poesía y narrativa en valenciano, se otorgará otro premio único de 800,00 euros al mejor trabajo presentado por un autor o autora local, residente en Mislata.

El Ayuntamiento comprobará de oficio el lugar de residencia de las autoras o autores que opten a esta categoría.

Los trabajos presentados por autoras o autores locales que, de acuerdo con lo estipulado en la base 6.1. de esta convocatoria identifiquen sus obras a fin de optar al premio al mejor trabajo poético o narrativo en valenciano o en castellano elaborado por un escritor o escritora de Mislata no quedarán excluidos del resto de modalidades del certamen.

A los premios que los y las galardonados/as perciban, se aplicará la retención correspondiente de acuerdo con la legislación fiscal vigente.

DECIMOQUINTA. PUBLICACIÓN DE LAS OBRAS GANADORAS.

Los trabajos premiados serán publicados como plaquettes, en edición de 300 ejemplares dentro de la colección “Literatura Breve” del Ayuntamiento de Mislata en el plazo máximo de seis meses desde la resolución de los premios.

Los autores o autoras galardonados recibirán cincuenta plaquettes y cederán al Ayuntamiento de Mislata el derecho de difusión y publicación, así como la propiedad de los originales premiados.

En caso de las obras premiadas si el autor/a quisiera publicar la obra en otra editorial, se comprometerá a garantizar que en la misma aparezca en un lugar visible de la cubierta y en la página de créditos la siguiente mención: “Obra premiada en la convocatoria de los XXI Premios de Literatura Breve del Ayuntamiento de Mislata”.

DECIMOSEXTA. OTROS.

La participación en esta convocatoria supone la plena aceptación de estas bases.

El Ayuntamiento de Mislata se reserva la posibilidad de suspender el certamen literario siempre que existan causas mayores debidamente justificadas y ajenas a la organización del mismo.
www.escritores.org
Las obras no premiadas ni publicadas y remitidas por correo administrativo no serán devueltas y se destruirán pasados treinta días desde la resolución de la convocatoria.

DECIMOSÉPTIMA. PROTECCIÓN DE DATOS

En virtud de la Ley Orgánica de Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, se informa que los datos facilitados serán tratados por el AYUNTAMIENTO DE MISLATA, en calidad de Responsable de Tratamiento, con la finalidad de llevar la gestión de inscripciones en actividades y convocatorias de índole social, cultural o deportiva.
Los datos serán conservados durante el plazo de tiempo de la actividad. No obstante, podrán ser conservados, en su caso, con fines de archivo de interés público, fines de investigación científica e histórica o fines estadísticos.
La base jurídica de legitimación para el tratamiento de los datos personales radica en el consentimiento explícito manifestado por Ud. mediante la formalización del presente documento de inscripción.
Los datos serán cedidos a las entidades públicas o privadas, a las cuales sea necesario u obligatorio ceder éstos para poder gestionar su solicitud, así como en los supuestos previstos, según Ley.
Ud. podrá ejercitar los derechos de Acceso, Rectificación, Supresión, Limitación o, en su caso, Oposición. A estos efectos, deberá presentar un escrito en el Registro de Entrada del AYUNTAMIENTO DE MISLATA Plaza Constitución 8 (46920 Mislata) o, en su caso, a nuestro Delegado de Protección de Datos (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.).
En el escrito deberá especificar cuál de estos derechos solicita sea satisfecho y, a su vez, deberá mostrar o, en caso de envío postal, acompañar la fotocopia del DNI o documento identificativo equivalente. En caso de que actuara mediante representante, legal o voluntario, deberá aportar también documento que acredite la representación y documento identificativo del mismo.
Asimismo, en caso de considerar vulnerado su derecho a la protección de datos personales, podrá interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (agpd.es).

DECIMOCTAVA. NORMATIVA COMPLEMENTARIA.

En lo no previsto en las presentes bases será de aplicación, en cuanto proceda, el régimen previsto en la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS) y por el Reglamento de la Ley General de Subvenciones aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (RLGS), en la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Mislata y el Plan Estratégico de Subvenciones del Ayuntamiento de Mislata 2023-2024, así como por las Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal de 2023.

 

Fuente / Anexo

 

 
 

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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