PREMIO DE NARRATIVA BREVE DOLORES CAMPOS-HERRERO 2022 (España)



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PREMIO DE NARRATIVA BREVE DOLORES CAMPOS-HERRERO 2022 (España)

27:12:2022

Género:  Relato

Premio:  4.500 € y edición

Abierto a:  personas mayores de edad, residentes en Canarias o nacidas en Canarias

Entidad convocante:  Cabildo de Gran Canarias

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  27:12:2022

 

BASES

 

 

Plazo de inscripción: hasta el 27 de diciembre de 2022

BASES REGULADORAS DEL PREMIO DE NARRATIVA BREVE DOLORES CAMPOS-HERRERO 2022.

En uso de las facultades previstas en el artículo 127 en relación con la Disposición Adicional Decimocuarta, párrafo tercero de la vigente Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y disposiciones complementarias que la desarrollan y en virtud del acuerdo de delegación de competencias del Consejo de Gobierno Insular en la Consejera de Cultura de fecha 31 de julio de 2019 y en cumplimiento de la Base 13ª de la Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Gran Canarias, se establece las normas reguladoras de la participación y de los premios que se otorgarán a los/as participantes que intervengan en los “Premios de Narrativa Breve Dolores Campos-Herrero 2022”, de acuerdo a las siguientes bases:
BASE 1. DEFINICIÓN DEL OBJETO:

El Consejo Asesor del Pacto por la Lectura y la Escritura en Gran Canaria, con sede en la Biblioteca Insular de Gran Canaria, se define, según el artículo 1 de su Reglamento (BOP nº 129 del 07/10/2013), como un órgano colegiado, consultivo, de coordinación y de asesoramiento, que tiene por finalidad el análisis permanente de la situación del libro, la lectura, la escritura y las bibliotecas en Gran Canaria, a través de su Comité Ejecutivo, denominado “Observatorio de la Lectura y la Escritura”.

A tal fin, las mesas de trabajo que conforman el Observatorio pueden proponer diversas medidas que incentiven la lectura y la escritura entre la ciudadanía grancanaria, y con este objetivo la Mesa denominada “Desarrollo creativo en Gran Canaria” propuso el Premio de Narrativa Breve Dolores Campos-Herrero, que tiene por objeto promover la escritura entre la población adulta de Canarias.

Los premios se convocan en régimen de concurrencia competitiva.

BASE 2. RÉGIMEN JURÍDICO:

En lo no establecido en las presentes bases se estará a lo dispuesto en las siguientes disposiciones normativas: Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS); Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003; Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria (BOP nº 166, de 26 de diciembre de 2008); Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; Bases de la ejecución del Presupuesto del Cabildo de Gran Canaria en vigor; aplicándose subsidiariamente el resto de normas y disposiciones del ordenamiento jurídico administrativo; y, en su defecto, las normas del derecho privado.

BASE 3. CONSIGNACIÓN PRESUPUESTARIA:

El premio regulado por esta convocatoria se concederá con cargo a la aplicación presupuestaria del Servicio de Cultura 07500/3340/481000022, denominada “Premios, becas de Estudios e Investig. Cultura“, de conformidad con el Presupuesto General del Cabildo de Gran Canaria para el año 2022.

BASE 4. PREMIO Y EDICIÓN:

4.1 PREMIO EN METÁLICO:

Se establece un único premio, indivisible, para un único autor/a dotado con la cantidad de 4.500 euros (CUATRO MIL QUINIENTOS EUROS), sobre los que se aplicarán los impuestos y retenciones fiscales aplicables conforme a la legislación vigente.

4.2 PAGO DEL PREMIO:

El pago del importe económico del premio al beneficiario/a se realizará previa aportación de la documentación establecida en la base 11.

4.3. EDICIÓN DE LA OBRA PREMIADA:

A su vez, la primera edición de la obra premiada, será editada y publicada por el servicio de Ediciones del Cabildo de Gran Canaria el año siguiente a su convocatoria, con una tirada mínima de 500 ejemplares.

La persona premiada no percibirá derechos de autoría en la primera edición, pues se considerarán satisfechos con el importe del premio.

La aceptación del Premio por el autor/a de la obra ganadora conlleva la suscripción del oportuno contrato según los términos expuestos en estas bases y en la legislación de Propiedad Intelectual española, sin perjuicio de cuantos contratos y documentos sean necesarios suscribir para la protección de los derechos de explotación cedidos a favor del Cabildo de Gran Canaria que se han especificado en la presente base.

El Cabildo de Gran Canaria no se compromete a realizar otras ediciones de la obra premiada.

BASE 5. REQUISITOS DE LOS/AS PARTICIPANTES:

Podrán participar en la presente convocatoria y ser beneficiario/a del premio las personas físicas mayores de edad, residentes en Canarias a la fecha de la convocatoria o nacidas en Canarias que no hayan sido premiadas en la convocatoria anterior.
Queda excluido del presente concurso el personal de la Consejería de Cultura del Cabildo de Gran Canaria.

Para obtener la condición de beneficiario/a, las personas físicas deberán reunir las condiciones establecidas en el artículo 13.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y no estar incursas en ninguna de las prohibiciones que se mencionan en el apartado 2 de este mismo artículo; no tener pendiente de presentar la justificación total o parcial de subvenciones anteriores otorgadas por el Servicio de Cultura de esta Corporación, así como de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la hacienda estatal, hacienda autonómica y con la Seguridad Social, impuestas por las disposiciones normativas vigentes.
Los/as participantes quedan sometidos a las responsabilidades y al régimen sancionador que sobre infracciones administrativas en materia de subvenciones establece la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 17 de noviembre, por el que se aprueba su reglamento, así como en la Ordenanza General de Subvenciones del Cabildo de Gran Canaria (BOP nº166, de 26 de diciembre de 2008).

BASE 6. REQUISITOS DE LAS OBRAS:

1. El género literario al que se adscribe el concurso es el narrativo, debiendo ajustarse al concepto comúnmente aceptado de narrativa breve.

2. El tema sobre el que versará la obra presentada será totalmente libre.

3. Las obras deberán estar escritas en lengua española y han de ser originales e inéditas.

4. El texto presentado no puede haber sido objeto de premio en concursos anteriores ni haber sido publicado (en edición colectiva o individual por cualquier medio de edición y/o publicación), tanto en papel o ebook como en blog y otros perfiles de redes sociales, con anterioridad a la solicitud de participación en el presente concurso.

5. Cada autor/a podrá presentar una sola obra, preservando su anonimato. Quedará automáticamente excluido/a de la convocatoria el/la participante que presente dos o más obras.

6. Las obras se presentarán en soporte digital (archivo pdf)

- La extensión de la obra oscilará entre 65 y 75 páginas en tamaño DIN A4.
- Texto justificado y paginado.
- Interlineado de 1’5.
- Fuente tipográfica Times New Roman de tamaño 12.
- Las obras han de venir firmadas mediante seudónimo.

A las páginas indicadas se puede añadir una más de portada en la cual deberá figurar el título del relato y el seudónimo utilizado.

Los textos presentados que no cumplan estos requisitos quedarán inmediatamente excluidos del presente concurso.

BASE 7. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES:

7.1 PLAZO DE PRESENTACIÓN:

El plazo de recepción de las obras participantes será de 60 días naturales a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de las Palmas.

7.2. LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN:

Las solicitudes y la documentación deberán presentarse a través de la Sede electrónica del Cabildo de Gran Canaria.
Se accederá a la Sede Electrónica del Cabildo de Gran Canaria (sede.grancanaria.com/) debiendo seleccionar, dentro de la categoría de “Trámites” - “Catálogo de Trámites Electrónicos”, el procedimiento “PREMIO DE NARRATIVA BREVE DOLORES CAMPOS- HERRERO”.
La solicitud de participación será la que se genere automáticamente cuando se inicia el indicado procedimiento.

Conforme a ello, deberá tener en consideración que:

A) Si se identifica con AUTOFIRMA, le permitirá en la tramitación firmar documentos y la propia solicitud con su certificado digital desde Autofirma.

B) Si se identifica con el sistema CL@VE:
- Su identificación con CL@VE deberá tener el nivel de seguridad acorde con cada procedimiento (si no lo tuviera, se le mostrará un mensaje cuando comience un trámite).

- En caso de tener que aportar documentos firmados, deberá firmarlos electrónicamente previamente a la incorporación a la solicitud.
- La firma de la solicitud se realizará en sede mediante captura de determinadas evidencias para garantizar la integridad y el no repudio en sus actuaciones.
A continuación, se indican los pasos a cumplimentar:

1. “Identificación”: se seguirán las instrucciones que se requieran.
2. “Contacto”: seleccionar el método de contacto preferido (correo electrónico, teléfono o correo postal).
3. “Formulario”: procedimiento para el que se realiza la solicitud; “Premio de narrativa breve Dolores Campos-Herrero”.
4. “Legal”: se seguirán las instrucciones que se requieran.
5. “Adjuntos”: se deberán adjuntar los documentos que se indican en la base 7.3 de la convocatoria.
6. “Firma”: firmar electrónicamente la solicitud de participación.
7. “Resguardo”: descargar el resguardo de registro de la solicitud de participación.

7.3 DOCUMENTACIÓN A ACOMPAÑAR A LA SOLICITUD:

La solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación:

• La obra en formato PDF, con los requisitos establecidos en la base 6. La obra no ha de contener firma ni cualquier dato que pueda identificar su autoría, pudiendo señalarse sólo su título y el seudónimo utilizado. En el caso de que la obra se presente con cualquier dato que permita identificar su autoría, ésta quedará automáticamente excluida de la presente convocatoria al no ser un elemento subsanable.
• Anexo I. Declaración Responsable firmada electrónicamente.
• Certificado de residencia para los/as participantes que no hayan nacido en Canarias con una validez de 6 meses desde la fecha de la presente convocatoria.
• DNI para los/as participantes que hayan nacido en Canarias.

BASE 8. CRITERIOS DE SELECCIÓN DE LAS OBRAS:

Los criterios por los cuales se valorarán las obras presentadas son los siguientes:

• Mejor concepción narrativa de la temática de la obra: hasta 3 puntos
• Originalidad y calidad literaria: hasta 3 puntos
• Estilo y corrección gramatical y ortográfica: hasta 3 puntos
• Presencia de cualquier referencia cultural, histórica, geográfica, etnográfica, relativa a la isla de Gran Canaria en la obra: 1 punto.

En caso de que ninguna de las obras presentadas responda a los criterios mínimos arriba referidos, el premio podrá ser declarado desierto.

En el caso de empate, este será dirimido por el Presidente del Jurado mediante su voto de calidad.

BASE 9. EL JURADO:

9.1 COMPOSICIÓN:

Para la valoración de las obras formuladas se constituirá un órgano colegiado, cuyos miembros serán designados/as por la Consejera de Gobierno de Cultura, y que estará formado por:

- Cinco vocales propuestos por el Observatorio de la Lectura y Escritura de Gran Canaria, entre especialistas de los cuales 4 entre profesionales de reconocido prestigio en la crítica y creación literaria y 1 empleado público de la Biblioteca Insular
- Un/a Presidente/a designado entre los miembros del jurado.
- Un/a Secretario/a, que tendrá voz, pero no voto en la toma de decisiones. Dicho puesto será asumido por un /a empleado/a público/a.

Asimismo, la composición del Jurado respetará, siempre que sea posible, la presencia equilibrada de mujeres y hombres, de acuerdo con lo establecido en el artículo 51 de la Ley 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

Los miembros del Jurado deberán abstenerse y podrán ser recusados en los términos previstos en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público.

En lo no previsto en esta resolución se estará a lo dispuesto en la sección 3.ª del capítulo II, del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

La composición de este Jurado se publicará en la página web cabildo.grancanaria.com sin perjuicio de otros medios que, en su caso, se estimen oportunos.

9.2 ANONIMATO DE LAS OBRAS:

Con el fin de mantener su anonimato, el Servicio de Cultura separará las obras presentadas de sus respectivas instancias antes de su remisión al Jurado del concurso, de modo que en su exterior sólo constará el número de Registro de Entrada.

9.3. ACTA DEL JURADO:

Una vez evaluadas las obras, el Jurado procederá a votar, siendo premiada aquella obra que por mayoría de votos del jurado se considere merecedora de ello, recogiéndose el fallo en el correspondiente acta del jurado.

BASE 10. INSTRUCCIÓN, RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN.

10.1 INSTRUCCIÓN:

1.Órgano competente:

El procedimiento administrativo concerniente a este concurso será instruido por la Jefa del Servicio de Cultura del Cabildo de Gran Canaria o persona en quien delegue.

2. Subsanación:

Recibidos las obras se examinará si reúnen los requisitos administrativos exigidos requiriéndose, en caso contrario, a los/as participantes que los incumplan para que, en el plazo de 10 ( diez) días hábiles, subsanen y completen los documentos y datos que deben presentarse, advirtiéndoles que, si así no lo hicieran, se les tendrá por desistido de su petición, archivándose la misma, previa resolución dictada a tal efecto de acuerdo con el artículo 21.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
No se considerará subsanable la obra que se presente con cualquier dato que permita identificar su autoría quedando automáticamente excluida de la presente convocatoria.
3. Información sobre la tramitación:

Para obtener información sobre el estado de tramitación del procedimiento los/as interesados/as podrán consultar la web cabildo.grancanaria.com/

No se mantendrá correspondencia con los/as concursantes ni se facilitará información alguna relativa al seguimiento del Premio, sin perjuicio de las publicaciones que correspondan legalmente en las páginas webs indicadas, o las notificaciones oportunas que deban realizarse una vez hecho público el fallo del jurado.

10.2 RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN:

El órgano competente para la aprobación y resolución de la presente Convocatoria es la Sra. Consejera de Gobierno de Cultura del Cabildo de Gran Canaria.

La resolución de concesión del premio, que se basará en el fallo del Jurado, será emitida por la Consejera de Gobierno de Cultura y se publicará en la web cabildo.grancanaria.com/.

El plazo de para resolver y notificar la resolución del procedimiento será como máximo de seis
(6) meses, computados a partir de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.

Contra dicha resolución, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse por los/as interesados/as recurso potestativo de reposición, ante la Consejera de Gobierno de Cultura, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de dicha resolución en la web del Cabildo de Gran Canaria (cabildo.grancanaria.com/), o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos (2) meses contados desde el día siguiente a la publicación de la Resolución.

BASE 11. OBLIGACIONES DEL/LA BENEFICIARIO/A DEL PREMIO.

El/la beneficiario/a del premio habrá de aportar la siguiente documentación:

- “Alta de Terceros” a efectos de poder realizar el pago por transferencia bancaria, siempre que la misma no obre ya en poder del Cabildo y no haya sufrido variación. (sede.grancanaria.com/informacion-alta-terceros).
- Certificados acreditativos de estar al corriente en sus obligaciones ante la Seguridad Social, ante la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) y ante la Agencia Tributaria Canaria, en el supuesto de que no hubiera prestado su consentimiento para que el Cabildo de Gran Canaria realice consulta de datos del/la solicitante/representante mediante servicios interoperables en el Anexo I.

A quien sea otorgado el premio se compromete a participar personalmente en los actos de presentación y promoción de su obra, que realice el Cabildo de Gran Canaria.

BASE 12. PROTECCIÓN DE DATOS.

En cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre de Protección de Datos y Garantía de los Derechos Digitales (LOPDGDD) y el Reglamento General Europeo de Protección de Datos, Reglamento UE 2016/679 de 27 de abril (RGPD) se le informa que los datos de carácter personal que facilite para este concurso así como en sus adjuntos, o cuya consulta autorice, quedarán incluidos en los tratamientos correspondientes al procedimiento tramitado, titularidad del Cabildo de Gran Canaria, cuya finalidad es la gestión y registro de toda la información sobre los referidos expedientes administrativos.

Los/as interesados/as podrán ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, olvido, portabilidad, limitación al tratamiento y oposición mediante escrito dirigido a esta Corporación. Los datos serán conservados durante los plazos legalmente exigibles.

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DISPOSICIONES FINALES

PRIMERA: La participación en la presente convocatoria implica la aceptación íntegra de las disposiciones establecidas en la misma. Cualquier cuestión no prevista en las mismas, así como las dudas sobre su interpretación será resuelta por la Consejería de Gobierno de Cultura, previo informe debidamente justificativo.

SEGUNDA: Contra estas bases podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el/la titular de la Consejería de Gobierno de Cultura de este Cabildo, en el plazo de un (1) mes, o bien recurso contencioso administrativo en el plazo de dos (2) meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de su Anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Las Palmas.

 

Fuente y Anexo: grancanariajoven.grancanaria.com/contenido/premio-de-narrativa-breve-dolores-campos-herrero-2022/3430

 

 
 

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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