BECAS AYUNTAMIENTO DE MADRID - RESIDENCIA DE ESTUDIANTES 2022-2023 (España)



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BECAS AYUNTAMIENTO DE MADRID - RESIDENCIA DE ESTUDIANTES 2022-2023 (España)

07:10:2022

Género:  Proyecto de creación o investigación

Premio:  9 becas de residencia de 1 año

Abierto a:  personas con nacionalidad española o de un país iberoamericano, o con nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea y residencia en España, y tener como máximo 30 años

Entidad convocante:  Residencia de Estudiantes

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  07:10:2022

 

BASES

 

 

I. OBJETO, CONDICIONES Y FINALIDAD DE LA CONVOCATORIA

La Residencia de Estudiantes convoca nueve (9) becas del Ayuntamiento de Madrid para estancia en la Residencia de Estudiantes, mediante las cuales un grupo interdisciplinar de jóvenes investigadores, creadores y artistas tendrá la oportunidad de disfrutar desde el 15 de diciembre de 2022 al 14 de diciembre de 2023, en régimen de pensión completa, del marco que brinda la Residencia de Estudiantes, sede de una intensa actividad cultural y de un activo diálogo entre ciencias y artes.

Estas nueve (9) becas se repartirán entre las siguientes modalidades: Estudiantes de Postgrado en Ciencias Sociales y Humanidades (3); Estudiantes de Postgrado en Ciencias de la Naturaleza y Tecnología (3); y Creadores y Artistas (3).

El Ayuntamiento de Madrid contribuirá a la financiación del programa de acuerdo con su presupuesto aprobado y la Residencia de Estudiantes prestará los servicios relativos a la estancia. La concesión de las becas convocadas mediante la presente convocatoria quedará supeditada a la dotación efectiva del programa por el Ayuntamiento de Madrid y al cumplimiento de las necesarias garantías de salud y seguridad, movilidad y limitaciones en destino que permitan el desarrollo de la beca.

II. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN

La gestión y concesión de las becas se realizará en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo a los principios de objetividad, igualdad, no discriminación y publicidad, garantizando la transparencia de las actuaciones.

III. REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES

Para optar a estas becas los solicitantes deberán reunir los requisitos generales, además de los específicos para cada modalidad, que se relacionan a continuación:

Requisitos generales

a) Poseer la nacionalidad española o de un país iberoamericano. Si ésta es adquirida, ha de hallarse efectivamente concedida y no en tramitación.

También podrán optar a la beca aquellos que posean la nacionalidad de un Estado miembro de la Unión Europea y acrediten su residencia en España en el momento de solicitud de la beca. En este caso, deberán poseer perfecto dominio del castellano. Para acreditar la residencia en España se deberá presentar una copia del Certificado de registro de ciudadano de la Unión Europea.

b) Tener como máximo 30 años en el momento de solicitud de la beca.

c) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

d) No recibir otras ayudas, públicas o privadas, que financien los mismos gastos que esta beca.

Requisitos específicos Estudiantes de Postgrado:

a) Estar en posesión de un título universitario oficial de Grado, o equivalente, y estar en periodo de formación predoctoral, con un proyecto de investigación o de tesis doctoral en cualquier ámbito del conocimiento. No podrán optar a esta beca aquellos solicitantes que ya estén en posesión de un título de doctor.

b) Presentar una memoria del trabajo que desea realizar durante el período de disfrute de la beca.

Creadores y Artistas:

a) Haberse dedicado, al menos durante dos (2) años, a trabajos artísticos o de creación.

b) Presentar un proyecto de creación para realizar durante el período de disfrute de la beca.

IV. PERÍODO DE DISFRUTE

El período de disfrute de la beca es de doce (12) meses.

El inicio del disfrute de la beca, así como su duración, estarán condicionados a la dotación presupuestaria prevista para la misma por parte del Ayuntamiento de Madrid, así como al cumplimiento de las necesarias garantías de salud y seguridad, movilidad y limitaciones en destino que permitan el desarrollo de la beca.

Cuando la aportación presupuestaria así lo permita, la Residencia de Estudiantes podrá ofrecer a las personas beneficiarias de esta convocatoria la prórroga de la beca, estableciendo un plazo para solicitar dicha renovación, así como las condiciones para optar a la misma.

V. SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN

Las solicitudes se presentarán en el modelo que acompaña a esta convocatoria.

Los impresos de solicitud podrán descargarse desde la página web de la Residencia de Estudiantes (residencia.csic.es).

La sola presentación de la solicitud supondrá la aceptación expresa e incondicionada por el solicitante de la beca del contenido íntegro de la presente convocatoria, sin reserva o salvedad alguna.

Dichas solicitudes irán acompañadas de los siguientes documentos:

Estudiantes de Postgrado:

1. Certificación académica personal completa y acreditativa del grado de titulación alcanzado por el solicitante.

2. Currículum Vitae del solicitante, de acuerdo con el modelo establecido en esta convocatoria, que se podrá descargar en la página web de la Residencia de Estudiantes, acompañado de cuantos documentos considere necesarios para avalarlo.

3. Memoria del trabajo a realizar durante el periodo de disfrute de la beca.

4. Informe firmado por la persona que dirija el trabajo de investigación, que avale el proyecto del solicitante.

5. Carta sobre las motivaciones por las que opta a la beca.

6. En caso de disfrutar de otra beca o contrato de trabajo, fotocopia de la credencial de becario o del contrato.

7. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, NIE o Pasaporte.

Creadores y Artistas:

1. Certificación académica personal completa y acreditativa del grado de titulación alcanzado por el solicitante.

2. Currículum Vitae del solicitante, de acuerdo con el modelo establecido en esta convocatoria, que se podrá descargar en la página web de la Residencia de Estudiantes, acompañado de cuantos documentos considere necesarios para avalarlo.

3. Memoria del trabajo que desea realizar durante el periodo de disfrute de la beca.

4. Informe firmado por algún artista, creador o profesional de reconocido prestigio, que avale el proyecto del solicitante.

5. Carta sobre las motivaciones por las que opta a la beca.

6. En caso de disfrutar de otra beca o contrato de trabajo, fotocopia de la credencial de becario o del contrato.

7. Fotocopia del Documento Nacional de Identidad, NIE o Pasaporte.

VI. SUBSANACIÓN

En todo caso, si la documentación entregada no reuniera los requisitos exigidos en la presente convocatoria o no se presentara de la forma en la misma establecida, se requerirá al solicitante para que, en un plazo de diez (10) días naturales desde el final del plazo de solicitud, subsane las faltas o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición.

VII. LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN

Con carácter preferente las solicitudes deberán presentarse mediante solicitud electrónica a través de la aplicación online disponible en la web de la Residencia de Estudiantes. Subsidiariamente se admitirán también las solicitudes presentadas por correo postal.

El plazo de presentación de solicitudes, junto con la documentación exigida, se abrirá el 1 de septiembre de 2022 y finalizará el 7 de octubre de 2022, a las 14.00 horas (horario peninsular español).

- Solicitud electrónica:

Cumplimentando el formulario de solicitud online, al que se puede acceder a través de la página web de la Residencia de Estudiantes, y adjuntando los documentos requeridos en la presente convocatoria.

No se tendrá en cuenta ninguna solicitud electrónica recibida después de las 14.00 horas (horario peninsular español) del 7 de octubre de 2022.

- Solicitud por correo postal:

Mediante correo certificado dirigido a la Residencia de Estudiantes, (c/ Pinar, 21-23, Madrid, 28006).

Para el envío mediante correo certificado será requisito imprescindible para participar en el procedimiento de concesión de la beca advertir de dicho envío, mediante un correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. con anterioridad a las
14.00 h. (horario peninsular español) del día 7 de octubre de 2022.

Al cierre del plazo de presentación no se admitirá ninguna solicitud, salvo las que se reciban con sello postal que acredite su envío dentro del plazo.

VIII. CRITERIOS DE VALORACIÓN

La concesión de las becas se atendrá a los siguientes criterios de valoración:

- Calidad e Interés del Proyecto: De 0 a 5 puntos.
- Curriculum Vitae del solicitante: De 0 a 3 puntos.
- Impacto potencial del proyecto y posibilidad de difusión mediante conferencias, exposiciones, lecturas o audiciones de interés a realizarse en el municipio de Madrid: De 0 a 2 puntos.

IX. PROCESO DE SELECCIÓN

Para llevar a cabo la selección de los candidatos se constituirá un Comité de Selección, que actuará como jurado, y que estará formado por representantes de la Residencia de Estudiantes y expertos de reconocido prestigio.

Los solicitantes que obtengan una puntuación mínima de 7 puntos podrán ser convocados a una entrevista personal.
El Comité de Selección, una vez concluidas las entrevistas personales, emitirá una propuesta de adjudicación de las becas.

Si alguna de las becas de cualquiera de las modalidades quedara desierta, el Comité de Selección podrá aplicarla a cualquiera de las otras convocadas.

X. CONCESIÓN DE LAS BECAS

La Dirección de la Residencia de Estudiantes, de acuerdo a la propuesta del Comité de Selección y siempre que se haya aprobado la dotación presupuestaria de la beca por parte del Ayuntamiento de Madrid, procederá a la adjudicación de las becas, que tendrá carácter firme y definitivo.

La adjudicación de las becas se publicará en la página web de la Residencia de Estudiantes, y se notificará a los seleccionados por correo electrónico.

A partir de la notificación, los solicitantes seleccionados contarán con un plazo de cinco
(5) días naturales para aceptar la beca, y las obligaciones establecidas en el apartado XI de esta convocatoria.

La documentación relativa a los proyectos que no resulten becados, podrá ser retirada en la Residencia de Estudiantes, en el plazo de tres (3) meses desde la publicación de la adjudicación. Transcurrido dicho plazo, la Residencia de Estudiantes no vendrá obligada a su custodia.

XI. OBLIGACIONES DEL BECARIO

PRIMERA.- Presentar antes del día 15 de diciembre de 2022 y antes del 1 de junio de 2023, los certificados de encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social, expedidos por los organismos competentes.

SEGUNDA.- Presentarse el día 15 de diciembre de 2022 en la sede de la Residencia de Estudiantes, siempre que le haya sido notificada la concesión de la beca y confirmado el plazo de incorporación. Se entenderá que todo becario que no se presente en el plazo establecido renuncia a la beca que se le haya otorgado.

TERCERA.- Permanecer durante el periodo de estancia estipulado en esta convocatoria en la sede de la Residencia de Estudiantes, salvo causa excepcional y/o justificada, que deberá ser previamente comunicada a la Dirección de la Residencia de Estudiantes.

CUARTA.- Comunicar por escrito a la Dirección de la Residencia de Estudiantes la percepción de cualquier tipo de remuneración.

QUINTA.- Firmar un compromiso por escrito por el que se obliga a cumplir las normas de régimen interior de la Residencia de Estudiantes, así como los protocolos de seguridad e higiene sanitaria que, en su caso, se determinen, y a abonar aquellos gastos extraordinarios no cubiertos por la beca.

SEXTA.- Informar, con carácter inmediato y por escrito, a la Dirección de la Residencia de Estudiantes de su intención de renunciar a la beca cuando circunstancias no previstas y/o de fuerza mayor le obliguen a finalizar su estancia en la Residencia, debiendo alegar los motivos de su renuncia.

SÉPTIMA.- Interrumpir con carácter obligatorio su estancia y abandonar de forma inmediata las instalaciones de la Residencia de Estudiantes, cuando sea requerido para ello por la Dirección de la Residencia, por acontecer circunstancias extraordinarias que aconsejen el cierre de las instalaciones y/o la cesación de la prestación de los servicios de alojamiento y restauración.

OCTAVA.- Realizar el proyecto por el cual le fue concedida la beca y cumplir las distintas etapas del plan de trabajo presentado. Cuando las circunstancias obliguen al becario a introducir modificaciones fundamentales en el plan primitivo de su trabajo como consecuencia de circunstancias no previstas, deberá dar cuenta de ello por escrito a la Dirección de la Residencia de Estudiantes, que lo valorará y, en su caso, aprobará.

NOVENA.- Presentar ante la Dirección de la Residencia de Estudiantes dos memorias cuatrimestrales sobre la evolución del proyecto y las actividades con proyección externa en las que haya participado, tales como conferencias, recitales, mesas redondas, edición de publicaciones, etc., y en todo caso, antes de la terminación del período de disfrute de la beca, el correspondiente informe final.

DÉCIMA.- Participar y colaborar, tanto de forma individual como conjunta, en todas las actividades organizadas por la Residencia de Estudiantes, y especialmente en aquellas en las que la Residencia requiera expresamente su colaboración.

UNDÉCIMA.-

Estudiantes de Postgrado

Al término de la beca, los Estudiantes de Postgrado quedan obligados a depositar en la Residencia de Estudiantes una copia del trabajo final.

En las publicaciones científicas que se deriven de su estancia en la Residencia, se deberá mencionar su condición de becario del Ayuntamiento de Madrid en la Residencia de Estudiantes, reservándose ambas instituciones la opción de publicación y/o exhibición del trabajo final presentado, en la forma que estimen conveniente.

Creadores y Artistas

Al término de la beca, los artistas plásticos quedan obligados a entregar en la Residencia de Estudiantes una de sus obras, a elección de la Residencia de Estudiantes. Los intérpretes artísticos, como músicos, bailarines o actores, deberán realizar una audición pública en un espacio de titularidad municipal y/o en la Residencia de Estudiantes. En el caso de textos o trabajos audiovisuales, el becario dejará copias en la Residencia de Estudiantes.

En las publicaciones y trabajos de creación que se deriven de su estancia en la Residencia, se deberá mencionar su condición de becario del Ayuntamiento de Madrid en la Residencia de Estudiantes.

La Residencia de Estudiantes y el Ayuntamiento de Madrid se reservan la opción de publicación y/o exhibición de la obra, textos o trabajos audiovisuales entregados, en la forma que estimen conveniente.

DUODÉCIMA.- Las intervenciones públicas o escritas, sean éstas individuales o conjuntas, vinculadas con el proyecto de creación, así como todas las publicaciones realizadas durante el período de disfrute de la beca, han de hacer constar en sus créditos, reseñas biográficas o currículum la condición de becarios del Ayuntamiento de Madrid en la Residencia de Estudiantes.

XII. ANULACIÓN DE LA BECA

Serán causas de anulación inmediata de la beca:

- El incumplimiento de las obligaciones recogidas en la presente convocatoria.
- El falseamiento, ocultación y/o alguna otra irregularidad de los datos expuestos por la persona beneficiaria de la beca en su solicitud, así como aquellos otros que pudieran ser requeridos por la Residencia de Estudiantes durante su estancia como becario.
- La infracción de las normas de régimen interno de la Residencia de Estudiantes, así como otras de análoga naturaleza que se pudieran establecer por parte de la misma.
- La renuncia por parte de la persona beneficiaria de la beca.
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La anulación de la beca supone la pérdida de todos los derechos inherentes a la misma.

Cuando la beca sea anulada conforme a los motivos recogidos en esta cláusula, se cubrirá la vacante conforme a la lista de suplentes que figuren en el acta firmada por el Comité de Selección, en cuyo caso el nuevo becario deberá seguir cumpliendo con todos los requisitos establecidos en la convocatoria.

XIII. ACEPTACIÓN DE LAS BASES DE LA CONVOCATORIA

La presentación de la solicitud para la obtención de la beca implica la aceptación de estas bases por el solicitante.

 

 
 

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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