CONCURSO DE ARTES AUDIOVISUALES FNA 2022 (Argentina)



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CONCURSO DE ARTES AUDIOVISUALES FNA 2022 (Argentina)

15:09:2022

Género:  Guion

Premio:  $ 250.000

Abierto a:  argentinos y extranjeros mayores de 18 años que residan legalmente en la República Argentina

Entidad convocante:  Fondo Nacional de las Artes

País de la entidad convocante:  Argentina

Fecha de cierre:  15:09:2022

 

BASES

 

 

GUION DE LARGOMETRAJE DE FICCIÓN INÉDITO

MARCO GENERAL
El FONDO NACIONAL DE LAS ARTES con el fin de propiciar y contribuir a la actividad cinematográfica nacional llama a concurso a guionistas argentinos o extranjeros que residan legalmente en el país con el objetivo de contribuir al fomento de la creación de guiones de largometrajes de ficción.

OBJETIVOS
• Reconocer y valorar la producción de guiones de largometrajes.
• Premiar las labores creativas de guionistas cinematográficos.
• Promover la participación federal en la producción audiovisual.
• Reconocer y valorar la diversidad cultural como elemento constituyente de nuestra identidad.

 www.escritores.org

REGLAMENTO

ARTÍCULO 1º - CONVOCATORIA

El FONDO NACIONAL DE LAS ARTES llama a concurso a guionistas argentinos y extranjeros que residan legalmente en el país a fin de contribuir al fomento de la creación de guiones de largometrajes de ficción.

ARTÍCULO 2° - PREMIOS
Se otorgarán los siguientes premios:
• Un Primer Premio de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 250.000)
• Un Segundo Premio de PESOS DOSCIENTOS MIL ($ 200.000)
• Un Tercer Premio de PESOS CIENTO CINCUENTA MIL ($150.000) Podrán otorgarse, además, menciones honoríficas.

ARTÍCULO 3º - INSCRIPCIÓN
a. La convocatoria se realizará desde el 23 de agosto hasta el 15 de septiembre de 2022.
b. La inscripción deberá realizarse exclusivamente a través de la Plataforma Digital del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES: app.fnartes.gob.ar.
c. Quienes deseen participar deberán registrarse en la plataforma, completar el formulario de inscripción y subir el archivo de la obra a concursar. La postulación sólo podrá ser realizada desde el usuario del/ de la autor/a de la obra.
d. El Concurso permite la participación grupal. En ese caso la inscripción deberá ser completada por uno de sus integrantes quien tendrá la representación del grupo ante el FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.

ARTÍCULO 4° - REQUISITOS
a. Podrán participar argentinos y extranjeros mayores de 18 años que residan legalmente en la República Argentina.
b. La presentación de las obras deberá hacerse con seudónimo. Toda referencia a la identidad de los/las autores/as será penalizada con la descalificación de la obra a concursar.
c. En caso de proyectos grupales, deberán adjuntar una nota firmada por cada uno de ellos –con aclaración y número de documento- en la cual designan al Representante/Responsable ante el FONDO NACIONAL DE LAS ARTES y aceptan las condiciones detalladas en el Reglamento del Concurso.
d. Cada participante podrá presentar una única obra.
e. El concursante, o el representante en caso de tratarse de una obra grupal, deberá:
- completar los datos requeridos en el formulario de inscripción.
- presentar copia del anverso y reverso del Documento Nacional de Identidad argentino otorgado por el Registro Nacional de las Personas (RENAPER). La constancia de DNI en trámite no acredita identidad.
- declarar su situación actualizada ante A.F.I.P y, en caso de corresponder, adjuntar constancia de CUIT.
- informar el número de Clave Bancaria Uniforme (CBU) o Clave Virtual Uniforme (CVU) de una cuenta propia.
- cargar el archivo de la obra a concursar en formato .PDF nombrado con el título de la obra y del seudónimo correspondiente.
f. La obra deberá tener el formato de guion literario siguiendo las especificaciones estándar de este tipo de obras, las cuales se detallan a continuación, y su extensión deberá ser como mínimo de sesenta (60) páginas A4, y como máximo de doscientas (200).
Especificaciones técnicas de guion literario (medidas orientativas).
• Las páginas deben estar numeradas.
• El guion debe estar escrito con interlineado sencillo y tipografía Courier (o New Courier) de 12 puntos.
• En cada página se dejará un margen arriba y abajo de 2.5 cm.
• A izquierda y derecha de los encabezados de escena y de las descripciones de la acción se dejará un margen de 2.5 cm.
• Las escenas deben estar numeradas.
• El encabezado de escena debe especificar INT. / EXT., lugar de la escena y DIA / NOCHE.
• A izquierda y derecha de los bloques de diálogo se dejará un margen de 5 cm; de esta manera, el texto del diálogo quedará con una anchura máxima aproximada de 40 caracteres.
• En los diálogos los nombres de los personajes deberán ir en mayúsculas
• Todos los textos irán alineados a la izquierda.
g. La obra deberá ser acompañada por una sinopsis argumental de entre 1 y 5 páginas.
h. Los guiones deberán ser inéditos y estar escritos en idioma español. En el caso de basarse en obras literarias ya existentes o ser adaptaciones cinematográficas de éstas, deberá acompañar la documentación que acredite la titularidad de los derechos de adaptación cinematográfica o la autorización para su uso.

i. El FONDO NACIONAL DE LAS ARTES estima conveniente que los postulantes al presente concurso inscriban la obra a concursar en la Dirección Nacional del Derecho de Autor.
j. Se tendrán por válidas todas las notificaciones que se efectúen al correo electrónico declarado por el postulante en el registro de usuario, siendo su responsabilidad mantenerlo actualizado para todo lo relativo a las comunicaciones posteriores al cierre de la convocatoria. En caso de declarar un correo electrónico inválido se tendrán por legítimas todas las comunicaciones e intimaciones dirigidas al mismo.

ARTÍCULO 5º - RESTRICCIONES
a. Quedan excluidos de esta convocatoria los funcionarios y el personal de planta permanente y contratado que se desempeña en el FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.
b. No serán tomadas en cuenta las solicitudes de beneficiarios de años anteriores de algún programa del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES que no hayan cumplido con los compromisos adquiridos, en los plazos estipulados según la reglamentación vigente.
c. No podrán participar los artistas que tengan relación de parentesco hasta el segundo (2º) grado consanguíneo y/o de afinidad con algún miembro del Directorio del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.

ARTÍCULO 6° - JURADO
La selección de las obras estará a cargo de un jurado compuesto por especialistas, designados por el FONDO NACIONAL DE LAS ARTES para esos fines.
Los Jurados darán a conocer su dictamen dentro de los SESENTA días (60) de haberse constituido, mediante un Acta con la nómina de ganadores que será elevada al Directorio del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES para su consideración y aprobación.

ARTÍCULO 7º - RESULTADOS
La nómina de ganadores será publicada en la página web del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES (www.fnartes.gob.ar) y se realizarán por correo electrónico las notificaciones correspondientes.

ARTÍCULO 8°.- RENUNCIA AL BENEFICIO
Los postulantes deberán aceptar el Reglamento de la Convocatoria y dar fe de que cumplen con los requisitos solicitados en el Artículo 4°, de que no se encuentran alcanzados por las restricciones detalladas en el Artículo 5° y de que aceptan el beneficio en caso de que les sea otorgado.
En caso de RENUNCIA deberá comunicarse, en un plazo no mayor a dos (2) días hábiles a partir de la publicación, al correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. con el asunto “Renuncia Concurso de Guion de Largometraje de ficción inédito 2022”.

ARTÍCULO 9º - TRANSFERENCIA
Aquellos ganadores que cumplan con todos los requisitos establecidos en el artículo precedente recibirán el importe del premio mediante transferencia bancaria a una cuenta propia. No se realizarán transferencias a cuentas de terceros.

ARTÍCULO 10º - DIFUSIÓN DE LOS GANADORES
Por el hecho de participar con la presentación de sus obras en este Concurso, el postulante presta su conformidad, en caso de resultar premiado, para que se difunda su nombre y el título de la obra, como asimismo una sinopsis de la misma, en el modo, lugar, formato, soporte y/o cualquier medio que determine el FONDO NACIONAL DE LAS ARTES por tiempo indefinido o instituciones autorizadas por éste, excluyendo toda otra utilización que persiga fines comerciales.
El FONDO NACIONAL DE LAS ARTES no asume el compromiso de publicar la obra. En caso de que, el postulante premiado decidiera publicar su obra con posterioridad, deberá dejar constancia en la misma que ha sido ganador del presente Concurso mediante la aplicación de una leyenda suministrada por el FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.

ARTÍCULO 11º - PROPIEDAD INTELECTUAL Y DERECHOS DE REPRODUCCIÓN
Los postulantes autores de las obras premiadas conservarán el Derecho de Propiedad Intelectual de acuerdo a la Ley 11.723.
El FONDO NACIONAL DE LAS ARTES conserva el derecho de realizar la difusión de las obras seleccionadas en los términos descritos en el Artículo 10º del presente, sin que ello implique el derecho de pago de honorarios y/o importe alguno por cualquier concepto. En todos los casos se mencionará el nombre del autor.

ARTÍCULO 12º - DERECHOS DE AUTOR
La simple inscripción al presente Concurso equivale a una declaración jurada del participante afirmándose como autor legítimo de la obra.
En caso de obras en colaboración o de autoría conjunta los postulantes deberán acreditar fehacientemente que cuentan con la/s autorización/es de todos los autores para presentar la obra y el derecho al cobro en caso de resultar ganador.
Los postulantes garantizarán la indemnidad al FONDO NACIONAL DE LAS ARTES frente a eventuales reclamos que terceros pudieran articular.

ARTÍCULO 13º - DERECHOS DE IMAGEN
Los postulantes autorizan al FONDO NACIONAL DE LAS ARTES a utilizar todo el material e información que provean al presente concurso —incluyendo datos filiatorios, imágenes y/o sonidos y/o filmaciones— y la totalidad de las imágenes y sonidos obtenidos mediante filmaciones y/o sesiones de fotografía y/o cualquier otro medio técnico, en el marco de las actividades llevadas adelante durante la presente convocatoria, por cualquier medio de comunicación creado o a crearse, incluyendo pero sin limitarse a material periodístico, avisos publicitarios, avisos audiovisuales, gráficos, diarios y revistas, vía pública, Internet, representaciones televisivas y/o de radiodifusión, material promocional y demás gráficas e imágenes, tanto en Argentina como en el extranjero, con la única limitante de aquellos usos que pudieran afectar el derecho al honor.
Dicha autorización comprende, pero no se limita al derecho de reproducción, distribución y comunicación al público, dejando constancia que las imágenes obtenidas en el marco de las actividades llevadas adelante por la presente convocatoria no implican el derecho de remuneración previsto en el Art. 56 de la ley 11.723 de Propiedad Intelectual.
En todos los casos será mencionado el nombre de la obra y su autor.

ARTÍCULO 14°.- SANCIONES
En caso de incumplimiento a las cláusulas del presente reglamento el Directorio del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES podrá aplicar las siguientes sanciones a quienes hayan sido receptores del beneficio:
- Dejar sin efecto el beneficio.
- Exigir el reintegro total de lo percibido.
- Inhabilitación, por el tiempo que el Directorio fije, para postularse como beneficiario de las actividades del Organismo.

ARTÍCULO 15º - IMPREVISTOS
Toda circunstancia no prevista en las normas precedentes será resuelta por el Directorio del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.

 

 
 

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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