II CONCURSO NACIONAL DE OBRAS TEATRALES "POTENCIA Y POLÍTICA" 2022 (Argentina)



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II CONCURSO NACIONAL DE OBRAS TEATRALES "POTENCIA Y POLÍTICA" 2022 (Argentina)

15:08:2022

Género:  Teatro

Premio:   $ 200.000 y publicación en antología

Abierto a:   personas de nacionalidad argentina mayores de 18 años, y extranjeras con residencia en el país

Entidad convocante:  Cámara de Diputados de la Nación

País de la entidad convocante:  Argentina

Fecha de cierre:  15:08:2022

 

BASES

 

 

I - MARCO CONCEPTUAL

www.escritores.org

La Honorable Cámara de Diputados de la Nación convoca a autoras y autores teatrales a partici- par del 2° Concurso Nacional de Obras Teatrales “POTENCIA Y POLÍTICA”.

El concurso Potencia y Política es una iniciativa que busca contextualizar los preceptos conteni- dos en nuestras leyes fundamentales a través del juego entre poética, política y estética, acercar las leyes a la comunidad e inaugurar un ámbito de reflexión respecto de las convergencias y tensiones en el vínculo “arte – política”.

La convocatoria de la segunda edición está destinada a textos teatrales cuyo eje temático se relacione con el cuidado del Ambiente.

El principio del cuidado del Ambiente se halla enunciado en el Preámbulo de la Constitución Nacional como la promoción del bienestar general para quienes habitamos el suelo argentino y para nuestra posteridad, y está específicamente contemplado en el artículo 41 de la Constitución como el derecho a gozar del derecho a un medio ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprome- ter las de las generaciones futuras.

En sintonía con el artículo 41, numerosas leyes de presupuestos mínimos conceden una tutela ambiental uniforme en todo el país. Ejemplos de estas normas son, entre muchas otras, la ley 25.612 de Residuos Industriales; ley 25.675, General del Ambiente; Ley 25.688 de Gestión de Aguas; ley 25.831 de Información Ambiental; ley 25.916 de Residuos Domiciliarios; ley 26.815 de Manejo del Fuego; ley 25.019 Régimen Nacional de Promoción de Energía Eólica y Solar; ley
25.018 de Residuos radiactivos.

La mayoría de ellas intentan gestionar el impacto que causa el uso de los recursos, entendiendo al daño ambiental como toda alteración relevante que modifique negativamente el ambiente, el equilibrio de los ecosistemas, o los bienes o valores colectivos. Alteración que tiene consecuen- cias no deseadas y en ocasiones que suceden de manera imprevista en lugares distintos al del suceso. Cambio climático, deforestación, desertificación, sirven de ejemplo.

La importancia del artículo 41, además de la complejidad y la riqueza de los temas que introduce, radica en su proyección al futuro: las actividades productivas realizadas en el presente no deben comprometer el bienestar de quienes nos sucedan.

Por eso, la protección del Ambiente es un concepto amplio que incluye la interdependencia que establecen con él quienes lo disfrutan: la ley pone en cabeza de sus titulares presentes "el deber de preservarlo”, ubicándolo en la categoría de derecho - deber.

Como vemos, este tema pone a dialogar a las personas con su entorno. Además, a partir de la pandemia por Covid que atravesamos desde 2019, podemos dar testimonio de las dimensiones que esa relación puede desplegar.

A través de la historia, esta relación no ha sido ajena al teatro: en El enemigo del pueblo, de Henrik Ibsen, un médico descubre que el agua de una pujante ciudad balnearia está contaminada por una bacteria y puede poner en riesgo la vida de los turistas, y en El Jardín de los cerezos de Chejov, una familia aristócrata rusa en decadencia se enfrenta a la encrucijada de rematar la finca familiar donde se encuentra un famoso jardín de cerezos, o salvarla convirtiéndola en un centro vacacional, con la consecuente tala del jardín.

En esta oportunidad, la invitación es a abrir el juego entre poética, política y estética, contextuali- zando los preceptos contenidos en el artículo 41 de la Constitución Nacional e inaugurando un ámbito de reflexión respecto de vivir, trabajar y disfrutar del Ambiente en un equilibrio que permita preservarlo para las generaciones futuras. Y como una apelación directa a reflexionar sobre el más básico instinto de conservación, porque cuando hablamos de derecho al Ambiente, también hablamos de derecho a la vida.

Artículo 41 de la Constitución Nacional
“Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprome- ter las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prio- ritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley. Las autoridades proveerán a la protección de este derecho, a la utilización racional de los recursos naturales, a la preservación del patrimonio natural y cultural y de la diversidad biológica, y a la información y educación ambientales. Corresponde a la Nación dictar las normas que contengan los presupuestos mínimos de protección, y a las provincias, las necesarias para complementarlas, sin que aquéllas alteren las jurisdicciones locales. Se prohíbe el ingreso al territorio nacional de residuos actual o potencialmente peligrosos, y de los radiactivos”.

II – PARTICIPANTES

Pueden participar personas de nacionalidad argentina mayores de dieciocho años, y extranjeras con residencia acreditada de cinco años en el país.

III - REQUISITOS DE PRESENTACIÓN

a) Las obras teatrales participantes deberán ajustarse a la temática propuesta. En documen- to aparte deberá justificarse la relación que se establece entre la consigna de la convocatoria y el planteo de la obra.
b) Las obras teatrales que se presenten deberán ser originales e inéditas. No se aceptarán adaptaciones ni textos de obras previamente estrenadas en el país o en el extranjero, publicadas total o parcialmente, premiadas o distinguidas hasta la fecha de cierre de la presente convocatoria.
c) No hay restricciones de género, número de páginas o personajes.
d) Cada participante puede enviar una única obra.
e) EL NOMBRE DEL AUTOR O AUTORA NO DEBE FIGURAR EN NINGÚN LUGAR DE LA OBRA. Si así fuera, la obra será descalificada.
f) Será anulada la participación de las obras que incumplan alguna de las condiciones referidas.

IV – PLAZO DE RECEPCIÓN

La convocatoria estará abierta desde la publicación de las presentes bases hasta las 23:59 del 15 de agosto de 2022.

V - FORMA DE PRESENTACIÓN

Las obras deberán presentarse escritas en idioma nacional, en formato PDF en páginas tamaño A4 numeradas, tipografía Arial 12 o similar, con interlineado de 1,5 y firmadas indefectiblemente con seudónimo.

El archivo que se envíe deberá nombrarse con el título de la obra y el seudónimo. En documento aparte y en formato PDF se adjuntarán los siguientes datos:
1) Título de la obra
2) Seudónimo
3) Nombre y apellido completo
4) Fecha de nacimiento (día/mes/año)
5) Edad
6) Género
7) Tipo y número de DNI
8) Teléfonos, correo electrónico y lugar de residencia.

En otro documento y en formato PDF se expondrá la relación justificada entre el tópico elegido y el planteo de la obra mencionado en el punto III apartado a.
Las obras deberán enviarse únicamente al mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
Toda comunicación referida al concurso se difundirá a través de los canales de comunicación oficiales de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.

VI – EL JURADO

La Dirección General de Cultura de la Honorable Cámara de Diputados verificará que las obras enviadas cumplan con los requisitos de presentación. Aquellas que no lo hagan serán descalifica- das.
El Jurado estará conformado por cinco personalidades de reconocida trayectoria en el quehacer teatral y cultural del país, será integrado con criterio federal y su fallo será inapelable.

VII – SELECCIÓN Y PREMIOS

Se otorgarán tres premios. El primero será de pesos doscientos mil ($200.000), el segundo de pesos ciento cincuenta mil ($150.000), y el tercero de pesos cien mil ($100.000). Asimismo, los jurados podrán otorgar hasta tres menciones especiales.

Las obras premiadas y las que reciban menciones especiales serán editadas en una compilación a cargo de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, que se difundirá y distribuirá por los medios que se estimen convenientes.

Los resultados del concurso se darán a conocer a través de la página web y otros canales de comunicación oficiales de la Honorable Cámara de Diputados.

VIII – CRONOGRAMA

Plazo de recepción de las obras: desde la publicación de las presentes bases hasta el 15 de agosto de 2022.

Plazo de evaluación del jurado: del 16 de agosto al 31 de octubre de 2022. Dictamen del jurado: noviembre de 2022.
Entrega de premios y diplomas, y presentación de la compilación: marzo de 2023.

IX – DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

a) Toda comunicación relacionada con este concurso se realizará a través de la página de web y medios digitales de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.
b) Las obras que resulten seleccionadas deberán ser inscriptas en la Dirección Nacional del Derecho de Autor que corresponda según jurisdicción.
c) Las autoras y los autores de las obras premiadas que difundan sus obras por cualquier medio deberán hacer constar la siguiente leyenda: “Obra premiada en el Concurso Nacional de Obras Teatrales “Potencia y política”. Honorable Cámara de Diputados de la Nación”, consignan- do el año de otorgamiento del premio.
d) Las autoras y autores de las obras premiadas autorizan a la Honorable Cámara de Diputa- dos de la Nación a reproducir y difundir sus obras en los medios que ésta considere conveniente, mencionando título y autoría.
e) Es competencia de la Dirección General de Cultura de la Honorable Cámara de Diputados resolver cualquier situación o conflicto que se presente en el marco de la presente convocatoria. Las decisiones que se adopten serán inapelables.
f) El cronograma de la convocatoria es tentativo y podrá ser modificado.
g) La participación del presente concurso implica la aceptación de estas bases en todos sus términos.

 

Fuente

 

 
 

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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