XIII PREMIO DE LITERATURA INFANTIL "CIUDAD DE MÁLAGA" 2022 (España)



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XIII PREMIO DE LITERATURA INFANTIL "CIUDAD DE MÁLAGA" 2022 (España)

15:06:2022

Género:  Novela, infantil y juvenil

Premio:   10.000 € y edición

Abierto a:  mayores de edad

Entidad convocante: Área de Educación, Juventud y Fomento del Empleo del Ayuntamiento de Málaga

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  15:06:2022

 

BASES

  

Plazo de presentación: De 20 de abril a 15 de junio de 2022
www.escritores.org

Convocatoria

El Área de Educación, Juventud y Fomento del Empleo del Ayuntamiento de Málaga en colaboración con el Grupo Anaya, S.A. convoca el XIII Premio de Literatura Infantil "Ciudad de Málaga" 2022. Narrativa

1. Objeto. Podrán optar a este premio las obras que sean inéditas y escritas en español, que no hayan sido premiadas anteriormente en ningún otro concurso y que no estén pendientes de fallo en otros premios. El autor o autora de la obra garantizará su autoría y originalidad, así como que no es copia ni modificación de ninguna otra ajena y que no corresponde a ningún autor o autora fallecido/a. Asimismo tampoco podrá tener comprometidos con terceros los derechos de edición sobre la misma.

2. Beneficiarios/as. Podrán concurrir a este premio todos los escritores y escritoras que lo deseen, sea cual sea su nacionalidad, que sean mayores de edad y siempre que las obras que se presenten se ajusten al género narrativa y reúnan los requisitos que se establecen en la presente convocatoria del Premio y no se encuentren incursos en las exclusiones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subven­ciones y se encuentren al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
No podrán concurrir los autores o autoras premiados con el Premio de Literatura Infantil "Ciudad de Málaga" en alguna de las cinco ediciones anteriores.

3. Dotación del premio. Se establece un pre­mio económico dotado con
10.000,00 € + la edición de la obra ganadora
entendiéndose que la dotación económica del premio suple el anticipo de los derechos de autor en la primera edición del libro y que estará sujeta a las retenciones legalmente establecidas en la legislación tributaria vigente.
Para la dotación económica asignada existe consignación presupuestaria suficiente imputable a la partida 39.3265.48100 PAM 4201 del presupuesto en vigor.
El autor o autora de la obra ganadora cederá en exclusiva a las entidades que convocan este Premio, sobre la obra ganadora, todos los derechos de propiedad intelectual para su explotación, edición, publicación y comercialización.
No obstante lo anterior, el autor o autora firmarán el contrato de edición y cesión de derechos de explotación únicamente con el Grupo Anaya S.A, que publicará y distribuirá la obra premiada.
La primera edición de la obra premiada será publicada por el Grupo Anaya, S.A. en su colección "Libros singulares".

4. Presentación de la obra y documentación. Los autores y autoras que opten al XIII Premio de Literatura Infantil "Ciudad de Málaga" 2022 tendrán que seguir las indicaciones y aportar la información que se detallan a continuación:
Las obras se presentarán, a través de la sede electrónica municipal en la sección dedicada a los premios del Área de Educación del Excmo. Ayuntamiento de Málaga cuya dirección es:

sede.malaga.eu/es/tramitacion/cultura-y-educacion/detalle-del-tramite/index.html?id=5317&tipoVO=5#

En esta página se cumplimentará la solicitud (Anexo I) y se adjuntará un archivo en formato pdf (Adobe Systems Incorporated) que contenga la obra escrita a doble espacio utilizando letra Arial tamaño 12 y con una extensión mínima de 25 páginas y un máximo de 45 páginas. En la primera página de la obra se reproducirá su título original en letras mayúsculas así como el seu­ dónimo del autor/a. En ningún caso se podrá establecer ningún otro dato informativo del autor/a de la obra prevaleciendo en todo momento su anonimato.
Las obras no deberán ir acompañadas de ilustraciones. Las obras presentadas deben ajustarse al género de narrativa-novela, no se admitirán obras integradas por un conjunto de cuentos cortos.
Se admitirá la presentación de un solo original por cada autor o autora. No se admitirán obras en coautoría.
Asimismo, también se podrán presentar las obras de los interesados junto con la solicitud a través de un dispositivo de almacenamiento externo tipo pen drive o similar en cualquiera de las ubicaciones previstas en el artículo 16.4. Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas.
El envío de la documentación por cualquier otro medio que no sean los legalmente habilitados, fuera de plazo, siendo defectuoso, faltando parte de la información o cualquiera de los ficheros que obligato­ riamente han de ser adjuntados será causa automática de exclusión sin comunicación alguna al interesado.
Las personas participantes, tras su inscripción, facultan expresamente al Área de Educación, Juventud y Fomento del Empleo del Ayuntamiento de Málaga para que, una vez emitido el fallo del Jurado, se compruebe el requisito establecido en esta convocatoria, de estar al corriente en sus obligaciones tributarias con la Seguridad Social y la Gestión Tributaria Municipal.
En el caso de que los interesados no faculten al Ayuntamiento a la consulta de dichos datos, se comprometerán a aportar justificante de estar al corriente de dichas obligaciones tributarias en el plazo máximo de 10 días hábiles desde que se haga público el fallo del Jurado.
También, una vez emitido el fallo del Jurado, si el autor o autora que obtenga el premio no es de nacionalidad española y/o no es residente fiscal en España tendrá que aportar el certificado de residencia emitido por la autoridad fiscal de su país a fin de evitar la doble imposición internacional en materia de retenciones tributarias.
La no aportación de esta documentación fiscal por la persona ganadora del Premio o la comprobación posterior de no reunir los requisitos establecidos
por la Ley será causa de exclusión automática del mismo. En este caso, se requerirá la documentación al segundo autor de la obra seleccionada por el jurado.

5. Presentación de solicitudes y plazos.
La solicitud de participación con los ficheros adjuntos descritos en esta convocatoria, será enviada en el plazo de cuarenta días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga.
El anuncio de la presente convocatoria se hará en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (BOPMA), así como en el Tablón de Anuncios Electrónico
del Ayuntamiento de Málaga y en la Web del Área de Educación.

6. Constitución del jurado y fallo. El Jurado estará formado un/a presidente/a y cuatro vocales de entre personas de reconocido prestigio provenientes del ámbito de la literatura infantil y juvenil, así como, por un/a Secretario/a proveniente del Ayuntamiento de Málaga. Mediante resolución
del Concejal Delegado de Educación, Juventud y Fomento del Empleo del Ayuntamiento de Málaga se nombrará el Jurado con carácter previo a la publicación de esta convocatoria.
El Jurado, para determinar la obra ganadora, tendrá en cuenta la originalidad, redacción y composición del texto, ¡deas y contenido. Las deliberaciones del Jurado son secretas y su fallo será inapelable.
No se establecerá comunicación alguna con ningún participante. En ningún caso podrá otorgarse el premio a dos obras ex aequo, es decir, no habrá posibilidad de empate y otorgar el premio a dos concursantes por estimarse que las dos obras son de la mayor calidad.
La competencia para la instrucción del procedimiento corresponde a la Jefatura del Servicio de Educación, y la de resolución o concesión del premio corresponde al Concejal Delegado de Educación, Juventud y Fomento del Empleo del Ayuntamiento de Málaga.
El Jurado propondrá la obra ganadora al órgano que otorga el Premio, previamente a la propuesta de resolución del órgano competente, como ha quedado expuesto en esta convocatoria, el Excmo. Ayuntamiento de Málaga comprobará, o el beneficiario deberá acreditar, que su autor reúne los requisitos legales establecidos para la concesión del premio.
El Premio podrá ser declarado desierto si el Jurado estima que ninguna de las obras presentadas posee la suficiente calidad literaria.
Los miembros del Jurado o la persona ganadora del Premio no pueden dar a conocer el fallo de forma unilateral sino en el momento que el Ayuntamiento de Málaga lo haga público.
La competencia para la instrucción del procedimiento corresponde a la Jefatura del Servicio de Educación, y la de resolución o concesión del premio corresponde al Concejal Delegado de Educación, Juventud y Fomento del Empleo del Ayuntamiento de Málaga.

7. Aceptación de la convocatoria.

La presentación a este concurso literario no genera derecho alguno a sus participantes hasta que haya sido fallado por el Jurado y hasta tanto haya sido otorgado el premio por Resolución del Concejal Delegado de Educación, Juventud y Fomento del Empleo del Ayuntamiento de Málaga.
Los efectos de todos los actos de trámite dictados en este Premio Literario se entenderán condicionados a que al emitirse la resolución de concesión, mediante el fallo del Jurado y su posterior ratificación por el Concejal Delegado del Área de Educación, Juventud y Fomento del Empleo del Excmo. Ayuntamiento de Málaga, subsistan las mismas circunstancias de hecho y de derecho existentes en el momento en que fueron producidos dichos actos.
La presentación a este concurso supone la aceptación de la presente convocatoria, y el compromiso del autor de no retirar la obra antes del fallo, aceptar el premio si le fuera concedido, o reintegrarlo si no se cumplen los requisitos que se establece en la convocatoria, así como suscribir cuantos documentos fueran necesarios para el cumplimiento de esta convocatoria.

8. Aprobación y jurisdicción. La aprobación de esta Convocatoria del Premio de Literatura Infantil "Ciudad de Málaga" correspon­ de a la Junta de Gobierno Local.
En todo lo no previsto en esta Convocatoria y con relación al desarrollo del Premio se estará a lo dispuesto en las Bases de Ejecución del Presupuesto y a las decisiones y criterios del Ayuntamiento de Málaga.
Para cualquier controversia que hubiera de dirimirse por vía judicial las partes renuncian a su propio fuero y se someten a los Juzgados y Tribunales de Málaga.

9. Régimen jurídico. Esta convocatoria se regirá por las anteriores disposiciones; por la Ley 38/2003 de 17 de Noviembre, General de Subvenciones; la legislación en materia de Régimen Local que resulte de aplicación; las Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Ayuntamiento de Málaga para cada ejercicio y La Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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