IV CERTAMEN PARA FOMENTAR PROYECTOS DE CREACIÓN ARTÍSTICA AYUNTAMIENTO DE PAMPLONA 2020 (España)



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IV CERTAMEN PARA FOMENTAR PROYECTOS DE CREACIÓN ARTÍSTICA AYUNTAMIENTO DE PAMPLONA 2020 (España)

28:09:2020

Género:  Proyecto de creación artística

Premio:   Diez premios de 3.000 €

Abierto a: empadronado/a en Pamplona

Entidad convocante:  Ayuntamiento de Pamplona

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  28:09:2020

 

BASES

 

El Ayuntamiento de Pamplona convoca el “ IV CERTAMEN PARA FOMENTAR PROYECTOS DE CREACION ARTISTICA 2020 ”, en régimen de concurrencia competitiva, de conformidad con lo dispuesto por la Ordenanza General de Subvenciones del Excmo. Ayuntamiento de Pamplona publicada en el Boletín Oficial de Navarra núm. 21, de fecha 17 de febrero de 2.006.

1.- OBJETO.-

IV CERTAMEN PARA FOMENTAR PROYECTOS DE CREACION ARTISTICA 2020: El presente concurso pretende fomentar la actividad creadora mediante la ayuda a proyectos creativos desarrollados en el ámbito de las artes escénicas y performativas, plásticas, musicales, literarias, audiovisuales u otras manifestaciones artísticas de la cultura. Estas ayudas van destinadas al fomento de la creación como paso imprescindible y anterior a la realización de proyectos culturales, pudiendo ser objeto de subvención aquellas propuestas de investigación dirigidas al diseño preliminar de proyectos en las que, partiendo de una idea, hipótesis o concepto inicial se quiere explorar su interés, originalidad u oportunidad, así como su viabilidad para convertirse en un producto o un proceso artístico cultural concreto a desarrollar posteriormente.

2.- MODALIDAD DEL PREMIO.-

Se establecen las siguientes modalidades de premios:
Se otorgarán 10 premios en función de la valoración obtenida por todos los proyectos presentados, con independencia de la modalidad y lengua del proyecto de que se trate.

3.- DOTACIÓN ECONÓMICA.-

La presente convocatoria tendrá una consignación presupuestaria máxima de 30.000 euros para los premios, que podrá ser atendida con cargo a las siguientes partidas del Presupuesto Municipal: 50/33401/480000

Se establecen los siguientes premios, para cada modalidad, conforme a lo indicado en la cláusula 2:
Diez premios de 3.000 euros que se otorgarán a los proyectos que obtengan la máxima puntuación con respecto a la valoración de los proyectos en base a la cláusula seis de este certamen.

Las creaciones artísticas podrán ser tanto en castellano como en euskera, así como la redacción de los proyectos.

A las cantidades económicas con las que están dotados todos los premios se les aplicará la retención que proceda en concepto de IRPF.

4.- REQUISITOS DE LAS CANDIDATURAS.-

Podrán tomar parte en el concurso PERSONAS FÍSICAS que cumplan los siguientes requisitos:

Estar empadronado/a en Pamplona en la fecha de la presentación del proyecto con una antigüedad mínima de un año ininterrumpido.

En caso de concurrir de forma grupal al menos el 50% de los/as candidatos/as deberán cumplir los requisitos de presentación de candidaturas.

El órgano instructor de este certamen comprobará este extremo de oficio.

Se podrán presentar personas físicas, bien con un proyecto individual o formando parte de un proyecto grupal. En este último caso, el premio se distribuirá a partes iguales entre las personas componentes del grupo. De no ser así, se deberán indicar las proporciones de distribución (la suma de todos los porcentajes deberá ser igual a 100).

Cada participante sólo se podrá presentar o participar en un único proyecto de creación.

Los proyectos de creación deberán ser originales e inéditos. No se premiarán proyectos que hayan sido finalizados, exhibidos y/o distribuidos con anterioridad.

Los proyectos se agrupan en estas seis modalidades:

Artes escénicas y performativas: Proyecto de realización y/o desarrollo de textos dramáticos, obras coreográficas, performances, intervenciones en espacios no convencionales.

Artes plásticas: Proyecto de realización y/o desarrollo de obras en dibujo, pintura, ilustración, grabado, escultura, instalaciones, fotografía, murales y arte urbano.

Artes musicales: Proyecto de realización y/o desarrollo de la composición de obra en cualquiera de los géneros musicales.

Artes literarias: Proyecto de realización y/o desarrollo de obra en cualquier género literario, cuento, poesía, novela, literatura infantil o ensayo.

Artes audiovisuales: Proyecto de realización y/o desarrollo de guion y/o proyecto creativo para la realización de obras documentales, de ficción o de animación.

Otras manifestaciones artísticas de la cultura.

Cada participante deberá elegir una única modalidad a la que presentar su proyecto, escogiendo la que mejor se ajuste a la propuesta que presenta. En caso de ser un proyecto multidisciplinar, se deberá elegir aquella modalidad que mejor represente el mismo.

No podrán presentarse aquellos proyectos que hayan sido subvencionados en otra convocatoria municipal.

En atención a la especial naturaleza de estas ayudas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Pamplona, a las personas beneficiarias les será de aplicación las prohibiciones establecidas en el citado precepto: SÍ

5.- DOCUMENTACIÓN QUE SE DEBERÁ PRESENTAR CON LA SOLICITUD, LUGAR Y PLAZO.-

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

- FOTOCOPIA DEL DNI DE LAS PERSONAS CREADORAS.
- DOSSIER QUE EXPLIQUE EL PROYECTO DE CREACIÓN (Máximo 15 páginas).
- CURRÍCULO ARTISTICO DE LA/S PERSONA/S ARTISTA/S (Máximo 5 páginas).
- PLAN DE EDICIÓN, PRODUCCIÓN Y/O EXHIBICIÓN PÚBLICA DE LA OBRA (Máximo 5 páginas).

Los trabajos se dirigirán a la siguiente dirección:

Registro General del Ayuntamiento de Pamplona, (C/ Mayor nº 2, planta baja - Palacio del Condestable), en sus registros auxiliares (C/ Descalzos nº 72, 2ª planta; C/ Monasterio de Irache, nº 2, planta baja; Avda. del Ejército nº 2, 5ª planta; C/ Zapatería nº 40, planta baja; C/ Eslava, nº 1, planta baja).

Igualmente se podrán emplear cualquiera de las vías previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra y finalizará en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra. En consecuencia, el plazo de presentación de solicitudes finalizará el día del mes siguiente cuyo ordinal coincida con el del día de publicación de las presentes bases en el B.O.N. salvo que dicho día sea inhábil, en cuyo caso, el plazo finalizará el siguiente día hábil. Si en el mes de vencimiento no hubiera día equivalente a aquel en que comienza el cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.
La presentación de solicitudes fuera del plazo señalado dará lugar a la inadmisión de las mismas.

Los trabajos no premiados podrán retirarse de las dependencias municipales en el plazo de dos meses después de haberse publicado la resolución. Transcurrido dicho plazo el Ayuntamiento podrá destruir los trabajos no retirados, salvo que se hayan formulado recursos contra la resolución.

6.- JURADO.-

El Jurado, nombrado por el Ayuntamiento de Pamplona, estará compuesto por las siguientes personas:

- Presidencia: Director/a del Área de Cultura e Igualdad.
- Vocalías: Cinco técnicos/as del Área de Cultura e Igualdad.
- Secretario/a: Administrativo/a del Área de Cultura e Igualdad.

El Jurado valorará con un máximo de 20 puntos los proyectos presentados conforme a los siguientes criterios generales:

1. Valor artístico de la propuesta presentada (hasta 10 puntos).
Se valorará la calidad artística de la propuesta, su coherencia, así como la claridad en la exposición del proyecto.

2. Originalidad y carácter innovador del proyecto (hasta 5 puntos).
Se valorará el desarrollo e innovación de los lenguajes artísticos, así como la forma de difundir los mismos.

3. Impacto del proyecto en el territorio (hasta 5 puntos).
Se valorará la incidencia de la propuesta en la ciudad de Pamplona, en sus habitantes, y la adaptación a los espacios y programas culturales que se desarrollan en ella.

En caso de empate, se primarán aquellos proyectos en los que el creador o la creadora sea más joven.

El jurado valorará que los proyectos presentados no son discriminatorios por razón de sexo, salvo en los supuestos en que se busque un efecto de corrección de desigualdad entre los sexos.

En ningún caso podrán ser merecedores de premio, aquellos proyectos que no alcancen los 5 puntos en la valoración del apartado 1 (Valor artístico de la propuesta presentada).

Las personas ganadoras de los premios, no podrán presentarse nuevamente hasta pasados al menos dos años desde la convocatoria donde resultaron premiadas.

La propuesta de concesión será elevada por el órgano instructor al órgano competente, Concejalía Delegada del Área de Cultura e Igualdad, que resolverá la concesión de los premios. Cualquiera de los premios de las diferentes modalidades se podrá declarar desierto si a juicio del jurado ningún trabajo reune los méritos o calidad suficientes.

Posibilidad de que el Jurado pueda proponer la concesión de accésit: NO

 

7. TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.-

El Ayuntamiento de Pamplona es el responsable de los datos de carácter personal que van a ser utilizados con la finalidad de realizar la gestión de la subvención y la entrega del premio en el ejercicio de los poderes públicos. No se cederán datos salvo obligación legal. Tiene derecho a acceder a los datos, rectificarlos en el caso de que no sean correctos y suprimirlos dirigiéndose al Registro General (C/Mayor 2, 31001 de Pamplona) o a la sede electrónica. Puede consultar el listado de tratamientos y la información adicional en www.pamplona.es
Las imágenes de la entrega de los premios pueden publicarse en la web corporativa del Ayuntamiento, redes sociales y puede ser difundido por distintos medios de comunicación.

8.- PLAZO DE RESOLUCIÓN Y DE NOTIFICACIÓN.-

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución será de seis meses. El plazo se computará a partir de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.

El órgano instructor será la Secretaria Técnica del Área gestora de la subvención.

La resolución de concesión, que pondrá fin a la vía administrativa, será notificada a las personas solicitantes en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Publicación de la resolución de concesión: SÍ

En caso, afirmativo indicación del medio en que ha de practicarse la publicación:

Boletín Oficial de Navarra.
Sede Electrónica del Ayuntamiento de Pamplona.
Comunicación a la Base de datos nacional de subvenciones, según el artículo 20 de la LGS.

Una vez resuelto el concurso, se notificará a los ganadores la propuesta provisional de resolución del certamen, quienes deberán enviar su aceptación, dentro de los diez días naturales siguientes a la notificación. Vencido dicho plazo se tendrá por no aceptado el premio. En caso de renuncia, el premio se otorgará al siguiente proyecto mejor valorado.

9.- OTRAS CONSIDERACIONES.-

En relación a los derechos de autor/a: La inscripción al presente certamen implica una declaración jurada del participante afirmándose como autor/a legítimo/a del proyecto. La persona participante declara estar expresamente autorizada y tener todos y cada uno de los derechos necesarios para su uso y/o exhibición y/o ejecución pública y/o adaptación, garantizando la indemnidad al Ayuntamiento de Pamplona frente a eventuales reclamos que terceros pudieran articular.

En relación a los derechos de imagen: Por el hecho de participar en este certamen, las personas participantes prestan su conformidad, en caso de resultar ganadoras, para que se difunda su nombre y el título del proyecto, como asimismo una sinopsis del mismo, en el modo, lugar, formato, soporte y/o cualquier medio que determine el Ayuntamiento de Pamplona por tiempo indefinido o instituciones autorizadas por éste, excluyendo toda otra utilización que persiga fines comerciales.

En relación a los derechos de propiedad intelectual y condiciones de reproducción: Las personas participantes conservarán los Derechos de Propiedad Intelectual y de reproducción de la obra creada de acuerdo a la legislación vigente.

En caso de que el proyecto tuviera difusión pública y/o exhibición, deberá constar la colaboración del Ayuntamiento de Pamplona.

A cada persona ganadora se le abonará el importe de 3.000 euros en una única cuota distribuida de la siguiente forma:

- Un único pago de 3.000 euros en el momento de la aceptación del premio.

Al finalizar el año, se entregará una memoria del trabajo realizado durante la fase de creación objeto de esta convocatoria, explicando el trabajo desarrollado, el cual no implicará necesariamente la formalización y/o producción de la obra.

Los proyectos seleccionados podrán contar con el apoyo y asesoramiento del equipo técnico del Área de Cultura e Igualdad para el desarrollo de la propuesta.

Así mismo, se establece la posibilidad de hacer una muestra de creación, únicamente con las obras que resultaran finalizadas, con carácter anual o bianual en las fechas que se consideren más apropiadas.

10.- RÉGIMEN DE RECURSOS.-

La participación en el concurso implicará la plena aceptación de sus bases y el sometimiento a las mismas de cuantas personas concurran con sus trabajos.

Cuantas incidencias se deriven del desarrollo de este concurso y de la interpretación de estas bases serán resueltas por el órgano concedente.

Contra la presente convocatoria, sus bases y las resoluciones administrativas que se adopten en ejecución de las mismas podrán interponerse, potestativamente, los siguientes recursos:

- Recurso de Reposición ante el mismo órgano municipal autor del acto administrativo en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la notificación o, en su caso, publicación del acto que se recurra.

- Recurso de Alzada ante el Tribunal Administrativo de Navarra en el plazo de un mes siguiente a la notificación o publicación del acto que se recurra.

- Recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona en el plazo de dos meses. Este plazo se computará a partir del día siguiente a la notificación o publicación del acto que se recurra.

 

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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