PREMI CIUTAT DE PALMA DE CÓMIC 2020 (España)



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PREMI CIUTAT DE PALMA DE CÓMIC 2020 (España)

16:10:2020

Género:  Cómic

Premio:   10.000 € y edición

Abierto a: mayores de edad, sin restricciones por nacionalidad o residencia

Entidad convocante:  Ayuntamiento de Palma

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  16:10:2020

 

BASES

 

BASES DE LA CONVOCATORIA DEL PREMI CIUTAT DE PALMA DE CÓMIC 2020

 

El Ayuntamiento de Palma convoca el Premi Ciutat de Palma de Cómic con el fin de apoyar el sector del cómic y reconocer la tarea de los creadores.

1. Premio

El premio tiene una dotación de 10.000 € y es único e indivisible.

 

2. Participación

Pueden optar al Premio artistas mayores de edad de cualquier nacionalidad y residencia.

Se puede presentar un proyecto finalizado o en proceso, realizado por un solo autor o por varios autores que se repartan sus tareas entre guionistas, dibujantes y coloristas, los cuales serán considerados coautores. Las obras tienen que ser originales e inéditas, no tienen que haber sido premiadas en ningún otro concurso ni estar pendiente de veredicto en la fecha en que finalice el plazo de presentación, y pueden ser en catalán o castellano. El estilo, el tratamiento y el género de la historieta presentada son totalmente libres. El autor o coautores participantes en el Premio no podrán presentar su proyecto a otros concursos hasta que no se conozca el veredicto.

En el caso de los proyectos en proceso, la persona o las personas galardonadas serán acreedoras de la cantidad de 10.000 €, del 50% del importe después de que se comunique el veredicto y del 50% restante después de que entreguen el proyecto acabado, antes del 29 de septiembre de 2021. Si no presentan el proyecto finalizado dentro del plazo indicado deberán devolver la cantidad recibida.

Durante los meses siguientes de la concesión del premio el Ayuntamiento de Palma acordará con los premiados la publicación de la obra. Así mismo, para facilitar la edición y la distribución se podrá ceder el derecho de publicación a una editorial, que editará el libro de acuerdo con la legalidad vigente y firmará un contrato de edición con el autor. En este caso, en la edición de la obra se tendrá que mencionar que ha sido ganadora del Premi Ciutat de Palma y el año.

 

3. Documentación y presentación de las obras

Las obras deben enviarse en formato PDF (inferior a 5 MB) a través de la plataforma web mundoarti.com, rellenando con los datos personales el formulario correspondiente, y han cumplir los siguientes requisitos:

- Los proyectos finalizados tienen que tener una extensión mínima de 44 páginas.
- Los proyectos en proceso tienen que tener un mínimo de 16 páginas acabadas, con su título correspondiente, y una sinopsis detallada de la historia completa (entre 500 y 800 palabras). Se pueden presentar en blanco y negro o en color. La extensión final del proyecto ganador tiene que ser de un mínimo de 44 páginas, sin que haya un máximo establecido.

También se debe adjuntar un breve currículum que indique la trayectoria profesional del artista o artistas y un dossier con los últimos trabajos en formato PDF.

Una vez presentada la obra al Premio el autor o autores no la podrán retirar para hacer correcciones, ampliarla o renunciar al Premio.

La plataforma web protegerá la autoría de las obras y garantizará la transparencia del proceso de deliberación.

El plazo de admisión de las obras empezará el día siguiente de la publicación de las Bases y finalizará el 16 de octubre de 2020, a las 23.59 horas.

 

4. Jurado

El jurado estará formado por un máximo de cinco personas de reconocido prestigio vinculadas al mundo del cómic, nombradas a propuesta del Consejo Municipal de la Cultura, y una persona de la Concejalía de Cultura, con voz y sin voto, para que actúe de secretario/a. Su composición se hará pública antes de que acabe el plazo de presentación de las obras y tendrá una presencia equilibrada de mujeres y hombres, de acuerdo con las medidas paritarias recogidas en la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y a la Ley 11/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres del Gobierno de las Islas Baleares (BOIB n.º 99, de 4 de agosto).

El funcionamiento del jurado se ajustará a lo que dispone la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

El jurado actuará con libertad y discrecionalidad. Valorará la calidad de las creaciones artísticas presentadas y tendrá en cuenta la trayectoria formativa y profesional del autor o autores. Tendrá que resolver motivadamente la concesión del Premio o su consideración de declararlo desierto. Su veredicto será inapelable.

 

5. Entrega del Premio

El premio se entregará el 20 de enero de 2021, durante las Fiestas de San Sebastián. Si la persona o personas ganadoras no pueden asistir podrán delegar su recogida.

 

6. Normativa fiscal

El premio está sujeto a la normativa fiscal vigente. Antes de la propuesta definitiva de adjudicación la persona o personas galardonadas deberán presentar:

a. Certificado emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social que acredite que están al corriente en cuanto a sus obligaciones con la Seguridad Social.
b.Certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria que acredite que están al corriente en cuanto a sus obligaciones tributarias.
c. Declaración responsable de estar al corriente en cuanto a las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Palma (anexo II).
d. Declaración responsable de no estar afectadas por ninguna de las prohibiciones establecidas por el art. 10 del texto refundido de la Ley de subvenciones de la CAIB, aprobado mediante el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, ni son culpables de procedimientos de cobro por vía de apremio por deudas contraídas con el Ayuntamiento de Palma y con el resto de entes otorgantes (anexo II).
e. Si no tienen residencia fiscal en España, certificado expedido por la autoridad fiscal competente del país de que se trate, que acredite la residencia fiscal.
f. Certificado bancario de los datos de la cuenta corriente de la entidad donde se solicita que se ingrese la subvención (anexo III).

 

7. Instrucción y resolución

La instrucción del procedimiento corresponde al Departamento de Cultura de la Concejalía de Cultura y Bienestar Social. A la vista de la decisión del jurado el instructor formulará la propuesta de resolución, que elevará a la Junta de Gobierno de Palma. Se prescindirá del trámite de audiencia, de acuerdo con el art. 82 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. El plazo máximo para resolver y notificar la resolución no puede exceder de los seis meses a partir del plazo máximo de presentación de las obras. La resolución se notificará a la persona premiada, de acuerdo con el art. 45 de la dicha Ley 39/2015.

 

8. Régimen jurídico

Para todo lo que no prevén estas Bases son de aplicación la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones; el texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre; la Ordenanza municipal de subvenciones del Ayuntamiento de Palma; el Reglamento de la Ley 38/2003, general de subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del gobierno local; el texto refundido de la Ley reguladora de las haciendas locales, aprobado por el Real decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo; la Ley 20/2006, de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares; la Ley 23/2006, de 20 de diciembre, de capitalidad de Palma; las Bases de ejecución del Presupuesto municipal, y el resto de normativa que esté de aplicación.

Esta convocatoria se rige por los principios de publicidad y concurrencia competitiva.

 

9. Consignación presupuestaria

Para atender las obligaciones de contenido económico que se derivan de la concesión del Premio de esta convocatoria se reserva la cantidad total de 10.000 €, con cargo a la partida 03.33420.48100 Premis Ciutat Palma.- Premis del Presupuesto de gastos de 2021.

 

10. Aceptación e interpretación de las Bases

Participar en el Premi Ciutat de Palma de Còmic supone aceptar estas Bases.

De acuerdo con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos de carácter personal, los datos facilitados por los participantes se incorporan en los ficheros propiedad del Ayuntamiento de Palma. El órgano administrativo ante el cual se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición y otros que reconozca dicha Ley es la Concejalía de Cultura y Bienestar Social.

Incumplir las obligaciones que imponen las Bases podrá ser motivo para revocar los beneficios de la convocatoria.

El jurado del Premio tiene la facultad de interpretar las Bases y de suplir cualquier laguna o vacío de acuerdo con su finalidad.

Cualquier caso no previsto en estas Bases y en el desarrollo de esta convocatoria será resuelto por la organización de estos Premios.

Para consultas sobre las Bases pueden dirigirse al Negociado de Espais d’Art (Tel. 971722092, a/e: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.).

 

 

©Condiciones para la reproducción de contenidos de esta página.

 


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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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