XXI PREMIO DE NOVELA CORTA DIPUTACIÓN DE CÓRDOBA (España)



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XXI PREMIO DE NOVELA CORTA DIPUTACIÓN DE CÓRDOBA (España)

01:10:2020

Género:  Novela

Premio:  12.000 € y edición

Abierto a:  sin restricciones

Entidad convocante: Diputación de Córdoba

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:  01:10:2020

 

BASES

 

BASES DE LA CONVOCATORIA DEL XXI PREMIO DE NOVELA CORTA DIPUTACIÓN DE CÓRDOBA.

La Diputación de Córdoba, en ejecución del Plan Estratégico de la Diputación de Córdoba 2020-2023, a través de su Delegación de Cultura, convoca el XXI Premio de Novela Corta, contribuyendo a conseguir el Objetivo de Desarrollo Sostenible 11.4 de los incorporados en la Agenda 2030 de Naciones Unidas.

PRIMERA. Podrán presentarse a este concurso narradores de cualquier nacionalidad, siempre que los trabajos presentados estén escritos en castellano.

SEGUNDA. Se establece un premio de doce mil euros (12.000,00 €), cantidad que se imputará a la aplicación 293.3341.48100 del presupuesto para el ejercicio 2020. Dicha dotación estará sujeta a las retenciones fiscales que puedan corresponderle. El premio cubre los derechos de autor de la primera edición, que será de 500 ejemplares, de acuerdo con el artículo 46.1 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y por el que la Diputación de Córdoba adquiere los derechos a los que se refiere la Base Undécima.

TERCERA. El premio se otorgará a una novela inédita cuya temática esté relacionada con el mundo rural, no pudiendo haber sido publicada ni total ni parcialmente, ni premiada en ningún otro certamen, concurso o actividad literaria. El trabajo se escribirá por uno o varios autores y deberá tener una extensión mínima de 100 páginas y máxima de 150 páginas.

CUARTA. Se presentarán cinco ejemplares, mecanografiados, en papel tamaño DIN A-4, mecanografiados por una sola cara, a doble espacio, en letra Arial o New Roman 12, y debidamente grapados, cosidos o encuadernados.

QUINTA. Los trabajos se entregarán sin firmar y sin identificación alguna. En sobre cerrado se detallará el nombre, apellidos, dirección, correo electrónico, teléfono y una breve nota biográfica incluyéndose una declaración jurada de no tener comprometidos los derechos de la obra y de no estar pendiente de resolución en otro concurso; y en el exterior del sobre se indicará título del trabajo y lema o pseudónimo. Quedarán descartadas las obras presentadas bajo un pseudónimo que permita identificar a su autor por ser notoriamente conocido.

SEXTA. El lugar de presentación será el Registro General de la Diputación de Córdoba (Plaza de Colón, 15) de lunes a viernes en horario de 9.00 a 14,00 horas. Asimismo, se podrán presentar en cualquiera de las formas previstas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No se admitirán envíos por correo electrónico.

El plazo de presentación de los trabajos comenzará el día siguiente del extracto de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la provincia de Córdoba y concluirá el 1 de octubre del 2020. Quienes incumplan con lo dispuesto en los ordinales anteriores serán excluidos de la Convocatoria.

Finalizado el plazo de solicitudes, se publicará en el Tablón de Edictos de la Diputación de Córdoba, relación de trabajos presentados por título y lema.

SÉPTIMA. El Jurado estará formado por destacadas personalidades de las letras, y será presidido por la Sra. Diputada-Delegada de Cultura de la Diputación de Córdoba, y su composición no se hará pública hasta después de emitido el fallo, que tendrá carácter irrevocable. Actuará como Secretario del Jurado, con voz y sin voto, el Jefe de Departamento de la Delegación de Cultura de la Diputación de Córdoba.

Con carácter previo a la reunión del Jurado, y en función del número de trabajos presentados, se podrá constituir una Comisión integrada por personas especializadas con el objeto de llevar a cabo una preselección de los trabajos presentados. Esta Comisión será designada por la Sra. Diputada-Delegada de Cultura.

OCTAVA. Se leerán todos los trabajos presentados que reúnan los requisitos formales establecidos en esta convocatoria, produciéndose el fallo en consideración del mérito absoluto de los mismos, por lo que podrá declararse desierto el premio.

NOVENA. A la vista del fallo del Jurado, el instructor del expediente formulará propuesta, indicando expresamente todas las obras presentadas a concurso y, en su caso, las que no se hayan admitido por no reunir los requisitos exigidos en la convocatoria, y expresará el autor para el que se propone la concesión del Premio. Dicha propuesta se elevará al órgano competente para que dicte resolución, que se notificará al ganador para que en un plazo de diez días comunique su aceptación y acredite que reúne los requisitos para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, de acuerdo con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

La resolución será publicada en el Boletín Oficial de la provincia de Córdoba.

DÉCIMA. La participación en el concurso implica la aceptación y conformidad de estas bases, y en lo no previsto en las mismas, se estará a lo que dictamine el Jurado.

UNDÉCIMA. Los derechos de la obra ganadora quedarán en propiedad de la Diputación de Córdoba, y así se hará constar en el preceptivo contrato de edición, procediéndose a su publicación durante el año 2021 y haciéndose constar en la publicación que se trata del XXI Premio de Novela Corta "Diputación de Córdoba" correspondiente al año 2020. Dicha publicación podrá ser realizada en coedición con una Editorial especializada. El autor premiado recibirá, junto con la compensación económica, 40 ejemplares de su obra.

DUODÉCIMA. Los trabajos no premiados serán destruidos a los diez días siguientes a la publicación del fallo del Jurado.

DECIMOTERCERA. Instruirá el procedimiento para la concesión del Premio a que se refiere la presente convocatoria la Delegación de Cultura de la Diputación de Córdoba.

La resolución del procedimiento, que pone fin a la vía administrativa, se efectuará mediante Decreto de la Sra. Diputada-Delegada de Cultura.

DECIMOCUARTA. El hecho de presentarse a la convocatoria supone la aceptación de las bases por los solicitantes. En lo no regulado por las mismas se estará a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás disposiciones administrativas que resulten de aplicación.

 

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

Comentarios (1)

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Hola.
No me quedó claro la dirección a donde se debe enviar los manuscritos.
Gracias.

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