PREMIO LITERARIO DE ENSAYO "FRAY MOCHO" 2021 (Argentina)



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PREMIO LITERARIO DE ENSAYO "FRAY MOCHO" 2021 (Argentina)

31:05:2021

Género:  Ensayo

Premio:  Edición y 200 ejemplares

Abierto a:  autores entrerrianos nativos, u oriundos de otros lugares del país y argentinos naturalizados residentes en la Provincia de Entre Ríos

Entidad convocante:  Secretaría de Cultura de la Provincia de Entre Ríos

País de la entidad convocante:  Argentina

Fecha de cierre:  31:05:2021

 

BASES

 

Reglamento Premio Literario Anual FRAY MOCHO

Convocatoria 2021: Ensayo inédito

La Secretaría de Cultura de la Provincia de Entre Ríos conforme lo establece la Ley Nº 7823/87 y su Decreto Reglamentario Nº 2967/87 GOB, llama a concurso para otorgar el Premio Literario Fray Mocho –máxima distinción literaria que concede el Gobierno de Entre Ríos- en el género Ensayo inédito 2021.  www.escritores.org

De los participantes    www.escritores.org

ARTÍCULO 1°.- Podrán participar todos los autores entrerrianos nativos; oriundos de otros lugares del país y argentinos naturalizados, con una residencia mínima continuada y permanente de cinco (5) años en la Provincia de Entre Ríos, a la fecha del llamado a concurso. La residencia mínima se puede demostrar con:
• Fecha de último cambio de D.N.I. con domicilio actualizado
• Declaración Jurada ante autoridad policial con testigos
• Servicios / impuestos cuya titularidad sea la del presentante al PREMIO
• Certificación emitida por autoridad competente de los establecimientos donde realicen actividades laborales y/o artísticas y/o educativas
• La enumeración anterior es ejemplificativa, no taxativa, pudiendo demostrar la residencia con toda documental que así lo acredite.

ARTÍCULO 2°.- No podrá participar ningún funcionario provincial nombrado en la actual gestión de Gobierno, como tampoco empleados de la Secretaría de Cultura de Entre Ríos.

ARTÍCULO 3°.- La obra deberá pertenecer a un solo autor/a.

ARTÍCULO 4°.- Cada participante podrá intervenir con más de un trabajo pero con diferente seudónimo.

 

Del la presentación de los trabajos

ARTÍCULO 5°.- Para concursar deberá presentarse un ensayo original e inédito, con una extensión mínima de 120 páginas y un máximo de 250 páginas.

ARTÍCULO 6°.- Los trabajos deberán ser presentados firmados con seudónimo.

ARTÍCULO 7°.- Deberá presentarse: un ejemplar impreso, con una carátula con el título de la obra y el seudónimo del autor, abrochado o anillado, claramente tipeadas a doble espacio en óptimas condiciones de legibilidad, en hoja formato A4, con tipografías genéricas: Times New Roman, Courier New o Tahoma, tamaño 11, en una sola cara del papel, y tres (3) ejemplares en soporte digital (cd o pendrive) en formato WORD. Todo ensobrado y titulado con la obra y el pseudónimo, tanto en el sobre como en los soportes digitales (cds o pendrives).

ARTÍCULO 8°.- Los textos se presentarán en un sobre cerrado, en cuyo frente se indicará el seudónimo del autor y el título de la obra. En su interior se incluirán: el ejemplar impreso, los tres soportes digitales, y otro sobre perfectamente cerrado donde se consignará en el frente el seudónimo del autor y el título de la obra, en su interior se debe incluir: nota con nombre completo del autor, DNI, domicilio y localidad, teléfono y firma autógrafa, y se incluirá también fotocopia del documento de identidad. Los participantes naturalizados y residentes adjuntarán certificación de residencia. Estos datos tendrán carácter de Declaración Jurada.

ARTÍCULO 9°.- Los trabajos deberán ser remitidos únicamente por vía postal y certificada con la siguiente leyenda: PREMIO LITERARIO “FRAY MOCHO” ENSAYO 2021 – Secretaría de Cultura de Entre Ríos, Gardel 42, 3100, Paraná, Entre Ríos. Colocar en el remitente el seudónimo u otro dato, pero sin ninguna referencia que pueda revelar la identidad del autor concursante. No se recibirán como participantes sobres que lleguen enviados de forma distinta a la indicada en este artículo.

ARTÍCULO 10°.- Para esta convocatoria de Ensayo inédito 2021 el tema será libre.

 

De los plazos para el concurso

ARTÍCULO 11°.- La recepción de obras permanecerá abierta hasta el lunes 31 de mayo de 2021, a la hora 13. Para establecer la presentación de obras a tiempo se tendrá en cuenta la fecha del matasellos (del envío por correo postal). Posteriormente –y dentro de los diez (10) días hábiles— ante Escribano Público se efectuará el registro de las obras que cumplan con las condiciones de este reglamento, y se dará a conocer la nómina de los textos que participan del Concurso, con los respectivos seudónimos por las redes sociales oficiales del organizador y la comunicación de prensa del Gobierno de Entre Ríos.

ARTÍCULO 12°.- El fallo del jurado y la apertura del sobre con seudónimo de la obra ganadora se efectuará ante escribano público, el viernes 29 de octubre de 2021 y se dará a conocer por las redes sociales oficiales del organizador y la comunicación de prensa del Gobierno de Entre Ríos.

ARTÍCULO 13°.- Los trabajos enviados no premiados podrán ser retirados dentro de los sesenta
(60) días hábiles, a partir de la fecha de publicación del veredicto del jurado. Vencido este plazo, los trabajos que no fueren retirados serán incinerados.

 

Del Jurado

ARTÍCULO 14°.- El jurado estará integrado por tres miembros de reconocidos antecedentes literarios a nivel Nacional y serán designados por la Secretaría de Cultura, los cuales serán contratados por la misma y de conformidad a la normativa vigente para las contrataciones de obra artística.

ARTÍCULO 15°.- El fallo del jurado será inapelable en toda circunstancia. El premio podrá ser declarado desierto por el jurado, cuando se presentare una sola obra, salvo que hubiere votos fundados en calidad, como asimismo cuando ninguna presentación contenga los méritos suficientes para ser premiada.

 

Del Premio

ARTÍCULO 16°.- El premio consistirá en la edición de la obra por parte de la Editorial de Entre Ríos. Su publicación será en formato digital y también en papel, siendo la impresión de un mil (1.000) ejemplares; doscientos (200) de los cuales se entregarán sin cargo al autor. Los ejemplares restantes (800), serán utilizados con distintas finalidades tales como, distribución en escuelas, bibliotecas populares y diferentes eventos culturales y ferias en los cuales la Secretaría de Cultura de Entre Ríos tiene presencia, tanto en la Provincia como a nivel nacional.

ARTÍCULO 17°.- El premio no podrá ser compartido.

ARTÍCULO 18°.- El autor/a cederá por escrito al editor en exclusiva y de manera permanente y gratuita, a partir del anuncio de la obra ganadora, los derechos de edición de LA OBRA, en lengua Castellana, derechos que no podrán ser transferidos por el editor a ninguna otra persona o entidad sin permiso previo y por escrito del autor ganador. Asimismo, el ganador deberá declarar ser el único titular del derecho de propiedad intelectual sobre la obra, garantizando la autenticidad de la misma, constituyéndose como exclusivo responsable en lo civil, administrativo y/o penal frente a terceros, por el falseamiento de tal declaración.

 

Condiciones generales

ARTÍCULO 19°.- El autor/a de la obra declarada ganadora autoriza al organizador y al Gobierno de Entre Ríos a hacer público su nombre en los comunicados oficiales y medios de prensa con el resultado del concurso.

ARTÍCULO 20°.- El Estado Provincial no se responsabilizará por los reclamos que pudieren efectuarse por plagio o violación de derechos habientes o de terceros, contra el ganador del certamen.

ARTÍCULO 21°.- La Secretaría de Cultura de la provincia de Entre Ríos velará por la conservación de los envíos, pero no se hará responsable por la pérdida, deterioro o destrucción parcial o total de los originales o copias de las obras presentadas a concurso.

ARTÍCULO 22°.- En un todo de acuerdo con las facultades otorgadas por el Artículo 6° de la Ley N° 7823, la Secretaría de Cultura de la Provincia de Entre Ríos se reserva el derecho de cambiar los términos, fechas y plazos del presente, si por razones de fuerza mayor fuere necesario realizarlos en beneficio de los autores y del propio certamen.

ARTÍCULO 23°.- La sola participación mediante envío de obras al certamen implica el conocimiento pleno y la aceptación del presente Reglamento en todos sus términos y condiciones.

ARTÍCULO 24°.- La Secretaría de Cultura de Entre Ríos es la autoridad competente para la interpretación y resolución de las cuestiones no previstas en el presente Reglamento.

ARTÍCULO 25°.- De presentarse controversias deberán dirimirse a través de la vía administrativa, por el procedimiento estatuido por el Decreto Ley N° 7060 ratificado por Ley N° 7.504. De no resolverse el conflicto, las partes se someterán a la jurisdicción y competencia de los tribunales ordinarios de la ciudad de Paraná.

 


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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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