XIII PREMIO DE INVESTIGACIÓN MANUEL CABALLERO VENZALÁ (España)



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XIII PREMIO DE INVESTIGACIÓN MANUEL CABALLERO VENZALÁ (España)

17:06:2021

Género:  Investigación

Premio:   1.000 € y diploma

Abierto a:  mayores de edad

Entidad convocante:  Ayuntamiento de Martos

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  17:06:2021

 

BASES

 

 

NORMAS REGULADORAS DE LA CONVOCATORIA DEL XIII PREMIO DE INVESTIGACIÓN MANUEL CABALLERO VENZALÁ

Artículo 1.- Objeto y finalidad de la convocatoria.
www.escritores.org
El objeto de la presente convocatoria es reconocer el mérito a la investigación referida a temas relacionados con la historia, la literatura, la arqueología, el arte o la antropología, limitados al ámbito geográfico de la ciudad de Martos y su término municipal. Con este premio, el Excmo. Ayuntamiento de Martos pone de manifiesto el apoyo institucional a la investigación y al patrimonio de esta ciudad.

Las bases de dicha convocatoria, correspondientes al año 2021, para el procedimiento de concesión del XIII Premio de Investigación Manuel Caballero Venzalá, tienen un régimen de concurrencia competitiva y en ella se aplican los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, de conformidad con la Disposición Adicional Décima de la Ley General de Subvenciones 38/2003, de 17 de noviembre.

Artículo 2.- Participantes.

Podrán participar en el certamen todas las personas físicas mayores de edad que lo deseen, siempre que sus obras se presenten escritas en castellano.
No podrán concurrir:
- Aquellas que hubieran obtenido el premio en ediciones anteriores.
- Aquellas personas que hubiesen obtenido cualquier otro premio por la misma obra que se presenta al XIII Premio de Investigación Manuel Caballero Venzalá.
- Aquellas que cumpliendo con los requisitos específicos de participación establecidos en estas bases, estén incursos en alguna de las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiarios que establece el artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de Noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS).

Artículo 3.- Presentación de solicitudes, plazo y lugar.

El plazo de admisión y recepción de las obras comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOP de Jaén, siendo la fecha límite las 23:59 horas del día 17 de junio de 2021, siguiendo el modelo Anexo I de la presente convocatoria.

Las solicitudes presentadas fuera del plazo anteriormente establecido no serán admitidas en la presente convocatoria.

De conformidad con la Disposición Final Séptima de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y hasta tanto no entre en vigor las previsiones relativas al Registro electrónico, las solicitudes y demás documentación se presentarán:

- A través del Registro General de Documentos de la sede electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Martos o personándose en la oficina del Registro General de dicha administración local.
- Asimismo también podrán presentarse en las demás oficinas establecidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, señalando como asunto de referencia ‘’XIII Premio de Investigación Manuel Caballero Venzalá’’.
- A través de las oficinas de correos. En este caso, se presentarán en dichas oficinas en sobre abierto, para ser fechadas y selladas por el personal de correos antes de ser certificadas dentro del plazo de presentación de instancias. Solamente en este caso se entenderá que las instancias han tenido entrada en el Registro General de Documentos del Excmo. Ayuntamiento de Martos en la fecha en que fueron entregadas en la mencionada oficina. Los participantes deberán dirigir solicitud y documentación requerida, haciendo mención a la referencia ‘’XIII Premio de Investigación Manuel Caballero Venzalá’’, a la siguiente dirección postal:
Excmo. Ayuntamiento de Martos (Registro) Plaza de la Constitución, 1
Código Postal 23.600 Martos (Jaén)

Artículo 4.- Documentación y presentación de los trabajos.

Los interesados/as deberán de presentar obligatoriamente la siguiente documentación:

- Datos personales del autor o autores y datos de contacto, domicilio, teléfono y correo electrónico (Anexo I).
- Breve currículo del autor.
- Fotocopia o documento de escaneo del DNI/Pasaporte, por ambas caras, del autor.
- Declaración responsable (Anexo II) en la que el interesado manifiesta que:
o No está incurso en alguna de las causas de prohibición para obtener la condición de beneficiarios que establece el artículo 13 de la LGS.
o El trabajo presentado será original e inédito y que no haya sido premiado con anterioridad en otro certamen o concurso.
o Acepta las presentes bases o normas reguladoras.
o Autoriza la publicación de la obra en el caso de resultar premiada.
- Trabajo a presentar al certamen bajo pseudónimo y sin que, en ningún caso, aparezca el nombre del autor.

Cada autor podrá enviar exclusivamente un trabajo, que habrá de referirse a temas relacionados con la historia, la literatura, la arqueología, el arte o la antropología, limitados al ámbito geográfico de la ciudad de Martos y su término municipal.

Los trabajos deberán tener una extensión mínima de 75 folios y una máxima de 200, paginados, en tamaño DIN A-4, con interlineado de 1,5 líneas y con el tipo de letra Arial, tamaño: 12. El jurado podrá rechazar los trabajos que no respeten estos criterios.

Si la inscripción se presenta de forma telemática se llevará a cabo a través del servicio “Escritos Genéricos” de la sede electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Martos. Esta constará de dos archivos PDF que acompañarán al Anexo I y II: uno de esos archivos, debe incluir la obra, sin que conste ningún dato que haga referencia al autor; el otro debe contener los datos personales del mismo: nombre, fecha de nacimiento, domicilio, teléfono de contacto, email, un breve currículo, y la fotocopia del DNI o pasaporte por ambas caras. Dichos archivos no podrán superar, en su conjunto, los 20 MB.

Si la solicitud de participación no reúne los requisitos que se señalan, se requerirá al interesado/a para que, en un plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución dictada a tal efecto. Dicho requerimiento se realizará en la forma establecida en el artículo 13 de la convocatoria.

Artículo 5.- Publicidad de las bases.

La convocatoria será publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, que remitirá el extracto de las mismas al BOP, y en la página web municipal martos.es.

Artículo 6.- Jurado.

El jurado estará compuesto, como mínimo, por tres miembros, entre los que se encontrará el presidente, designados por el Excmo. Ayuntamiento de Martos y relacionados con la investigación, la historia, el arte y el mundo académico. Actuará como secretario, con voz pero sin voto, un técnico de la Concejalía de Cultura.

La composición del jurado se publicará, previa resolución de la Junta de Gobierno Local, en el BOP y en la página web municipal martos.es.

El funcionamiento del Jurado se regirá por lo dispuesto en la sección tercera del Capítulo II Título Preliminar de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.

El Jurado, una vez valorados los trabajos presentados, formulará propuesta de concesión con arreglo a los criterios de adjudicación contenidos en esta convocatoria.

El jurado está autorizado para resolver cualquier problema que se genere, esté contemplado o no en las bases, y tendrá competencia y autoridad para resolver los conflictos e imprevistos.

El jurado tomará acuerdos por mayoría de votos, debiendo constar en todos los acuerdos que tome actas elaboradas al efecto, y su fallo será inapelable, igualmente se reserva el derecho a declarar desiertos todos o algunos de los premios, si las solicitudes presentadas no reunieran a su criterio los méritos suficientes, así como a darlos a título póstumo.

Artículo 7.- Criterios de valoración.

El Jurado se reunirá para efectuar una revisión y evaluación de cada uno de los trabajos presentados basándose en los siguientes criterios o indicadores de valoración:

- Calidad científica.
- Carácter divulgativo.
- Interés de las conclusiones reflejadas.
- Rigurosidad.
- Tratamiento de las fuentes.
- Presentación de la exposición.
- Contribución a la labor investigadora de Martos.
- Método científico en la elaboración del trabajo.

Artículo 8.- Fallo del jurado.

El jurado formulará una propuesta de concesión o fallo, del cual levantará la correspondiente acta, la cual será firmada por todos sus miembros, con arreglo a los criterios de valoración contenidos en el artículo 7 de la presente convocatoria. Dicho fallo se producirá, como fecha máxima, el día 19 de julio de 2021.

La propuesta de concesión o fallo del Jurado se elevará a la Concejal Delegada de Cultura, para que ésta proceda a elevarlo a la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Martos para su concesión, todo ello dentro de los 15 días hábiles siguientes a la formulación de la propuesta de concesión o fallo del jurado. El fallo se hará público el 23 de julio de 2021.

La propuesta de concesión del premio a la Junta de Gobierno Local deberá de adjuntar obligatoriamente la siguiente documentación:
• Acta del jurado con la propuesta de concesión o el fallo del certamen.
• Propuesta de la Concejal Delegada de Cultura sobre la concesión del premio.
• Certificados actualizados del participante que vaya a obtener la condición de beneficiario del premio en los que se acredite que se encuentra al corriente del pago de las obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria Estatal, Agencia Tributaria Andaluza, Ayuntamiento de Martos y Seguridad Social.

El acuerdo de la Junta de Gobierno Local de la concesión del premio será publicado, antes del 6 de agosto de 2021, en el Boletín Oficial de la Provincia y en la página web municipal, de conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Asimismo, la resolución se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y en el Portal de Transparencia.

Artículo 9.- Obligaciones del beneficiario del premio.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.1.e) de la LGS, antes de adoptarse acuerdo de concesión por parte de la Junta de Gobierno Local, el participante que resulte premiado deberá acreditar que se encuentra al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social y no ser deudor al Ayuntamiento de Martos por cualquier concepto. Para ello, una vez levantada el acta del Jurado de la propuesta de concesión o fallo del certamen, la concejalía de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Martos se pondrá en contacto con el beneficiario propuesto para que, obligatoriamente, en el plazo máximo de cinco días, acredite dichos extremos.

Artículo 10.- Dotación económica del premio.

Se establece un premio único dotado de 1.000 euros y diploma. A dicho premio se le aplicará la correspondiente deducción por IRPF conforme a lo dispuesto en la legislación vigente.

El premio, que será pagado mediante transferencia bancaria a la cuenta que indique el premiado, será financiado con cargo a la aplicación presupuestaria 3300.489.00 denominada “Premios y Certámenes Culturales” del Presupuesto General del Excmo. Ayuntamiento de Martos para 2021.

Las cuantías económicas de estos premios son compatibles con cualesquiera otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos procedentes de cualesquiera administraciones públicas o entes, públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales que pudieran serle concedidos al beneficiario después de la concesión de estos premios.

El trabajo de investigación galardonado pasará a ser propiedad del Excmo. Ayuntamiento de Martos, formando parte de su patrimonio y reservándose todos los derechos sobre el mismo, incluidos los de reproducción, edición y exhibición, citando siempre el nombre del autor/a y ateniéndose, en todo caso, a lo que disponga la Ley de Propiedad Intelectual.

Una vez producido el fallo, los trabajos no premiados serán eliminados de los ficheros del Excmo. Ayuntamiento de Martos con el fin de garantizar los derechos de los autores sobre la originalidad de los mismos.

La justificación de la subvención se acreditará con la entrega del premio al beneficiario, la cual tendrá lugar en Martos, el día 6 de agosto de 2021, en la Casa Municipal de Cultura Francisco Delicado, aceptando el ganador del certamen el compromiso de asistir a la ceremonia de entrega, siempre y cuando su residencia esté en España. Los gastos de desplazamiento correrán a cargo de la persona premiada. En caso de no asistir, seguirá ostentando la condición de ganador pero no tendrá derecho a recibir el importe económico del premio.

Las fotografías y videos tomados en la ceremonia de entrega serán susceptibles de publicación y difusión en todos los medios de comunicación, información y difusión del Excmo. Ayuntamiento de Martos.

A efectos de la justificación del premio será aplicable lo previsto en el artículo 30.7 de la LGS, esto es, que por otorgarse los premios en atención a la concurrencia de una determinada situación del perceptor no requieren una justificación ulterior.

Artículo 11.- Órgano competente.

El órgano competente para aprobar y resolver esta convocatoria es la Junta de Gobierno Local.

Artículo 12.- Aceptación de las bases.

El hecho de participar en este certamen supone, por parte de los autores, la conformidad absoluta con las presentes bases.

Artículo 13.- Medios de notificación y publicación.

Los actos que deban notificarse se publicarán en la página web del Ayuntamiento de Martos martos.es y en el Boletín Oficial de la Provincia, en los términos del artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Artículo 14.- Protección de datos personales.

En cumplimiento con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales, se informa a los participantes que sus datos personales, así como las fotografías del acto de entrega, se incorporan a un fichero del Área de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Martos para la gestión y el desarrollo del concurso, además de mantenerle informado sobre futuras convocatorias. La participación en el concurso supone la aceptación de estas bases y la presentación del consentimiento para el tratamiento de sus datos con los fines antes indicados, así como para recibir información del Área de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Martos por medios electrónicos. Para oponerse a este tratamiento, así como para el ejercicio de sus derechos de acceso, rectificación y cancelación, puede contactar con Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..

Artículo 15.- Régimen jurídico.

En lo no previsto por la presente convocatoria, será de aplicación lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la ley citada, por las Bases de Ejecución del Presupuesto de Ayuntamiento de Martos y con carácter supletorio por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

 

Fuente y Anexos: infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/552857


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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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