XI CONCURSO DE CARTAS DE AMOR "EN AMOR A DOS" 2021 (España)



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XI CONCURSO DE CARTAS DE AMOR "EN AMOR A DOS" 2021 (España)

29:05:2021

Género:  Carta

Premio:  600 €

Abierto a:  mayores de edad

Entidad convocante:  Ayuntamiento de Arucas

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  29:05:2021

 

BASES

 

CONVOCATORIA

El Excmo. Ayuntamiento de Arucas, a través de su Concejalía de Cultura y Patrimonio Histórico, Departamento Biblioteca Municipal, convoca la XI edición del CONCURSO DE CARTAS DE AMOR “EN AMOR A DOS”.

1. BASES REGULADORAS.-  www.escritores.org

Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en la Ordenanza General Reguladora de la Concesión de Subvenciones del Excmo. Ayunta- miento de Arucas (BOP número 53 de fecha 25/04/2005).

El procedimiento para la concesión de estas subvenciones será en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las obras presentadas, a fin de establecer una prelación entre las mismas, de acuerdo con los criterios de selección establecidos en esta convocatoria; adjudicando los premios, con el límite fijado en el punto siguiente, a aquellas que hayan obtenido mayor valoración en aplicación de los citados criterios.

2. CRÉDITOS PRESUPUESTARIOS.-

La dotación presupuestaria de la presente convocatoria contará con un importe de MIL DOSCIENTOS EUROS (1.200,00 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 03/330/48100.

3. OBJETO Y FINALIDAD DE LA SUBVENCIÓN.-

Estas subvenciones tienen por objeto fomentar la lectura y la creación literaria, en torno a una conmemoración internacional y multicultural como es la celebración del amor y el Día de los Enamorados.

4. BENEFICIARIOS.-

Podrán optar a los premios las personas mayores de edad que no hayan sido premiadas en las convocatorias anteriores. Queda excluido el personal de la Concejalía de Cultura y Patrimonio Histórico del Excmo. Ayuntamiento de Arucas.

No podrán obtener la condición de beneficiarios quienes concurran en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Los/as participantes podrán presentar declaración responsable de no estar incursos en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, a tenor de lo dispuesto en el artículo 13.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, a través del Anexo I de la pre- sente convocatoria.

5.ÓRGANO COMPETENTE PARA LA INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN.-

Se designa a la Concejalía de Cultura como órgano instructor del procedimiento. La re- solución de concesión, que se basará en el fallo del jurado, será aprobada por la Junta de Gobierno Local.

6. PREMIOS.-

Dos premios de SEISCIENTOS EUROS (600,00 €) cada uno, sujetos a la retención fiscal vigente, a las cartas con las siguientes temáticas específicas:

a) Contigo en la distancia. El amor en tiempos de pandemia.
b) Amores de bolero.

Los/as destinatarios/as de las cartas podrán ser reales o ficticios.

Los premios podrán ser declarados desiertos si el jurado considera que ninguna obra tiene la calidad suficiente. Se podrán conceder los dos premios a una de las temáticas, dejando la otra desierta.

7. PLAZO Y FORMA DE PRESENTACIÓN.-

El plazo de presentación de las solicitudes será desde el día siguiente a la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia hasta el 29 de mayo de 2021.

Sólo se admitirá una carta por cada concursante, que debe firmarse con un seudónimo. La autoría del texto deberá justificarse aportando una declaración jurada manifestando ser autor/a y propietario/a intelectual de la obra.

Los trabajos deben ser originales e inéditos, escritos en castellano, con una extensión máxima de una página DIN A4, cuerpo de letra 12 y espacio sencillo.

Los trabajos se presentarán a través del Registro General, de forma presencial o por correo postal en la siguiente dirección: EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ARUCAS calle Alcalde Suárez Franchy, nº 11 – 35400 Arucas Gran Canaria Las Palmas España, con la siguiente documentación:

a) Anexo I de estas bases, debidamente cumplimentado y firmado.
b) Un sobre en cuyo exterior se especifique XI CERTAMEN DE CARTAS DE AMOR “EN AMOR A DOS” incluyendo tres copias de la carta y otro sobre cerrado en el interior del primero, con los datos personales (nombre completo, dirección, fotocopia del DNI o pasaporte, teléfono de contacto y una dirección de correo electrónico).

La participación en esta convocatoria supone la aceptación incondicionada del contenido de la totalidad de las bases, el procedimiento y el veredicto del jurado, sin salvedad o reserva alguna, así como la autorización para consultar los datos recogidos.

8. JURADO.-

El jurado estará integrado por:
• Presidente, el Concejal de Cultura y Patrimonio Histórico.
• 2 personas relacionadas con el mundo de la Cultura, la Música y la Literatura, invitadas por la Biblioteca Municipal.
• Secretario/a, con voz pero sin voto, será asumida por un/a funcionario/a municipal.

9. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE SOLICITUDES.-

La selección de las cartas ganadoras atenderá a los siguientes criterios:
• Mejor concepción narrativa de los temas propuestos, 3 puntos.
• Originalidad y calidad literaria, 3 puntos.
• Estilo y corrección gramatical y ortográfica, 2 puntos.
• Presencia de cualquier referencia relativa a Arucas en la obra, 1 punto.

10. DIFUSIÓN Y PUBLICACIÓN.-

El/a participante cederá al El Excmo. Ayuntamiento de Arucas los derechos de autor/a de la obra.

El Excmo. Ayuntamiento de Arucas, a través de la Biblioteca Municipal, podrá difundir y hacer uso público de las cartas ganadoras, para su promoción y la del propio concurso.

11. PLAZO DE RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN.-

El fallo del jurado se hará público el 24 de octubre de 2021, con motivo del Día de las Bibliotecas.

La resolución del procedimiento se notificará a los interesados de acuerdo con lo pre- visto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La práctica de dicha notificación o publicación se ajustará a las disposiciones contenidas en los artículos 42 y siguientes de la citada Ley.

Contra los actos de resolución expresa podrán interponerse potestativamente recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, o bien directamente Recurso Contencioso Administrativo.

 

Fuente y Anexo

 



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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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