PREMIO VALÈNCIA NOVA DE ENSAYO 2021 (España)



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PREMIO VALÈNCIA NOVA DE ENSAYO 2021 (España)

31:03:2021

Género:  Ensayo

Premio:   5.000 € y edición

Abierto a:  mayores de 18 años y que no hayan superado los 35 años

Entidad convocante:  Institució Alfons el Magnànim - Centre Valencià d’Estudis i d’Investigació

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  31:03:2021

 

BASES

 

CONVOCATORIA DEL PREMIO VALÈNCIA NOVA DE ENSAYO DE LA INSTITUCIÓ ALFONS EL MAGNÀNIM-CENTRE VALENCIÀ D’ESTUDIS I D’INVESTIGACIÓ CORRESPONDIENTE AL AÑO 2021.

1.- Objeto, condiciones y finalidad.
El objeto de esta convocatoria abierta es la regulación del Premio València Nova de ensayo en régimen de concurrencia competitiva con la finalidad de continuar fomentado la creatividad literaria y la divulgación de la cultura en sus distintas manifestaciones, incluyendo la edición y la difusión de la obra ganadora.

2.- Bases Reguladoras.
La presente convocatoria se regirá por La Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de València, aprobada por acuerdo de Pleno de 28 de marzo de 2017 y publicada en el BOP nº 101, de 29 de mayo de 2017.
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3.- Consignación presupuestaria y cuantía.
Para atender las obligaciones de contenido económico que se derivan de la concesión del premio se reserva la cantidad de 5.000 euros con cargo a la aplicación 330 33402 48100 del presupuesto de gastos de 2021.
El/la ganador/a recibirá un premio de 5.000 euros, sujetos a la fiscalidad vigente.

4.- Requisitos para participar y formato de la obra.
Podrán participar todas las personas que hayan cumplido 18 años el día de finalización del plazo de presentación de las obras y que no hayan superado los 35 años el día de finalización del plazo de presentación de las obras.

No se podrán presentar aquellos autores o autoras que hayan ganado el premio en las cinco ediciones anteriores, ni las obras que también concurran al premio València de esta convocatoria.

En caso de presentar más de una obra se hará por separado y cada una de ellas irá acompañada con su correspondiente solicitud.

En cualquier caso, no podrán obtener la condición de beneficiario las personas en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones. Asimismo, tampoco podrán obtener esta condición las personas que sean deudoras de la Diputación de València o de sus entes dependientes por conceptos distintos de los tributarios.

La obra presentada tendrá que tener las siguientes características:
• Los trabajos podrán ser de cualquier campo del conocimiento (humanidades, historia, ciencias sociales, ciencias físico-naturales y otros).
• Los trabajos pueden desarrollar un tema único o varios temas íntimamente relacionados, pero no podrán ser simples recopilaciones de artículos.
• Tendrá que ser original, inédita, y no haber sido premiada en otros concursos ni estar pendiente de veredicto en la fecha en que finalice el plazo de presentación. En el caso de ser premiada en otro concurso deberá, antes de que finalice dicho plazo, comunicarlo por escrito a la Institució Alfons el Magnànim.
• Puede estar escrita en valenciano o en castellano. La obra se editará en valenciano, traduciéndola si es necesario.
• Tendrá el siguiente formato: tamaño DIN A4, con los cuatro márgenes a 2,5 cm, con tipo de letra Times New Roman, un tamaño de 12 puntos, un interlineado de 1,5.y tener una extensión no inferior a los 400.000 caracteres con espacios ni superior a 525.000 caracteres con espacios.
• No irá firmada por el autor o autora y estará exenta de cualquier signo, marca o dato que le identifique.
• En la portada se incluirá: el título de la obra presentada, un lema o seudónimo, así como también un resumen de un párrafo de la obra y un resumen en inglés de 300 palabras.

5.- Publicación de la convocatoria y plazo de presentación.
La convocatoria se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y un extracto de la misma en el Boletín oficial de la Provincia de València de acuerdo con el procedimiento establecido en la Ley General de Subvenciones.
Además, a efectos de notificación a los interesados, la resolución de las obras admitidas al concurso y las no admitidas por no reunir los requisitos establecidos, se publicará en el BOP.
Este sistema no impedirá la publicidad adicional que pueda realizarse en la página web alfonselmagnanim.net de la Institució Alfons el Magnànim - Centre Valencià d’Estudis i d’Investigació.
El plazo de presentación de las obras comenzará a las 0:00 horas del día 1 de febrero de 2021 y finalizará el 31 marzo de 2021 a las 23:59 horas (España peninsular).

6.- Forma de presentación
Para presentar la candidatura es necesario seguir el siguiente procedimiento que consta de 2 fases diferenciadas:
1. En primer lugar, la inscripción se realizará online a través de la página web alfonselmagnanim.net mediante una plataforma digital específica. Las obras se presentarán de forma anónima en PDF inferior a 5 MB. Seguidamente se cumplimentará la plica online con los datos del autor (nombre apellidos, dirección postal, teléfono, etc.) y se adjuntará en formato PDF los siguientes documentos:
• DNI, pasaporte o cualquier otro documento de identificación válido en Derecho.
• una breve referencia biográfica.
• una declaración jurada de que la obra es original, inédita, que está libre de cualquier compromiso de edición, que no ha sido premiada en otros concursos y que no está pendiente de veredicto en la fecha en que finalice el plazo de presentación.

Una vez cumplimentado todos los requisitos solicitados se generará un justificante de inscripción.

2. Posteriormente y dentro del plazo de presentación se presentara la solicitud mediante uno de los siguientes medios:
a) En la sede electrónica de la Diputación de València (necesario disponer de firma electrónica) anexando como documento adjunto el justificante de inscripción en formato PDF.
b) De manera presencial: En el Registro General de Entrada (calle Serranos, nº 2 bajo, 46003 València), incluyendo junto a la solicitud (según modelo anexo) el justificante de inscripción.
c) En cualquier de los lugares establecidos en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, incluyendo siempre tanto la solicitud, como el justificante de inscripción (en formato PDF o en papel, según el medio elegido).

Es imprescindible realizar las dos fases del procedimiento, en plazo y forma establecido, para que la presentación de las obras sea válida.

Serán excluidas del concurso aquellas obras presentadas mediante formulario online que no hubieran aportado la solicitud antes del 31 de marzo de 2021.

Las solicitudes solo podrán ser reformuladas dentro del período y los plazos establecidos para la presentación de solicitudes, entendiéndose como válida la última solicitud presentada en plazo

7.- Criterio de valoración y evaluación de las obras.
El Jurado, en la evaluación de los trabajos presentados por los solicitantes tendrá en cuenta los siguientes aspectos que, puntuará en base a sus conocimientos y experiencia técnicos y literarios:
• Claridad y corrección en la exposición y presentación.
• Originalidad e innovación en el tema desarrollado.
• Tratamiento, monográfico o no, de aspectos de relevancia para la sociedad valenciana.

Cada uno de estos aspectos se valorará del 1 al 5, resultando ganadora la obra que mayor puntuación obtenga. En caso de empate el miembro del jurado de más edad ostentará el voto de calidad.

8.- Comisión de valoración.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación de Valencia, el jurado calificador, cuyo fallo será inapelable, estará formado por cuatro vocales especialistas de reconocida competencia en el campo de las humanidades, la historia, las ciencias sociales y las ciencias físico-naturales. Un presidente o presidenta, que será el diputado o la diputada de la Institució Alfons el Magnànim y un/a Secretario/a (cuyo nombramiento recaerá sobre personal funcionario del Área de Cultura).
El jurado decidirá motivadamente y propondrá la concesión de los premios o su consideración que deben declararse desiertos.

La relación de miembros del jurado, así como las fechas para la deliberación de la concesión del premio serán publicadas en un decreto posterior a la publicación de esta convocatoria, según lo dispuesto en el decreto del presidente de la Diputación núm. 9090/2019, de 23 de julio, punto quinto letra i.

La Institució Alfons el Magnànim podrá encomendar a un comité de lectura una primera preselección de las obras, para que determine las obras finalistas.

9.- Instrucción, ordenación y resolución.
La instrucción y ordenación del procedimiento corresponde a la Institució Alfons el Magnànim- Centre Valencià d’Estudis i d’Investigació.

El acta del Jurado contendrá la propuesta de resolución que se elevará a la Junta de Gobierno de la Diputació de València, que resolverá la concesión del premio en virtud de la delegación efectuada por el Presidente de la Diputación, por Decreto núm. 11284, de 4 de octubre de 2019 (artículo 9.4 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de RJSP).

10.- Edición y distribución de la obra.
Para facilitar la edición y la distribución de la obra la Institució Alfons el Magnànim-Centre Valencià d’Estudis i d’Investigació podrá ceder el derecho de publicación a una editorial, que editará el libro de acuerdo con la legalidad vigente. En este caso se deberá mencionar que la obra es ganadora del Premio València Nova de ensayo de la Institució Alfons el Magnànim y el año en todos aquellos soportes en los que se edite.

11.-Obligaciones del ganador previas a la concesión.
Antes de la propuesta definitiva de adjudicación del Premio el ganador/ganadora habrá de presentar:
• Declaración responsable de no estar incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la ley General de Subvenciones.
• Consentimiento de consulta por la Institució Alfons el Magnànim a la Tesorería General de la Seguridad Social y Agencia Estatal de la Administración Tributaria para solicitar información que acredite que está al corriente de su obligación con la seguridad social y tributaria.
• Si no tiene residencia fiscal en España, certificado expedido por la autoridad fiscal competente del país de que se trate, que acredite la residencia fiscal.

12.- Resolución, aceptación y normativa aplicable.
La resolución, que pone fin a la vía administrativa, será notificada a la persona ganadora en un plazo máximo de seis meses contados a partir de la publicación de la convocatoria. Tras la notificación, en el plazo de quince días hábiles el/la ganador/a deberá aceptar el premio. La aceptación del premio comporta las siguientes obligaciones para la persona ganadora:
• Garantizar la autoría y originalidad de la obra, incluso frente a reclamaciones de terceros.
• A subscribir contrato de cesión en exclusiva de los derechos de edición.
• Asistir a la gala de entrega del galardón.
• Participar en los actos de promoción de la obra.

En caso de disconformidad la presente convocatoria se rige por los dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley, la Ordenanza General de subvenciones de la Diputación de València, las bases de Ejecución del Presupuesto de esta Diputación para el ejercicio 2021, así como lo previsto en el resto de normativa concordante con la citada legislación.

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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