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PREMIO "FRANCISCO TOMÁS Y VALIENTE" 2020 (España)
20:12:2020
Género: Ensayo
Premio: 12.000 € y edición
Abierto a: sin restricciones
Entidad convocante: Tribunal Constitucional y el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales
País de la entidad convocante: España
Fecha de cierre: 20:12:2020
BASES
El 20 de noviembre se ha publicado en el BOE el extracto de la Resolución de 16 de noviembre de 2020, del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, por la que se convoca el Premio "Francisco Tomás y Valiente" 2020.
El plazo para la presentación de las candidaturas finaliza el 20 de diciembre.
Resolución de 16 de noviembre de 2020, del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, por la que se convoca el Premio “Francisco Tomás y Valiente” 2020.
El Tribunal Constitucional y el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, deseando honrar la memoria del Excmo. Sr. D. Francisco Tomás y Valiente, decidieron en 1996 instituir conjuntamente un galardón que lleve el nombre de quien fuera insigne historiador y jurista, para estimular los estudios académicos sobre Constitución y justicia constitucional, a la que el homenajeado dedicó sus mejores esfuerzos, bajo el signo de la libertad y la tolerancia, como Profesor, Magistrado y Presidente del Tribunal Constitucional.
El Premio "Francisco Tomás y Valiente", de carácter bienal, se convocó por última vez en el año 2017.
Por todo ello, en virtud de lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de dicha Ley y en la Orden PCM/984/2020, de 19 de octubre (BOE nº 279, de 22 de octubre), por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión del Premio “Francisco Tomas y Valiente” por el Tribunal Constitucional y el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, y de lo acordado en el protocolo suscrito el 4 de mayo de 2020 a tal efecto, la Dirección del CEPC convoca el Premio “Francisco Tomás y Valiente” correspondiente al año 2020, con arreglo a las siguientes bases:
Primera.
Se convoca el Premio “Francisco Tomás y Valiente” de ensayos sobre Constitución y justicia constitucional, instituido conjuntamente por el Tribunal Constitucional y el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, correspondiente al año 2020, cuya convocatoria se efectúa en régimen de concurrencia competitiva.
Segunda.
1. Podrán presentarse a los premios regulados por la presente resolución las personas físicas, españolas o extranjeras, que sean autoras de obra científica, original e inédita, que verse sobre cualesquiera aspectos históricos o actuales, de la Constitución y de la Justicia Constitucional, tanto desde un enfoque estrictamente teórico como a partir de experiencias determinadas de un ordenamiento nacional o de varios, en perspectiva comparada.
La extensión de las obras originales será libre. Las obras podrán ser escritas en cualquiera de las lenguas oficiales españolas, acompañada de traducción en lengua castellana.
2. Los solicitantes, para obtener la condición de beneficiario, no podrán incurrir en ninguna de las causas de inhabilitación previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y, en particular, deberán estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Tercera.
El premio conlleva una dotación de doce mil euros (12.000 €).
Del importe del premio, seis mil euros (6.000 €) se financiarán con cargo a la aplicación presupuestaria 25.101.462M.482 del presupuesto de gastos del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales y otros seis mil euros (6.000 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 04.01.911P.227.06 presupuesto de gastos del Tribunal Constitucional.
El Presidente del Tribunal Constitucional y la Directora del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales expedirán un Diploma acreditativo a la persona que resulte ganadora del premio.
Cuarta.
1. La presentación de las obras que opten al premio se realizará en el Registro General del CEPC, sito en la Plaza de la Marina Española 9, Madrid – 28071, o por cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Las candidaturas al premio deberán constar de seis ejemplares de la obra en papel, más un ejemplar en soporte electrónico (pen drive o CD ROM), sin que figure la identidad ni ningún dato personal del/de la autor/a, únicamente su seudónimo (nombre ficticio) y el título de la obra.
Junto a la obra se presentará un sobre cerrado, en cuyo exterior figurará, como remitente, el seudónimo y, como destinatario, Premio “Francisco Tomás y Valiente” 2020, título de la obra, CEPC y dirección del CEPC. En su interior se incluirán los datos personales del/de la autor/a, un curriculum vitae de no más de dos páginas, y una declaración responsable, cuyo modelo se incluye como anexo a esta convocatoria, mediante la que se acredite no estar incurso/a en alguno de los supuestos del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17de noviembre.
3. La presentación de la candidatura conllevará la autorización del/de la solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, en cuyo caso no deberán aportarse las correspondientes certificaciones. No obstante, el/la solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces dichas certificaciones.
Los/as solicitantes que no tengan su residencia fiscal en territorio español deberán presentar además un certificado de residencia fiscal emitido por las autoridades competentes de su país de residencia.
4. El plazo para la presentación de las candidaturas será de un mes, a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".
Quinta.
Corresponde la instrucción del procedimiento de concesión del premio a la Subdirección General de Estudios e Investigación del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.
Sexta.
1. La propuesta de concesión la realizará un Jurado presidido por el Presidente del Tribunal Constitucional. Ostentará la vicepresidencia la Directora del CEPC. Contará además con tres vocales:
a) D. Antonio Narváez Rodríguez, Magistrado del Tribunal Constitucional, y D. Javier Jiménez Campo, Catedrático de universidad, ambos designados por el Presidente del Tribunal Constitucional
b) D. Francisco Balaguer Callejón, Catedrático de universidad, designado por la Directora del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.
c) Ejercerá la Secretaría el Secretario General del Tribunal Constitucional.
2. En lo no previsto expresamente en estas bases o en las convocatorias correspondientes, el funcionamiento de los Jurados se regirá por lo establecido para los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Séptima.
El Jurado evaluará las obras presentadas, teniendo en cuenta como criterios objetivos de concesión del premio:
Su estructura y metodología,
Su carácter innovador,
La aportación original que contenga en relación con el ámbito material del Premio.
Todos ellos serán considerados igualmente importantes a efectos de su ponderación.
Mediante informe motivado, el Jurado propondrá un candidato o candidata para el Premio o bien que se declare desierta la convocatoria.
Octava.
1. El órgano instructor, a la vista del informe del Jurado, formulará la propuesta de resolución, debidamente motivada, que tendrá el carácter de definitiva, y hará referencia expresa a la desestimación del resto de las obras presentadas; y la elevará junto con el informe a la Directora del CEPC, que resolverá.
Si, a juicio del Jurado, ninguna candidatura reuniera los requisitos suficientes, el premio podrá ser declarado desierto.
2. El plazo máximo de resolución será de tres meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de la presente convocatoria.
3. La resolución, que será notificada a los interesados mediante su publicación en la página web del CEPC, www.cepc.gob.es, pone fin a la vía administrativa y contra ella se podrá interponer recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, o ser impugnada directamente ante el orden jurisdiccional contencioso administrativo en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con los artículos 9.c) y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Novena.
1. El CEPC facilitará información sobre este premio y su convocatoria a través de la Subdirección General de Estudios e Investigación, Tfno. 91 422 8902 / 8980, en el correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y a través de la página web: www.cepc.gob.es, donde se expondrán la orden de bases y la presente convocatoria y se hará pública la composición y el fallo del Jurado.
2. Las obras no premiadas podrán ser retiradas por los/as autores/as, en un plazo de tres meses, finalizado el cual se procederá a su destrucción para proteger los derechos de propiedad intelectual.
Décima.
1. La participación en la presente convocatoria supone la aceptación expresa de todas sus bases.
2. La presentación de la obra supondrá, para el caso de que resulte premiada, la cesión gratuita de derechos de autor, a efectos de su publicación por parte del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, en coedición con el Tribunal Constitucional, en las condiciones que ambos acuerden, para una única edición, con una tirada no superior a 2.000 ejemplares. Para sucesivas ediciones, el/la autor/a tendrá plena libertad editorial. En cualquier edición posterior se hará constar la expresión “Premio Francisco Tomás y Valiente 2020” otorgado conjuntamente por el Tribunal Constitucional y el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.
Fuente y Anexo: www.cepc.gob.es/investigacion/premiosalainvestigacion/premio-francisco-tomas-y-valiente
Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.