CONCURSO DE DESARROLLO DE PROYECTOS DE SERIES DE FICCIÓN PARA TELEVISIÓN Y PLATAFORMAS DIGITALES FNA 2020 (Argentina)



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CONCURSO DE DESARROLLO DE PROYECTOS DE SERIES DE FICCIÓN PARA TELEVISIÓN Y PLATAFORMAS DIGITALES FNA 2020 (Argentina)

15:10:2020

Género:  Guion

Premio:   $ 50.000 y tutoría

Abierto a:  argentinos y extranjeros mayores de 18 años que residan legalmente en la República Argentina

Entidad convocante:  Fondo Nacional de las Artes

País de la entidad convocante:  Argentina

Fecha de cierre:  15:10:2020

 

BASES

 

MARCO GENERAL
Con el fin de reconocer y premiar la labor creativa de nuestros guionistas y de fomentar la actividad audiovisual en todo el territorio nacional, el FONDO NACIONAL DE LAS ARTES lanza el CONCURSO DE DESARROLLO DE PROYECTOS DE SERIES DE FICCIÓN PARA TELEVISIÓN Y PLATAFORMAS DIGITALES dirigido a argentinos y extranjeros que residan legalmente en el país.

OBJETIVOS
Acompañar la labor creativa de nuestros guionistas.
Promover la participación federal en la producción audiovisual.
Promover el desarrollo de proyectos de escritura audiovisual dirigidos a la industria nacional e iberoamericana.
Fomentar la creación literaria y la dramaturgia de historias para series de televisión y plataformas digitales.
Reconocer y valorar la diversidad cultural como elemento constituyente de nuestra identidad.

REGLAMENTO

ARTÍCULO 1º - LLAMADO A CONCURSO
El FONDO NACIONAL DE LAS ARTES llama a concurso a guionistas argentinos y extranjeros que residan legalmente en el país a fin de acompañar el desarrollo de proyecto (entendiéndose como tal el proceso de escritura de la historia, la trama, los personajes y el guión) del capítulo piloto de una serie de ficción para televisión y plataformas digitales de como mínimo SEIS (6) episodios de entre VEINTICUATRO (24) Y SESENTA (60) minutos de duración cada uno, mediante la prestación de asistencia económica y técnico - académica.
Los proyectos a concursar serán de género libre.

ARTÍCULO 2º - INSCRIPCIÓN
Fecha de inscripción: del 24 de septiembre al 15 de octubre del 2020.
La inscripción deberá realizarse on-line, a través de la Plataforma digital del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES: app.fnartes.gob.ar.
Los participantes deberán registrarse como usuarios, completar el formulario y subir el archivo del proyecto a concursar.
En el caso de tratarse de un proyecto de autoría compartida, todos los co-autores deberán estar registrados en la Plataforma. Asimismo, deberán adjuntar una nota firmada por cada uno de los co-autores –con aclaración y número de documento- en la cual designan a un Representante/Responsable ante el FONDO NACIONAL DE LAS ARTES y aceptan las condiciones detalladas en el Reglamento del Concurso.

ARTÍCULO 3º - CRONOGRAMA
Plazo de inscripción: 24 de septiembre al 15 de octubre del 2020. Proceso de evaluación: octubre - noviembre
Comunicación de seleccionados: diciembre Desarrollo del proyecto: enero-marzo 2021 Presentación del material e informe final: abril 2021

ARTÍCULO 4° - BENEFICIARIOS
Se seleccionarán DIEZ (10) proyectos titulares y CINCO (5) suplentes, distribuidos equitativamente entre las regiones detalladas en el Artículo 5° del presente reglamento.

ARTÍCULO 5° - REGIONES
Atento a criterios demográficos basados en información estadística recabada en nuestras últimas convocatorias y con el fin de promover la diversidad cultural y la participación federal en la producción audiovisual se establecen las siguientes regiones que concursarán por los beneficios establecidos en el Artículo 6° del presente reglamento:

REGIÓN 1 - Ciudad de Buenos Aires REGIÓN 2 - Provincia de Buenos Aires REGIÓN 3 - Córdoba, Santa Fe, Entre Ríos
REGIÓN 4 - Jujuy, Salta, Misiones, Formosa, Corrientes, Chaco, Tucumán, La Rioja, Catamarca, Santiago del Estero.
REGIÓN 5 - La Pampa, Tierra del Fuego, Chubut, Santa Cruz, Neuquén, Río Negro, San Luis, San Juan, Mendoza

Para la participación en cada región se tomará en cuenta:
a) El domicilio de residencia manifestado en el formulario de inscripción;
b) Que el/la presentante haya nacido en alguna provincia de la región seleccionada y, aunque no resida en ella actualmente, el argumento de su proyecto suceda en ese territorio o incluya elementos identitarios que lo vinculen con el mismo.

ARTÍCULO 6º - AYUDA ECONÓMICA Y TUTORÍAS
Cada GUIONISTA SELECCIONADO será beneficiado con un monto total de PESOS CINCUENTA MIL ($50.000.-) en concepto de asistencia económica y recibirá asesoramiento técnico- académico de un tutor de reconocida trayectoria.
En el caso de proyectos de autoría compartida, tanto las duplas como los equipos de guionistas recibirán un único beneficio económico si fueran seleccionados.

ARTÍCULO 7º - REQUISITOS
a) Podrán participar argentinos y extranjeros mayores de 18 años que residan legalmente en la República Argentina.
b) Deberán completarse los datos requeridos en el formulario de inscripción, indicando domicilio particular, localidad y provincia, mail personal, teléfono y/o celular de contacto. Deberán presentar copia del anverso y reverso del Documento Nacional de Identidad argentino otorgado por el Registro Nacional de las Personas (RENAPER). La constancia de DNI en trámite no acredita identidad. Los postulantes deberán residir legalmente en la República Argentina.
c) Los proyectos deberán presentarse exclusivamente en formato PDF, a través de la Plataforma digital FONDO NACIONAL DE LAS ARTES: app.fnartes.gob.ar
d) Cada participante podrá presentar como máximo DOS (2) proyectos pero no podrá ser seleccionado para más de UN (1) desarrollo.
e) Cada participante deberá presentar:
- Curriculum Vitae
- Un breve resumen o log line de la serie, que de idea de la esencia de la historia así como el atractivo emocional para estimular el interés (Máximo 400 caracteres con espacios) y una síntesis argumental de la serie en la que esté plasmada la historia desde su comienzo hasta su resolución (Máximo 12.000 caracteres con espacio).
f) Todo el material deberá ser presentado en letra Courier 12, interlineado 1,5 en un solo documento, en formato PDF.
g) En caso de resultar seleccionado se recomienda depositar en custodia como obra inédita no musical en la Dirección Nacional del Derecho de Autor el log line y la síntesis argumental de la serie.

Se tendrán por válidas todas las notificaciones que se efectúen al correo electrónico declarado por el postulante en el formulario de inscripción, siendo su responsabilidad mantenerlo actualizado para todo lo relativo a las comunicaciones posteriores al cierre de la convocatoria. En caso de declarar un correo electrónico inválido se tendrán por legítimas todas las comunicaciones e intimaciones dirigidas al mismo

ARTÍCULO 8º - RESTRICCIONES
a) Quedan excluidos de esta convocatoria los funcionarios y elpersonal de planta permanente y contratado que se desempeña en el FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.
b) No podrán participar los artistas que tengan relación de parentesco hasta el segundo (2º) grado consanguíneo y/o de afinidad con algún miembro del Directorio del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.
c) No podrán postularse las personas que durante el año 2019 hayan recibido una beca o ganado un Concurso dentro de cualquier convocatoria del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.
d) No serán tomadas en cuenta las solicitudes de beneficiarios de años anteriores de algún programa del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES que no hayan cumplido con los compromisos adquiridos, en los plazos estipulados según la reglamentación vigente.

ARTÍCULO 9º - JURADO/TUTORES
El Jurado, que estará integrado por personalidades de reconocida trayectoria, dará a conocer su dictamen dentro de los CUARENTA Y CINCO (45) días de haberse constituido. En tal sentido, se confeccionará un Acta con la nómina de proyectos seleccionados y suplentes que será elevada al Directorio del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES para su consideración y aprobación.
Asimismo, los miembros del Jurado serán los encargados de llevar adelante las tutorías con los GUIONISTAS SELECCIONADOS.

ARTÍCULO 10º - RESULTADOS
a) Los resultados de la convocatoria serán publicados en la página web fnartes.gob.ar.
b) Una vez publicados se notificará a los GUIONISTAS SELECCIONADOS, quienes deberán completar, dentro de los TRES (3) días hábiles subsiguiente, la siguiente documentación en la plataforma del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES::
- Nota de aceptación del beneficio
- Alta de Beneficiario
- Constancia de CBU de una cuenta propia.
- Constancia de inscripción ante AFIP, en caso de corresponder.
c) En caso de renuncias o vencimientos del plazo de aceptación, se procederá a la anulación del beneficio y a la exclusión del proceso de tutoría del proyecto correspondiente. El lugar vacante será ocupado por el proyecto suplente seleccionado para tal fin.

ARTÍCULO 11º - TRANSFERENCIAS
Aquellos GUIONISTAS SELECCIONADOS que cumplan con todos los requisitos establecidos en el artículo precedente recibirán el importe de la ayuda económica mediante transferencia bancaria a una cuenta propia. No se realizarán transferencias a cuentas de terceros.
La asistencia económica se abonará en dos estipendios: el primero, de PESOS CUARENTA MIL ($40.000.-), con la aceptación del beneficio; el segundo, de PESOS DIEZ MIL ($10.000.-) con la presentación del material desarrollado durante el proceso de tutoría.

ARTÍCULO 12º - CUMPLIMIENTO DEL PROYECTO
a) El proceso de desarrollo del proyecto se extenderá durante TRES (3) MESES. La convocatoria comprende la escritura de la sinopsis de la serie, el tratamiento argumental, la descripción de personajes, el guión del episodio piloto de la serie, una breve sinopsis de cada episodio de la primera temporada y una síntesis general de la segunda temporada, si la hubiere. El proyecto deberá estar diseñado para su presentación a nivel nacional e internacional.
b) Cada beneficiario contará con la asistencia obligatoria de un tutor de reconocida trayectoria designado por el FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, quien brindará asesoramiento técnico-académico y supervisará, acompañará y guiará el proceso creativo del GUIONISTA SELECCIONADO.
c) Las tutorías se llevarán a cabo mediante encuentros virtuales. En el primer encuentro el tutor informará al beneficiario la modalidad y el cronograma de trabajo, que será supervisado por el Director del Área Audiovisual del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES. Asimismo, se prevén posibles encuentros grupales virtuales en los que los participantes podrán en común cuestiones relativas a sus proyectos.

ARTÍCULO 13º - DIFUSIÓN DE LOS GUIONISTAS SELECCIONADOS
Por el hecho de participar con la presentación de sus proyectos en este Concurso, los postulantes prestan su conformidad, en caso de resultar seleccionados, para que se difunda su nombre, apellido, DNI, lugar de residencia, título del proyecto y de ser necesario una breve sinopsis del mismo, en el modo, lugar, formato, soporte y/o cualquier medio que determine el FONDO NACIONAL DE LAS ARTES por tiempo indefinido o instituciones autorizadas por éste, excluyendo toda otra utilización que persiga fines comerciales.
El FONDO NACIONAL DE LAS ARTES no asume el compromiso de publicar la obra resultante del proceso de desarrollo.
En caso de que el postulante beneficiado decidiera publicar el guión con posterioridad o se llevara adelante la producción de la serie deberá dejar constancia en los créditos correspondientes que ha sido ganador del presente Concurso.

ARTÍCULO 14º - PROPIEDAD INTELECTUAL
Los postulantes conservarán el Derecho de Propiedad Intelectual sobre la obra de acuerdo a la Ley 11.723.
El FNA conserva el derecho de realizar la difusión de los autores de los proyectos premiados en los términos descritos en el Artículo 13º del presente, sin que ello implique el derecho de pago de honorarios y/o importe alguno por cualquier concepto. En todos los casos se mencionará el nombre del autor.

ARTÍCULO 15º - DERECHOS DE AUTOR
La simple inscripción al presente Concurso equivale a una declaración jurada del/de los participante/s afirmándose como autor/es legítimo/s del proyecto.
En caso de obras en colaboración o de autoría conjunta los postulantes deberán acreditar fehacientemente que cuentan con la/s autorización/es de todos los autores para presentar la obra y el derecho al cobro en caso de resultar ganador.
En caso de tratarse de un proyecto de adaptación de una obra pre-existente deberá contar con la cesión u opción o conformidad de el/la autor/a o titular de los derechos.
Los postulantes garantizarán la indemnidad al FONDO NACIONAL DE LAS ARTES frente a eventuales reclamos que terceros pudieran articular.

ARTÍCULO 16º - SANCIONES
En caso de incumplimiento a las cláusulas del presente reglamento el Directorio del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES podrá aplicar las siguientes sanciones a quienes hayan sido receptores del beneficio:
- Dejar sin efecto el beneficio.
- Exigir el reintegro total de lo percibido.
- Inhabilitación, por el tiempo que el Directorio fije, para postularse como beneficiario de las actividades del Organismo.

ARTÍCULO 17º - ACEPTACIÓN DEL REGLAMENTO
El solo hecho de presentarse a la presente convocatoria implica por parte de los concursantes, el conocimiento y aceptación de las normas establecidas en este reglamento.

ARTÍCULO 18º - IMPREVISTOS
Toda circunstancia no prevista en las normas precedentes será resuelta por el Directorio del Fondo Nacional de las Artes.

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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