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4º PREMIOS LILÍ ALVAREZ (España)
11:10:2020
Género: Periodismo
Premio: 2.000 €
Abierto a: personas físicas que ejerzan habitualmente el periodismo, con nacionalidad española o residentes en España, mayores de 18 años
Entidad convocante: Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades (IMIO)
País de la entidad convocante: España
Fecha de cierre: 11:10:2020
BASES
El plazo de presentación el 12 de septiembre y finaliza a las 15 horas del día 11 de octubre de 2020
El Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades convoca la 4a Edición de los Premios “LILÍ ALVAREZ” de acuerdo a las siguientes condiciones:
1. Objetivo:
El objetivo de los Premios “Lili Alvarez", convocados por el Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades (IMIO) en colaboración con el Consejo Superior de Deportes (CSD), es destacar los trabajos periodísticos que mejor hayan contribuido a la difusión y defensa de la igualdad entre mujeres y hombres en el ámbito deportivo y a visibilizar el deporte femenino en España.
2. Categorías:
Se establecen cuatro categorías, según el formato del trabajo, difundidos tanto en medios convencionales -prensa, radio y televisión-, de ámbito estatal o autonómico, como en medios digitales u otros sitios de Internet (blogs, redes sociales, webs, etc.):
• Trabajos periodísticos de texto.
• Trabajos periodísticos gráficos.
• Trabajos periodísticos de radio.
• Trabajos periodísticos audiovisuales.
Los trabajos podrán ser de cualquier género periodístico (noticia, reportaje, crónica, entrevista, etc.) y de autoría individual o colectiva. En este último caso la candidatura deberá ser presentada conjuntamente o con autorización de cada persona co-autora.
3. Dotación y financiación:
La dotación del premio es de DOS MIL EUROS (2.000 €) para cada una de las categorías, incluyendo los impuestos que correspondan según la legislación vigente.
La financiación de estos premios se imputará al presupuesto de gastos del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, con cargo a la partida presupuestaria 25.104.232B. 481.04, del Capítulo de Subvenciones.
4. Requisitos de las personas participantes:
• Podrán participar personas físicas que ejerzan habitualmente el periodismo, con nacionalidad española o residentes en España y con 18 años cumplidos a 1 de enero de 2018.
• Los trabajos deberán haber sido publicados entre el 1 de enero de 2018 y la fecha de finalización del plazo para presentar candidaturas al concurso.
• Podrán presentarse trabajos en castellano o en cualquiera de las lenguas cooficiales del Estado.
• Cada concursante podrá optar simultáneamente a cualquiera de las categorías, con un trabajo como máximo en cada una de ellas.
• No se admitirán trabajos seleccionados o premiados en otros concursos.
5. Plazo y forma de presentación de candidaturas:
El plazo de presentación de candidaturas será de treinta días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, hasta las 15 horas del día de finalización del plazo.
Para difusión la convocatoria también se publicará en las páginas web oficiales del IMIO (www.inmujer.gob.es) y del CSD (csd.qob.es).
Deberá cumplimentarse y firmarse el Boletín de Inscripción y los anexos que correspondan por cada trabajo presentado, disponibles en las páginas web de ambos organismos, que junto con el resto de documentación requerida se podrá presentar:
• En el Registro General del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, en la C/ Condesa de Venadito n° 34, 28027-Madrid.
• En cualquiera de las oficinas y registros a los que hace referencia el punto 4 del art. 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigido al Registro General del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, indicando en el sobre ‘Premios “Lili Álvarez”.
• En la sede electrónica del Registro Electrónico Común de la Administración General del Estado cuya dirección es rec.redsara.es/reqistro/action/are/acceso.do, donde podrán presentar su solicitud (Anexo I) y el Anexo II y la documentación requerida, al amparo del art. 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En dicha dirección electrónica figuran las instrucciones necesarias respecto a los pasos a seguir para su utilización.
La firma electrónica reconocida en aquellos documentos que la incorporen será conforme al formato XAdES, que proporciona un código seguro de verificación (CSV) y genera un fichero con extensión xsig. Se marcará la opción huella del tiempo.
Para firmar electrónicamente en formato XAdES se puede descargar y utilizar el programa AutoFirma, del Ministerio de Hacienda, desde la siguiente URL: firmaelectronica.qob.es/Home/Descarqas.html
6. Documentación que debe de presentarse
Para participar en este concurso se debe presentar la siguiente documentación:
A. Documentación general:
• Copia auténtica, en los términos del artículo 27.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del documento de identidad acreditativo de la nacionalidad o residencia y edad de cada solicitante. La persona interesada o quien ostente su representación podrá prestar, en el modelo de solicitud, el consentimiento expreso para que el Instituto de la Mujer y de Igualdad de Oportunidades obtenga de forma directa, a través de medios electrónicos, los datos de identidad, según el artículo 6.3.a) de la Orden TAS/535/2007, de 23 de febrero.
• Formulario “Boletín de inscripción” (Anexo I) debidamente firmado. Si la autoría es compartida, deberá ir firmado por cada autor/a o incluir su autorización a participar (modelo Anexo II).
• Breve currículum vitae de cada uno de los autores o autoras que concurren al concurso, individual o colectivamente (2 páginas máximo cada uno).
• A efectos de valoración como mérito, deberá aportarse la titulación universitaria acreditativa de periodismo, comunicación audiovisual y/o publicidad.
B. Documentación específica por categorías:
Textos impresos y gráfica:
• Deberá presentarse en papel original o fotocopia compulsada de la página completa del medio escrito en el que haya sido publicado el trabajo.
• En caso de ser una publicación digital, una copia impresa en la que sea visible el sitio de internet o dirección URL en que se ha difundido.
En ambos casos, deberá constar igualmente la fecha de publicación y la autoría.
• Una copia en soporte digital (CD o DVD no regrabables) en archivo formato PDF para modalidad de texto, y en formato JPG con resolución mínima de 300 dpi, para modalidad de gráfica.
Trabajos de radio y audiovisuales.
• Videos: copia en formato .avi o ,mp4, con calidad suficiente para su valoración, preferentemente de 480p o 720p o 720x480.
• Audios: copia formato .mp3. con calidad suficiente para su valoración, preferentemente de 320 Kbps.
En ambos casos, en soporte CD o DVD no regrabables. Si el volumen de los archivos es grande, se admiten versiones comprimidas en formato .zip o varios CD o DVD, convenientemente rotulados por su orden.
Dossier de otros trabajos de la/s persona/s candidata/s, relacionados con los objetivos del premio y publicados durante el mismo periodo, a efectos de valoración. Podrá presentarse en papel o en el soporte digital.
En ningún caso podrá ser presentado un mismo trabajo con más de una autoría como candidaturas independientes. Si esto ocurriese, los criterios para determinar la candidatura válida serán, el orden de presentación en el Registro del IMIO y, el orden en el que aparecen como autores/as en la firma del trabajo, prevaleciendo en caso de duda el primer criterio.
7. Procedimiento de concesión.
Los premios serán concedidos mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios de objetividad, transparencia, igualdad y publicidad.
La Subdirección General de Programas del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades será el órgano competente para la instrucción del procedimiento de valoración, resolución y concesión del premio.
8. Jurado
- Composición:
1. Presidencia: titular de la Dirección del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, Beatriz Gimeno Reinoso o persona en quien delegue.
2. Vicepresidencia: titular de la Dirección General de Deportes del Consejo Superior de Deportes, Joaquín de Aristegui Laborde o persona en quien delegue.
3. Vocales:
• Titular de la Jefatura de Área de la Subdirección General de Programas del IMIO al cual está adscrito el Servicio de Educación y Deportes, Susana Molinero Herranz.
• Titular de la Subdirección Mujer y Deporte del Consejo Superior de Deportes, Nuria Garatachea Vallejo.
• Titular de la Jefatura de Servicio de Comunicación e Imagen del IMIO, María Jesús Ortiz Gómez.
• Titular de la Oficina de Prensa del Consejo Superior de Deportes, José Luis Bajo Benayas.
• Tres profesionales de los medios de comunicación de reconocido prestigio y serán: Ana José Cancio Pastor, Periodista de RNE; Luis Villarejo Alonso, Director de Deportes de la Agencia EFE y Almudena Rivera Martínez, Editora de Marca En Femenino.
4. Secretaría: funcionaría del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, que ocupa el Servicio de Educación y Deportes, Julia García García, que actuará con voz pero sin voto.
El nombramiento de suplentes se realizará entre el personal funcionario del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades o del Consejo Superior de Deportes, con nivel igual o superior al ostentado por el titular. Excepto en el caso de los profesionales de los medios de comunicación de reconocido prestigio, en que se designarán entre las personas que hayan resultados premiadas en ediciones anteriores o hayan participado en el jurado en ediciones anteriores.
El jurado se ajustará, en cuanto a su funcionamiento, a lo previsto en el Título Preliminar, Capitulo II, Sección 3a de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Funcionamiento
1. Para que el Jurado se constituya y pueda celebrar las sesiones válidamente se precisará del quorum de la mayoría de miembros.
2. Si ningún trabajo supera la mitad de la puntuación máxima, el jurado podrá optar por declarar desierto el Premio.
3. El fallo del Jurado será inapelable, teniendo además este la facultad de interpretar las bases y determinar las normas de funcionamiento, así como la exclusión de aquellos trabajos que se considere que no se ajustan a los objetos o requisitos del premio.
4. Si alguna persona integrante del jurado, tuviera alguna vinculación contractual, laboral, de financiación del proyecto o trabajo en el mismo medio de comunicación con alguna de las candidaturas presentadas al concurso en cualquier modalidad, esta persona se abstendrá en la votación del trabajo del autor/a con el que guarde relación.
El Jurado se ajustará, en cuanto a su funcionamiento, a lo previsto en el Título Preliminar, Capitulo II, Sección 3a de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Publico.
9. Criterios de valoración.
Los criterios y puntuación, con un máximo de 60 puntos, que aplicará el Jurado para la selección de las candidaturas ganadoras serán los siguientes:
a) Calidad periodística del trabajo, atendiendo a su rigor, originalidad e interés del contenido y calidad narrativa y/o fotográfica.
De 0 a 21 puntos: con un máximo de 7 puntos a cada aspecto contemplado (rigor, originalidad y calidad).
b) Tratamiento periodístico a favor de la igualdad en el deporte y la visibilización del deporte femenino y sus logros, especialmente en las modalidades más masculinizadas, atendiendo al respeto y reconocimiento de las deportistas y de su actividad, a la denuncia de la discriminación de género en el deporte y al espacio dedicado al tema.
De 0 a 24 puntos: con un máximo de 6 puntos a cada aspecto contemplado (visibilización, tratamiento, denuncia de discriminación y espacio).
c) Otros trabajos vinculados al objeto del premio, acreditados mediante el dossier indicado en el apartado 6 de estas bases.
De 0 a 8 puntos.
d) Alcance en la difusión del trabajo. El Jurado valorará la repercusión social del tipo de soporte en el que se ha publicado y/o los datos generales de difusión de los medios. Se tendrá en cuenta la repercusión según el espacio que el medio de comunicación dé al trabajo, la franja horaria de emisión, las audiencias posibles o medias, etc.
De 0 a 4 puntos.
e) Titulación en periodismo, comunicación audiovisual y/o publicidad.
Se otorgan 3 puntos a quien acredite dicha titulación.
Finalmente se obtendrá el total de puntuaciones de cada trabajo, y será seleccionado como ganador el que alcance la más alta, en cada una de las categorías. En caso de empate se aplicará el voto de calidad de la presidencia del Jurado.
10. Aceptación de las bases y cesión de derechos.
La participación en este concurso supone la aceptación íntegra e incondicional de las presentes bases y la cesión a las entidades convocantes de los derechos de reproducción, difusión y exposición de los trabajos premiados, en soportes propios, tanto impresos como digitales, con fines educativos y de sensibilización.
En el caso de que aparezcan imágenes de personas en las obras enviadas, queda entendido que se da su consentimiento para la reproducción o publicación de las mismas. En ningún caso serán utilizadas con otra finalidad diferente a la indicada en estas bases.
El derecho a la propia imagen es un derecho fundamental reconocido en el artículo
18.1. de la Constitución Española y desarrollado en la Ley 1/1982, de 5 de mayo sobre el derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, así como la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
En cumplimiento de esta normativa, los datos de carácter personal facilitados serán utilizados con fines de comunicación con la/s persona/s autora/s en las distintas fases del concurso, así como para la difusión del mismo.
En cualquier caso, podrá ejercerse el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición mediante comunicación escrita dirigida al Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, en la dirección postal C/ Condesa de Venadito 34, 28027 Madrid, o en la dirección de correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo..
11. Resolución y notificación del premio.
La titular de la Dirección del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, sobre la base del fallo del jurado, dictará la resolución de concesión de los premios.
Los premios otorgados se notificarán individualmente a las personas interesadas, en los términos previstos en los artículos 40, 41 y 42 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Así mismo, los premios otorgados serán publicados en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).
El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento a la persona o personas interesadas será de seis meses contados desde la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria.
Transcurrido el plazo máximo sin que se haya notificado la resolución, las personas interesadas habrán de entender desestimadas sus solicitudes, de acuerdo con lo previsto en el artículo 25.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
Los organismos convocantes podrán celebrar un acto público para la entrega de los premios, que sería presidido por representantes de los Ministerios competentes en función de la materia.
En todo caso, la concesión del premio se difundirá a través de los soportes de comunicación propios de los organismos convocantes.
La documentación relativa a las candidaturas que no resulten premiadas podrá ser recuperada por quienes la presentaron dentro de los 30 días hábiles siguientes a la fecha de publicación de la concesión de los premios, no responsabilizándose la Administración de los que no sean retirados en dicho plazo.
12.- Recursos
Contra la Resolución de concesión de los premios, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante la Dirección del Instituto de la Mujer y para la Igualdad de Oportunidades, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la notificación correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común; o bien ser impugnado mediante recurso contencioso-administrativo ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, en la forma y plazo previstos en los artículos 9 y
46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- administrativa (BOE 14/07/1998), sin que puedan simultanearse ambos recursos.
Fuente y Anexos: www.inmujer.gob.es/servRecursos/convocatorias/2020/IVPremiosLliliAlvarez.htm
Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.