PREMIO DE INVESTIGACIÓN POÉTICA PABLO GARCÍA BAENA 2020 (España)



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PREMIO DE INVESTIGACIÓN POÉTICA PABLO GARCÍA BAENA 2020 (España)

15:11:2020

Género:  Ensayo

Premio:   2.000 €, edición y 50 ejemplares

Abierto a:  mayores de edad

Entidad convocante:  Universidad de Córdoba

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  15:11:2020

 

BASES

 

Convocatoria del Premio de Investigación Poética Pablo García Baena 2020

Acuerdo de Consejo de Gobierno, en sesión ordinaria de 28 de mayo de 2020, por el que seconvoca el Premio de Investigación Poética Pablo García Baena 2020.

Artículo 1. Objeto.

1. Mediante la presente resolución se convoca el “Premio Pablo García Baena 2020” de la Universidad de Córdoba, con el objetivo de premiar el mejor ensayo en español sobre la poesía española desde la segunda mitad del siglo XX.

2. El montante económico del premio se imputará a la aplicación presupuestaria 10 154100 422D 226.08

Artículo 2. Normativa aplicable.

El Premio de investigación poética “Pablo García Baena 2020” de la Universidad de Córdoba se regirá por la presente convocatoria, por el Texto Refundido 1/2020 del Reglamento de las Bases reguladoras del Premio de investigación poética Pablo García Baena, así como por la normativa universitaria y el resto del ordenamiento jurídico-administrativo que resulten de aplicación.

Artículo 3. Requisitos de las personas participantes y presentación de los trabajos.

1. Podrán optar al premio “Pablo García Baena 2020” aquellas personas mayores de edad con interés en la investigación sobre la poesía española de la segunda mitad del siglo XX.

2. No podrá otorgarse el premio a quien lo haya recibido con anterioridad.

Artículo 4. Características de los trabajos presentados.

1. Los trabajos presentados deberán ser individuales y rigurosamente inéditos, no pudiendo estar pendientes de resolución en otro certamen ni haber sido premiados en otros concursos (incluidos accésits).

2. La extensión de los originales no sobrepasará las 150 páginas ni será inferior a 100.

Artículo 5. Lugar y forma de presentación de los trabajos.

1. Los trabajos para optar al premio “Pablo García Baena”, junto con la documentación necesaria, se dirigirán al Vicerrectorado de Cultura, Comunicación y Proyección Social de la Universidad de Córdoba, y se podrá presentar de manera presencial en el Registro General de Rectorado, en el Registro Auxiliar del Campus de Rabanales (Edificio Paraninfo) o en el Registro de la Escuela Politécnica Superior de Belmez (Córdoba), de manera telemática a través de la administración electrónica de la UCO, así como por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. Los trabajos se entregarán bajo plica identificados únicamente con el título. En sobre cerrado se detallará el nombre, apellidos, dirección, teléfono, correo electrónico y breve currículum del autor o autora. En el exterior del sobre solo se indicará el título del trabajo.
Se presentarán encuadernados por triplicado, mecanografiados, en papel tamaño DIN A4, tipo de letra Times New Roman (12 pt.), a dos espacios y solo por una cara, sin ilustraciones.
Se adjuntará también una copia en CD, identificada solamente con el título de la obra.

3. Los trabajos presentados que no resulten premiados no se devolverán a sus autores.

Artículo 6. Documentación acreditativa.

1. Junto con el trabajo de investigación poética que se presente se deberá también aportar una declaración del autor o autora en la que manifieste que el trabajo presentado es original e inédito y no está sujeto a compromiso de edición ni ha sido presentado a ningún otro certamen que esté pendiente de resolución.

2. Asimismo, deberá también presentarse:
a) Declaración expresa del/de la candidato/a, en cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, en la que queda informado de que sus datos serán incluidos en un fichero de datos de carácter personal titularidad de la Universidad de Córdoba, que garantiza la seguridad y confidencialidad de los datos y cuya finalidad es la gestión de convocatorias de ayudas, premios y subvenciones gestionados por la Universidad de Córdoba y la gestión económica derivada de estas, estando previsto cederlos a organismos públicos con competencia en la materia.
b) Reconocimiento expreso del/de la candidato/a que queda informado/a de que puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad y oposición.
c) Autorización expresa del/de la candidato/a a que la Universidad de Córdoba pueda utilizar, publicar o divulgar su nombre y su imagen en las comunicaciones que realice de carácter informativo o divulgativo, tanto en medios de comunicación escritos en soporte físico como en Internet.

Artículo 7. Plazo de presentación de trabajos.

El plazo de presentación de trabajos se abrirá el día 2 de septiembre de 2020 y se cerrará el día 15 de noviembre de 2020, ambos inclusive.

Artículo 8. Premio.

1. El Premio “Pablo García Baena 2020” consistirá una dotación de 2 000 euros. Adicionalmente, la Universidad de Córdoba asumirá a través de su editorial UCOPRESS la publicación de una primera edición del trabajo premiado, de los que 50 serán entregados a la persona que haya obtenido el premio.
A tal efecto la persona premiada deberá adaptar el trabajo presentado a las normas de publicación de la editorial UCOPRESS.

2. El premio tendrá el tratamiento fiscal que corresponda conforme a la normativa vigente.

3. La entrega del premio se realizará en un acto público coincidiendo con la celebración de la festividad de Santo Tomás de Aquino.

Artículo 9. Subsanación de errores, ordenación e instrucción.

1. Si la solicitud no reuniera alguno de los requisitos establecidos en esta convocatoria o en las correspondientes Bases, o cualquiera de los previstos en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, se otorgará un plazo a las personas solicitantes para que subsanen las faltas o acompañen los documentos preceptivos. Si no lo hicieren se tendrá por desistida la solicitud.

2. Tras la subsanación de las solicitudes incompletas, en su caso, se procederá a publicar el listado de los trabajos admitidos al procedimiento.

3. El órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento realizará de oficio cuantas actuaciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba dictarse la resolución de concesión.

Artículo 10. Criterios de valoración de los trabajos presentados.

1. El Premio se concederá sobre la base de los siguientes criterios de valoración:
a) Aportación significativa a los estudios de poesía española.
b) Originalidad.
c) Calidad de la investigación.

Artículo 11. Decisión del Jurado.

1. El Jurado podrá declarar desierto el premio en el caso de considerar que ninguno de los trabajos presentados reúne los méritos o la calidad suficientes.

2. La decisión del Jurado será inapelable, resultando de la participación la aceptación de los contenidos de las bases reguladoras y de esta convocatoria.

3. Todas las decisiones del Jurado se harán públicas a través de la página web del Área de Cultura de la Universidad de Córdoba. Además, la concesión del Premio se publicará en el Boletín Oficial de la Universidad de Córdoba.

Artículo 12. Derechos de propiedad intelectual y de explotación.

Los derechos de propiedad intelectual sobre el trabajo premiado corresponderán al autor del mismo. A la Universidad de Córdoba le corresponderán los derechos de explotación del trabajo en su primera edición, que será publicada por la Universidad de Córdoba a través de su editorial UCOPRESS.
Los ejemplares de los trabajos presentados no serán devueltos.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponer, si a su
derecho conviene, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a la notificación de la presente resolución, ante este Consejo de Gobierno (artículos 123 a 126 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), o recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses siguientes a la fecha de notificación de la presente resolución ante el Juzgado de lo Contencioso- Administrativo de Córdoba (arts. 6.4 de la LOU y 8.3 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).

 

Fuente

 



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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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