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APOYO A PROYECTOS DE TRADUCCIÓN LITERARIA EUROPA CREATIVA 2016 (UE)

27:04:2016

Género: Traducción

Premio: subvención de un máximo de 100.000 EUR

Abierto a: editores o editoriales legalmente establecidos en Estados miembros de la UE, países adherentes, países candidatos y candidatos potenciales, países de la AELC, la Confederación Suiza y países del espacio europeo de vecindad

Entidad convocante:  Europa Creativa

País de la entidad convocante: UE

Fecha de cierre:   27:04:2016

 

BASES

 
EUROPA CREATIVA (2014-2020)
Subprograma Cultura
Convocatoria de propuestas EACEA/13/2016

Ejecucin de los proyectos del subprograma Cultura: proyectos de traducción literaria.

 Introducción
 
La presente convocatoria de propuestas se basa en el Reglamento nº 1295/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11/12/2013, por el que se establece el programa Europa Creativa (2014-2020), en lo sucesivo, «el Reglamento» y, en particular, en su capítulo III, artículos 12 y 13, relativos a la ejecución del subprograma Cultura y su corrigendum de 27 de junio de 2014.
www.escritores.org
 La presente convocatoria se refiere a los proyectos que se van a ejecutar en el marco del subprograma Cultura. Las condiciones detalladas de la presente convocatoria de propuestas figuran en las directrices para proyectos de traducción literaria, publicadas en el sitio web Europa (véase el apartado VI). Dichas directrices constituyen parte íntegra de la presente convocatoria de propuestas.

 I. Prioridades del subprograma Cultura

 En el marco del Reglamento por el que se establece el programa Europa Creativa, las prioridades pueden especificarse en los siguientes términos:
 
Promover la movilidad transnacional de artistas y profesionales con el fin de permitirles cooperar en el plano internacional y dar una vertiente internacional a sus carreras profesionales y actividades dentro y fuera de la Unión, sobre la base cuando sea posible de estrategias a largo plazo, y promover también la circulación transnacional de obras culturales y creativas cuyo objetivo sea fomentar los intercambios culturales, el diálogo intercultural y la comprensión de la diversidad cultural y la inclusión social;

 Reforzar el desarrollo de audiencias como medio para estimular el interés y la mejora del acceso a las obras culturales y creativas europeas y al patrimonio cultural material e inmaterial. El objetivo que persigue el desarrollo de audiencias es ayudar a los artistas y a los profesionales de la cultura europeos, así como a su obra, para que lleguen al mayor número posible de personas en toda Europa y mejorar el acceso de los grupos sub-representados a las obras culturales. Se pretende, asimismo, ayudar a las organizaciones culturales a adaptarse, con métodos nuevos e innovadores, a la necesidad de comprometerse con el público, para retenerlo, atraerlo, diversificarlo (incluso llegando a «públicos no existentes » en la actualidad), mejorar la experiencia para el público actual y futuro y profundizar en la relación con él.
 
Reforzar la creatividad, los enfoques innovadores de la creación y nuevas maneras de garantizar los efectos indirectos en otros sectores. Desarrollar y comprobar modelos nuevos e innovadores de obtención de ingresos, gestión y marketing para los sectores culturales, en particular por lo que respecta a la transición al entorno digital. Debe prestarse una atención especial al apoyo a actividades que permitan a los profesionales de la cultura adquirir nuevas competencias, o que tengan una dimensión educativa, o que intenten reforzar el diálogo intercultural y la comprensión mutua entre personas de distintas culturas y orígenes, o que se sirvan de la cultura para ayudar a luchar contra cualquier forma de discriminación.

 II. Condiciones generales de participación
 
Las condiciones generales de participación en los proyectos del subprograma Cultura figuran en el presente apartado, mientras que las condiciones específicas de cada uno de ellos figuran a continuación, en el apartado III. Todas las condiciones se establecen de conformidad con el Reglamento.

Países admisibles

 Podrán presentar su candidatura las entidades jurídicas establecidas en una de las categorías de países que figuran a continuación, en la medida en que se cumplan todas las condiciones contempladas en el artículo 8 del Reglamento y siempre y cuando la Comisión haya entablado negociaciones con el país en cuestión:
 
1. Estados miembros de la UE y países y territorios de ultramar que puedan participar en el programa con arreglo a lo dispuesto en el artículo 58 de la Decisión 2001/822/CE del Consejo;

2. países adherentes, países candidatos y candidatos potenciales que se hayan acogido a una estrategia de preadhesión, conforme a los principios y condiciones generales de participación de dichos países en programas de la Unión establecidos en los respectivos acuerdos marco y decisiones del Consejo de Asociación o en acuerdos similares;

3. países de la AELC que sean Parte en el Acuerdo sobre el EEE, de conformidad con lo dispuesto en dicho Acuerdo;

4. la Confederación Suiza, sobre la base del acuerdo bilateral que se celebrará con este país;

5. países del espacio europeo de vecindad, con arreglo a los procedimientos establecidos con ellos en los acuerdos marco que regulan su participación en los programas de la UE.
 
La Agencia podrá seleccionar propuestas de candidatos de otros países siempre y cuando, en la fecha de decisión de la concesión, se hayan firmado acuerdos en los que se establezcan las modalidades de participación de tales países en el programa creado en virtud del Reglamento.

 Solicitantes admisibles

 Podrán presentar su candidatura los operadores culturales y creativos que operen en los sectores cultural y creativo, a tenor de la definición que figura en el artículo 2 del Reglamento, y que estén legalmente establecidos en uno de los países que participan en el subprograma Cultura.
 
Podrán presentar su candidatura los operadores culturales que puedan acreditar al menos dos años de personalidad jurídica en la fecha en que finalice el plazo de presentación de las solicitudes. Las personas físicas no podrán solicitar una subvención.

Proyectos subvencionables
 
El subprograma Cultura no apoyará los proyectos que contengan material pornográfico o racista o que inciten a la violencia. El subprograma Cultura apoyará, en particular, los proyectos sin ánimo de lucro.

 Los criterios de subvencionabilidad específicos de cada proyecto figuran más adelante, en el apartado III.

 Actividades subvencionables:
 
Las actividades subvencionables deberán tratar de alcanzar los objetivos y prioridades establecidos para el subprograma Cultura.
 
Las actividades habrán de estar relacionadas con los sectores cultural y creativo, a tenor de la definición que figura en el artículo 2 del Reglamento y en las Decisiones nº 1718/2006/CE, nº 1855/2006/CE y nº 1041/2009/CE. Las actividades dedicadas exclusivamente a los sectores audiovisuales no serán subvencionables en el marco del subprograma Cultura. Sin embargo, dichas actividades podrán ser subvencionadas en la medida en que estén subordinadas a actividades dedicadas a sectores culturales y creativos no audiovisuales.
 
Criterios de exclusión
 
Los candidatos no deberán encontrarse en ninguna de las situaciones que excluyen de la participación o de la adjudicación con arreglo al Reglamento Financiero aplicable al presupuesto general de la Unión y a sus normas de desarrollo.

 
Criterios de selección
 
Los criterios que figuran a continuación se aplican a todos los proyectos, a menos que se especifique lo contrario en las disposiciones que se detallan más adelante.

 Los candidatos deberán disponer de fuentes de financiación estables y suficientes (capacidad financiera) para mantener su actividad a lo largo de todo el período de realización del proyecto y para participar en su financiación. Las organizaciones candidatas deberán disponer de las capacidades y cualificaciones profesionales requeridas para completar el proyecto propuesto (capacidad operativa).

 Los candidatos deberán presentar una declaración jurada, cumplimentada y firmada, en la que harán constar su constitución como personas jurídicas y su capacidad financiera y operativa para llevar a cabo las actividades propuestas.

 Además de la declaración jurada, las organizaciones candidatas que soliciten una subvención de más de 60 000 EUR deberán presentar, junto con la solicitud, los documentos complementarios y obligatorios que se describen en las directrices específicas.

 
Informe de auditoría
 
Cuando el importe solicitado sea de 750 000 EUR o más, o cuando la solicitud se refiera a un acuerdo marco de colaboración, la solicitud en cuestión deberá ir acompañada de un informe de auditoría externo elaborado por un auditor externo autorizado. En dicho informe se certificarán las cuentas de los dos últimos ejercicios financieros disponibles.
 
Esta obligación no se aplicará a los organismos públicos ni a las organizaciones internacionales de Derecho público. Esta obligación podrá no aplicarse a los centros educativos y de formación si así lo decide el ordenador competente basándose en su análisis de los riesgos de gestión.
 

III. Condiciones específicas de participación
 
La presente convocatoria abarca el siguiente proyecto del subprograma Cultura:
 
Los principales objetivos del apoyo a los proyectos de traducción literaria consisten en respaldar la diversidad cultural y lingüística en la Unión y en otros países que participen en el subprograma Cultura y promover la circulación transnacional de obras literarias de gran calidad, así como mejorar el acceso a estas obras literarias en la Unión y fuera de ella y llegar a nuevos públicos.

 
Sus prioridades son:

- impulsar la circulación de la literatura europea con vistas a garantizar la mayor accesibilidad posible;

- promover la literatura europea, incluida la utilización adecuada de las tecnologías digitales, tanto en la distribución como en la promoción de las obras;

- fomentar la traducción y la promoción de la literatura europea de gran calidad a largo plazo.

- fomentar la traducción de lenguas con menores hablantes a inglés, alemán, francés y español, ya que dichas traducciones pueden contribuir a una mayor circulación de las obras;

- fomentar la traducción de géneros menos representados como las obras para un público joven (niños, adolescentes y jóvenes), comics/novelas gráficas, relatos o poesía;

- fomentar la traducción y promoción de obras que hayan obtenido el Premio de Literatura de la Unión Europea.

 
Mejorar la imagen de los traductores será una prioridad adicional de la ayuda. Por este motivo, se pedirá a los editores que incluyan una biografía del traductor en cada libro traducido.

 
Criterios de admisibilidad

 Candidatos admisibles: Editores o editoriales establecidas en uno de los países que participen en el subprograma Cultura, que operen en el sector editorial y que puedan acreditar una personalidad jurídica de como mínimo dos años en la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes.
 

Proyectos subvencionables:

 
Categoría 1. Proyectos de dos años: Los proyectos de esta categoría:

- tendrán una duración máxima de dos años (período de admisibilidad);

- serán objeto de una solicitud de un máximo de 100 000 EUR, importe que no representará más del 50 % del presupuesto subvencionable;

- consistirán en la traducción y la promoción (incluida la publicación de un resumen de las obras traducidas) de un paquete de tres a diez obras de ficción subvencionables, traducidas de un idioma subvencionable a otro idioma también subvencionable;

- deberán estar basados en una estrategia de traducción, distribución y promoción de las obras de ficción traducidas.

 
Idiomas admisibles: el proyecto también tendrá que cumplir los requisitos que figuran a continuación.

- El idioma de origen y el idioma de destino deberán ser «idiomas reconocidos oficialmente» en los países que participen en el programa. Además, tanto el idioma de origen como el de destino deberán ser idiomas reconocidos oficialmente en uno de los países que figuran en la categoría 1, 3 o 4 de países admisibles. Son «idiomas reconocidos oficialmente» los definidos en la Constitución o en la Ley fundamental del país en cuestión.

- También serán subvencionables las traducciones del latín y del griego antiguo a un idioma reconocido oficialmente de uno de los países que figuran en la categoría 1, 3 o 4 de países admisibles.

- El idioma de destino deberá ser el idioma materno del traductor (salvo en el caso de los idiomas menos hablados, cuando el editor proporcione una explicación suficiente).

- Las traducciones deberán tener una dimensión transfronteriza. De ahí que la traducción de literatura nacional de un idioma oficial nacional a otro idioma oficial del mismo país no sea subvencionable.

 
Obras subvencionables: Las obras en papel o en formato digital (libros electrónicos) serán subvencionables siempre y cuando cumplan los demás criterios de admisibilidad.

- Las obras que van a traducirse y promocionarse deberán ser obras de ficción con un alto valor literario, independientemente de su género: novelas, relatos breves, obras de teatro, poemas, cómics o ficción infantil.

No serán admisibles las obras de no ficción, com autobiografías, o biografías o ensayos sin elementos de ficción; las guías turísticas; los libros de ciencias humanas (historia, filosofía, economía, etc.) o las obras relacionadas con otras ciencias (física, matemáticas, etc.).

- Las obras de ficción deberán haber sido publicadas anteriormente.

- El original de las obras de ficción deberá haber sido escrito por autores que sean nacionales de un país que participe en el programa o residentes en él, con excepción de las obras escritas en latín y en griego antiguo.

- Las obras de ficción no deberán haber sido previamente traducidas al idioma de destino, a menos que una nueva traducción responda a una necesidad claramente evaluada. En este sentido, los candidatos deberán respetar un plazo de cincuenta años desde la última traducción, explicar el impacto previsto en los nuevos lectores y proporcionar una explicación convincente de la necesidad de una nueva traducción al idioma de destino.

 
Actividades subvencionables:

 Traducción y publicación de obras de ficción con un alto valor literario, independientemente de su género: novelas, relatos breves, obras de teatro, poemas, cómics o ficción infantil.

 Eventos especiales y actividades de comercialización/distribución organizados para promover las obras de ficción traducidas dentro y fuera de la UE, incluidas las herramientas de promoción digitales y la promoción de autores en ferias de libros y festivales literarios.
 
Como complemento a la traducción, publicación, distribución y promoción de un paquete de obras admisibles, los proyectos pueden incluir también la traducción parcial (traducción de extractos) y la promoción de obras de ficción de los catálogos del solicitante (no incluidos en el paquete) con el fin de promover la venta de derechos tanto dentro como fuera de Europa.

 
Criterios de adjudicación
 
Las candidaturas admisibles serán evaluadas en función de los siguientes criterios:

 
1. 1. Pertinencia (40 puntos)

Forma en que el proyecto contribuirá a la circulación transnacional de las obras de la literatura europea y a mejorar el acceso a ella.
 

2. 2. Calidad del contenido y las actividades (25 puntos)

Forma en que se ejecutará el proyecto en la práctica (calidad de las obras que se van a traducir, experiencia del personal encargado de los proyectos y estrategias de trabajo).

 
3. 3. Promoción y comunicación del paquete traducido (20 puntos)

Planteamiento del proyecto para promover las obras de ficción traducidas dentro y fuera de Europa.

 
4. 4. Ganadores del premio de literatura de la UE (15 puntos)

Se asignarán automáticamente puntos a cada libro cuyo autor haya sido galardonado con el premio de literatura de la Unión Europea, hasta un máximo de 15 puntos (hasta cinco libros, el número máximo de libros que se pueden presentar por paquete es de diez).

 
IV. Presupuesto

 El subprograma Cultura del programa Europa Creativa dispone de un presupuesto total de 454,8 millones EUR 5 para el período 2014-2020. El total de créditos correspondientes a 2016 para la presente convocatoria será de aproximadamente 3 054 000 EUR.

 La Agencia se reserva el derecho de no asignar todos los fondos disponibles.
 

V. Plazo para la presentación de solicitudes
 

El plazo de presentación para los proyectos de traducción literaria es el miércoles 27 de abril de 2016 12:00 CET/CEST (Mediodía, Hora de Bruselas)
 
Si el plazo de presentación coincide con un día festivo en el país del candidato, no se concederán prórrogas. Los candidatos deberán tener en cuenta este aspecto al planificar su presentación.
 
El procedimiento de presentación y la dirección a la que deberá enviarse el expediente de candidatura figuran en las directrices correspondientes, en los sitios web mencionados a continuación, en el apartado VI.
 

VI. Más información

 
Las condiciones detalladas para la solicitud figuran en las directrices específicas de cada proyecto, en los siguientes sitios web:

 Dirección General de Educación y Cultura
http://ec.europa.eu/culture/index_en.htm

 Agencia Ejecutiva en el Ámbito Educativo, Audiovisual y Cultural
http://eacea.ec.europa.eu/culture/index_en.htm
 
Fuente: https://eacea.ec.europa.eu/creative-europe/funding/support-literary-translation-projects-2016_en

 

 


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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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