PREMIO ASTURIAS JOVEN DE POESÍA, NARRATIVA Y TEXTOS TEATRALES - PROGRAMA "CULTURAQUÍ" 2023 (España)



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PREMIO ASTURIAS JOVEN DE POESÍA, NARRATIVA Y TEXTOS TEATRALES - PROGRAMA "CULTURAQUÍ" 2023 (España)

15:09:2023

Género:  Poesía, relato, novela, teatro

Premio:  1.500 €, edición y 50 ejemplares

Abierto a:  jóvenes nacidas/os en Asturias, o residentes en el Principado de Asturias o descendientes hasta segundo grado de emigrantes asturianos, cuya edad no supere los 35 años

Entidad convocante:  Consejería de Presidencia del Principado de Asturias

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  15:09:2023

 

BASES

 

 

1.- Objeto.

Son objeto de la presente convocatoria los Concursos, Premios y Muestras que integran el Programa “Culturaquí” 2023, concebido con el propósito de ofrecer a la juventud asturiana la posibilidad de hallar un cauce en el cual tengan cabida disciplinas artísticas heterogéneas y desde el cual jóvenes creadores dispongan de la oportunidad de alcanzar el reconocimiento tanto del público en general como de los diferentes medios especializados, de conformidad con las bases reguladoras aprobadas por Resolución de 25 de abril de 2018, de la Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana (BOPA de 9 de mayo de 2018), modificadas parcialmente por Resolución de 16 de julio de 2020, de la Consejería de Presidencia (BOPA de 7 de agosto de 2020).

En concreto, para el ejercicio 2023, el Programa Culturaquí está integrado por los siguientes premios y concursos:

• Premio “Asturias Joven de Artes Plásticas” y Muestra de Artes Plásticas.
• Concurso de Maquetas Pop-Rock.
• Premio “Asturias Joven de Poesía, Narrativa y Textos Teatrales”.
• Programa de exposiciones para jóvenes artistas plásticos. Sala Borrón.
• Premio Nuevos Realizadores/as del Principado de Asturias.
• Premio Astragal.

 

2- Personas beneficiarias.

1. Podrán ser beneficiarias del Programa “Culturaquí” 2023 las personas que se definen en la base segunda de la resolución por la que se establecen las bases que rigen la presente convocatoria y que cumplan los requisitos exigidos en la misma. En este sentido, se indica que tendrán la consideración de beneficiarios las personas jóvenes nacidas en Asturias, o residentes en el Principado de Asturias o descendientes hasta segundo grado de personas emigrantes asturianas, cuya edad no supere los 35 años a 31 de diciembre de 2023, a título individual o dentro de colectivos, que se encuentren en la situación que fundamente la concesión de los concursos, premios o muestras y que cumplan los requisitos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS).

2. En cualquier caso, no podrán obtener la condición de beneficiarias aquellas personas en quienes concurra alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la LGS, ni quienes no hayan justificado, en el tiempo y forma establecida al efecto, las subvenciones concedidas en años anteriores por cualquier órgano del Principado de Asturias.

3. En el supuesto de colectivos, deberán nombrar un representante único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que como beneficiario corresponden a aquella.

4. La participación en esta convocatoria supone la aceptación íntegra de sus bases. La Consejería de Presidencia resolverá en cuantas cuestiones pudieran plantearse y que no hayan sido específicamente previstas en la presente convocatoria.

 

3.- Lugar y plazo de presentación de solicitudes.

El modelo normalizado de solicitud estará disponible en las dependencias del Instituto Asturiano de la Juventud (Plaza de la Paz, 9, 1º, C.P 33006 Oviedo, Telf. : 985 10 83 69) y en la sede electrónica del Principado de Asturias (sede.asturias.es), a través de la ficha de servicio del programa, introduciendo en el buscador de la cabecera, situado en la parte superior derecha, el código que a continuación se relaciona en función del premio o premios a los que solicita participar y seleccionando la forma de tramitación presencial:

• Premio “Asturias Joven de Artes Plásticas” y Muestra de Artes Plásticas: PREM0009T01.
• Concurso de Maquetas Pop-Rock: PREM0009T02.
• Premio “ Asturias Joven de Poesía, Narrativa y Textos Teatrales”: PREM0009T05.
• Programa de exposiciones para jóvenes artistas plásticos. Sala Borrón: PREM0009T03.
• Premio Nuevos Realizadores/as del Principado de Asturias: PREM0009T04.
• Premio Astragal: PREM0009T06.

Dicha solicitud contendrá las siguientes declaraciones responsables relativas a:
a) Que son ciertos y completos todos los datos de la presente solicitud, así como toda la documentación que presenta.
b) Que se compromete a cumplir las condiciones que se especifican en la normativa aplicable, la cual conoce en su integridad.
c) No estar incurso en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS.
d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
e) No ser deudor de la Hacienda Pública del Principado de Asturias por deudas vencidas, liquidadas y exigibles.
f) Haber procedido a la justificación de las subvenciones y ayudas concedidas con anterioridad por la Comunidad Autónoma.
g) Que la/s obra/s presentadas son originales e inéditas.
h) Que no incumple lo previsto expresamente en la convocatoria en lo que se refiere a compatibilidad de estos premios con otras ayudas.
i) En su caso, ser descendiente de emigrantes asturianos hasta el segundo grado.

2. La presentación de las instancias de solicitud se hará en el Registro de la Consejería de Presidencia (Calle Eduardo Herrera “Herrerita”, s/n - 33006 Oviedo) o por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante LPAC).

Si se opta por presentar la solicitud a través de una oficina de Correos deberán hacerlo en sobre abierto, a fin de que el modelo de solicitud, antes de su certificación, sea fechado y sellado por el personal del organismo encargado del servicio postal.

3. La presentación de la solicitud implica el conocimiento y aceptación de las bases reguladoras, así como de la cesión que se realice a favor de otras Administraciones Públicas de los datos contenidos en la misma, incluyendo el envío a la Base de Datos Nacional de Subvenciones y, en su caso, la de los relativos a la subvención concedida a los efectos de estadística, evaluación y seguimiento.

4. Asimismo, la presentación de la solicitud de subvención conlleva, salvo oposición expresa de la persona solicitante, la autorización para que el Instituto Asturiano de la Juventud recabe al Ministerio competente en materia de Interior, la consulta de los datos de identidad (DNI/NIE/TIE/Certificado Comunitario - UE); al Ministerio competente en materia de Notarías, la consulta de Copia Simple de Poderes Notariales, en caso de representación por poder notarial; al Servicio de Verificación de Datos de Residencia, la consulta de los datos de residencia y al Ente Tributario del Principado de Asturias, a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social el estado de las obligaciones tributarias autonómicas, estatales y frente a la Seguridad Social.

Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitase la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas solicitantes la presentación de los documentos correspondientes.

La persona solicitante ejercer su derecho de oposición a la consulta de sus datos personales a través del formulario disponible en la sede electrónica del Principado de Asturias. En el caso de que ejercite su derecho de oposición a la consulta de sus datos personales, estará obligado a adjuntar la documentación correspondiente a todos aquellos aspectos respecto de los que no consienta.

 

4.- Documentación a presentar.

1. La solicitud de participar en el Programa “Culturaquí” 2023 según modelo normalizado. Además, irá acompañada de la siguiente documentación:

a) En caso de un grupo o colectivo de artistas, declaración responsable sobre el hecho de que la persona que presenta la solicitud actúa en representación de dicho grupo o colectivo.

b) En el supuesto de descendientes de personas emigrantes asturianas hasta el segundo grado, declaración responsable acreditativa de esta circunstancia.

c) En su caso, fichero de acreedor debidamente cumplimentado, según modelo disponible en la sede electrónica del Principado de Asturias. No será necesaria su presentación en caso de haberlo presentado en alguna ocasión para recibir algún ingreso del Principado de Asturias y seguir activa la cuenta bancaria.

2. Además, deberá aportarse la documentación específica que se concreta en cada uno de los Anexos a la presente resolución relativa a cada premio o concurso.

 

5.- Órgano de instrucción y de resolución.

1. El órgano instructor, que será el Instituto Asturiano de la Juventud, podrá recabar en cualquier momento la documentación complementaria que considere necesaria para acreditar el exacto cumplimiento de las condiciones exigidas en esta convocatoria.

2. El órgano competente para resolver es la persona titular de la Consejería competente en materia de juventud.

 

6.-Jurados o Comisión técnicas.

1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, éstas serán valoradas por los Jurados o Comisiones Técnicas nombradas por la persona titular de Consejería competente en materia de juventud para cada una de las modalidades comprendidas en el Programa, y que serán presididas por la persona titular de la dirección general competente en materia de juventud (o persona en quien delegue), desempeñando las funciones de secretaría un funcionario o funcionaria adscrita al Instituto Asturiano de la Juventud. Además formarán parte, como vocales, profesionales de reconocido prestigio relacionados con cada modalidad del Programa.

2. La relación de las personas que en concreto hayan de formar parte de los jurados o Comisiones Técnicas se dará a conocer mediante resolución de la persona titular de la Consejería competente en materia de juventud, publicada mediante anuncio en el Tablón Electrónico de Anuncios del Principado de Asturias/Consejería de Presidencia, alojado en la sede electrónica del Principado de Asturias: https://sede.asturias.es con una antelación mínima de cinco días a la primera reunión de los citados jurados o comisiones.

 

7.- Adjudicación de los premios.

1. La Resolución por la que se resuelva cada uno de los diferentes premios, certámenes y concursos convocados se adoptará por la persona titular de la Consejería competente en materia de juventud previa propuesta de los Jurados o Comisiones técnicas, en el plazo máximo de tres meses, contados desde la fecha límite de presentación de las solicitudes en las diferentes modalidades y siempre antes del 1 de enero de 2024.

2. Transcurrido ese plazo sin que haya recaído resolución expresa, se entenderá desestimada la solicitud.

3. La resolución de concesión será publicada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, surtiendo los efectos propios de su notificación de conformidad con el artículo 45 de la LPAC.

 

8.- Pago de los premios.

1. El pago de los premios se efectuará tras la resolución de concesión en un pago único por transferencia bancaria a la cuenta designada por las personas premiadas, sin perjuicio de que por parte de las mismas se deban cumplir las condiciones que para cada una de las distintas modalidades se pudieran contemplar en los Anexos de las presentes bases.

2. Los premios en metálico estarán sujetos a los impuestos y retenciones según lo dispuesto en la legislación aplicable.

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9.- Obligaciones de los premiados.

1. Las personas ganadoras o seleccionadas deberá asumir las obligaciones que se recogen en la base décima de las bases reguladoras de conformidad con el artículo 14 de la LGS. En concreto, deberán incluir, en cualquier promoción o comunicación respecto de la obra, que ha sido premiada en el programa “Culturaquí” 2023, introduciendo en su caso el logotipo del Gobierno del Principado de Asturias, según modelo que se le proporcionará al efecto.

2. Para una mejor y más amplia divulgación de los premio, las personas ganadoras o seleccionadas, autorizan al Principado de Asturias a la reproducción y publicación de las obras premiadas o seleccionadas en su página Web, redes sociales y por cualesquiera otros soportes o materiales de difusión (catálogo, libro, CD, DVD) que se estimen oportunos.

Tercero.-. Comunicar a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) la presente resolución y disponer la publicación de su correspondiente extracto en el BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS.

Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de su extracto en el Boletín Oficial del Principado de Asturias, sin perjuicio de la posibilidad de previa interposición del recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la citada publicación, no pudiendo simultanearse ambos recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del Principado de Asturias, y en el artículo 123 Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Pública, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno.

 

ANEXO

PREMIO ASTURIAS JOVEN DE POESÍA, NARRATIVA Y TEXTOS TEATRALES

Primera.-Modalidades.

Se establecen tres modalidades: Poesía, Narrativa (narraciones breves o novela corta) y Textos Teatrales.

Segunda.- Limitaciones de participación.

No se admitirán obras que hayan sido premiadas en otros concursos o certámenes o de autores/as galardonados en las tres ediciones anteriores.

Tercera.- Inscripción. Requisitos técnicos.

Las obras habrán de ser originales e inéditas, escritas en castellano o asturiano.

Quienes concurran deberán presentar junto con la solicitud y la documentación prevista en la base sexta de la resolución por la que se establecen las bases que rigen el programa y hasta el 15 de septiembre de 2023 inclusive, la siguiente documentación.

• Curriculum vitae y literario.
• Obra en soporte CD, USB u otros formatos, identificando modalidad en que se participa, título de la obra y pseudónimo que figure en el texto.

Según la modalidad a que se concurra, se presentará:

1. Poesía: un poemario con una extensión superior a los 30 folios tipo DIN A4 (letra Times New Roman, 12 puntos, interlineado 1,5).

2. Narrativa: un conjunto de narraciones breves o una novela corta cuya extensión este comprendida entre los 75 y 120 folios, ambos inclusive, tipo DIN A4 (letra Times New Roman, 12 puntos, interlineado 1,5).

3. Textos Teatrales: su duración será la normal de una representación.

Cuarta.- Premios.

Se establece para cada modalidad un premio en metálico de MIL QUINIENTOS EUROS (1.500 €). En caso de que, a juicio del jurado, las obras presentadas no reúnan la calidad suficiente, se podrá declarar desierto alguno de los premios, sin que en ningún caso se pueda fraccionar la cuantía económica de los premios. Los premios en metálico estarán sujetos a los impuestos y retenciones que determine la legislación vigente.

Las obras premiadas serán objeto de publicación, correspondiendo el abono del porcentaje en concepto de derechos de autor de la primera edición a cargo de la editorial que coedite los libros ganadores con el Principado de Asturias. Tendrán también derecho a recibir CINCUENTA (50) ejemplares.

 

Formulario de inscripción: sede.asturias.es/ast/-/dboid-6269000017965334607573
Fuente: juventud.asturias.es/te-interesa/-/asset_publisher/sxodSP4Mnjz8/content/programa-culturaqui-2023

 

 
 

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.