XIII CERTAMEN PREMIO MÁLAGA DE ENSAYO JOSÉ MARÍA GONZÁLEZ RUIZ (España)



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XIII CERTAMEN PREMIO MÁLAGA DE ENSAYO JOSÉ MARÍA GONZÁLEZ RUIZ (España)

10:09:2021

Género:  Ensayo

Premio:   6.000 € y edición

Abierto a:  mayor de edad

Entidad convocante:  Área de Cultura del Ayuntamiento de Málaga

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  10:09:2021

 

BASES

CONVOCATORIA DE LA XIII EDICIÓN DEL CERTAMEN PREMIO MÁLAGA DE ENSAYO JOSÉ MARÍA GONZÁLEZ RUIZ
www.escritores.org

El Área de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Málaga, en colaboración con la Editorial Páginas de Espuma convoca la edición del XIII Premio Málaga de Ensayo.

1. OBJETO

Podrán optar a este premio los ensayos inéditos escritos en lengua castellana que no hayan sido premiados anteriormente en ningún otro concurso. El autor del ensayo garantizará la autoría y originalidad de la obra presentada así como no tener comprometidos con terceros los derechos de edición sobre la misma.

2. BENEFICIARIOS

Podrá concurrir a este premio toda persona física mayor de edad, cualquiera que sea su nacionalidad, cuyo ensayo reúna los requisitos que se establecen en el punto anterior, no se encuentren incursos en las exclusiones previstas Ley 38/2003, General de Subvenciones, y estén al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

La presentación a este Premio Literario supone la aceptación y cumplimiento de estos requisitos y de la totalidad de las obligaciones establecidas en las presentes Bases.

3. DOTACIÓN DEL PREMIO

La cuantía del premio será de 6.000 euros para un único ganador. El citado premio estará sujeto a las retenciones oportunas.

A tal efecto existe consignación presupuestaria suficiente imputable a la partida 01.3349.48100 PAM 4100 del presupuesto de 2021.

El ensayo ganador será publicado y distribuido por la Editorial Páginas de Espuma, renunciando éste a los derechos de autor en la primera edición del libro. Durante un año desde la concesión del premio tendrá derecho de opción preferente para la suscripción del contrato de edición del ensayo ganador, suscribiendo el autor del mismo el correspondiente contrato con dicha firma editorial.

4. PRESENTACIÓN DE LA OBRA Y DOCUMENTACIÓN

Los escritores que opten al XIII Premio Málaga de Ensayo tendrán que seguir las indicaciones y aportar la información que se detalla a continuación:

Los ensayos se presentarán a través de la sede electrónica municipal en la sección dedicada a los premios literarios del Área de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Málaga cuya dirección es:

sede.malaga.eu/es/tramitacion/detalle-del-tramite/index.html?id=8897.

En esta página se cumplimentará la solicitud (Anexo I) y se adjuntará un archivo en formato PDF (Adobe Systems Incorporated) que contenga el ensayo escrito a doble espacio utilizando letra Arial tamaño 12 y con una extensión mínima de 125 páginas.

En la primera página de la obra se reproducirá el título de la obra en letras mayúsculas así como el seudónimo del autor/a (indicado previamente en la solicitud). En ningún caso, se podrá introducir ningún otro dato informativo del autor/a de la obra, debiendo prevalecer, en todo momento, su anonimato.

Se admitirá la presentación de un solo original por cada autor/a.

Asimismo, también se podrá presentar las obras de los interesados junto con la solicitud a través de un dispositivo de almacenamiento externo tipo pen drive o similar en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

El envío de la documentación por cualquier otro medio que no sean los legalmente previstos, fuera de plazo, siendo defectuosa, faltando parte de la información o cualquiera de los ficheros que obligatoriamente han de ser adjuntados será causa automática de exclusión sin comunicación alguna al interesado.

Los participantes, en el mismo impreso de solicitud, podrán facultar expresamente al Área de Cultura del Ayuntamiento de Málaga para que, una vez emitido el fallo del Jurado y, en el caso de resultar premiado, se compruebe el requisito de estar al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. En caso de no haberse autorizado la consulta, se formulará requerimiento al efecto, otorgándose un plazo de diez días para aportar los certificados tributarios y de la seguridad social acreditativos de estar al corriente de los mismos.

La no aportación de esta documentación fiscal por el ganador del Premio o la comprobación posterior de no reunir los requisitos establecidos en la Ley será causa de exclusión automática del mismo. En este caso, será premiada la segunda obra seleccionada por el jurado, realizando el procedimiento anteriormente indicado, a efectos de la oportuna comprobación del cumplimiento de los requisitos fiscales y tributarios.

También una vez emitido el fallo del Jurado, si el autor premiado no es nacional español y/o no es residente fiscal en España, tendrá que aportar el certificado de residencia emitido por la autoridad fiscal de su país a fin de evitar la doble imposición internacional en materia de retenciones tributarias.

5. PRESENTACION DE SOLICITUDES Y PLAZO

El plazo de presentación de los ensayos junto con la solicitud será de 50 días hábiles a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).

6. CONSTITUCION DEL JURADO Y FALLO

El Jurado estará formado por profesionales de reconocido prestigio provenientes de los distintos sectores que componen el mundo de las letras, nombrados mediante Resolución de la Teniente Alcalde Delegada de Cultura.

Dicho nombramiento se realizará con carácter previo a la publicación de la presente convocatoria en el BOP.

Las funciones de secretario serán desarrolladas por un funcionario adscrito al Área de Cultura.

Las deliberaciones del Jurado son secretas, no establecerá comunicación alguna con ningún participante y su fallo será inapelable, proponiendo el ensayo ganador al órgano que otorga el premio. En ningún caso podrá otorgarse el premio a dos ensayos ex aequo, es decir no habrá posibilidad de empate y otorgar el premio a dos concursantes por estimarse que los dos ensayos son de la mayor calidad.

La competencia para la instrucción del procedimiento corresponde a la Directora General de Cultura y la de resolución o concesión del premio corresponde a la Tte. Alcalde Delegada de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Málaga.

Ni los miembros del jurado ni el ganador pueden dar a conocer el fallo de forma unilateral sino en el momento en que el Ayuntamiento de Málaga lo haga público mediante acto solemne, que coincidirá, preferentemente, con el día en que sea otorgado el premio por la Tte. Alcalde Delegada de Cultura.

7. ACEPTACIÓN DE LAS BASES POR LOS INTERESADOS Y DETERMINACIÓN DEL FUERO.

La presentación de una obra a este certamen literario no genera derecho alguno a sus participantes hasta que haya sido otorgado el premio mediante Resolución de la Tte. Alcalde Delegada del Área de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Málaga.

Los efectos de todos los actos de trámite dictados en este Premio Literario se entenderán condicionados a que al emitirse la resolución de concesión por la Tte. Alcalde Delegada del Área de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Málaga, subsistan las mismas circunstancias de hecho y de derecho existentes en el momento del fallo por parte del jurado.

La presentación a este concurso supone la aceptación de las presentes Bases, y el compromiso del autor de no retirar la obra antes del fallo, aceptar el premio si le fuera concedido, o reintegrarlo si se produjese algún hecho que así lo justificase con posterioridad al pago efectivo del premio, así como suscribir cuantos documentos fueran necesarios para el cumplimiento de estas bases.

Para cualquier controversia que hubiera de dirimirse por vía judicial las partes renuncian a su propio fuero y se someten a los Juzgados y Tribunales de Málaga.

8. RÉGIMEN JURÍDICO.

Esta convocatoria se regirá por las anteriores disposiciones; por la Ley 38/ 2003 de 17 de Noviembre, General de Subvenciones; la legislación en materia de Régimen Local que resulte de aplicación; las Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Ayuntamiento de Málaga para cada ejercicio y La Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.



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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.