IV CONCURSO LITERARIO PROVINCIAL "JUAN L ORTIZ" 2020 (Argentina)



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IV CONCURSO LITERARIO PROVINCIAL "JUAN L ORTIZ" 2020 (Argentina)

20:11:2020

Género:  Poesía

Premio:   $ 15.000

Abierto a:  ciudadanos entrerrianos o residentes permanentes en suelo provincial, mayores de 18 años

Entidad convocante:  Secretaria de Cultura del Gobierno de Entre Ríos

País de la entidad convocante:  Argentina

Fecha de cierre:  20:11:2020

 

BASES

 

La Secretaria de Cultura, a través de la Biblioteca Provincial convoca al "IV Concurso Literario Provincial, Juan L Ortiz, categoría poesía".

El periodo de recepción de obras será del 26 de octubre al 20 de noviembre de 2020.

 

BASES PARA EL IV CONCURSO LITERARIO PROVINCIAL 2020, CATEGORÍA POESÍA, DE EDICIÓN ANUAL, ORGANIZADO POR LA
BIBLIOTECA PROVINCIAL DE ENTRE RÍOS.

ARTICULO 1: Establécese el presente reglamento que regirá el CONCURSO LITERARIO PROVINCIAL 2020, CATEGORÍA POESÍA, DE EDICIÓN ANUAL, “JUAN
L. ORTIZ”, convocado por la SECRETARIA DE CULTURA DEL GOBIERNO DE ENTRE RÍOS, cuya organización y realización estará a cargo de la BIBLIOTECA PROVINCIAL DE ENTRE RÍOS, de la ciudad de Paraná.

ARTÍCULO 2: Podrán participar del presente todos los ciudadanos entrerrianos o residentes permanentes en suelo provincial que así lo acrediten (cinco años como mínimo) mayores de 18 años. La nacionalidad y domicilio se acreditarán mediante la presentación del documento de identidad y la residencia mediante acta o registración de cambio de domicilio expedido por autoridad competente, del que se obtendrá y archivará fotocopia, provista por la/el escritora/escritor. No podrán participar del certamen aquellas personas que vinculadas laboralmente a la Secretaría de Cultura de ER, ni sus familiares directos.

ARTÍCULO 3 La recepción de los trabajos deberá remitirse por correo postal o personalmente a BIBLIOTECA PROVINCIAL DE PARANÁ - Alameda de la Federación 278 – CP 3100, Paraná, Entre Ríos Los plazos de inscripción, recepción de trabajos, como el plazo que tendrán los jurados para decidir su veredicto y la comunicación de esa decisión, serán establecidos por el acto administrativo correspondiente, una vez aprobado el presente Reglamento.

ARTÍCULO 4: Las obras deberán enviarse correctamente embaladas y con la documentación requerida en el presente reglamento. El envío y retiro serán responsabilidad exclusiva de los participantes tanto en lo concerniente a su transporte, materiales para embalar y demás circunstancias del correcto traslado. Los organizadores no retirarán envíos ni se harán cargo de costos ni gastos de ninguna naturaleza.

ARTÍCULO 5: Personal perteneciente a la Biblioteca y designado con ese fin, recibirá las obras en los días y horarios establecidos, entendiéndose que esto no significa la admisión de las mismas.

ARTÍCULO 6: Las obras que fueran recibidas por transporte privado o correo en fecha posterior a la de cierre de admisión, deberán contar con guía de transporte o sello de correo donde figure que la fecha de envío es anterior a dicho cierre.

 

ARTÍCULO 7: Los participantes podrán participar solamente con un poema inédito que no exceda los treinta versos, en temática libre. El trabajo será firmado con seudónimo, impreso por triplicado en una sola cara de hoja tamaño A4, espaciado 1,5 y cuerpo 12 en cualquier tipografía. No se aceptarán trabajos escritos a mano.

ARTÍCULO 8: Las tres copias del trabajo firmadas con seudónimo serán enviadas en un sobre de papel madera, sin ningún otro texto además de: Concurso Anual “Juan L. Ortiz” y la dirección ya mencionada. Dentro de ese sobre se incluirá otro más pequeño donde se incluirá la información personal del autor (nombre completo, seudónimo, DNI, edad, dirección, teléfono y correo electrónico), y en su exterior solo indique el seudónimo utilizado.

ARTÍCULO 9: Los datos consignados en el sobre de envío tendrán carácter de declaración jurada. El participante que hubiera falseado su declaración jurada o documentación, una vez constatado fehacientemente, será pasible de sanciones: el retiro de la obra y la inhabilitación de participar del Concurso por el término de cinco años.

ARTÍCULO 10: La Biblioteca pondrá el mayor cuidado en la manipulación de los poemas, pero no se responsabilizará por eventuales daños; en especial robo o destrucción por causas de fuerza mayor o caso fortuito, por lo que el participante renuncia a cualquier reclamo o indemnización en este sentido.

ARTÍCULO 11: Tanto el envío como el retiro de las obras serán por cuenta y cargo exclusivo de los participantes. La Biblioteca no se hará cargo de gastos o costos de ninguna naturaleza, ni se retirarán envíos de domicilios particulares, terminales de ómnibus, etc.

ARTÍCULO 12: Los trabajos que no se adecuen a las bases serán desestimados. Igualmente los trabajos cuya autoría no se corresponda con los datos utilizados.

ARTÍCULO 13: La admisión de las obras se hará por simple mayoría de votos del jurado. El envío en cada sección podrá ser admitido o rechazado, comunicándose por correo electrónico el resultado del concurso y las admisiones, entendiéndose que si no figuran en la lista de aceptaciones, el envío no está aceptado.

ARTÍCULO 14: Las decisiones del jurado serán inapelables.-

ARTÍCULO 15: Los premios se discernirán por simple mayoría de votos del jurado y tendrán carácter de adquisición.

ARTÍCULO 16: No se admitirán:

b) Las anónimas, reproducciones, copias o con autoría de varios artistas.
c) Las de artistas fallecidos.
d) Las de artistas que no cumplan con los tiempos de residencia dispuestos en el artículo 2.
e) Las obras que no cumplan con los requisitos de presentación dispuestos en el presente reglamento.

ARTÍCULO 17: Las obras y/o participantes que no cumplimenten las formalidades reglamentarias quedarán eliminados del Concurso.

ARTÍCULO 18: La verificación de la documentación estará a cargo de la Biblioteca Provincial de Entre Ríos.

ARTÍCULO 19: El Concurso contará con Tres Premios Por Orden de Merito y Tres Menciones Especiales, todos de adquisición. El Jurado estará integrado por tres escritores de reconocida trayectoria, quienes podrán agregar menciones por orden de mérito o declarar desierto alguno de los premios llegado el caso y su dictamen será inapelable. El jurado no percibirá por su labor emolumento alguno.-

ARTÍCULO 20: Se establecen los siguientes premios:

Primer premio adquisición
Secretaria de Cultura -Gobierno de Entre Ríos $ 15.000 (Pesos Quince Mil)

Segundo premio adquisición
Secretaria de Cultura -Gobierno de Entre Ríos $ 10.000 (Pesos Diez Mil)

Tercer premio adquisición
Secretaria de Cultura -Gobierno de Entre Ríos $ 8.000 (Pesos Ocho Mil)

Los Premios Adquisición Mención especial sin orden de mérito, tendrán compensación honoraria con diplomas y $4000 (Pesos Cuatro Mil) cada uno. Los autores ceden a la Provincia, todos los derechos que poseen sobre la obra, en caso de resultar premiada.-
Los premios adquisiciones correspondientes a Provincia se abonarán de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias del organismo, según las indicaciones del Servicio Administrativo Contable correspondiente.

ARTÍCULO 21: Quienes resulten ganadores cederán al Superior Gobierno de la Provincia de Entre Ríos, en su carácter de titulares de los derechos patrimoniales de autor (propiedad intelectual), con carácter total, oneroso y exclusivo, el derecho a la explotación patrimonial sobre la/s obra/s premiadas (art. 1, 2, 3, 4, 12, 51, 52, 53 y 54 siguientes y concordantes de Ley Nacional Nº 11.723); incluyendo los derechos de uso, difusión, distribución, exhibición, comunicación pública, divulgación y reproducción por Internet o cualquier otro medio audiovisual, muestra o exhibición. Dicha sesión se realizará de forma onerosa y exclusiva a nivel mundial. El contrato de Cesión de Derechos se instrumentará por escrito, debiendo certificarse la firma del cedente ante funcionario de la Secretaria de Cultura.

ARTÍCULO 22: La participación de los escritores en la presente convocatoria implica, lisa y llanamente, la aceptación de todos y cada uno de los términos de este reglamento y de las normas complementarias que lo rijan. Los trabajos que no sean premiados serán destruidos una vez finalizado el proceso de selección.

ARTÍCULO 23: Todo caso no previsto en el presente reglamento será resuelto por la Secretaria de Entre Ríos

ARTÍCULO 24: Para el caso de controversia que pudiere suscitarse con motivo del presente concurso, los participantes se someterán al procedimiento administrativo previsto en la LEY PROVINCIAL N° 7060 y en caso de llegar a una instancia judicial, se someterán a la jurisdicción de los tribunales en lo Contencioso Administrativo de la ciudad de Paraná, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiere corresponderle.

 

Fuente

 

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.