CERTAMEN DE CREACIÓN ARTÍSTICA JOVEN CREARTE 2020 (España)



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CERTAMEN DE CREACIÓN ARTÍSTICA JOVEN CREARTE 2020 (España)

14:10:2020

Género:  Relato, poesía

Premio:  700 €

Abierto a:  entre 17 y 35 años, residentes en la Región de Murcia

Entidad convocante:  Concejalía de Juventud del Ayuntamiento de Molina de Segura

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  14:10:2020

 

BASES

 

BASES REGULADORAS DEL CERTAMEN DE CREACIÓN ARTÍSTICA JOVEN CREARTE 2020 DE MOLINA DE SEGURA.

La Concejalía de Juventud del Excelentísimo Ayuntamiento de Molina de Segura con el fin de promocionar, apoyar y canalizar la labor creativa y cultural de los jóvenes convoca el Certamen Municipal de Creación Artística Joven 2020 de acuerdo a las siguientes bases:

La Convocatoria se publicaráíntegra en el Tablón de Anuncios de la Casa Consistorial, en el Tablón edictal de la Sede electrónica municipal (sedeelectronica.molinadesegura.es), y un anuncio de la misma en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.

El resto de publicaciones a que haga referencia la legislación vigente se entenderán referidas a Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y al Tablón Edictal de la Sede Electrónica del Ayuntamiento (sedeelectronica. molinadesegura.es)

 

PARTICIPANTES

Requisitos Generales
1.- Para las modalidades de música, fotografía, artes plásticas, cortos y documentales podrán presentarse a la presente convocatoria, participantes de forma colectiva o individualmente, que tengan entre 14 y 35 años a 31 de diciembre de 2020, que hayan nacido o que acrediten su residencia en la Región de Murcia, con anterioridad a la publicación de las presentes bases.
Para la modalidad de literatura los participantes habrán de tener de 17 a 35 años a día 31 de diciembre de 2020.
A los premios locales de cada modalidad solo podrán participar jóvenes de forma calectiva o individualmente, que tengan entre 14 y 35 años a 31 de diciembre de 2020, nacidos en el municipio de Molina de Segura o con empadronamiento en este término municipal con anterioridad a la publicación de las presentes bases, o que estudien en algún Centro Oficial de este municipio o trabajen en esta localidad.
2.- No podrá participar en este certamen, quien se dedique de forma profesional a alguna de las modalidades establecidas. Si se comprobase que el participante es un profesional será descalificado automáticamente.
3.- Así mismo, participantes que obtuvieron el primer premio en una modalidad en ediciones anteriores no podrán presentarse a esa misma modalidad.
4.- Los participantes que obtuvieron el premio local en una modalidad en ediciones anteriores no podrán optar al premio local, si al resto de premios de esa misma modalidad.
5.- Las obras presentadas han de ser originales, inéditas y no premiadas en otros certámenes. El jurado podrá pedir pruebas fehacientes de que el autor no ha copiado y que es el autor de la obra.
6.- Las obras no podrán tener contenido violento, de discriminación sexista, racista o de cualquier otra índole que atente contra los derechos fundamentales.
7.- De conformidad con lo dispuesto en el art.14.1 de la LGS, los participantes que resulten premiados deberán acreditar que se encuentran al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, y no ser deudores de obligaciones por reintegro de subvenciones. Asimismo, deberán presentar declaración de no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones previstas en el art. 13 de la citada Ley. De no cumplir este requisito no podrán percibir ningún premio.
8.- No podrá ganar una persona más de un premio en una misma modalidad.
9.- Los premiados para recibir el premio, no pueden tener deudas con la hacienda municipal, con la Seguridad Social o con la Agencia Tributaria.

 

INSCRIPCIÓN Y PLAZO DE PRESENTACIÓN

El plazo de presentación finalizará el día 14 de octubre de 2020. El plazo de presentación se iniciará a partir del día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el BORM número 182 del 7 de agosto de 2020,
Las inscripciones y documentación se formalizarán en la Concejalía de Juventud, en C/Mayor, 81, edificio “El Retén”, planta 1ª, en horario de 8:00 a 14:00 horas (Tel. 968 388 801) o en la web: juventud.molinadesegura.es o en el Registro General del Ayuntamiento de Molina de Segura.
La inscripción se realizará preferentemente online, mediante la hoja de inscripción, en la página web juventud.molinadesegura.es. En caso de no poder enviar las obras por la web por su tamaño, las obras también podrán ser enviadas mediante we transfer o por correo electrónico (en este caso con un máximo de 25 megas) al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., a excepción de la modalidad de artes plásticas, que habrá de entregarse presencialmente las obras.

 

MODALIDADES

Se establecen las siguientes modalidades:
- Música
- Artes Plásticas
- Fotografía
- Literatura
- Cortos y Documentales

 

DOCUMENTACIÓN GENERAL A PRESENTAR

Para todas las modalidades del Certamen:
Formulario de inscripción, debidamente cumplimentado.
Fotocopia del DNI o tarjeta de residente del participante. Siempre que no conste en él mismo el nacimiento en la Región de Murcia, tendrá que presentarse certificado de empadronamiento.
Junto a la documentación general descrita, deberá acompañarse la que especifica en cada modalidad.

 

Literatura

CONDICIONES TÉCNICAS DE LA MODALIDAD DE LITERATURA.

DOCUMENTACIÓN

Junto a la documentación general (inscripción y DNI), se acompañará la siguiente documentación:
Las obras con las que se participe, debiendo constar en la portada únicamente el título genérico de la misma y el seudónimo del autor.

 

MODALIDADES Y PREMIOS

Se establecen dos modalidades: Poesía y Relato, y los siguientes premios para cada una de estas modalidades:

Primer Premio de 700 €
Segundo Premio de 400 €
Premio Local de 400 €

 

CONDICIONES TÉCNICAS

Cada participante podrá presentar un máximo de dos obras por cada apartado de literatura (Relato y Poesía)
En Relato la extensión de las obras estará entre 2 y 7 folios.
En Poesía la extensión tendrá un máximo de 150 versos, repartidos en uno o varios poemas, siempre que mantengan una cierta coherencia temática y formal.
En ambos casos las obras serán en A4, en formato Word o similar (no se admite pdf), tipo de letra Arial, estilo de la fuente normal y tamaño de 12, con espacio entre líneas de 1,5.
En ambas modalidades las obras serán en castellano.

 

ACEPTACIÓN, PROPIEDAD Y RETIRADA DE LAS OBRAS

La participación en el Certamen implica la aceptación íntegra de las presentes bases. Cualquier duda sobre la interpretación de las mismas será resuelta por la Concejalía de Juventud del Ayuntamiento de Molina de Segura.
La participación en el certamen lleva implícita la autorización del autor o autores de las obras premiadas en las distintas categorías y apartados de este Certamen para la reproducción, publicación y distribución de las mismas por parte de la Concejalía de Juventud del Ayuntamiento de Molina de Segura, por cualquier medio que estime oportuno. Sin coste alguno para el Ayuntamiento.
El Ayuntamiento de Molina de Segura se quedará en propiedad de los primeros premios de cada modalidad.
Las obras no premiadas ni seleccionadas deberán ser retiradas personalmente en el plazo de 30 días naturales a partir de hacerse pública la relación de ganadores en el acto de entrega de premios. Las obras seleccionadas para la Exposición se retirarán en el plazo de 30 días naturales tras la realización de las mismas. La Concejalía de Juventud no se responsabilizará de las obras que no hayan sido retiradas en el citado plazo.
La organización podrá grabar en video, así como fotografiar las actividades que generen las diversas disciplinas artísticas convocadas. Los y las participantes aceptan el uso de esas imágenes por parte del Ayuntamiento de Molina de Segura para fines de difusión y nunca comerciales, al participar.
La Concejalía de Juventud realizará una exposición en aquellas modalidades que así lo permitan con las obras premiadas y las no premiadas seleccionadas. La participación en el certamen lleva implícita la autorización y cesión temporal de derechos para la realización de dichas actividades.
Los datos de carácter personal recogidos en la solicitud de participación, serán tratados únicamente a efecto de difusión de actividades y para la organización de este certamen, pudiendo ejercer ante el Ayuntamiento de Molina de Segura los derechos de acceso, cancelación y oposición, de conformidad en lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales.

 

REGULACIÓN ADMINISTRATIVA DEL CERTAMEN

BASES REGULADORAS

Las bases generales reguladoras de la convocatoria de subvenciones y premios del Ayuntamiento de Molina de Segura en vigor.

 

PREMIOS

El pago de los premios establecidos se hará efectivo en el tiempo necesario que requiera la tramitación administrativa, realizándose a través de transferencia bancaria. Los premios tendrán una retención del I.R.P.F. conforme a la normativa vigente del Ministerio de Hacienda.
A los premios locales únicamente pueden optar quien tenga empadronamiento en Molina de Segura, estudio o trabaje en el municipio, optando también a los otros premios.
No podrá ganar una persona más de un premio en una misma modalidad.
Así mismo no podrán presentarse a la misma disciplina artística los participantes que obtuvieron el primer premio en la edición anterior de este Certamen.
El jurado podrá declarar los premios desiertos. Y no podrán ser compartidos.
La Concejalía de Juventud elevará propuesta de resolución de concesión a la Junta de Gobierno Local que es el órgano competente para la resolución del procedimiento.
El acuerdo de concesión se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en el Tablón Edictal de la Sede Electrónica del Ayuntamiento (sedeelectronica.molinadesegura.es), surtiendo ésta los efectos de la notificación a quien participe de conformidad con lo previsto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El acuerdo de Junta de Gobierno Local de concesión del Premio, pone fin a la vía administrativa, y contra el mismo se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de DOS MESES, a partir del día siguiente a la notificación del mismo ante el órgano jurisdiccional competente, de acuerdo con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o Recurso Potestativo de Reposición en el plazo de UN MES contado desde el día siguiente a que se produzca la notificación del acuerdo de concesión, en la forma prevista en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los premios se entregarán a los ganadores en un acto público que tendrá lugar en Molina de Segura. Será inexcusable la presencia de cada premiado para que el premio se haga efectivo.
De conformidad con lo dispuesto en el art.14.1 de la citada LGS, los participantes que resulten premiados deberán acreditar que se encuentran al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social, y no ser deudores de obligaciones por reintegro de subvenciones. Asimismo, deberán presentar declaración de no hallarse incurso en ningu-
na de las prohibiciones previstas en el art. 13 de la citada Ley.

 

JURADO

El jurado estará compuesto por personas de reconocido prestigio profesional, cultural y artístico. Se nombrará un jurado técnico para cada una de las modalidades establecidas. Estará designado por el Concejala Delegada de Juventud y su composición se dará a conocer en el momento de hacerse público el fallo.
El jurado podrá declarar los premios desiertos.
Su fallo será inapelable y tendrá competencia para resolver cualquier circunstancia no prevista en las presentes bases.
El Concejala Delegada de Juventud elevará propuesta de resolución de concesión a la Junta de Gobierno Local que es el órgano competente para la resolución del procedimiento.

 

RÉGIMEN DE CONCURRENCIA COMPETITIVA

La concesión de los premios se efectúa en régimen de concurrencia competitiva, procedimiento a través del cual la concesión de los mismos se realizará mediante la comparación de las solicitudes presentadas, a fin de elegir las que mayor valoración hayan conseguido, de acuerdo con los criterios prefijados en la convocatoria y el crédito disponible establecidos en las presentes bases específicas.

 

ÓRGANO COMPETENTE PARA LA INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO

La Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Molina de Segura es el órgano competente para la resolución del procedimiento.

 

MEDIOS DE NOTIFICACIÓN

Los acuerdos de concesión se publicarán en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, en el Tablón Edictal de la Sede Electrónica del Ayuntamiento (https://sedeelectronica.molinadesegura. es) y en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS).

 

JUSTIFICACIÓN

A los efectos de la justificación será aplicable lo previsto en el artículo 30.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (LGS), por otorgarse los premios en atención a la concurrencia de una determinada situación del perceptor, no requerirá otra justificación que dicha situación previa a la concesión, sin perjuicio de los controles que pudieran establecerse.

 

PUBLICIDAD Y ENTREGA DEL PREMIO

El acuerdo de concesión se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento y en el Tablón Edictal de la Sede Electrónica del Ayuntamiento (https://sedeelectronica.molinadesegura.es), surtiendo ésta los efectos de la notificación a quien participe de conformidad con lo previsto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Los premios se entregarán a los ganadores en un acto público que tendrá lugar en Molina de Segura. Será inexcusable la presencia de cada premiado para que el premio se haga efectivo.

El acuerdo de Junta de Gobierno Local de concesión del Premio, pone fin a la vía administrativa, y contra el mismo se podrá interponer Recurso Contencioso-Administrativo en el plazo de DOS MESES, a partir del día siguiente a la notificación del mismo ante el órgano jurisdiccional competente, de acuerdo con lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o Recurso Potestativo de Reposición en el plazo de UN MES contado desde el día siguiente a que se produzca la notificación del acuerdo de concesión, en la forma prevista en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Fuente y Formulario de inscripción: juventud.molinadesegura.es/index.php/61-crearte-2020-certamen-de-creacion-artistica-joven

 


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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.