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PREMIO DE INVESTIGACIÓN "FELIPE ABAD LEÓN" 2019 (España)

04:10:2019

Género:    Investigación

Premio:    1.500 €

Abierto a:  sin restricciones

Entidad convocante: Ayuntamiento de Arnedo

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:    04:10:2019

 

BASES

 


BASES Y CONVOCATORIA DEL PREMIO DE INVESTIGACIÓN SOBRE LA HISTORIA, LA SOCIEDAD Y EL PATRIMONIO CULTURAL DE ARNEDO, 2019.

El Ayuntamiento de Arnedo cumpliendo uno de sus objetivos culturales, dentro del Programa Cultural anual, convoca este III Premio de Investigación “Felipe Abad León” sobre la historia, la sociedad y el patrimonio cultural de Arnedo 2019 para fomentar la investigación de temas relacionados con la historia, la sociedad y el patrimonio cultural de Arnedo, en régimen de concurrencia competitiva, de conformidad con lo dispuesto por la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Arnedo aprobada mediante acuerdo de Pleno de fecha 25.01.2018 y publicadas en el Boletín Oficial de La  Rioja nº 55 el día 11 de mayo de 2018, en la siguiente URL:
www.larioja.org/bor/es/boletines-nuevo?tipo=2&fecha=2018/05/11&referencia=7580473-4-HTML- 516972-X

1.-OBJETO
El Ayuntamiento de Arnedo convoca este premio para incentivar, potenciar y promover estudios en el campo histórico, social y cultural arnedano en materias como:
- Patrimonio cultural: histórico, artístico o cualquiera otra de sus manifestaciones.
- Acontecimientos históricos, sociales o económicos.
- Biografías.
- Estudio de instituciones o entidades de relevancia cultural o social. etc...

2. RÉGIMEN JURÍDICO
El otorgamiento de los premios se regirá por las presentes bases, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento que la desarrolla, la Ordenanza municipal de subvenciones del Ayuntamiento de Arnedo y las bases de ejecución del presupuesto general de la corporación en aquellos preceptos que resulten de aplicación. Supletoriamente serán de aplicación las normas establecidas en la legislación sobre procedimiento administrativo común.

3.- PREMIOS Y CRÉDITOS PRESPUESTARIOS
La dotación presupuestaria destinada a esta convocatoria será de 2.100 € con cargo a la aplicación presupuestaria 3267-48900 del Presupuesto municipal del Ayuntamiento de Arnedo para el año 2019.
Se concede un Primer Premio de 1.500,00 € y un accésit de 600,00 €, ambos sujetos a las retenciones fiscales correspondientes. Ambos también podrán declararse desiertos.

4.-REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES
Puede tomar parte en este concurso cualquier persona individualmente o en equipo que presenten trabajos de investigación, originales e inéditos sobre los temas establecidos.

No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas en quienes concurra alguna circunstancia recogidas en el art. 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones por lo que deberán estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de la seguridad social y no tener deuda con la Tesorería municipal.
En atención a la especial naturaleza de esta ayuda, de conformidad con lo dispuesto en el Título VI de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Arnedo, para optar al premio no se exigirá acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 13 de la LGS.

5.- CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN
Cada persona o grupo de investigación podrá presentar un único trabajo presentado en castellano y que, individualmente, deberán constituir una investigación completa en sí misma, ser inédito en este concurso y no formar parte de otro ya premiado o publicado ni que hayan sido premiados con anterioridad en este concurso o en ningún otro.

Los trabajos de investigación se deberán presentar sin firmar, en formato digital y en papel, en tamaño A4, fuente Arial tipo 12, e interlineado sencillo y constarán de los siguientes apartados:

a) Resumen con una extensión máxima de seis páginas, con el siguiente contenido:
• Título y breve resumen del trabajo presentado.
• Objetivo del trabajo.
• Justificación de que el contenido se ajusta al objeto de la convocatoria.
• La importancia o interés del tema desarrollado para Arnedo.
• Esquema de contenido.
• Metodología establecida y fuentes documentales utilizadas.
• Cualquier otro contenido que el autor/es estimen oportuno para la valoración de la propuesta.

b) Trabajo de investigación con una extensión mínima de 20 páginas.
c) Bibliografía, documentación y cuanto material (fotografías, dibujos, planos, mapas, gráficos…) el autor o autores estimen oportuno.

6.-PLAZO, LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN
Plazo: Del 17 de julio al 4 de octubre del 2019 ambos inclusive antes de las 14 horas.

Lugar: Se enviaran por correo postal o se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento (Oficina de Atención al Ciudadano- OAC), Plaza Nuestra Señora de Vico, 14. C.P.: 26580 Arnedo (La Rioja), sin perjuicio de los demás medios de presentación establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el caso de que las obras se presenten por correo o transporte, el Ayuntamiento de Arnedo no responderá de daños o extravíos que éstas puedan sufrir. En todo caso los gastos de envío serán por cuenta de los concursantes.

Forma de presentación: La presentación de los trabajos incluirá la siguiente documentación:

1- Un sobre en cuyo exterior figure el título del trabajo y en el interior, la solicitud de participación según modelo Anexo 1 con:
o Datos personales del autor o autores: Nombre y apellidos, DNI, domicilio, teléfono e incluirá
currículo vitae del autor/es.
o Declaración responsable de que el trabajo es propio e inédito en el concurso.
o Declaración responsable de no tener ningún impedimento para la condición de beneficiarios según se establece en el art. 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre General de Subvenciones, de estar al corriente con las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como estar al corriente con las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento de Arnedo y la autorización para que el Ayuntamiento de Arnedo compruebe de oficio este extremo en el caso de resultar ganador.

2- Trabajo/s a concurso según los apartados a), b) y c) establecidos en el punto anterior.

Si la documentación presentada por la persona solicitante es incompleta o no reúne los requisitos exigidos en las presentes Bases, se le requerirá para que en un plazo de diez días hábiles subsane las faltas detectadas o aporte los documentos preceptivos, en los términos y con los efectos establecidos en el artículo 68 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.

7. TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
De conformidad con la normativa vigente en materia de protección de datos personales, y en concreto el Reglamento (UE) 2016/679, le informamos de que sus datos personales formarán parte de un tratamiento titularidad del Ayuntamiento de Arnedo. Dicho tratamiento está legitimado por el ejercicio de poderes públicos y/o por el cumplimiento de una tarea en interés público. Sus datos no serán cedidos a terceros salvo que la ley lo permita o lo exija expresamente.
Por otro lado, le informamos de que con carácter general en caso de ser finalista o resultar premiado, sus datos personales, incluida su imagen, podrán ser publicados en la página Web del Ayuntamiento, revistas o folletos municipales. No obstante, podrá oponerse a este tratamiento indicándolo expresamente en el Modelo de Solicitud (Anexo 1) adjunto a las bases de este concurso.
Sin perjuicio de todo ello, puede ejercitar los derechos de acceso, rectificación, supresión (derecho al olvido), limitación del tratamiento, portabilidad de los datos, cancelación y oposición, en relación a sus datos personales, dirigiéndose presencialmente al Registro General del Ayuntamiento o a la dirección de correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Más información sobre Protección de Datos en https://www.arnedo.com/politica-privacidad

8.-PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN
El procedimiento se iniciará de oficio mediante convocatoria pública según lo establecido en el capítulo II del título 1 de la Ley 38/2003 de 17 de Noviembre y de acuerdo a los principios de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo común de las Administraciones Públicas.

La convocatoria desarrollará el procedimiento para la concesión de los premios correspondientes al Certamen establecido en las bases conteniendo los extremos señalados en el apartado 2 del art 23 de la Ley General de Subvenciones.

- Jurado. De conformidad con lo dispuesto en el Título VI de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Arnedo, el Jurado, nombrado por el Alcalde, estará presidido por el concejal delegado del área de Cultura y constituido por dos representantes del IER y dos investigadores designados por el Ayuntamiento de Arnedo.
El jurado tendrá en cuenta en su valoración los criterios que se establecen a continuación y elevará acta de su resultado al órgano municipal competente para que se adopte la resolución que proceda.

- Criterios de Valoración. Cada uno de los trabajos presentados será valorado por los miembros del jurado hasta un máximo de 40 puntos, puntuando en cada uno de los siguientes aspectos de 0 a 10 puntos:
o La importancia del tema desarrollado para Arnedo y el interés del mismo.
o La metodología establecida y fuentes documentales.
o El grado de coherencia entre materiales, método, fuente y objetivos propuestos en la investigación.
o Nivel de calidad del trabajo.
El trabajo premiado será el que obtenga mayor puntuación. Los candidatos tendrán que sumar una media de 20 puntos para poder optar a los premios.
El jurado podrá declarar desiertos los premios si, a su juicio, ningún trabajo reuniera los méritos o calidad suficientes, y conceder cuantas menciones honoríficas, sin dotación económica, estime convenientes y que conllevarán la posibilidad de publicación de los trabajos.

9.- ORDENACIÓN, INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL PROCEDIMIENTO.
El órgano competente para la instrucción del procedimiento será un Técnico del Área de Cultura, Educación, Nuevas Tecnologías y Patrimonio quien realizará cuantas actuaciones considere necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los cuales debe formularse la propuesta de resolución, en los términos señalados en el artículo 24 de la ley General de subvenciones.
El Jurado a la vista de las evaluaciones realizadas, levantará acta de valoración y la remitirá al órgano instructor del procedimiento, quien emitirá un informe en el que conste que, de la información que obra en su poder, se desprende que los beneficiarios del premios, reúnen todos los requisitos necesarios para acceder al mismo y elevará el fallo del Premio a la Alcaldía, quien resolverá la concesión del premio.
La resolución habrá de ser motivada con alusiones a los criterios de valoración y determinación de los premiados, haciendo constar de manera expresa la desestimación del resto de las solicitudes.

10. MEDIO DE PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA Y NOTIFICACIÓN O PUBLICACIÓN DE LOS ACTOS DICTADOS EN EL PROCEDIMIENTO.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento no podrá exceder de seis meses

10.1.- La presente convocatoria, sus bases y los sucesivos anuncios relativos al concurso se publicarán en los términos establecidos en los artículos 18.2 y 20 de la LGS., remitiéndose a tal efecto a la Base de Datos Nacional de Subvenciones, junto al extracto en el B.O.R., además de en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Arnedo y la página web municipal: www.arnedo.com.

10.2.- Las propuestas de resolución y las resoluciones de la subvención serán objeto de publicación en el Tablón de anuncios de la Corporación municipal y en el Tablón de anuncios electrónico de la Web municipal, surtiendo todos los efectos de notificación practicada conforme a lo dispuesto en el artículo
45.1 apartado b de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas en relación a los procedimientos de concurrencia competitiva.

11. PAGO DEL PREMIO

11.1.- Resuelta la concesión de los premios por la Alcaldía se ordenará el pago previa realización de  los trámites reglamentarios necesarios. No se podrá efectuar el pago de los premios si los beneficiarios no se hallaren al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Arnedo, pudiendo efectuarse la compensación de oficio en caso contrario.

11.2.- El abono del premio se realizará por transferencia en una cuenta bancaria a nombre de los beneficiarios.

11.3.- El autor/es ganador/es otorgará al Ayuntamiento de Arnedo a cambio del importe del premio, el permiso para publicar o difundir los trabajos ganadores haciendo referencia a su autor/es.

12. OTRAS CONSIDERACIONES

12.1.-Si se comprueba el incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en estas bases por parte del autor o de la obra, se procederá a la exclusión del concurso. En caso que el incumplimiento afecte al ganador y se verifique una vez otorgado el premio, éste deberá de proceder al reintegro del mismo, asumiendo las eventuales reclamaciones que se pudieran producir en concepto de daños y perjuicios por parte de otros autores, entidades, etc.

12.2.-La propiedad de los trabajos presentados, premiados o no corresponde a sus autores. El Ayuntamiento no tiene obligación de publicar la obra premiada o el accésit, pero si así lo decide, se reserva todos los derechos de publicación de las obras, con la única obligación expresa de citar el nombre del autor y la entrega al autor/es de un 5% de la primera tirada efectuada. Esta facultad de la entidad convocante perderá su validez si no se ha hecho efectiva en el plazo de 3 años a contar desde el fallo del premio o por decisión expresa del Ayuntamiento a solicitud motivada del autor. El Ayuntamiento podrá ejercer este derecho en la 1ª edición. En cualquier edición posterior deberá mencionarse expresamente el premio concedido. El Ayuntamiento decidirá el orden y oportunidad de publicación de las obras atendiendo a las recomendaciones del Jurado en este sentido.

12.3.-En el caso de la edición de las obras, los autores están obligados a aportar los originales de los documentos gráficos presentados con el trabajo.

12.4.-El Ayuntamiento conservará una copia de cada uno de los trabajos, con destino a los archivos municipales, con el fin de poder ser consultados libremente por la comunidad científica y grupos de interés, sin que ello suponga una cesión de los derechos de reproducción y explotación al  Ayuntamiento de Arnedo.

13. RÉGIMEN DE RECURSOS
La simple participación en este concurso supone la aceptación de todas sus bases y el sometimiento a las mismas de cuantas personas concurran con sus trabajos.
Cuantas incidencias se deriven del desarrollo de este concurso y de la interpretación de estas bases serán resueltas por el órgano concedente.
Contra la presente convocatoria, sus bases y las resoluciones administrativas que se adopten en ejecución de las mismas podrán interponerse los siguientes recursos: Recurso Contencioso Administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso administrativo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de la publicación de la Resolución, o previamente y con carácter potestativo, Recurso de reposición de conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015 de1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes a contar desde la publicación de la resolución ante el Alcalde-Presidente. El interesado, no obstante, podrá interponer cualquier otro recurso si lo estima conveniente.


Fuente y Anexo: www.arnedo.com/webroot/files/concursos/2019%20PremioInvestigacionBasesConvocatoria.pdf

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.