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XV PREMIO DE NOVELA CORTA DIPUTACIÓN DE CÓRDOBA” (España)
15-07-2014

Género: Novela

Premio:    nueve mil euros (9.000,00 euros) y edición

Abierto a:   sin restricciones

Entidad convocante:    DIPUTACIÓN DE CÓRDOBA

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre: 15:07:2014

 

BASES


El Diputado Delegado de Cultura, mediante decreto de fecha 10 de junio de 2014, ha resuelto aprobar la Convocatoria del XV Premio de Novela Corta Diputación de Córdoba, que se regirá por las siguientes bases:www.escritores.org
 
BASES DE LA CONVOCATORIA DEL “XV PREMIO DE NOVELA CORTA DIPUTACIÓN DE CÓRDOBA”
 
Primera. Podrán presentarse a este concurso narradores de cualquier nacionalidad, siempre que los trabajos presentados estén escritos en castellano.
 
Segunda. Se establece un premio de nueve mil euros (9.000,00 euros), cantidad que se imputará a la aplicación 550.3341.48100 del presupuesto para el ejercicio 2014. Dicha dotación estará sujeta a las retenciones fiscales que puedan corresponderle. El premio cubre los derechos de autor de la primera edición, que será de 1.000 ejemplares, de acuerdo con el artículo 46.1 del Texto Refundido de la
Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por el RD Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y por el que la Diputación de Córdoba adquiere los derechos de explotación a los que se refiere la Base Undécima.
 
Tercera. El premio se otorgará a una novela inédita de tema libre, y no premiada en ningún otro Certamen. El trabajo se escribirá por uno o varios autores y deberá tener una extensión mínima de 100 páginas y máxima de 150 páginas.
 
Cuarta. Los originales se presentarán por quintuplicado, mecanografiados, en papel tamaño DIN A-4, con tipo de letra Times New Roman, cuerpo 12 e interlineado 1,5 y debidamente encuadernados.
 
Quinta. Los trabajos se entregarán sin firmar y sin identificación alguna. En sobre cerrado se detallará el nombre, apellidos, dirección, correo electrónico, teléfono y una breve nota biográfica y en el exterior del sobre se indicará título del trabajo y lema, incluyéndose una declaración jurada de no tener comprometidos los derechos de la obra y de no estar pendiente de resolución en otro concurso.
 
Sexta. El lugar de presentación será el Registro General de la Diputación de Córdoba (Plaza de Colón, 15), de lunes a viernes, en horario de 9.00 a 13.30 horas y los sábados de 10.00 a 13.30 horas.

Asimismo, se podrán presentar en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El plazo de presentación de los trabajos comenzará el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y concluirá el 15 de julio del 2014.
Quienes incumplan con lo dispuesto en los ordinales anteriores serán excluidos definitivamente de la Convocatoria.
Finalizado el plazo de solicitudes, se publicará durante el plazo de 10 días, en el Tablón de Edictos de la Diputación, relación de trabajos presentados por título y lema.
 
Séptima. El Jurado estará presidido por el Sr. Diputado-Delegado de Cultura de la Diputación de Córdoba, y su composición no se hará pública hasta después de emitido el fallo, que tendrá carácter irrevocable. Actuará como Secretario del Jurado, con voz y sin voto el Jefe de Departamento de la Delegación de Cultura.
Con carácter previo a la reunión del Jurado, y en función del número de trabajos presentados, se podrá constituir una Comisión integrada por personas especializadas con el objeto de llevar a cabo una preselección de los trabajos presentados. Esta Comisión será designada por el Sr. Diputado Delegado de Cultura.
 
Octava. Se leerán todos los trabajos presentados que reúnan los requisitos formales establecidos en esta convocatoria, produciéndose el fallo en consideración del mérito absoluto de los mismos, por lo que podrá declararse desierto el premio.
 
Novena. A la vista del fallo del Jurado, el instructor del expediente formulará propuesta, indicando expresamente todas las obras presentadas a concurso y, en su caso, las que no se hayan admitido por no reunir los requisitos exigidos en la convocatoria, y expresará el autor para el que se propone la concesión del Premio. Dicha propuesta se elevará al órgano competente para que dicte resolución, que se notificará al ganador para que en un plazo de diez días comunique su aceptación y acredite que reúne los requisitos para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, de acuerdo con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
La resolución será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia.
 
Décima. La participación en el concurso implica la aceptación y conformidad de estas bases, y en lo no previsto en las mismas, se estará a lo que dictamine el Jurado.
 
Undécima. Los derechos de la obra ganadora quedará en propiedad de la Diputación de Córdoba, durante el periodo máximo permitido por el vigente Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual y así se hará constar en el preceptivo contrato de edición, procediéndose a su publicación durante el año 2015, y haciéndose constar en la publicación que se trata del XV Premio de Novela Corta "Diputación de Córdoba" correspondiente al año 2014. Dicha publicación podrá ser realizada en coedición con una Editorial especializada.
 
Duodécima. Los trabajos no premiados se podrán retirar de la Diputación de Córdoba en el plazo de tres meses, contados a partir de la publicación de la resolución, y previa presentación del recibo extendido por el Registro General o del justificante del Certificado de Correos. Pasado este plazo serán destruidos sin posibilidad de reclamación.
 
Decimotercera. Instruirá el procedimiento para la concesión del Premio a que se refiere la presente convocatoria la Delegación de Cultura.
La resolución del procedimiento, que pone fin a la vía administrativa, se efectuará mediante Decreto del Diputado Delegado de Cultura, por delegación de la Presidencia de la Corporación.
 
Decimocuarta. El hecho de presentarse a la convocatoria supone la aceptación de las bases por los solicitantes. En lo no regulado por las mismas se estará a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y demás disposiciones administrativas que resulten de aplicación.
 
Fuente  
 

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.