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PREMIO DE POESÍA JULIO TOVAR 2018 (España)

25:10:2018

Género:   Poesía

Premio:  3.000 € y edición de la obra por el ganador con cargo a la dotación económica del premio

Abierto a: sin restricciones

Entidad convocante: Organismo Autónomo de Cultura del Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   25:10:2018

 

BASES

             
Anuncio de bases que han de regir la convocatoria del Premio de Poesía Julio Tovar 2018 del Organismo Autónomo de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.

La Presidencia del Organismo Autónomo de Cultura mediante Resolución de fecha de 1 de octubre de 2018 aprobó convocatoria y la bases reguladoras del Premio de Poesía Julio Tovar 2018, conforme al siguiente detalle:

Premio de Poesía Julio Tovar 2018. Primera.
Las presentes bases tienen por objeto regular el Premio Bienal de Poesía “Julio Tovar” que organiza el Organismo Autónomo de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.

Segunda.

Podrán concurrir a él todos los autores, excepto los poetas premiados en anteriores convocatorias.

Tercera.

La obra que se presente ha de ser rigurosamente inédita.

Cuarta.

El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a que se dé publicidad del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.

Con carácter previo se publicarán las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia y en la página web del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.

Quinta.

El premio se otorgará a un poema o libro de poemas cuya extensión no podrá ser superior a quinientos versos ni inferior a cuatrocientos.

Sexta.

Los originales se remitirán acompañados de cinco copias, y se presentarán en las Oficinas del Registro del Organismo Autónomo de Cultura o en cualquier otro registro conforme determina el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La personalidad del autor/a deberá ampararse en un sobre cerrado aparte de la obra, y que ostente en su cara el mismo título y lema que figura en el libro. En el interior del sobre se hará constar el nombre y apellidos del concursante, así como su dirección, teléfono y cuantos datos bibliográficos estime oportunos.

Se habilitará, a los efectos, un registro especial en el que se recogerá exclusivamente el título de la obra y el lema que ampara la identidad del autor.

Séptima.

Los originales y copias de las obras no premiadas, así como el resto de la documentación aportada, deberán ser retirados por sus autores o personas autorizadas de las dependencias del Organismo Autónomo de Cultura en el plazo de dos meses a partir de la publicación del fallo del Jurado.

Asimismo, las obras y el resto de la documentación no retirada, en el plazo señalado anteriormente, será destruida.

Octava.

El Jurado designado por el Organismo Autónomo de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife estará presidido por el Sr. Presidente del Organismo Autónomo de Cultura o Director Gerente del mismo, e integrado por escritores, críticos o profesores de literatura de reconocido prestigio, actuando como secretario el Secretario Delegado del Organismo Autónomo de Cultura, o persona en quien delegue.

También podrá formar parte de este Jurado, como vocal, un representante de la familia del Poeta Julio Tovar.

El Jurado estará compuesto por un número impar de componentes, estableciéndose en 5 la cantidad de miembros del mismo.

Para la concesión del premio se seguirá un procedimiento acorde con el número de participantes, que establezca el Presidente del Jurado.

En caso de empate se procederá a otra votación, pues en ningún caso el premio podrá ser dividido entre dos o más obras, debiendo ser concedido íntegramente a una sola obra.

En caso de que se produzca nuevamente empate, decidirá el voto de calidad del Presidente.

Novena.

El fallo del Jurado será inapelable.

Décima.

El Jurado podrá declarar desierto el premio.

Undécima.

El premio se otorgará a un poema o libro de poemas cuya extensión no podrá ser superior a quinientos versos ni inferior a cuatrocientos.

Décimo Segunda.

El premio estará dotado con 3.000,00 euros (tres mil euros), pudiendo el Jurado conceder un solo Accésit de Publicación.

La obra premiada será editada por el ganador con cargo a la dotación económica del premio, siendo esta edición supervisada por el Organismo Autónomo de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife.

En cualquier otra edición deberá hacerse constar el premio a que se hayan hecho acreedores.

La dotación económica del premio y su publicación significarán el pago de los derechos de autor de la Primera Edición de la obra.

Décimo Tercera.

Toda persona que concurra al presente premio suscribe la aceptación de sus bases.

Décimo Cuarta.

El Organismo Autónomo de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, en caso de duda, se reserva la facultad de interpretar las presentes bases así como modificarlas por razones de interés público.
www.escritores.org
Décimo Quinta.

El plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de máximo de seis meses, computados a partir de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife.

El vencimiento del plazo máximo sin haberse publicado la resolución legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.

Fuente: www.bopsantacruzdetenerife.org


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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.