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X CONCURSO NARRACIÓN Y RECITADO DE POESÍA CURSO 2018/19 (España)

30:01:2019

Género: Relato, poesía, infantil y juvenil

Premio:   Dispositivo electrónico multimedia y diploma

Abierto a:  alumnos escolarizados en el quinto curso de Educación Primaria en centros educativos de la Comunidad de Madrid

Entidad convocante: Consejería de educación e investigación de la Comunidad de Madrid

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   30:01:2019

 

BASES


Primero.

Objeto de la norma y ámbito de aplicación

El objeto de la presente Orden es convocar, en régimen de concurrencia competitiva, de conformidad con la Orden 3995/2016, de 21 de diciembre por la que se aprueban las bases reguladoras del Concurso de Narración  y de Recitado de  Poesía  para  los  alumnos  de  quinto  curso  de  Educación  Primaria  de  la   Comunidad  de  Madrid,  la  X  edición  del  concurso  correspondiente  al  año académico  2018-2019 para  los  alumnos  que  estén  escolarizados  en el quinto curso de Educación Primaria en centros educativos de la Comunidad de Madrid.  
 

Segundo.

Requisitos para la participación

1. Los centros solicitarán a los padres o tutores legales de los alumnos que vayan a participar en el Concurso de Narración y de Recitado de Poesía la autorización para la filmación de las pruebas, que se grabará con vistas tanto a que el jurado pueda visionarla posteriormente como a su posible exhibición en la Mediateca de EducaMadrid, mediateca.educa.madrid.org. La autorización se ajustará en su contenido y diseño al modelo incluido en el Anexo II de esta orden y será remitida por los centros a la Dirección de Área Territorial correspondiente junto con las solicitudes de participación.

2. Los centros rellenarán y firmarán la solicitud con los datos de sus alumnos participantes y maestros responsables en el Concurso de Narración y Recitado de Poesía, según el Anexo I de esta orden.

3. Uno de los maestros responsables de los alumnos que participen en este concurso desempeñará las funciones de intermediario entre el centro y la Administración educativa, tanto para la modalidad de narración como para la modalidad de recitado de poesía.

4. Los centros deberán tener previsto que al menos los días de las pruebas de las fases territoriales y finales, así como el día del acto de entrega de premios, los alumnos sean acompañados, preferentemente, por los maestros responsables designados a tal fin.


Tercero.

Plazo y lugar de presentación de las solicitudes.

1. El plazo de presentación de las solicitudes para ambas modalidades comprenderá desde el 10 al 30 de enero de 2019, ambos inclusive.

2. La  presentación  de  solicitudes  y  de  la  documentación  que  debe acompañarlas  se  realizará  en  el  Registro  Electrónico  de  la  Consejería  de  Educación e Investigación o en los demás lugares previstos en el artículo 16.4 a)de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La solicitud debe presentarse por medios electrónicos siempre que se disponga de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la "Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación", o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.

La documentación requerida en el procedimiento puede anexarse a la solicitud en el momento de su presentación y envío, aunque también es posible autorizar a la Administración la consulta de los datos contenidos en los documentos, en aquellos casos en que esta opción exista y se encuentre operativa. Se presumirá que esta consulta es autorizada por los interesados, salvo que conste en el procedimiento su oposición expresa o la ley especial aplicable requiera consentimiento expreso. En el caso de que no prestara este consentimiento para la consulta y comprobación de sus datos, el interesado estará obligado, con carácter general, a aportar copia de los documentos correspondientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 28.3 de la Ley 39/2015.

Podrán aportarse documentos durante la tramitación del expediente, a través de la opción "Aportación de Documentos a expedientes abiertos" disponible en el portal www.comunidad.madrid, página de inicio, enlace Administración electrónica, apartado Servicios electrónicos.

Asimismo, las notificaciones que la Administración de la Comunidad de Madrid haya de practicar al interesado en este procedimiento, se efectuarán a    través de la opción Notificaciones Electrónicas del portal www.comunidad.madrid,
página de inicio, enlace Administración electrónica, apartado Servicios electrónicos.

3. Si la solicitud no reúne los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos perceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que deberá ser dictada en los términos del artículo 21 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Tanto el requerimiento del interesado como la subsanación por parte de este último, se realizarán a través de medios electrónicos de acuerdo con lo establecido en el artículo 14.2 del mismo texto legal.

4. Una vez cerrado el plazo para la recogida de solicitudes, las Direcciones de Área Territorial enviarán la información sobre la participación de su DAT a la Dirección General de Becas y Ayudas al Estudio.


Cuarto.

Celebración de las pruebas: Fase Territorial

1. La prueba de narración de la fase territorial tendrá una duración de una hora, y se realizará el día 18 de febrero de 2019 de once a doce horas en todas las Direcciones de Área Territorial.

2. La prueba de recitado de poesía de la fase territorial tendrá lugar entre los días 18 y 20 de febrero de 2019, ambos inclusive.

3. Tanto para la Modalidad de Narración como para la Modalidad de Recitado de Poesía del concurso, en esta fase, las Direcciones de Área Territorial seleccionarán el número máximo de alumnos que pasarán a la Fase Final, distribuidos de la siguiente manera:
- Dirección de Área Territorial de Madrid-Capital: 12 alumnos.
- Dirección de Área Territorial de Madrid- Norte: 6 alumnos.
- Dirección de Área Territorial de Madrid-Sur: 10 alumnos.
- Dirección de Área Territorial de Madrid-Este: 6 alumnos.
- Dirección de Área Territorial de Madrid-Oeste: 6 alumnos.

4. Los alumnos que superen la fase territorial del concurso de recitado de poesía deberán remitir a las DAT el poema libre elegido para la fase final en el la plantilla que se les facilitará para tal fin.

5. Las Direcciones de Área Territorial enviarán a la Dirección General de Becas y Ayudas al Estudio las poesías de libre elección de los alumnos finalistas, así como las actas de la fase territorial antes del 7 de marzo de 2019.


Quinto

Celebración de las pruebas: Fase Final

1. Tanto para la modalidad de narración como para la modalidad de recitado de poesía, la Dirección General de Becas y Ayudas al Estudio fijará el lugar, la fecha y la hora de celebración de las pruebas de la fase final. Las Direcciones de Área Territorial comunicarán dicha información a los centros correspondientes con la debida antelación. En todo caso, la prueba tendrá lugar antes del día 30 de abril de 2019.

2. Los relatos realizados por los alumnos, no serán devueltos, ni se facilitará copia de los mismos, quedando custodiados por la Consejería de Educación e Investigación, según lo establecido en el apartado 2 del artículo 5 de la Orden 3995/2016.


Sexto.

Criterios de calificación: modalidad de narración

1. Coherencia, adecuación y originalidad: transmite las ideas con claridad y progresión temática (máximo 3 puntos).
a) Información relevante y relacionada con el tema (1,25 puntos).
b) Ideas comprensibles y coherentes (0,75 puntos).
c) Progresión adecuada de la información (0,50 puntos).
d) Originalidad (0,50 puntos).

2. Cohesión (máximo 3 puntos).
a) Uso correcto de conectores para enlazar oraciones (1 punto).     
b) Uso correcto de los signos de puntuación (1 punto).
c) Léxico relacionado con  el  tema  y  riqueza  en  su  uso  (sinónimos, antónimos, campo semántico…) (1 punto).  

3. Corrección lingüística (máximo 3 puntos).
a) Uso correcto de la ortografía (1,50 puntos).
b) Uso correcto de la gramática: precisión sintáctico-morfológica (concordancia, uso correcto de los verbos, preposiciones, uso correcto de oraciones simples y/o complejas….) (1,50 puntos).

4. Presentación: limpieza, claridad y orden en el escrito (máximo 1 punto).


Séptimo.

Criterios de calificación: modalidad de recitado de poesía.

1. Fase territorial 10 puntos:
a) Memorización del poema (máximo 3 puntos)
b) Pronunciación y vocalización correctas (máximo 3 puntos):
c) Expresividad en el recitado: uso de elementos paralingüísticos (máximo 4 puntos).
1º. Entonación (1 punto)
2º. Volumen e intensidad (1 punto)
3º. Velocidad, ritmo y pausas (1 punto) 4º. Tono (1 punto)

2. Fase final 10 puntos (media entre las dos pruebas):

a) Primera prueba: (10 puntos)
1º. Memorización del poema (máximo 3 puntos)
2º. Pronunciación y vocalización correctas (máximo 3 puntos):
3º. Expresividad en el recitado: uso de elementos paralingüísticos (máximo 4 puntos).
Entonación (1 punto)
Volumen e intensidad (1 punto)
Velocidad, ritmo y pausas (1 punto)
Tono (1 punto)

b) Segunda prueba: (10 puntos)
1º. Memorización del poema (máximo 1,50 puntos)
2º. Pronunciación y vocalización correctas (máximo 1,50 punto):
3º. Expresividad en el recitado: uso de elementos paralingüísticos(máximo 2 puntos).
Entonación (0,50 puntos)
Volumen e intensidad (0,50 puntos)
Velocidad, ritmo y pausas (0,50 puntos)
Tono (0,50 puntos)
4º. Dificultad (2 punto)
5º. Extensión (1,50 puntos)
6º. Originalidad (1,50 puntos)


Octavo.

Premios

1. La Consejería de Educación e Investigación concederá un máximo de tres premios individuales para cada modalidad consistentes, cada uno de ellos, en un dispositivo electrónico multimedia de uso personal.

2. Los centros a los que pertenezcan los tres alumnos premiados de cada modalidad, recibirán un lote de libros por un importe mínimo de trescientos euros cada uno de ellos.

3. Se otorgarán diplomas a los alumnos seleccionados para la fase final y a los premiados. La entrega de estos podrá realizarse en acto público.

 
Noveno.

Certificación

1. La Dirección General de Becas y Ayudas al Estudio reconocerá a los maestros responsables de los alumnos que hayan superado  la  fase  territorial  y lleguen  a  la  fase  final  un  crédito  de  formación  por  actividad  de  especial    dedicación.  Para  proceder  a  su  certificación,  el  centro  educativo,  una  vez finalizada la actividad y a instancia del interesado, remitirá a dicha Dirección General,  la  solicitud  de  certificación  como  actividad  de  especial  dedicación, siguiendo  lo  indicado en  la base Tercera de las  Instrucciones de carácter anual por las que se establece el procedimiento para la certificación de las actividades de especial dedicación, de la Dirección General de Becas y Ayudas al Estudio, y en todo caso antes del 31 de diciembre de 2019.


Décimo.

Instrucción del procedimiento y resolución de la convocatoria

1. La instrucción del procedimiento se llevará a cabo por la Dirección General de Becas y Ayudas al Estudio.

2. De acuerdo con el acta de propuesta de premios, la Dirección General de Becas y Ayudas al Estudio propondrá al titular de la Consejería de Educación e Investigación la resolución de la convocatoria y la adjudicación de  los premios. La orden de concesión de premios determinará en cada caso las cuantías de los premios y cuantos extremos sean necesarios para su adecuada aplicación.

3. El plazo máximo para la resolución de la presente convocatoria será de cinco meses a partir de la finalización del plazo de presentación de las solicitudes establecido en el tercer apartado de esta orden.

4 La Dirección General de Becas y Ayudas al Estudio establecerá los procedimientos oportunos para la entrega de premios a los alumnos.

5. Los alumnos que obtengan premio en cualquiera de las modalidades del Concurso de Narración y de Recitado de Poesía recibirán además, un Diploma acreditativo de tal distinción.

6. La resolución de la convocatoria se hará pública en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.


Undécimo.

Recursos contra la convocatoria

Contra la presente orden, que pondrá fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición en el plazo de un mes ante el propio órgano que la ha dictado de conformidad con lo previsto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses de conformidad con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contenciosa-administrativa, computados tanto este como aquel, a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.


Duodécimo.

Aceptación de las bases

La participación en el Concurso de Narración y de Recitado de Poesía supone la aceptación de lo establecido en la presente convocatoria y en las bases que la regulan.


Decimotercero.

Financiación

1. La convocatoria se financia, con el crédito suficiente y adecuado, con cargo al programa 322O, subconcepto 48399, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid.

2. La resolución definitiva de la presente orden quedará sujeta, con carácter de condición suspensiva, a la existencia de crédito adecuado y suficiente en los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2019.

 
Decimocuarto.

Costes presupuestarios

Los costes presupuestarios destinados a la financiación de la convocatoria ascienden un máximo de CINCO MIL EUROS (5.000 euros).


Decimoquinto.

Habilitación

Se autoriza a la Dirección General de Becas y Ayudas al Estudio para dictar cuantas medidas sean precisas para la aplicación de lo dispuesto en la presente orden.
www.escritores.org

Decimosexto.

Entrada en vigor

Esta orden surtirá efectos a partir del día siguiente al de la publicación del extracto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.


Fuente y Anexos: www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/425434

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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