PREMIO LOPE DE VEGA DE TEATRO 2019 (España)



altESCRITORES.ORG - CONVOCATORIAS CONCURSOS LITERARIOS


 

¿Deseas recibir en tu correo nuestro boletín de noticias? (gratuito). Incluye información sobre premios literarios, cursos, empleo sector editorial, actualidad... Pulsa aqui

 

PREMIO LOPE DE VEGA DE TEATRO 2019 (España)

18:11:2020

Género:  Teatro

Premio:   12.000 €

Abierto a:  mayor de edad

Entidad convocante:  Ayuntamiento de Madrid

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  18:11:2020

 

BASES

 

El objeto de la convocatoria del Premio Lope de Vega de Teatro es fomentar la creación literaria en la ciudad de Madrid impulsando la escritura dramática, mediante la selección de entre los textos presentados escritos en lengua castellana, de tema libre, original e inédito, aquél que el Jurado considere el mejor, tanto por su tratamiento dramático como por su visión escénica.

 

¿A quién va dirigido?

Podrá participar en esta convocatoria del Premio Lope de Vega de Teatro, cualquier persona física, mayor de edad, siempre que sea autor/a de la/s obra/s presentada/s.

 

Plazo

04/11/2020 - 18/11/2020

 

Requisitos

- Los autores podrán participar con cuantas obras estimen oportuno.

- Los textos dramáticos que se presenten a este concurso han de reunir los siguientes requisitos y características:
- El texto, de tema libre y de cualquier modalidad teatral, ha de estar escrito en lengua castellana.
- No debe haber sido publicado en ningún formato (papel o digital).
- No debe haber sido premiado anteriormente en ningún otro concurso.
- No debe haber sido estrenado con fines comerciales.
-
- No podrán participar las personas físicas que, cumpliendo los requisitos específicos de participación establecidos, estén incursas en alguna de las causas de prohibición para percibir subvenciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
-
- Si entre la finalización del plazo de presentación y la concesión del Premio, alguna de las personas autoras concurrentes obtuviera otro premio en otro certamen literario con la misma obra que presenta al Premio Lope de Vega, deberá comunicarlo por escrito al Ayuntamiento de Madrid a fin de que el Jurado no la tenga en consideración en su decisión.

 

Cómo realizar el trámite

Dadas las circunstancias actuales, condicionadas por las medidas de distanciamiento social como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, la forma de participar en esta convocatoria seráúnica y exclusivamente a través de formato electrónico, no admitiéndose las obras en papel.
La documentación exigida para participar en esta convocatoria irá dirigida a la titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte del Ayuntamiento de Madrid y podrá presentarse:

- En línea: realizando la solicitud a través del enlace "Registro Electrónico" disponible en "Tramitar en línea" (requiere identificación y firma electrónica). Para más información: consultar la ayuda.

- Están obligados a realizar la tramitación por medios electrónicos: las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica y demás sujetos obligados por el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

- Presencialmente: en las Oficinas de asistencia en materia de registro del Ayuntamiento de Madrid, con cita previa, así como en los registros de otras Administraciones Públicas. También podrán remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuando la solicitud, el Anexo y el resto de la documentación exigida se remitan por correo administrativo, o se presente en un registro distinto al del Ayuntamiento de Madrid, el participante deberá comunicarlo, en un plazo máximo de 24 horas (desde dicha presentación o envío), mediante correo electrónico a la siguiente dirección: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. En este supuesto, deberá existir constancia de la transmisión y recepción de dicho correo electrónico, de la fecha de presentación o envío por correo administrativo de la solicitud de subvención, así como de la debida identificación del participante mediante pseudónimo o lema elegido por su autor.

Plazo: Del 4 al 18 de noviembre de 2020 (15 días naturales desde el día siguiente al de la publicación en el BOAM nº 8761 de 3 de noviembre de 2020)

 

Documentación

- Solicitud en formulario normalizado, disponible en ‘Tramitar en línea' (Registro electrónico) y ‘Modelos de formularios'

- La solicitud incluye la declaración responsable que manifiesta que cumple con los requisitos que establece la convocatoria, tanto en lo referente al solicitante como de a la obra presentada.

- La solicitud conlleva la autorización para que el órgano instructor pueda obtener la información de consulta y verificación de los datos de estar al corriente de pago con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) y con la Seguridad Social.

- En el supuesto de que el participante no autorice la verificación de los datos de la AEAT y/o de la Seguridad Social, deberá aportar la correspondiente certificación de conformidad con lo previsto en el artículo 22.4 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003 General de Subvenciones de 17 de noviembre (RGS).

- Igualmente, la solicitud conlleva la declaración responsable por parte del participante, de no hallarse incursa en ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 13 de la Ley General 38/2003 General de Subvenciones, de 17 de noviembre (LGS), y de no ser deudor de obligaciones por reintegro de subvenciones.

- Se comprobará de oficio la inexistencia de deudas tributarias en período ejecutivo de pago con el Ayuntamiento de Madrid y que no es deudor por reintegro a la Hacienda Municipal.

- Obra con la que se concursa, en formato PDF. Este archivo llevará el siguiente nombre: "Premio Lope de Vega. Edición 2019. Título de la obra". En este archivo solo puede aparecer el texto de la obra, su título y el pseudónimo o lema elegido por su autor.

- Plica en formato PDF. Este archivo llevará el siguiente nombre: "Plica. Título de la obra". En este archivo aparecerá el nombre y apellidos del autor, el título de la obra y el pseudónimo o lema elegido por su autor.

- En el caso de que un mismo autor presente dos o más obras, deberá cumplimentar una solicitud por cada una de ellas.

 

Más información

 

Información complementaria

- Premio: La dotación económica del Premio asciende a 12.000 € y estará sujeto a la retención del IRPF que corresponda.

- Criterios de valoración para la concesión de los premios:

- Al tratarse de la selección de una obra de carácter artístico, cuya única base de juicio es el propio texto presentado, el Jurado deberá ponderar equilibradamente el tratamiento dramático y la visión escénica, indicados en el objeto del Premio.

- Estos dos criterios, cuya consideración y peso han de ser semejantes, se desglosan en diferentes aspectos únicamente a efectos de su descripción y como orientación para la futura evaluación y fallo del Jurado; pero, dado que cada obra ha de ser contemplada en su conjunto, tales aspectos no pueden ser ponderados siguiendo criterios proporcionales o de valoración aritmética.

1. Tratamiento dramático: en este apartado se valorarán los siguientes aspectos: integración de lenguajes artísticos y originalidad e innovación del texto o cualquier otro que considere el Jurado.
2. Visión escénica: en este apartado se valorarán los siguientes aspectos: potencialidades escénicas del texto y dimensión literario-dramática del texto (lenguaje, estilo, diálogo, poética de la acotación etc o cualquier otro que considere el Jurado.

Más información: ver bases completas de la convocatoria en el apartado "Información relacionada".

Fundamento legal

- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, Ley General de Subvenciones
- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la misma.
- Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos.

Entidad Gestora

Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte del Ayuntamiento de Madrid

 

Fuente y Formulario de inscripción: sede.madrid.es/portal/site/tramites/menuitem.62876cb64654a55e2dbd7003a8a409a0/?vgnextoid=b8a2121ba1975710VgnVCM2000001f4a900aRCRD&vgnextchannel=d4968173cec9c410VgnVCM100000171f5a0aRCRD


 

©Condiciones para la reproducción de contenidos de esta página.

 


Para consultar todas las convocatorias vigentes pulsa aquí
Para consultar resultados de las convocatorias pulsa aquí
Para consultar recomendaciones antes de presentar una obra a concurso pulsa aquí

 

banner

 


 

Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.