CONCURSO DE OBRA AUDIOVISUAL DOCUMENTAL FNA 2020 (Argentina)



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CONCURSO DE OBRA AUDIOVISUAL DOCUMENTAL FNA 2020 (Argentina)

15:10:2020

Género:  Documental

Premio:   $ 120.000

Abierto a:  argentinos y extranjeros mayores de 18 años que residan legalmente en la República Argentina

Entidad convocante:  Fondo Nacional de las Artes

País de la entidad convocante:  Argentina

Fecha de cierre:  15:10:2020

 

BASES

 

MARCO GENERAL
El FONDO NACIONAL DE LAS ARTES con el fin de promover el campo documental nacional, llama a concurso de obras audiovisuales para argentinos y extranjeros que habiten legalmente en nuestro país con el objeto de premiar, fomentar y colaborar en la difusión de la producción local.

OBJETIVOS
Reconocer y valorar la producción de obras audiovisuales documentales.
Premiar las labores creativas de realizadores, productores y guionistas audiovisuales.

REGLAMENTO
ARTÍCULO 1º - CONVOCATORIA
El FONDO NACIONAL DE LAS ARTES llama a concurso de obras audiovisuales documentales para directores y/o productores argentinos y extranjeros que habiten legalmente en nuestro país.

ARTÍCULO 2º - INSCRIPCIÓN
Fecha de inscripción: del 24 de septiembre al 15 de octubre del 2020.
Las obras se presentarán únicamente online, a través de la página Web del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES. Deberán registrarse como usuarios en app.fnartes.gob.ar, completar el formulario y adjuntar la obra a concursar.
Si los archivos superan el tamaño especificado en la página Web, deberán presentar un link con configuración privada donde se encuentran alojados los contenidos.

ARTÍCULO 3º - PREMIOS
Se establecen los siguientes premios:
Un Primer Premio de CIENTO VEINTE MIL PESOS ($120.000)
Un Segundo Premio de SETENTA MIL PESOS ($70.000)
Un Tercer Premio de CUARENTA MIL PESOS ($40.000).
El Directorio podrá otorgar menciones honoríficas.

ARTÍCULO 4° - REQUISITOS
a) Podrán participar argentinos y extranjeros mayores de 18 años que residan legalmente en la República Argentina.
b) Deberán completarse los datos requeridos en el formulario de inscripción, indicando domicilio particular, localidad y provincia, mail personal, teléfono y/o celular de contacto. Deberán presentar copia del anverso y reverso del Documento Nacional de Identidad argentino otorgado por el Registro Nacional de las Personas (RENAPER). La constancia de DNI en trámite no acredita identidad. Los postulantes deberán residir legalmente en la República Argentina
c) Las obras deberán presentarse exclusivamente de forma online, a través de la plataforma digital del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES: app.fnartes.gob.ar.
d) Deberá presentarse una obra documental de una duración mínima de CINCUENTA Y DOS (52) MINUTOS en formato mp4 acompañada con una descripción que incluya sinopsis y ficha técnica (Título, Año, Duración, Equipo técnico). Si el archivo de la obra supera el tamaño especificado en la plataforma, deberán presentar un link con configuración privada donde se encuentran alojados los contenidos.
e) El FONDO NACIONAL DE LAS ARTES sugiere que los postulantes al presente concurso inscriban la obra a concursar en la Dirección Nacional del Derecho de Autor.
f) Se recibirán obras inéditas o estrenadas. En el caso de estas últimas, su estreno debe haberse producido en fecha posterior al 1 de enero de 2018.
Se tendrán por válidas todas las notificaciones que se efectúen al correo electrónico declarado por el postulante en el formulario de inscripción, siendo su responsabilidad mantenerlo actualizado para todo lo relativo a las comunicaciones posteriores al cierre de la convocatoria. En caso de declarar un correo electrónico inválido se tendrán por legítimas todas las comunicaciones e intimaciones dirigidas al mismo.

ARTÍCULO 5° - RESTRICCIONES
a) Quedan excluidos de esta convocatoria los funcionarios y el personal de planta permanente y contratado que se desempeña en el FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.
b) No podrán postularse las personas que durante el año 2018 hayan ganado un premio en alguno de los concursos de Medios Audiovisuales organizados por el FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.
c) No podrán postularse las personas que durante el año 2019 hayan recibido una beca o premio del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.
d) No serán tomadas en cuenta las solicitudes de beneficiarios de años anteriores de algún programa del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES que no hayan cumplido con los compromisos adquiridos, en los plazos estipulados según la reglamentación vigente.
e) No podrán participar los artistas que tengan relación de parentesco hasta el segundo (2º) grado consanguíneo y/o de afinidad con algún miembro del Directorio del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.
f) Podrá presentarse un solo documental por participante.
g) En caso de resultar ganador de dos o más concursos de Medios Audiovisuales organizados por el FONDO NACIONAL DE LAS ARTES durante 2020 deberá optarse por un único beneficio.

ARTÍCULO 6º - JURADOS
La selección de las obras estará a cargo de un jurado compuesto por especialistas, designados por el FONDO NACIONAL DE LAS ARTES para esos fines.
Los Jurados darán a conocer su dictamen dentro de los SESENTA días (60) de haberse constituido, mediante un Acta con la nómina de ganadores que será elevada al Directorio del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES para su consideración y aprobación.

ARTÍCULO 7º - RESULTADOS
a) Los resultados de la convocatoria serán publicados en la página web fnartes.gob.ar.
b) Una vez publicados se notificará a los ganadores, quienes deberán completar, dentro de los TRES (3) días hábiles subsiguiente, la siguiente documentación en la plataforma del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES:
- Nota de aceptación del beneficio
- Alta de Beneficiario
- Constancia de CBU de una cuenta propia.
- Constancia de inscripción ante AFIP, en caso de corresponder.
c) En caso de renuncias o vencimiento del plazo de aceptación, se procederá a la anulación del beneficio.

ARTÍCULO 8º - TRANSFERENCIA
Aquellos ganadores que cumplan con todos los requisitos establecidos en el artículo precedente recibirán el importe del premio mediante transferencia bancaria a una cuenta propia. No se realizarán transferencias a cuentas de terceros.

ARTÍCULO 9º - DIFUSIÓN DE LOS AUTORES GANADORES
Por el hecho de participar con la presentación de sus obras en este Concurso, los postulantes prestan su conformidad, en caso de resultar premiados, para que se difunda su nombre, apellido, DNI, lugar de residencia, título de la obra y de ser necesario una breve sinopsis de la misma, en el modo, lugar, formato, soporte y/o cualquier medio que determine el FONDO NACIONAL DE LAS ARTES o instituciones autorizadas por éste , excluyendo toda otra utilización que persiga fines comerciales.
El FONDO NACIONAL DE LAS ARTES no asume el compromiso de publicar la obra. En caso de que el postulante premiado decidiera publicar su obra con posterioridad, deberá dejar constancia en la publicación que ha sido ganador del presente Concurso

ARTÍCULO 10º - PROPIEDAD INTELECTUAL
Los postulantes autores de las obras premiadas conservarán el Derecho de Propiedad Intelectual sobre las mismas de acuerdo a la Ley 11.723.
El FONDO NACIONAL DE LAS ARTES conserva el derecho de realizar la difusión de los autores de las obras premiadas en los términos descritos en el Artículo 9º del presente, sin que ello implique el derecho de pago de honorarios y/o importe alguno por cualquier concepto. En todos los casos se mencionará el nombre del autor.

ARTÍCULO 11º - DERECHOS DE AUTOR
La simple inscripción al presente Concurso equivale a una declaración jurada del/de los participante/s afirmándose como autor/es legítimo/s del proyecto.
En caso de obras en colaboración o de autoría conjunta los postulantes deberán acreditar fehacientemente que cuentan con la/s autorización/es de todos los autores para presentar la obra y el derecho al cobro en caso de resultar ganador.
Los postulantes garantizarán la indemnidad al FONDO NACIONAL DE LAS ARTES frente a eventuales reclamos que terceros pudieran articular.

ARTÍCULO 12º - DERECHOS DE IMAGEN
Los postulantes autorizan al FONDO NACIONAL DE LAS ARTES a difundir su imagen y/o sonidos obtenidos mediante sesiones de fotografía y/o filmaciones y/o cualquier otro medio técnico, en el marco de las actividades que se llevarán a cabo para la presente convocatoria. Esta difusión podrá realizarse por cualquier medio de comunicación creado o a crearse, incluyendo pero sin limitarse a material periodístico, avisos publicitarios, avisos audiovisuales, gráficos, diarios y revistas, vía pública, Internet, representaciones televisivas y/o de radiodifusión, material promocional y demás gráficas e imágenes, tanto en Argentina como en el extranjero, con la única limitante de aquellos usos que pudieran afectar el derecho al honor.
Se deja constancia que dicha autorización comprende, pero no se limita al derecho comunicación al público y que no implica derecho a remuneración.

ARTÍCULO 13º - ACEPTACIÓN DE REGLAMENTO
El solo hecho de presentarse a la presente convocatoria implica por parte de los concursantes, el conocimiento y acatamiento de las normas establecidas en este reglamento.

ARTÍCULO 14º - IMPREVISTOS
Toda circunstancia no prevista en las normas precedentes será resuelta por el Directorio del Fondo Nacional de las Artes



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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.