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XXXV PREMIO DE TEATRO DE LA CIUDAD DE GUADALAJARA "ANTONIO BUERO VALLEJO" (España)

20:09:2019

Género: Teatro

Premio:  6.000 €, edición y 100 ejemplares

Abierto a:   sin restricciones

Entidad convocante: Patronato Municipal de Cultura del Ayuntamiento de Guadalajara

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:   20:09:2019

 

BASES

 


BASES Y CONVOCATORIA DE LA XXXV EDICIÓN DEL PREMIO DE TEATRO CIUDAD DE GUADALAJARA 2019 “ANTONIO BUERO VALLEJO”

El Patronato Municipal de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara convoca la XXXV Edición del Premio de Teatro Ciudad de Guadalajara 2019, “Antonio Buero Vallejo”.

Con motivo de ello, se ha resuelto publicar la presente convocatoria de acuerdo a las siguientes

BASES

1.- OBJETO

El objeto de la convocatoria es seleccionar, de entre los textos de teatro presentados, aquel que el jurado considere mejor, tanto por su tratamiento dramático como por su visión escénica, escrito en lengua castellana, de tema libre, original e inédito

2.- PARTICIPANTES

2.1.- Podrán concurrir cuantas personas interesadas lo deseen, de cualquier nacionalidad, y con una sola obra, pudiendo hacerlo de forma individual o colectiva. Los premios se concederán en régimen de concurrencia competitiva.

2.2.- Los participantes habrán de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según establece el artículo 24.7 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y con el Ayuntamiento de Guadalajara.

Así mismo, no podrán hallarse incursos en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

Según establece el artículo 22.4 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, la presentación de la solicitud de subvención conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación de las circunstancias previstas en los artículos 18 y 19 del Real Decreto mencionado a través de certificados telemáticos, en cuyo caso el solicitante no deberá aportar la correspondiente certificación. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces la certificación en los términos previstos en los apartados anteriores. En cualquier caso, los solicitantes que no tengan su residencia fiscal en territorio español deberán presentar un certificado de residencia fiscal emitido por las autoridades competentes de su país de residencia.

2.3.- No podrán participar en esta convocatoria las personas que tengan pendiente de justificación, fuera de plazo, subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Guadalajara o sus organismos autónomos.

3.- CONDICIONES TÉCNICAS

3.1.- Pueden optar a este premio las obras originales, e inéditas, que no hayan sido premiadas en otros concursos. Los autores serán responsables, ante el Patronato Municipal de Cultura y frente a terceros, del cumplimiento de lo establecido en este punto.

3.2.- Se admitirá un máximo de una obra por autor.

3.3.- El tema será libre.

3.4.- Los originales estarán escritos en lengua castellana y sin límite alguno en el número de páginas.

3.5.- El texto teatral se presentará, por triplicado, a tamaño folio –DinA4–, mecanografiado a doble espacio por una sola cara y encuadernado para poder ser leído.

3.6.- Para preservar la identidad del autor hasta el fallo del Jurado, cada concursante presentará cada uno de los tres ejemplares sin firma, señalándose en su portada el título de la obra.

3.7.- Aparte, en sobre cerrado, se incluirá el nombre y apellidos de su autor, breve currículo, domicilio, teléfono y una declaración firmada indicando que el trabajo presentado es original e inédito. En el exterior del sobre aparecerá en letras mayúsculas el mismo título que figure en los originales, sin constar alusión alguna que permita identificar al concursante, siendo excluido el trabajo en caso contrario.

3.8.- La obra por triplicado y la plica se presentarán o enviarán en un solo sobre a las oficinas del Patronato Municipal de Cultura, en el que figurará la siguiente leyenda: PREMIO DE TEATRO CIUDAD DE GUADALAJARA, 2019. “ANTONIO BUERO VALLEJO”.

3.9.- Criterios de valoración:
Al tratarse de la selección de una obra de carácter artístico, cuya única base de juicio es el propio texto presentado, el Jurado deberá ponderar equilibradamente dos criterios, tratamiento dramático y visión escénica-. Estos dos criterios, cuya consideración y peso han de ser semejantes, se desglosan en diferentes aspectos únicamente a efectos de su descripción y como orientación para la futura

evaluación y fallo del jurado; pero, dado que cada obra ha de ser contemplada en su conjunto, tales aspectos no pueden ser ponderados siguiendo criterios proporcionales o de valoración aritmética.
1.- Tratamiento dramático.
En este apartado se valorarán los siguientes aspectos:
- Integración de lenguajes artísticos.
- Originalidad e innovación del texto. 2.- Visión escénica.
En este apartado se valorarán los siguientes aspectos:
- Potencialidades escénicas del texto.
- Dimensión literario-dramática del texto (lenguaje, estilo, diálogo, poética de la acotación etc.).

4.- PRESENTACIÓN DE LAS OBRAS

4.1.- Los trabajos se presentarán en el Patronato Municipal de Cultura, calle Cifuentes número 30, 19003-Guadalajara, en días hábiles, de lunes a viernes, y en horario de 9:00 a 14:00 horas. El plazo quedará abierto desde el siguiente día al de la publicación del extracto de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, y hasta las 14:00 horas del día 20 de septiembre de 2019, inclusive.
Serán admitidos aquellos envíos que se hubieran franqueado en origen dentro de este plazo.
También podrán ser presentadas por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

4.2.- Las presentes Bases se publicarán, así mismo, de forma íntegra en la Sede Electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara (www.guadalajara.es).

5.- PUBLICACIÓN DE LA CONVOCATORIA

5.1.- La publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara se llevará a cabo a través de la Base de Datos Nacional de Subvenciones de conformidad con lo establecido en el artículo 20.8 a). de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

5.2.- Se publicará un extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara y el texto íntegro de la misma en la sede electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara (www.guadalajara.es).

6.- PREMIOS

6.1.- Se establece un único premio de 6.000,00 euros para la obra ganadora. La dotación presupuestaria total se cifra en 6.000,00 euros, correspondientes a la aplicación presupuestaria 334048100 del vigente Presupuesto del Patronato Municipal de Cultura del ejercicio 2019.

6.2.- Los premios estarán sujetos a la correspondiente fiscalización, según la normativa vigente, así como a la normativa tributaria correspondiente en materia de IRPF.

7.- ÓRGANOS COMPETENTES PARA LA INSTRUCCIÓN Y LA RESOLUCIÓN

El órgano competente para la instrucción de este procedimiento es el Departamento Administrativo del Patronato Municipal de Cultura. El órgano competente para la resolución de este procedimiento en el Presidente del Patronato Municipal de Cultura.

8.- JURADO

8.1.- La selección y concesión del premio del concurso se realizará a propuesta de un Jurado que estará constituido de la siguiente forma:
Presidente: Concejal Delegado de Cultura.
Vocales: Cinco profesionales de reconocido prestigio en el ámbito literario y teatral: Sres/as: J.A.A., A.P.R., C.A.P., J.O.S., y J.C.P.A.
Secretario: El del Patronato Municipal de Cultura.

8.2.- Este Jurado, levantará acta final de sus resoluciones donde hará constar todas las obras presentadas, las admitidas, las rechazadas y el motivo de su rechazo, siempre de acuerdo con las condiciones establecidas en las presentes bases.
Dicha acta reflejará la obra ganadora y los méritos que concurren en ella para tal distinción. Este documento constituirá propuesta de Acuerdo a la Presidencia del Patronato Municipal de Cultura, que será el órgano municipal competente para la concesiónn del premio.

8.3.- El Jurado podrá declarar desierto el concurso en caso de considerar que ninguno de los trabajos presentados reúna los méritos suficientes para ser premiado.

8.4.- Las decisiones del Jurado, en todo caso, serán inapelables y quedará facultado para resolver las dudas que se presenten, y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del concurso en todo lo no previsto en estas bases.

8.5.- Los concursantes se comprometen a aceptar las bases, así como las decisiones del Jurado.

9.- RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN. PROPIEDAD DE LAS OBRAS

9.1.- Tanto el acta del Jurado como el Acuerdo de concesión serán publicados en la Sede Electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara (www.guadalajara.es). Dicha publicación servirá de notificación a los participantes.

9.2.- El plazo para resolver por completo el concurso y notificar el fallo a los participantes será de seis meses desde la publicación del extracto de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
En todo caso, el fallo del concurso se hará público el día 22 de noviembre 2019 y será notificado al ganador. Trascurrido dicho plazo sin haberse verificado la resolución completa del concurso, la convocatoria quedará sin efecto, y los participantes que hayan presentado sus obras podrán retirarlas libremente.

9.3.- Una vez fallado el concurso, y concedido el premio, la primera edición de la obra ganadora pasará a ser propiedad del Patronato Municipal de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara a todos los efectos, pudiendo hacer uso libremente de ella en cualquier medio de reproducción o divulgación, haciendo constar el nombre del autor/a. Las sucesivas ediciones serán propiedad del autor/a.
La Resolución de concesión podrá ser objeto de los recursos administrativos y judiciales procedentes, que se indicarán en la propia publicación de la Resolución.

9.4.- Una vez fallado el premio y a la mayor brevedad posible, el ganador remitirá al Patronato Municipal de Cultura el texto original de la obra en formato PDF para su publicación.

9.5.- El servicio de publicaciones del Patronato Municipal de Cultura costeará la primera edición con una tirada de 500 ejemplares, haciendo entrega de 100 a su autor; sin que por ello el Patronato tenga que satisfacer compensación económica adicional.

9.6.- Con respecto a la obra premiada, el Patronato Municipal de Cultura se reserva el derecho exclusivo de reproducción y distribución del libro en su primera edición, según la cláusula 6.6. En sucesivas ediciones, se  hará  constar expresamente que el texto ha recibido el Premio de Teatro Ciudad de Guadalajara “Antonio Buero Vallejo” en su XXXV convocatoria correspondiente al año 2019.

9.7.- La persona ganadora del premio según el acta del Jurado, y previamente a su concesión, habrá de cumplimentar previamente a su concesión el Anexo I de las presentes Bases.

10.- RESPONSABILIDAD

10.1.- El Patronato Municipal de Cultura no se responsabiliza de los contenidos de los trabajos presentados.

10.2.- El Patronato Municipal de Cultura garantiza el mayor cuidado de los trabajos, pero en ningún caso se hace responsable de posibles deterioros que sufran por causas ajenas o de fuerza mayor.

11.- OTRAS DETERMINACIONES

11.1.- La participación en el concurso supone la aceptación de las presentes bases, quedando excluidas las obras que no cumplan alguno de las condiciones antes expuestas.

11.2.- Los ganadores estarán obligados a devolver el premio si se comprobase que su trabajo hubiese sido premiado anteriormente o editado, total o parcialmente, o se

plantease reclamación fundada sobre su autoría. En cualquier caso, el premio es incompatible con cualquier otro premio o edición anteriores a la presentación al certamen.

11.3.- La organización podrá introducir, si lo cree necesario, las modificaciones que estime convenientes para el buen funcionamiento del concurso.

11.4.- Los originales no premiados podrán ser retirados por sus autores en la sede del Patronato Municipal de Cultura dentro de los dos meses siguientes a la publicación del fallo. La devolución, en su caso, de trabajos no premiados se realizará  mediante la solicitud expresa de los autores y siempre a portes debidos. Transcurrido este tiempo, el Patronato procederá a la destrucción de los trabajos no retirados. El Patronato Municipal de Cultura no mantendrá correspondencia sobre originales recibidos fuera de plazo.

12.- NORMA FINAL

Conforme a la Disposición adicional décima de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, referente a Premios educativos, culturales, científicos o de cualquier otra naturaleza, reglamentariamente se establecerá el régimen especial aplicable al otorgamiento de los premios educativos, culturales, científicos o de cualquier otra naturaleza, que deberá ajustarse al contenido de esta ley, salvo en aquellos aspectos en los que, por la especial naturaleza de las subvenciones, no resulte aplicable.

Las presentes Bases se regirán por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, salvo en aquellos aspectos en los que, por la especial naturaleza de las subvenciones, no resulte aplicable, Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Guadalajara y Organismos Autónomos, Bases de Ejecución del Presupuesto Municipal para 2018, y en lo no previsto por las anteriores normas, por las disposiciones de Derecho Común.


Fuente y Anexo: www.guadalajara.es/recursos/doc/portal/2017/10/23/premio-de-teatro-ciudad-de-guadalajara-2019-antonio-buero-vallejo-bases.pdf


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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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