CONCURSOS LITERARIOS
Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.
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13:06:08
CONVOCATORIA Y BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES COMO
PREMIOS EN EL I CONCURSO DE MONÓLOGOS, "CIEMPOMONOLOGOS" 2008.
Primera. Objeto, Condiciones y Finalidad de las Subvenciones
La presente normativa establece las bases reguladoras de las
subvenciones que como premios conceda el Ayuntamiento de Ciempozuelos,
con cargo a los créditos de su presupuesto de 2008 en el I Concurso de
Monólogos, "Ciempomonólogos" 2008 .
La subvención tiene por finalidad fomentar la realización del I
Concurso de Monólogos en este municipio como actividades culturales.
Podrán participar todas aquellas personas que lo deseen.
El tema será libre siempre y cuando sea cómico, el guión deberá ser
original. Se tendrá en cuenta no herir la sensibilidad del
espectador/es.
Los monólogos no podrán tener una duración inferior a 10 min. ni
superior a 15min.
Los días de celebración del concurso serán los sábados del mes de Julio
5, 12, 19, a las 22:30 en la Plaza Ventura Rodríguez.
El nº total de participantes no excederá de 15 concursantes. Actuando 5
participantes cada sábado (5, 12, 19) del mes de Julio. Se
seleccionarán 6 finalistas de los 15 participantes, y éstos, deberán
actuar el último día 26 de Julio, a las 22:30 horas, mismo día en el
que se realizará el fallo del jurado y entrega de premios.
Los importes de la subvenciones como premios son:
- Primer premio: 1.000
- Segundo premio: 500
- Tercer premio: Serán cuatro Accésit de 150
La inscripción se realizará en el Registro del Ayuntamiento hasta el
día 13 de junio 2008:
Ayuntamiento de Ciempozuelos
-Concejalía de Cultura-
Plaza de la Constitución, nº 9
28350 Ciempozuelos (Madrid)
Telf.: (91) 893 00 04
Horario: 9:00 a 14.00h de lunes a viernes.
La inscripción será gratuita, el humorista seleccionado firmarán un
compromiso de actuación con el Ayuntamiento, según el modelo recogido
en las presentes bases como Anexo III. Si la actuación no pudiera
llevarse a efecto por condiciones atmosféricas o cualquier otra causa
imprevisible el Ayuntamiento se reserva el derecho de aplazar la
actuación con otra fecha distinta, consensuada con el humorista a
concursar.
La organización del concurso se reserva el derecho de poder modificar
las bases o las fechas, así como de resolver cualquier incidencia que
pueda surgir durante el desarrollo de este.
Los participantes, por el hecho de concurrir a esta convocatoria,
aceptarán íntegramente estas bases, así como la decisión del jurado.
Más Información:
Ayuntamiento de Ciempozuelos
-Centro de Formación y Empleo-
Avd de Belén, 41
28350 Ciempozuelos (Madrid)
Telf. ;(91) 809 27 72 Fax; (91) 809 27 10
e-mail: tecnico.cultura@ciempozuelos.es
www.ayto.ciempozuelos.org
Segunda. Créditos Presupuestarios y Cuantía Estimada.
Los créditos presupuestarios a los que se imputan las subvenciones que
se concedan al amparo de estas bases son los que se contienen en la
partida 4510 48102 del Presupuesto General del Ayuntamiento para el año
2008. La cuantía total máxima de las subvenciones convocadas es de
2.100 '.
Tercera. Requisitos de los Beneficiarios Solicitantes
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones todas las personas que
se presenten al concurso.
En ningún caso, podrán adquirir la condición de beneficiario quien se
encuentre incurso en alguna de las circunstancias a que se refiere el
artículo 13 en sus apartados segundo y tercero de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones.
Cuarta. Procedimiento de Concesión de las Subvenciones
El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia
competitiva.
Quinta. Órganos Competentes para la Instrucción, Valoración y
Resolución
La instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones
corresponde a los Servicios técnicos de la Concejalía competente en el
área en que se encuadre la actividad objeto de subvención.
El órgano competente para la instrucción del expediente será el técnico
dependiente de la Concejalía de Cultura.
Será la Comisión de Valoración o Jurado que se constituya la que
realice la evaluación de las solicitudes del certamen, emitiendo
informe o fallo inapelable en el que se concrete el resultado de dicha
valoración y formulará propuesta de resolución al órgano competente
para resolver. La referida Comisión estará compuesta por los miembros
que designe la Comisión de Cultura del Ayuntamiento de Ciempozuelos.
El órgano competente para resolver será el Pleno del Ayuntamiento. Los
premios podrán ser declarados desiertos.
Sexta. Plazo de Presentación de Solicitudes y Documentación
Las solicitudes o inscripciones se formularán en el modelo que figura
como Anexo I de esta convocatoria. Se dirigirán a la Sra.
Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento, y se presentarán por correo
ordinario en el Ayuntamiento de Ciempozuelos, de lunes a viernes, de
9:00 a 14:00 horas, sito en la Plaza de la Constitución, nº 9, de esta
localidad, c.p. 28350, Tlf. 91893 00 04, o por cualquiera de los medios
señalados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento
Administrativo Común, en el plazo comprendido entre los días 01/05/2008
y 13/06/2008, ambos inclusive, desde la publicación de la convocatoria
en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.
Deberán acompañarse a la solicitud los documentos siguientes:
- Documentos que acrediten la personalidad del solicitante.
- Texto escrito de los monólogos junto con un DVD de la interpretación
del/ la concursante.
- Compromiso de actuación según modelo adjunto (Anexo III)
-Declaración responsable de que en el solicitante no concurre ninguna
de las circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiario
de subvenciones públicas, establecidas en el artículo 13 de la Ley
General de Subvenciones (L.G.S.), haciendo también mención expresa a
que se encuentra al corriente en el cumplimiento de obligaciones
tributarias y con la Seguridad Social y cumplimiento de obligaciones
tributarias con el Ayuntamiento.
Séptima. Plazo de Resolución y Notificación
El plazo de resolución y notificación será de tres meses.
El vencimiento de dicho plazo sin haberse notificado la resolución
legitima a los interesados para entender desestimada por silencio
administrativo la solicitud de concesión de la subvención.
La resolución se notificará a los interesados de acuerdo con los
previsto en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de
Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento
Administrativo Común. La práctica de dicha notificación o publicación
se ajustará a las disposiciones contenidas en el artículo 59 de la
citada ley.
Octava. Recursos
El acto de resolución de la subvención pondrá fin a la vía
administrativa. De acuerdo con lo que dispone el artículo 116 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, podrá interponerse recurso potestativo de
reposición ante el Pleno de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a
contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación, o
bien directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de
lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses.www.escritores.org
Novena. Criterios de Valoración de Solicitudes.
Los criterios que se valorarán para la asignación de las subvenciones
serán los siguientes: calidad. Originalidad y buen gusto de los
monólogos participantes.
Décima. Compatibilidad con otras subvenciones.
Las subvenciones previstas en la presente Convocatoria son compatibles
con otras como premios que, teniendo el mismo fin, pudieran ser
otorgadas por cualquier otra institución pública o privada, siempre que
las obras correspondientes sean premiadas en otros concursos que sean
posteriores al presente, y no previamente. Aquellos que obtengan
subvención de cualquier otra Entidad, habrán de hacer constar de quién
la han obtenido y el importe concedido.
Undécima. Incumplimiento de obligaciones, reintegro y régimen
sancionador.
El incumplimiento de las obligaciones impuestas como consecuencia de la
concesión de las subvenciones reguladas en las presentes Bases, en la
Resolución de concesión o de las establecidas con carácter general en
el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, dará lugar a la pérdida total o parcial de los beneficios
concedidos, procediéndose en consecuencia y, en su caso, a la apertura
del procedimiento de reintegro de las cantidades que correspondan
conforme a lo dispuesto en la referida Ley 38/2003 y su Reglamento de
desarrollo (R.D. 887/2006).
A las subvenciones previstas en estas Bases, en lo que se refiere a
infracciones y sanciones, les será de aplicación la Ley 38/2003, el R.D.
887/2006 y la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de
Ciempozuelos(BOCM nº 71, de 25 de marzo de 2008).
Puedes descargar las Bases Completas Junto con los Anexos haciendo
click aquí
Más Información:
Ayuntamiento de Ciempozuelos
-Centro de Formación y Empleo-
Avd de Belén, 41
28350 Ciempozuelos (Madrid)
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e-mail: tecnico.cultura@ciempozuelos.es
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Información de utilidad para presentar una obra a un concurso:
Consultar detenidamente las bases del mismo en cuanto a género, idioma,
envío de originales, fecha límite, nacionalidades, etc. Antes de acudir
a un certamen es imprescindible ponerse en contacto con la entidad
convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden
estar sujetas a cambios.
DATOS DEL CONCURSANTE: Se deberán remitir en un sobre aparte los datos
personales (nombre y apellidos del autor, número de DNI o pasaporte en
España, o de cédula de identificación fuera de España, dirección
completa con código postal y teléfono de contacto). También es
recomendable remitir una fotografía y fotocopia del Documento Nacional
de Identidad o Pasaporte.
CERTIFICACIÓN: En la mayoría de concursos se exige que los originales
vayan acompañados de una certificación escrita del autor garantizando
que los derechos de la obra no están comprometidos y que no ha sido
presentada a otro concurso pendiente de resolución. En el caso de obras
presentadas con seudónimo, dicha certificación deberá ir firmada con el
seudónimo y nunca se incluirá dentro del sobre de la plica.
ACUSE DE RECIBO: algunas entidades convocantes de Concursos confirman
la recepción de originales mediante un acuse de recibo pero nunca
mantienen correspondencia con los concursantes.
LEMA Y PLICA: El sistema de lema y plica consiste en que el nombre del
autor es sustituido por un lema que figurará debajo del título y en el
exterior del sobre que contenga sus datos personales.
SEUDÓNIMO: Algunos concursos exigen que los originales vayan firmados
con el nombre y apellidos reales del autor. Otros permiten presentarse
bajo seudónimo. En este caso los datos personales deberán incluirse
dentro de un sobre en cuyo exterior figurarán el título de la obra
presentada y el seudónimo.
ENVÍO: Los originales siempre hay que enviarlos por correo (a poder ser
certificado). Normalmente no son aceptados en ningún concurso los
envíos a través de e-mail.
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