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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.


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CONVOCATORIA Y BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES COMO PREMIOS EN EL I CONCURSO DE MONÓLOGOS, "CIEMPOMONOLOGOS" 2008.

Primera. Objeto, Condiciones y Finalidad de las Subvenciones

La presente normativa establece las bases reguladoras de las subvenciones que como premios conceda el Ayuntamiento de Ciempozuelos, con cargo a los créditos de su presupuesto de 2008 en el I Concurso de Monólogos, "Ciempomonólogos" 2008 .

La subvención tiene por finalidad fomentar la realización del I Concurso de Monólogos en este municipio como actividades culturales.

Podrán participar todas aquellas personas que lo deseen.

El tema será libre siempre y cuando sea cómico, el guión deberá ser original. Se tendrá en cuenta no herir la sensibilidad del espectador/es.

Los monólogos no podrán tener una duración inferior a 10 min. ni superior a 15min.

Los días de celebración del concurso serán los sábados del mes de Julio 5, 12, 19, a las 22:30 en la Plaza Ventura Rodríguez.

El nº total de participantes no excederá de 15 concursantes. Actuando 5 participantes cada sábado (5, 12, 19) del mes de Julio. Se seleccionarán 6 finalistas de los 15 participantes, y éstos, deberán actuar el último día 26 de Julio, a las 22:30 horas, mismo día en el que se realizará el fallo del jurado y entrega de premios.

Los importes de la subvenciones como premios son:

- Primer premio: 1.000

- Segundo premio: 500

- Tercer premio: Serán cuatro Accésit de 150

La inscripción se realizará en el Registro del Ayuntamiento hasta el día 13 de junio 2008:

Ayuntamiento de Ciempozuelos

-Concejalía de Cultura-

Plaza de la Constitución, nº 9

28350 Ciempozuelos (Madrid)

Telf.: (91) 893 00 04

Horario: 9:00 a 14.00h de lunes a viernes.

La inscripción será gratuita, el humorista seleccionado firmarán un compromiso de actuación con el Ayuntamiento, según el modelo recogido en las presentes bases como Anexo III. Si la actuación no pudiera llevarse a efecto por condiciones atmosféricas o cualquier otra causa imprevisible el Ayuntamiento se reserva el derecho de aplazar la actuación con otra fecha distinta, consensuada con el humorista a concursar.

La organización del concurso se reserva el derecho de poder modificar las bases o las fechas, así como de resolver cualquier incidencia que pueda surgir durante el desarrollo de este.

Los participantes, por el hecho de concurrir a esta convocatoria, aceptarán íntegramente estas bases, así como la decisión del jurado.

Más Información:

Ayuntamiento de Ciempozuelos

-Centro de Formación y Empleo-

Avd de Belén, 41

28350 Ciempozuelos (Madrid)

Telf. ;(91) 809 27 72 Fax; (91) 809 27 10

e-mail: tecnico.cultura@ciempozuelos.es

www.ayto.ciempozuelos.org

Segunda. Créditos Presupuestarios y Cuantía Estimada.

Los créditos presupuestarios a los que se imputan las subvenciones que se concedan al amparo de estas bases son los que se contienen en la partida 4510 48102 del Presupuesto General del Ayuntamiento para el año 2008. La cuantía total máxima de las subvenciones convocadas es de 2.100 '.

Tercera. Requisitos de los Beneficiarios Solicitantes

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones todas las personas que se presenten al concurso.

En ningún caso, podrán adquirir la condición de beneficiario quien se encuentre incurso en alguna de las circunstancias a que se refiere el artículo 13 en sus apartados segundo y tercero de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Cuarta. Procedimiento de Concesión de las Subvenciones

El procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.

Quinta. Órganos Competentes para la Instrucción, Valoración y Resolución

La instrucción del procedimiento de concesión de subvenciones corresponde a los Servicios técnicos de la Concejalía competente en el área en que se encuadre la actividad objeto de subvención.

El órgano competente para la instrucción del expediente será el técnico dependiente de la Concejalía de Cultura.

Será la Comisión de Valoración o Jurado que se constituya la que realice la evaluación de las solicitudes del certamen, emitiendo informe o fallo inapelable en el que se concrete el resultado de dicha valoración y formulará propuesta de resolución al órgano competente para resolver. La referida Comisión estará compuesta por los miembros que designe la Comisión de Cultura del Ayuntamiento de Ciempozuelos.

El órgano competente para resolver será el Pleno del Ayuntamiento. Los premios podrán ser declarados desiertos.

Sexta. Plazo de Presentación de Solicitudes y Documentación

Las solicitudes o inscripciones se formularán en el modelo que figura como Anexo I de esta convocatoria. Se dirigirán a la Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento, y se presentarán por correo ordinario en el Ayuntamiento de Ciempozuelos, de lunes a viernes, de 9:00 a 14:00 horas, sito en la Plaza de la Constitución, nº 9, de esta localidad, c.p. 28350, Tlf. 91893 00 04, o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, en el plazo comprendido entre los días 01/05/2008 y 13/06/2008, ambos inclusive, desde la publicación de la convocatoria en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.

Deberán acompañarse a la solicitud los documentos siguientes:

- Documentos que acrediten la personalidad del solicitante.

- Texto escrito de los monólogos junto con un DVD de la interpretación del/ la concursante.

- Compromiso de actuación según modelo adjunto (Anexo III)

-Declaración responsable de que en el solicitante no concurre ninguna de las circunstancias que impidan obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, establecidas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones (L.G.S.), haciendo también mención expresa a que se encuentra al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y cumplimiento de obligaciones tributarias con el Ayuntamiento.

Séptima. Plazo de Resolución y Notificación

El plazo de resolución y notificación será de tres meses.

El vencimiento de dicho plazo sin haberse notificado la resolución legitima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención.

La resolución se notificará a los interesados de acuerdo con los previsto en el artículo 58 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. La práctica de dicha notificación o publicación se ajustará a las disposiciones contenidas en el artículo 59 de la citada ley.

Octava. Recursos

El acto de resolución de la subvención pondrá fin a la vía administrativa. De acuerdo con lo que dispone el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Pleno de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente de la recepción de la notificación, o bien directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses.www.escritores.org


Novena. Criterios de Valoración de Solicitudes.

Los criterios que se valorarán para la asignación de las subvenciones serán los siguientes: calidad. Originalidad y buen gusto de los monólogos participantes.

Décima. Compatibilidad con otras subvenciones.

Las subvenciones previstas en la presente Convocatoria son compatibles con otras como premios que, teniendo el mismo fin, pudieran ser otorgadas por cualquier otra institución pública o privada, siempre que las obras correspondientes sean premiadas en otros concursos que sean posteriores al presente, y no previamente. Aquellos que obtengan subvención de cualquier otra Entidad, habrán de hacer constar de quién la han obtenido y el importe concedido.

Undécima. Incumplimiento de obligaciones, reintegro y régimen sancionador.

El incumplimiento de las obligaciones impuestas como consecuencia de la concesión de las subvenciones reguladas en las presentes Bases, en la Resolución de concesión o de las establecidas con carácter general en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dará lugar a la pérdida total o parcial de los beneficios concedidos, procediéndose en consecuencia y, en su caso, a la apertura del procedimiento de reintegro de las cantidades que correspondan conforme a lo dispuesto en la referida Ley 38/2003 y su Reglamento de desarrollo (R.D. 887/2006).

A las subvenciones previstas en estas Bases, en lo que se refiere a infracciones y sanciones, les será de aplicación la Ley 38/2003, el R.D. 887/2006 y la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Ciempozuelos(BOCM nº 71, de 25 de marzo de 2008).

Puedes descargar las Bases Completas Junto con los Anexos haciendo click aquí

Más Información:

Ayuntamiento de Ciempozuelos

-Centro de Formación y Empleo-

Avd de Belén, 41

28350 Ciempozuelos (Madrid)

Telf. ;(91) 809 27 72 Fax; (91) 809 27 10 phone

e-mail: tecnico.cultura@ciempozuelos.es

www.ayto.ciempozuelos.org
 


 

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Información de utilidad para presentar una obra a un concurso:

Consultar detenidamente las bases del mismo en cuanto a género, idioma, envío de originales, fecha límite, nacionalidades, etc. Antes de acudir a un certamen es imprescindible ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

DATOS DEL CONCURSANTE: Se deberán remitir en un sobre aparte los datos personales (nombre y apellidos del autor, número de DNI o pasaporte en España, o de cédula de identificación fuera de España, dirección completa con código postal y teléfono de contacto). También es recomendable remitir una fotografía y fotocopia del Documento Nacional de Identidad o Pasaporte.

CERTIFICACIÓN: En la mayoría de concursos se exige que los originales vayan acompañados de una certificación escrita del autor garantizando que los derechos de la obra no están comprometidos y que no ha sido presentada a otro concurso pendiente de resolución. En el caso de obras presentadas con seudónimo, dicha certificación deberá ir firmada con el seudónimo y nunca se incluirá dentro del sobre de la plica.

ACUSE DE RECIBO: algunas entidades convocantes de Concursos confirman la recepción de originales mediante un acuse de recibo pero nunca mantienen correspondencia con los concursantes.

LEMA Y PLICA: El sistema de lema y plica consiste en que el nombre del autor es sustituido por un lema que figurará debajo del título y en el exterior del sobre que contenga sus datos personales.

SEUDÓNIMO: Algunos concursos exigen que los originales vayan firmados con el nombre y apellidos reales del autor. Otros permiten presentarse bajo seudónimo. En este caso los datos personales deberán incluirse dentro de un sobre en cuyo exterior figurarán el título de la obra presentada y el seudónimo.
ENVÍO: Los originales siempre hay que enviarlos por correo (a poder ser certificado). Normalmente no son aceptados en ningún concurso los envíos a través de e-mail.



 

 

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