BECAS LEONARDO A INVESTIGADORES Y CREADORES CULTURALES 2020 (España)



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BECAS LEONARDO A INVESTIGADORES Y CREADORES CULTURALES 2020 (España)

18:03:2020

Género:  Proyecto de investigación o cultural

Premio:   55 becas con un importe bruto máximo de 40.000 €

Abierto a:  investigadores o creadores culturales de nacionalidad española con residencia en España, o nacionales de otros países con residencia en España, entre los 30 y 45 años

Entidad convocante:  Fundación BBVA

País de la entidad convocante:  España

Fecha de cierre:  18:03:2020

 

BASES

 

 

PRESENTACIÓN
Las Becas Leonardo a Investigadores y Creadores Culturales concedidas por la Fundación BBVA están destinadas a apoyar directamente el trabajo de investigadores y creadores culturales que, encontrándose en estadios intermedios de su carrera, se caractericen por una producción científica, tecnológica o cultural altamente innovadora.

Al dotar a estas becas con el nombre propio de Leonardo da Vinci se quiere enfatizar los atributos característicos de esa figura universal de la cultura, destacadamente la pasión por el conocimiento, la apertura y exploración continua de nuevos campos y problemas, la interacción entre trabajo teórico y observacional o experimental, así como el diálogo y realimentación entre los dominios de las ciencias de la naturaleza y de la vida, la tecnología, las humanidades y las artes. Las «Becas Leonardo» se dirigen, pues, a facilitar el desarrollo de proyectos altamente personales que aborden facetas significativas y novedosas del mundo complejo e interdisciplinar del presente.

 

BASES DE LA CONVOCATORIA

1/ Objeto
El objeto de la presente convocatoria es la concesión de becas individuales a investigadores y creadores culturales en un estadio intermedio de su carrera, entre 30 y 45 años, para el desarrollo de un proyecto marcadamente personal e innovador en el correspondiente ámbito de especialización o actividad.

La finalidad específica de la beca queda a la entera elección de cada solicitante, con el único requisito de que el destino de la financiación solicitada esté claramente asociado al desarrollo de un proyecto individual. Se espera que durante el periodo de desarrollo del proyecto para el que se solicita la beca, la dedicación al mismo tenga un carácter preferente sobre cualesquiera otras actividades.

Las áreas objeto de la convocatoria son las siguientes:

• Ciencias Básicas (Física, Química y Matemáticas)

• Biología, Ciencias del Medio Ambiente y de la Tierra

• Biomedicina

• Tecnologías de la Información y la Comunicación

• Ingenierías y Arquitectura

• Economía y Ciencias Sociales

• Comunicación y Ciencias de la Información

• Humanidades (Filosofía, Filología, Literatura, Lingüística, Historia, Estética y Musicología)

• Artes Plásticas y Arte Digital

• Música (composición, dirección e interpretación) y Ópera

• Creación Literaria y Artes Escénicas

2/ Dotación
Se concederán al menos 55 becas para el conjunto de la convocatoria, dotada cada una de ellas con un importe bruto máximo de 40.000 euros. La dotación global de esta convocatoria está fijada en 2.200.000 euros.

Todas las becas estarán sujetas a las retenciones y los impuestos que estipule la legislación vigente, los cuales serán detraídos de la correspondiente dotación económica.

En ningún caso estas becas tienen el carácter de premios o ayudas a proyectos ya realizados.

En el caso de que el beneficiario de una beca esté adscrito a una universidad, un centro público de investigación, un centro privado (no lucrativo) de investigación o a un hospital, la referida dotación económica se librará de acuerdo a la legislación y normas aplicables.

3/ Duración
Los proyectos presentados tendrán una duración de entre 12 y 18 meses desde la suscripción del compromiso de aceptación de la beca. El proyecto objeto de la beca solicitada deberá estar completado al finalizar este período.

4/ Solicitantes
Los solicitantes serán personas físicas, investigadores o creadores culturales de nacionalidad española con residencia en España, o nacionales de otros países con residencia en España, en los términos previstos en estas bases.

El solicitante deberá tener una edad comprendida entre los 30 y 45 años en el momento de la solicitud. Deberá encontrarse en un estadio intermedio de su carrera o actividad profesional, con una innovadora trayectoria científica o creativa.

No podrán concurrir a la presente convocatoria personas jurídicas de cualquier tipo, ni asociaciones, ni comunidades de bienes ni grupos de solicitantes bajo ningún otro tipo de fórmula asociativa.

Si el proyecto presentado fuera a desarrollarse en una universidad, un centro público de investigación, un centro privado (no lucrativo) de investigación o en un hospital, el solicitante deberá estar adscrito al mismo en el momento de la firma del compromiso de aceptación.
La presentación a esta convocatoria es incompatible con:

1/ Concurrir a una convocatoria no resuelta de Becas MULTIVERSO a la Creación en Videoarte.

2/ Formar parte de un equipo que concurra a una convocatoria no resuelta de Ayudas Fundación BBVA a Equipos de Investigación Científica.

3/ Estar adscrito a un proyecto que, habiendo sido seleccionado en una convocatoria anterior de Ayudas Fundación BBVA a Equipos de
Investigación Científica, no haya concluido antes de la fecha de apertura de esta convocatoria.

4/ Haber sido beneficiario de Ayudas y Becas a Investigadores y Creadores Culturales o de Ayudas y Becas a la Creación en Videoarte de la Fundación BBVA.

La beca solicitada deberá ser la fuente de financiación principal y preferentemente única del proyecto presentado a esta convocatoria. En caso de haber solicitado o tener concedida otra u otras fuentes de financiación para el proyecto presentado, esta información deberá hacerse constar expresamente en la solicitud, identificando claramente la fuente, el importe y el destino de la financiación solicitada o concedida.

5/ Documentación
Cada solicitante podrá presentar una única solicitud a la presente convocatoria. Con carácter general, toda la documentación presentada deberá ser cumplimentada en español, salvo que las presentes bases prevean que determinados documentos puedan ser aportados en idioma distinto.

Todas las solicitudes se presentarán exclusivamente a través del formulario digital disponible en el sitio web de la Fundación BBVA: www.redleonardo.es y/o www.fbbva.es.

A través de la herramienta digital se deberá cumplimentar y/o adjuntar la siguiente documentación:

• Datos básicos de identificación del solicitante y del proyecto.

• Resumen de la trayectoria profesional del solicitante (máximo 2.000 caracteres, espacios incluidos).

• Resumen del proyecto (máximo 2.000 caracteres, espacios incluidos).

• Curriculum vitae abreviado del solicitante, con especial énfasis en los últimos 5 años (máximo 5 páginas DIN A4, en español o inglés).

• Cinco contribuciones que, a criterio del solicitante, sean las más representativas de su trayectoria. Estas podrán ser aportadas en cualquier idioma junto con un resumen o aclaración en español respetando el título original.

• Dos cartas de referencia de investigadores o expertos del respectivo campo que tengan un conocimiento directo de las contribuciones del solicitante. Las cartas de referencia deberán estar datadas y firmadas por su autor, redactadas en español o en inglés y ser aportadas por los propios investigadores o expertos que avalan al solicitante.

• Memoria del proyecto (máximo 5 páginas DIN A4, en español), que incluya:
- Descripción del proyecto objeto de la beca solicitada, con énfasis en la relevancia e innovación del proyecto.
- Plan de trabajo y calendario de ejecución.

• Presupuesto total bruto desglosado, incluyendo los impuestos y retenciones que en cada caso resulten de aplicación.

• En el supuesto de proyectos que impliquen experimentación en humanos se deberá aportar un informe o dictamen favorable de un Comité de
Ética de la Investigación que haya sido debidamente acreditado por el órgano competente o la propia autorización de este último, conforme a los art. 12 y 16 de la Ley 14/2007 de 3 de julio de Investigación Biomédica.

En el supuesto de proyectos que impliquen experimentación en animales se deberá aportar un informe o dictamen favorable de un Comité de Ética de la Experimentación Animal designado como órgano habilitado por el órgano competente o la propia autorización de éste último, conforme al art. 43 del Real Decreto 53/2013 de 1 de febrero por el que se establecen las normas básicas aplicables para la protección de los animales utilizados en experimentación y otros fines científicos.

- En ambos casos este informe o autorización deberá recoger el título del proyecto (el cual deberá coincidir preferentemente con el presentado a la convocatoria), deberá identificar al investigador responsable del mismo y contener una valoración mínimamente razonada.

- Si no hubiese una coincidencia en cuanto al título o bien el solicitante que concurre a la presente convocatoria no figurase como investigador principal en los términos a los que se refiere la ley 14/2007 o no figurase en el informe como usuario o responsable de la experimentación en los términos del art. 15 del Real Decreto 53/2013, el solicitante deberá aportar acreditación, preferiblemente por parte del comité de ética de su centro de adscripción o del centro en el que se desarrollará la experimentación, explicitando el proyecto bajo el cual la investigación se desarrollará y aclarando tales discrepancias.
El solicitante adicionalmente podrá aportar el protocolo ético de la experimentación.

- En ningún caso este protocolo y/o las aclaraciones relativas al título del proyecto o a la no mención del solicitante en el informe podrán entenderse como sustitutivos del requisito de aportación de dictamen favorable o autorización de acuerdo con la normativa vigente.

En el supuesto de proyectos que impliquen ensayos clínicos con medicamentos de uso humano se estará a lo dispuesto en el Real Decreto 1090/2015 de 4 de diciembre y demás normativa aplicable y

se aportará, siempre que sea posible, el dictamen favorable del Comité de Ética de la Investigación con medicamentos y la autorización de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios.

• Copia del DNI (por ambas caras) o pasaporte.

• En caso de que el solicitante sea un nacional de un país no miembro de la Unión Europea, deberá aportar su tarjeta de identidad de extranjero en vigor en la que se acredite tener residencia de larga duración en España.

• En caso de que el solicitante sea un nacional de otro país miembro de la Unión Europea, deberá acreditar tener residencia en España de al menos tres años de antigüedad a la fecha de presentación de la solicitud, aportando su certificado de registro de ciudadano de la Unión y certificado/s de empadronamiento o informe de vida laboral que acredite la residencia
en España durante los tres últimos años. La misma acreditación de residencia procederá para los solicitantes que aporten su condición de familiar de ciudadano de la Unión.

Una vez completada la solicitud, el solicitante recibirá un número de referencia que confirmará su correcta recepción y que deberá ser utilizado para cualquier comunicación ulterior con la Fundación BBVA.

6/ Plazo de presentación de solicitudes
Plazo de presentación de solicitudes: desde el 15 de enero de 2020 al 18 de marzo de 2020, a las 19:00 h, hora peninsular. La solicitud deberá haber sido finalizada no más tarde del día y hora acabados de señalar, incluyendo las cartas de referencia.

Si la solicitud contuviera errores subsanables, la Fundación BBVA lo pondrá en conocimiento del solicitante para que, en el plazo improrrogable de 10 días naturales desde dicha comunicación, proceda a su subsanación, como condición imprescindible para que sea tomada en cuenta en el proceso de evaluación.

7/ Proceso de selección
El proceso de asignación de las becas será llevado a cabo por comisiones evaluadoras designadas por la Fundación BBVA e integradas por expertos de reconocido prestigio en cada una de las áreas de la convocatoria, que elaborarán un ranking de las solicitudes del área atendiendo a los siguientes criterios:

• Perfil curricular y realizaciones previas del solicitante (peso del 50%).

• Originalidad y carácter innovador de la propuesta (peso del 50%).

Las comisiones actuarán con completa independencia, ateniéndose a los mejores criterios aplicables en las áreas.

Las comisiones evaluadoras podrán acordar conceder el total de la cantidad solicitada o modificarla en atención a la naturaleza del proyecto a desarrollar.

Las deliberaciones de las comisiones de evaluación tendrán carácter confidencial.

8/ Resolución
La resolución de la convocatoria se hará pública no más tarde del 30 de junio de 2020. La convocatoria podrá declararse total o parcialmente desierta y la decisión de las comisiones será inapelable.

Resuelta la convocatoria, se harán públicas en el sitio web de la Fundación BBVA, www.redleonardo.es y/o www.fbbva.es, la lista de los beneficiarios de las becas y la composición de las comisiones evaluadoras.

No se mantendrá correspondencia o comunicación adicional alguna con los solicitantes que no hayan resultado seleccionados.

En ningún caso se facilitará información desagregada o individualizada sobre las solicitudes recibidas, ni sobre la deliberación de las comisiones evaluadoras.

9/ Formalización de la beca
Los beneficiarios de las becas deberán suscribir antes del 30 de septiembre de 2020 el compromiso de aceptación que la Fundación BBVA les traslade.

En caso de que el beneficiario de la beca esté adscrito a una universidad, un centro público de investigación, un centro privado (no lucrativo) de investigación o a un hospital, será preceptivo que el centro suscriba el documento regulador de la concesión y pago de la beca que la Fundación BBVA le traslade a tal efecto.

La firma del compromiso de aceptación por parte del beneficiario, y en su caso del documento regulador de la concesión y del pago de la beca por parte del centro de adscripción, será condición indispensable para la percepción de la beca concedida.

10/ Pago de la beca
La beca se hará efectiva en tres pagos: un 50% al inicio, una vez formalizado el compromiso de aceptación; un 40% a la mitad del desarrollo del proyecto; y el 10% restante a la entrega de la memoria final del proyecto, salvo que excepcionalmente se justifique la necesidad de contar con una distribución temporal distinta de la financiación del proyecto.

En el caso de que el beneficiario de la beca esté adscrito a una universidad, un centro público de investigación, un centro privado (no lucrativo) de investigación o a un hospital, se hará efectiva de acuerdo con lo previsto en el compromiso de aceptación y el documento regulador de la concesión de la beca suscrito por el referido centro.

11/ Desarrollo del proyecto
En caso de que en el desarrollo del proyecto surgieran circunstancias que supongan una modificación significativa de aquel, el beneficiario de la beca deberá comunicarlo, a la mayor brevedad posible, a la Fundación BBVA, que comunicará al interesado su aceptación o rechazo.

A la conclusión del período de disfrute de la beca, los beneficiarios enviarán en el plazo de 30 días naturales a la Fundación BBVA una memoria descriptiva de las actividades realizadas y los resultados alcanzados.

La memoria deberá incluir un apartado económico de justificación del gasto aportando documentación acreditativa del mismo.

12/ Difusión de los resultados del proyecto
La Fundación BBVA podrá solicitar la colaboración de los beneficiarios de las becas en actividades de difusión a la sociedad de los resultados de los proyectos objeto de esta convocatoria. Solicitada dicha colaboración, el beneficiario facilitará a la Fundación BBVA toda la información y documentación que se le requiera y cederá gratuitamente a esta los derechos oportunos para la difusión de los resultados de su proyecto a través de la página web de la Fundación, www.redleonardo.es y/o www.fbbva.es, u otros canales similares, suscribiendo las autorizaciones que se le remitan desde la Fundación BBVA a tal efecto.

Los beneficiarios de esta convocatoria deberán mencionar en los materiales o resultados derivados del proyecto la procedencia de la beca recibida mediante la frase: «Proyecto realizado con la Beca Leonardo a Investigadores y Creadores Culturales 2020 de la Fundación BBVA» e incluir el logotipo de la Fundación BBVA siempre que ello sea posible.

13/ Aceptación de las bases
El hecho de concurrir a la presente convocatoria supone la aceptación de sus bases y de su resolución, que será inapelable, así como la renuncia a cualquier tipo de reclamación.

Excepcionalmente y por motivos debidamente justificados, la Fundación BBVA se reserva el derecho de modificar la redacción de las bases a fin de aclarar o precisar su contenido, sin que ello suponga una alteración sustancial ni arbitraria del mismo. El texto de las bases, así como el documento de preguntas frecuentes, cuya lectura se recomienda a los solicitantes, estarán disponibles durante el plazo de vigencia de la presente convocatoria en el sitio web de la Fundación BBVA: www.redleonardo.es y/o www.fbbva.es.

 

Para más información:
Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Edificio San Nicolás Plaza de San Nicolás, 4 48005 Bilbao
Palacio del Marqués de Salamanca Paseo de Recoletos, 10
28001 Madrid


Fuente

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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