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CONCURSO DE PROYECTOS EDITORIALES FNA 2017 (Argentina)

19:06:2017

Género: Poesía, cuento, ensayo, novela, crónica

Premio:   $ 120.000

Abierto a:  escritores argentinos y extranjeros que residan legalmente en Argentina

Entidad convocante: sellos editoriales independientes de la Argentina

País de la entidad convocante: Argentina

Fecha de cierre:   19:06:2017

 

BASES

 
Marco General

El Fondo Nacional de las Artes convoca al Concurso Nacional de Proyectos Editoriales para la coedición de libros de poesía y narrativa con sellos editoriales independientes de la Argentina.
www.escritores.org
Con este plan de coedición se busca promover y poner en valor la tarea editorial de sellos pequeños y medianos que generan contenidos literarios y artísticos alternativos y novedosos.

Objetivos del concurso

Apuntalar e incentivar un plan de coedición que ayude a promover y poner en valor la tarea editorial de sellos pequeños y medianos que generan contenidos literarios y artísticos alternativos y novedosos.

Proteger y alentar la producción de calidad que, sin apoyo, puede quedar afuera del circuito comercial aun cuando es de gran valor cultural para la comunidad.

ARTÍCULO 1º - LLAMADO A CONCURSO

El FONDO NACIONAL DE LAS ARTES convoca al Concurso Nacional de Coedición de libros de poesía y narrativa con sellos editoriales independientes de la Argentina.

Se entiende por sello editorial independiente a aquel que en el último año haya editado no menos de TRES (3) y no más de CUARENTA (40) títulos. La decisión de invertir en este tipo de contenidos, responde al interés del FNA de proteger y alentar la producción de calidad que, sin apoyo, puede quedar afuera del circuito comercial aun cuando es de gran valor cultural para la comunidad.

ARTÍCULO 2º – CATEGORÍA

Se establece una única categoría que incluirá propuestas editoriales de poesía y narrativa (cuento, ensayo, novela, nouvelle y crónica).

ARTÍCULO 3º - PREMIOS

Se otorgará CUATRO (4) premios iguales de PESOS CIENTO VEINTE MIL ($ 120.000.-) cada uno.

Cada premio deberá cubrir no más del 80% del proyecto editorial a realizar.

ARTÍCULO 4° - POSTULANTES

Podrán presentarse al Concurso todos los sellos editoriales radicados en la República Argentina con una antigüedad mínima no menor a un año (es decir, que hayan iniciado actividades antes de enero de 2016), y que, dentro de ese período, hayan publicado en soporte papel no menos de TRES (3) títulos y no más de CUARENTA (40). No se podrán presentar editoriales públicas de ningún tipo ni sellos pertenecientes a un Grupo Editorial.

Deberá presentarse constancia de Inscripción en AFIP del Sello Editorial o de su Responsable.
- Deberá presentarse un proyecto editorial que contemple al menos TRES (3) títulos a publicarse en papel
- La presentación del proyecto editorial deberá incluir: fundamento de la edición (por qué tiene sentido publicar dicho título), tipo de papel a utilizar, características del diseño, boceto de tapas, biografía de los autores a editar, cantidad de ejemplares a imprimir, tipo de impresión, maqueta o proyecto de maqueta, fragmentos de las obras, estrategia de distribución, estrategia de difusión, fotocopia del recibo de inscripción de la publicación en el registro nacional del derecho de autor y/o contrato o carta de intención del autor a publicar.
- Se deberá tener en cuenta que el premio del FNA cubrirá como máximo el 80% del proyecto editorial y que el 20% (o más) restante deberá ser aportado por el sello editorial. En ese sentido, el proyecto editorial que se presente a concurso deberá incluir un desglose de los rubros en los que se estima que se invertirá el total del presupuesto (diseño, impresión, traducción, derechos de autor, distribución y cualquier otro gasto relacionado)
- Deberán presentarse antecedentes de referencia de la editorial que incluyan una descripción de la historia del sello, sus características y al menos TRES (3) libros (tres ejemplares en papel de cada libro) a criterio de los postulantes.
- Los postulantes deberán acompañar la Declaración Jurada correspondiente a los Derechos de Dominio Público Pagante (v. Anexo)

El solo hecho de inscribirse en el presente Concurso implica, por parte de los postulantes, el conocimiento y acatamiento de las normas establecidas en esta reglamentación

ARTÍCULO 5º - RESTRICCIONES

Quedan excluidos de esta convocatoria los funcionarios y el personal de planta permanente y contratado que se desempeña en el FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.

No podrán participar quienes tengan relación de parentesco hasta el segundo (2º) grado consanguíneo y/o de afinidad con algún miembro del H. Directorio del FONDO NACIONAL DE

LAS ARTES.

No podrán postularse las personas que durante el año 2016 hayan recibido una beca de cualquier convocatoria del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.

No serán tomadas en cuenta las solicitudes de beneficiarios de años anteriores de algún programa del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES que no hayan cumplido con los compromisos adquiridos, en los plazos estipulados según la reglamentación vigente.

No serán tomadas en cuenta las solicitudes de deudores de los Derechos de Dominio Público Pagante.

ARTÍCULO 6º - INSCRIPCIÓN

- La convocatoria se realiza desde el 30 de marzo hasta el 19 de junio de 2017.
- Los proyectos deberán presentarse online, a través de la página Web del FNA. Para ellos deberán registrarse como usuarios en www.fnartes.gov.ar, completar el formulario y adjuntar los archivos de texto e imagen que consideren pertinentes.
- Una vez realizada la inscripción se les otorgará un código de cuatro letras. Dicho código deberá figurar junto con los datos de la editorial en el frente de un sobre cerrado que contendrá los ejemplares de títulos ya publicados que deberán presentarse en la sede del Fondo Nacional de las Artes (Alsina 673, 4° Piso, C.P. 1087, CABA), de lunes a viernes de 10.00 a 16.00hs, o enviados por correo postal.

ARTÍCULO 7º - JURADOS

La selección de las obras estará a cargo de un jurado compuesto por TRES (3) figuras provenientes de distintas áreas del campo editorial.

Los Jurados darán a conocer su dictamen dentro de los SESENTA días (60) de haberse constituido, mediante un Acta con la nómina de ganadores que será elevada al Directorio del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES para su consideración y aprobación.

ARTÍCULO 8º – RESULTADOS:

Los resultados del concurso serán publicados en la página web www.fnartes.gob.ar

Una vez publicados los resultados, el FONDO NACIONAL DE LAS ARTES notificará a los postulantes que resultaren seleccionados.

Los editores premiados manifestarán por escrito su aceptación del premio dentro de los diez (10) días de la notificación del mismo. Dicha aceptación podrá enviarse por mail o correo postal, o podrá darse personalmente en el FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.

Los premiados deberán tener actualizada su situación frente a la AFIP.

Los ganadores recibirán el importe del premio mediante transferencia bancaria. En este caso deberán notificar por escrito el número de su Cuenta Bancaria Única (CBU), el CUIT y/o CUIL.

Los premios se abonarán de la siguiente forma:
- 80% con la aceptación del premio.
- 20% contra la presentación de CINCUENTA (50) ejemplares editados y las facturas de los gastos realizados.- Solo se aceptarán facturas emitidas con fecha posterior al inicio de la presente convocatoria.

Se establece un plazo de CIENTO OCHENTA días (180) para que el ganador realice la publicación de al menos uno de los títulos de su proyecto -que deberá ajustarse al plan de edición - a contar desde el momento de la aceptación. Si la edición supera en costos el monto del premio otorgado, rige la misma obligatoriedad de edición y plazo.

ARTÍCULO 9º - SANCIONES

En el caso de que los premiados no presentaran las obras editadas en el término estipulado de CIENTO OCHENTA días (180), podrán solicitar una prórroga por única vez, por CUARENTA Y CINCO días (45) más. Caso contrario, el Directorio del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES resolverá acerca de los fondos que se hubiesen otorgado y estipulará las sanciones correspondientes. Todo ello, sin perjuicio de las acciones legales que pudieran corresponder.

ARTÍCULO 10º - DERECHO DE AUTOR

Para los casos de publicaciones que no sean de la autoría de los postulantes, estos deberán acompañar las autorizaciones y/o cesión de derechos correspondientes de los autores, o sus derecho habientes.

Asimismo, los postulantes declaran estar expresamente autorizados y tener todos y cada uno de los derechos necesarios para su uso y/o exhibición y/o ejecución pública y/o adaptación, garantizando la indemnidad al FONDO NACIONAL DE LAS ARTES frente a eventuales reclamos que terceros pudieran articular.

ARTÍCULO 11° DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL Y CONDICIONES DE REPRODUCCIÓN

Los postulantes prestan su autorización expresa y cesión de los derechos no exclusivos, en favor del FONDO NACIONAL DE LAS ARTES, para el uso y/o edición y/o reproducción y/o ejecución pública de los proyectos, incluyendo pero sin limitarse; a su difusión, promoción, publicación, impresión, exhibición, edición, ejecución publica, y comunicación al público por cualquier medio de comunicación creado o a crearse, incluyendo pero sin limitarse a material periodístico, avisos publicitarios, avisos audiovisuales, gráficos, diarios y revistas, vía pública, Internet, representaciones televisivas y/o de radiodifusión, material promocional y demás gráficas e imágenes, tanto en Argentina como en el extranjero.

En todos los casos será mencionado el nombre del proyecto y su autor/res.

ARTÍCULO 12° DERECHOS DE IMAGEN

Los postulantes autorizan al FONDO NACIONAL DE LAS ARTES a utilizar todo el material e información que provean al presente concurso —incluyendo datos filiatorios, imágenes y/o sonidos y/o filmaciones— y la totalidad de las imágenes y sonidos obtenidos mediante filmaciones y/o sesiones de fotografía y/o cualquier otro medio técnico, en el marco de las actividades llevadas adelante durante la presente convocatoria, por cualquier medio de comunicación creado o a crearse, incluyendo pero sin limitarse a material periodístico, avisos publicitarios, avisos audiovisuales, gráficos, diarios y revistas, vía pública, Internet, representaciones televisivas y/o de radiodifusión, material promocional y demás gráficas e imágenes, tanto en Argentina como en el extranjero, con la única limitante de aquellos usos que pudieran afectar el derecho al honor.

Dicha autorización comprende, pero no se limita al derecho de reproducción, distribución y comunicación al público, dejando constancia que las imágenes obtenidas en el marco de las actividades llevadas adelante por la presente convocatoria no implican el derecho de remuneración previsto en el Art. 56 de la ley 11.723 de Propiedad Intelectual.

En todos los casos será mencionado el nombre del proyecto y su autor/res.

ARTÍCULO 13º - DEVOLUCIÓN DE MATERIAL

El Fondo Nacional de las Artes no tendrá a su cargo la devolución del material presentado al presente concurso. Los postulantes deberán retirar el mismo en un plazo no mayor de SESENTA (60) días posteriores ala comunicación de ganadores que realice el FONDO NACIONAL DE LAS ARTES.

El FONDO NACIONAL DE LAS ARTES no se responsabilizará por el extravío o el daño que pueda sufrir el material presentado

ARTÍCULO 14º - IMPREVISTOS

Toda circunstancia no prevista en las normas precedentes será resuelta por el Directorio del Fondo Nacional de las Artes.


Fuente: fnartes.gob.ar

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 
 
 

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