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I PREMIO DEL CÓMIC DE CASTILLA-LA MANCHA (España)

16-07-2014

Género: Cómic

Premio: Edición

Abierto a: sin restricciones

Entidad convocante: Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

País de la entidad convocante: España

Fecha de cierre:  16:07:2014

 

BASES


Primero. Objeto.
Constituye el objeto de esta Resolución la convocatoria del I Premio del Cómic de Castilla-La Mancha según lo dispuesto en la Orden de 5 de mayo de 2014 de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.
 
Segundo. Solicitudes, plazo y lugar de presentación.
1.- Las solicitudes se presentarán según el modelo que se adjunta como Anexo y que estará disponible en la sede electrónica www.jccm.es. En él se incluyen las declaraciones responsables y el modelo de autorizaciones a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, necesarias para la comprobación de los requisitos exigidos. Asimismo, deberá acompañarse la obra tanto en formato papel como en formato digital.
2. El plazo de presentación de las solicitudes será de dos meses, contado desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
3. Las solicitudes deberán presentarse en el registro de los Servicios Centrales de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes o en el de sus Servicios Periféricos, así como en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
4.- Las solicitudes irán dirigidas a la Dirección General de Cultura de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, Bulevar Río Alberche, s/n, 45071, Toledo.
 
Tercero. Características de la obras
1. Las obras que opten al premio deberán presentarse, junto con la solicitud de participación, tanto en formato digital como papel, con las siguientes características:
a) Estar escritas exclusivamente en castellano.
b) No haber sido premiadas anteriormente en ningún otro concurso, o no estar pendientes de fallo en cualquier otro certamen en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
c) No pertenecer a autores fallecidos con anterioridad a la presentación de la solicitud.
2. El estilo, el tratamiento y el género de la historieta presentada es totalmente libre y el argumento deberá ser autoconclusivo.
3. Las obras se entregarán completas y terminadas, incluyendo cubierta, con una extensión mínima de 16 páginas y un máximo de 52.
4. No se tomarán en consideración obras cuyos contenidos inciten a la discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición.
5. Desde el punto de vista del formato de presentación de propuestas, las obras deberán tener además las siguientes características:
a) En formato papel:
- Las obras se presentarán en formato europeo, es decir, 30 x 22 cm, a color o en blanco y negro.
- En ningún caso se entregarán originales, sino copias impresas en tamaño A4 con reproducciones proporcionales al formato de concurso establecido. Dichas copias se entregarán numeradas, ordenadas, grapadas y/o encuadernadas.
b) En formato digital:
- Copia digital de la obra en soporte informático, con las imágenes en formato jpg o tiff, con 300 dpi de resolución.
- La nomenclatura para denominar el archivo de la propuesta será: I Premio del Cómic de CLM y el pseudónimo que figure en la solicitud de participación. Ejemplo: I Premio del Cómic de CLM-pseudónimo.jpg
6. En ningún caso las obras adjuntadas a la solicitud de participación deberán llevar de forma visible mención alguna que permita conocer la identidad del participante o participantes, motivo por el cual no podrá estar firmada.
7. Las obras presentadas que no reúnan los requisitos anteriores no serán admitidas a concurso.
8. Se tomarán las medidas adecuadas con respecto a la custodia y la conservación de los trabajos recibidos, si bien la Consejería no se hace responsable de los daños que pudieran sufrir con motivo de su transporte o manipulación.
9. Las obras no premiadas podrán ser retiradas por los interesados en el plazo de dos meses desde la fecha de publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha de la resolución que publicita el premio. Transcurrido dicho plazo, las obras no retiradas por sus autores serán destruidas.
 
Cuarto. Jurado.
1. El Jurado estará compuesto por:
a) Presidente: El Director General de Cultura, o persona en quien delegue.
b) Vocales:
- La persona que ostente la presidencia de la Asociación de Amigos del Cómic de Ciudad Real (Amico).
- Un miembro de la junta directiva de la Asociación de Amigos del Cómic de Ciudad Real (Amico), designado por dicha Asociación.
- Un experto en cómic de la Facultad de Bellas Artes de la Universidad de Castilla-La Mancha, designado por el Decano de dicha Facultad.
- Un funcionario de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes,
c) Secretario: un funcionario perteneciente a la Dirección General de Cultura, que actuará con voz pero sin voto.
2. Si a juicio del jurado ninguna candidatura reuniera los méritos suficientes, el premio será declarado desierto.
3. En lo no previsto anteriormente, el Jurado ajustara su actuación a lo dispuesto en el capítulo II, titulo ll, de La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común.
4. Las votaciones se efectuarán mediante voto secreto, que podrá ser ejercido únicamente por los miembros asistentes a las reuniones.
 
Quinto. Ordenación e instrucción del procedimiento.
1. Si la solicitud se presenta incompleta, con defectos de forma, o no reúne los requisitos señalados en las bases reguladoras y en esta resolución, se exigirá la subsanación de las deficiencias, señalando cuales son éstas, y se otorgará para ello un plazo de 10 días hábiles con indicación de que, si así no lo hiciese, se le tendrá por desistido de su petición, debiéndose dictar en este caso resolución expresa.
2. La no presentación de documentación que tenga trascendencia a efectos de valoración tendrá por efecto que no sea tenida en cuenta en la evaluación que haya que realizarse.
3. El jurado valorará los siguientes aspectos de las obras presentadas:
a) Estilo gráfico (dibujo, composición, entintado y color), hasta 40 puntos.
b) Estilo narrativo (guión, ritmo narrativo/ritmo gráfico...), hasta 30 puntos.
c) Calidad e innovación técnica y estética (originalidad, investigación, técnica...), hasta 30 puntos.
4. La propuesta del jurado se elevará a la persona titular de la Dirección General competente en materia de cultura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha para su resolución. La concesión del premio se publicará en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y en la página web de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
5. Contra la mencionada resolución los interesados podrán interponer, en el plazo de un mes, recurso de alzada ante la persona titular de la Consejería competente en materia de cultura, en los términos previstos en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
6. El plazo máximo para resolver la presente convocatoria será de seis meses, contados desde la publicación de la misma.
 
Sexto. Entrega del premio.
La entrega del premio se realizará en un acto público, convocado al efecto, al que se dotará de la trascendencia y publicidad adecuadas.
El autor queda obligado, mediante la aceptación de estas bases, a recoger personalmente el premio en la fecha que se establezca, salvo que causas excepcionales, como enfermedad, circunstancias laborales u otras debidamente justificadas, impidan su asistencia.
 
Séptimo. Aceptación, cesión y propiedad intelectual de la propuesta seleccionada.
1. La participación en la convocatoria implica el conocimiento y aceptación de las bases reguladoras del Premio del Cómic de Castilla-La Mancha y de esta resolución.
2. La Consejería de Educación, Cultura y Deportes se reserva el derecho a exponer de forma física, o a difundir vía web, una reproducción, no superior a dos páginas, del contenido de las obras presentadas y de la obra galardonada, haciendo mención a su condición de seleccionadas en el proceso de determinación de la obra ganadora.
3. El autor o los autores de la obra premiada ceden a la Consejería de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, y en exclusiva, los derechos de explotación de ésta, en cualquier formato, durante el plazo de quince años, desde la publicación de la adjudicación del premio en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha. Durante este plazo, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes podrá proceder a la publicación y distribución de la obra, de forma individual o conjunta con otros trabajos, y de manera gratuita o mediante contraprestación de los terceros que la adquieran.
4. En cualquier caso, el autor o los autores de la obra premiada responden de la autoría y de la originalidad de la misma.
5. El premiado, previa comunicación a la Dirección General de Cultura, podrá hacer mención del premio en sus acciones de promoción y publicidad, haciendo siempre referencia de forma destacada a la modalidad del premio y al órgano convocante del mismo.
 
Octavo. Publicación.
1. La obra ganadora será publicada por la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, que podrá realizar los acuerdos editoriales o institucionales que considere oportunos para llevar a cabo la producción y la edición.
2. Se entregará al autor el 10% de la tirada que se realice, repartiéndose dicho porcentaje proporcionalmente en el caso de la existencia de una coautoría.
 
Noveno. Recursos.
Contra esta resolución de convocatoria cabe interponer recurso de alzada, ante el Consejero de Educación, Cultura y Deportes de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha, según disponen los artículos 114 y 115 de la Ley 3/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Pública y del Procedimiento Administrativo Común.
 www.escritores.org
Décimo. Efectos.
La presente resolución surtirá sus efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.
 
 
Fuente  

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Importante: La información ofrecida es meramente orientativa. Antes de acudir a un certamen es recomendable ponerse en contacto con la entidad convocante. Las bases de los respectivos premios y concursos pueden estar sujetas a cambios.

 

 

 

 

 

 
 
 
 

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